La sensibilización de la discapacidad pasa por visualizar y analizar las barreras que impiden a muchas personas ejercer el derecho a la igualdad de oportunidades.
La sensibilización de la discapacidad pasa por visualizar y analizar las barreras que impiden a muchas personas ejercer el derecho a la igualdad de oportunidades.
Aspectos a considerar para brindar accesibilidad y un trato digno a las personas con discapacidad desde las oficinas de acceso a la información pública.
Presentación de los modelos de discapacidad, en ésta se explica el modelo, premisas y rasgos más importantes; además se presenta las características de un caso
Introducción al Coaching, compilación de propuestas de comprensión en su aplicación en el campo educativo. Constituye una presentación de Coaching educativo. Incluye una presentación del uso de las inteligencias múltiples y el uso de herramientas de apoyo visuales y de proyecto de vida como herramienta. Finalmente las características básicas de los factores de coaching aplicado a la educación. Convirtiéndose en el Primer módulo sobre el tema.
La inclusion laboral en chile es uno de los topicos mas interesantes de la Terapia ocupacional en nuestro pais, se presentan una serie de experiencias y fundamentos acerca de lo que es la inclusion laboral y sus beneficios para la sociedad y personas con discapacidad psiquica
Aspectos a considerar para brindar accesibilidad y un trato digno a las personas con discapacidad desde las oficinas de acceso a la información pública.
Presentación de los modelos de discapacidad, en ésta se explica el modelo, premisas y rasgos más importantes; además se presenta las características de un caso
Introducción al Coaching, compilación de propuestas de comprensión en su aplicación en el campo educativo. Constituye una presentación de Coaching educativo. Incluye una presentación del uso de las inteligencias múltiples y el uso de herramientas de apoyo visuales y de proyecto de vida como herramienta. Finalmente las características básicas de los factores de coaching aplicado a la educación. Convirtiéndose en el Primer módulo sobre el tema.
La inclusion laboral en chile es uno de los topicos mas interesantes de la Terapia ocupacional en nuestro pais, se presentan una serie de experiencias y fundamentos acerca de lo que es la inclusion laboral y sus beneficios para la sociedad y personas con discapacidad psiquica
Conferencia brindada el Jueves 19 de abril, de 17 a 21hs en el Foro de Abogados de San Juan por la expositora de Equipo Jus.Pe.Dis. Dra. María Laura Altamira Galeone -abogada penalista-
Ley para Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad.Juris Cucho
Regreso al respeto del Derecho a la auto determinación y dignidad del ser humano en la legislación interna de Costa Rica y la aplicación de la Convención de New York.
Vigilancia de los derechos de las personas con discapacidad.José María
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad lleva implícita una vigilancia sobre su cumplimiento en los Estados que la han reconocido.
Síndrome de Williams, una mirada desde los Derechos Humanosibarramarcos
Presentación utilizada en las 16° Jornadas Nacionales de actualización profesional, a las que fui invitado por la Asociación Argentina de Síndrome de Williams.
Presentación utilizada en las 16° Jornadas Nacionales de actualización profesional ocurridas en la Provincia de San Juan y a las que fui invitado por la Asociación Argentina de Síndrome de Williams.
PRESENTACIÓN MULTIMEDIA DE LA CONFERENCIA
"Mediación en situaciones de conflicto por bullying contra personas con discapacidad – Actuación ante INADI por casos de discriminación por motivos de discapacidad"
Jueves 22 de Marzo 2018 de 17 a 21hs
Expositora de Equipo Jus.Pe.Dis.:
Sonia Ivon Pellarín. Abogada. Profesora de la Universidad de Congreso. Mediadora judicial. Directora del Instituto de Mediación y Métodos de Resolución Alternativa de Conflictos del Foro de Abogados de San Juan.
Derechos de las Personas con Discapacidad en el proceso penal, según el Código de procedimiento penal de la provincia de San Juan, en consonancia con las Reglas de Brasilia y la Convención de Personas con Discapacidad
Ponencia de médica pediatra Laura Saad sobre derecho a la salud de las personas con discapacidad, en el marco de la Cátedra Abierta Interdisciplinaria de Discapacidad de la Facultad de Derecho de la Univ. Católica de Cuyo. San Juan - Argentina
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
7. Diferentes modelos de tratamiento de
la discapacidad
• Tipos
• Finalidad
• Diferencias e importancia
8. 1) El modelo de prescindencia:
Antigüedad y el Medioevo
2) El modelo médico
rehabilitador: inicios siglo XX
3) El modelo social: post-guerra
mundial. Intenta impregnar la
mirada actual.
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10.
11. En el modelo rehabilitador la persona con
discapacidad es estigmatizada por una relación
en la que el médico está sobre el paciente, y en
la que la inserción social queda supeditada a la
rehabilitación.
Desde su perspectiva, la persona se define a partir de
parámetros de normalidad, lo que queda de manifiesto
especialmente en el lenguaje: por ej. de inválido o minusválido y
de subnormal
12.
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16. • Este modelo se relaciona con los valores esenciales que
fundamentan los derechos humanos: dignidad humana,
libertad personal, igualdad, que propician la disminución
de barreras y dan lugar a la inclusión social, que pone en
la base principios como autonomía personal, no
discriminación, accesibilidad universal, etc.
• La premisa es que la discapacidad es una construcción
social, no una deficiencia que crea la misma sociedad
que limita e impide que las personas con discapacidad se
incluyan, decidan o diseñen con autonomía su propio
plan de vida en igualdad de oportunidades.
17. La discapacidad como cuestión de
DD.HH.
• Las personas con discapacidad tienen los
mismos derechos humanos que quienes no
tienen discapacidad: libertad, igualdad,
educación, trabajo, etc.
• Derecho internacional de DH: Declaración
Universal de DH de 1948, Convención
s/Eliminación de Discriminación c/mujer,
Convención c/Tortura, Convención derechos
del Niño, etc.
18. Convención sobre los derechos de las
personas con discapacidad
• Modelo Social
• Promulgada en 2006 por la O.N.U.
• Argentina: la ratifica en 2008 y otorga
jerarquía constitucional en 2014.
• Tratado fundamental de DD.HH.
• Derechos garantizados: todos.
• Define a la discapacidad como:
19. “Las personas con discapacidad incluyen a aquellas
que tengan deficiencias físicas, mentales,
intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al
interactuar con diversas barreras, puedan impedir
su participación plena y efectiva en la sociedad, en
igualdad de condiciones con las demás” (Art. 1
CDPD)
Nota: debe interpretarse como “diversidad
funcional”.
Art. 3 d) Principio de respeto a la diversidad
20. Capacidad jurídica de las personas
con discapacidad
• Marco legal
• Restricción a la capacidad
• Sistema de apoyos
• Ajustes razonables
• No discriminación
21. MARCO LEGAL DE LA CAPACIDAD
JURIDICA
C.D.P.D.-C.N.
C.C.y C.N. - Ley salud
mental N° 26.657
D. Reg. 603/13
Sentencia judicial
22. NORMA RECTORA sobre CAPACIDAD:
ART. 12 C.D.P.D.
Igual reconocimiento como persona ante la ley.
Los Estados Partes:
• 1. Reafirman que las PcD tienen derecho en
todas partes al reconocimiento de su
personalidad jurídica.
• 2. Reconocerán que las PcD tienen capacidad
jurídica en igualdad de condiciones con las
demás en todos los aspectos de la vida.
23. • 3. Adoptarán las medidas pertinentes para
proporcionar el apoyo que puedan necesitar .
• 4. Asegurarán que se proporcionen
salvaguardias adecuadas y efectivas para
impedir los abusos
Salvarguardias:
• Respetar derechos y voluntad de la PcD
• Proporcionales y adaptadas
• Plazo más corto posible
• Sujetas a exámenes periódicos por un órgano
judicial.
24. RESTRICCIÓN A LA CAPACIDAD:
C.C.yC.N.
Art. 31 Reglas generales:
• La capacidad jurídica se presume
• Las restricciones son excepcionales y pro
homine
• Intervención estatal interdisciplinaria
• Accesibilidad de la información
• Prioridad de las terapias menos restrictivas
25. Art. 32 clases
Restricción de la capacidad:
• Casos: mayor de 13 años que padece adicción o
alteración mental permanente o prolongada y
grave. Posible daño para su persona o bienes.
• Sentencia: restringe para determinados actos y
designa los apoyos y ajustes razonables
Persona con incapacidad:
• Excepcional. La persona está absolutamente
imposibilitada de expresar su voluntad y los
apoyos son ineficaces.
• Sentencia: designa curador y declara incapaz a la
persona.
26. Legitimados para solicitarla:
• El propio interesado
• Cónyuge
• Conviviente
• Parientes hasta 4° grado y por afinidad hasta
el 2°
• Ministerio público: asesora de menores e
incapaces.
27. Procedimiento judicial: garantías
• La PcD tiene el derecho de ser parte en el
proceso, aportar todo tipo de prueba y contar
con el patrocinio de un abogado.
• Medidas cautelares para garantizar los
derechos personales y patrimoniales de la PcD
• Inmediatez con accesibilidad
• Ministerio público y un abogado patrocinante
de la PcD deben estar en las audiencias.
28. Sentencia: juez previo dictamen de
equipo interdisciplinario:
• Diagnóstico y pronóstico.
• Época en que la situación se manifestó.
• Recursos personales, familiares y sociales.
• Régimen para la asistencia de su autonomía.
• Determinar alcance de la restricción:
especificar cuáles actos y funciones se limitan.
Indicar quienes son los apoyos y sus
funciones, asimismo las condiciones de validez
de los actos.
29. Salvaguardias:
• Inscripción de la Sentencia en el Registro Civil
y dejar constancia al margen del acta de
nacimiento. Desde este momento es oponible
erga omnes
• Revisión de la sentencia: a pedido de la PcD en
cualquier momento o por el juez en un plazo
inferior a 3 años.
30. Apoyos. Art. 43 CCYCN
• Concepto: apoyo es cualquier medida de carácter
judicial o extrajudicial que facilite a la persona
que lo necesite la toma de decisiones para dirigir
su persona, administrar sus bienes y celebrar
actos jurídicos en general.
• Función: promover la autonomía y facilitar la
manifestación de voluntad
• Elección: la propia PcD o el legitimado
• Sentencia: establecer quienes serán y sus
condiciones
31. AJUSTES RAZONABLES:
art. 2 C.D.P.D.
Son las modificaciones y adaptaciones:
• Necesarias y adecuadas
• No impongan una carga desproporcionada o
indebida
• En un caso particular
• Garantizan a las PcD el goce o ejercicio, en
igualdad de condiciones con las demás, de
todos los DD.HH.
32. DISCRIMINACIÓN POR MOTIVO DE
DISCAPACIDAD
Es la distinción, exclusión o restricción que tenga
el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar
sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en
igualdad de condiciones, de todos los derechos
humanos y libertades fundamentales.
Incluye todas las formas de discriminación, entre
ellas, la denegación de ajustes razonables
33. Marco regulatorio:
• C.D.P.D.: arts. 2, 5 ,6, 23, 24, 25, 27, 28,
• Ley 25.280 Convención Interamericana
p/Eliminación de todas las formas de
discriminación contra las PcD.