El documento discute el inicio de la vida humana y el estatus del embrión. Explica que la vida comienza en la fecundación cuando el óvulo y el espermatozoide se unen, formando un cigoto que tiene identidad propia y está orientado a desarrollarse. Aunque depende de la madre, el embrión es un ser humano distinto con la misma dignidad. Según la biología y las leyes, el embrión merece respeto y tiene derechos como cualquier persona, incluyendo el derecho a la vida. No considerar al embrión como
El aborto en chile un debate pendiente isabel briceñocigualdad
Las dos ponencias presentadas en el Diálogo sobre Aborto Terapéutico, realizado el 7 de marzo en Escuela España, Puerto Montt. El aborto en Chile Un debate Pendiente estuvo a cargo de la Matrona Isabel Briceño y Los derechos sexuales y reproductivos y el aborto de la Dra. en Derecho, Yanira Zúñiga.
Aborto: Quien decide?
Siempre será difícil tomar una posición acerca de este tema máxime cuando se trata de la vida de alguien que nunca tendrá la culpa de ser traído a este mundo sin consentimiento de sus procreadores o tal vez por venir con algún defecto, se decida "matarle".
El aborto en chile un debate pendiente isabel briceñocigualdad
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Aborto: Quien decide?
Siempre será difícil tomar una posición acerca de este tema máxime cuando se trata de la vida de alguien que nunca tendrá la culpa de ser traído a este mundo sin consentimiento de sus procreadores o tal vez por venir con algún defecto, se decida "matarle".
La vida es el bien más preciado que los seres humanos y un derecho universal. En Venezuela este derecho es consagrado en el artículo 43 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece que el derecho a la vida es inviolable.
Este es el nuevo número de la revista dehoniana SCJ.es en el que se habla de la defensa de la vida en todos sus estadios y en cualquier circunstancia, especialmente cuando es susceptible de mayor debilidad.
Inicio de la vida: dilema
Implicaciones prácticas y éticas
Calidad de los servicios
Banco de embriones
Banco de esperma
Madre de alquiler o madre sustituta.
El curso Manejo de las Herramientas Informáticas Educativas proporciona el sustento teórico e instrumental básico para comprender y desarrollar un uso adecuado de las diversas herramientas digitales que brinda la web 3.0 en la gestión de instituciones educativas , aprovechando la diversidad de recursos existentes en la actual sociedad del conocimiento. El curso está orientado al desarrollo de competencias digitales de en profesionales de educación para poder dirigir y gestionar proyectos educativos de innovación buscando desarrollar un aprendizaje significativo en los alumnos .
IA, la clave de la genomica (May 2024).pdfPaul Agapow
A.k.a. AI, the key to genomics. Presented at 1er Congreso Español de Medicina Genómica. Spanish language.
On the failure of applied genomics. On the complexity of genomics, biology, medicine. The need for AI. Barriers.
descripción detallada sobre ureteroscopio la historia mas relevannte , el avance tecnológico , el tipo de técnicas , el manejo , tipo de complicaciones Procedimiento durante el cual se usa un ureteroscopio para observar el interior del uréter (tubo que conecta la vejiga con el riñón) y la pelvis renal (parte del riñón donde se acumula la orina y se dirige hacia el uréter). El ureteroscopio es un instrumento delgado en forma de tubo con una luz y una lente para observar. En ocasiones también tiene una herramienta para extraer tejido que se observa al microscopio para determinar si hay signos de enfermedad. Durante el procedimiento, se hace pasar el ureteroscopio a través de la uretra hacia la vejiga, y luego por el uréter hasta la pelvis renal. La uroteroscopia se usa para encontrar cáncer o bultos anormales en el uréter o la pelvis renal, y para tratar cálculos en los riñones o en el uréter.Una ureteroscopia es un procedimiento en el que se usa un ureteroscopio (instrumento delgado en forma de tubo con una luz y una lente para observar) para ver el interior del uréter y la pelvis renal, y verificar si hay áreas anormales. El ureteroscopio se inserta a través de la uretra hacia la vejiga, el uréter y la pelvis renal.Una vez que esté bajo los efectos de la anestesia, el médico introduce un instrumento similar a un telescopio, llamado ureteroscopio, a través de la abertura de las vías urinarias y hacia la vejiga; esto significa que no se realizan cortes quirúrgicos ni incisiones. El médico usa el endoscopio para analizar las vías urinarias, incluidos los riñones, los uréteres y la vejiga, y luego localiza el cálculo renal y lo rompe usando energía láser o retira el cálculo con un dispositivo similar a una cesta.Náuseas y vómitos ocasionales.
Dolor en los riñones, el abdomen, la espalda y a los lados del cuerpo en las primeras 24 a 48 horas. Pain may increase when you urinate. Tome los medicamentos según lo prescriba el médico.
Sangre en la orina. El color puede variar de rosa claro a rojizo y, a veces incluso puede tener un tono marrón, pero usted debería ser capaz de ver a través de ella
. (Los medicamentos que alivian la sensación de ardor durante la orina a veces pueden hacer que su color cambie a naranja o azul). Si el sangrado aumenta considerablemente, llame a su médico de inmediato o acuda al servicio de urgencias para que lo examinen.
Una sensación de saciedad y una constante necesidad de orinar (tenesmo vesical y polaquiuria).
Una sensación de quemazón al orinar o moverse.
Espasmos musculares en la vejiga.Desde la aplicación del primer cistoscopio
en 1876 por Max Nitze hasta la actualidad, los
avances en la tecnología óptica, las mejoras técnicas
y los nuevos diseños de endoscopios han permitido
la visualización completa del árbol urinario. Aunque
se atribuye a Young en 1912 la primera exploración
endoscópica del uréter (2), esta no fue realizada ru-
tinariamente hasta 1977-79 por Goodman (3) y por
Lyon (4). Las técnicas iniciales de Lyon
DIFERENCIAS ENTRE POSESIÓN DEMONÍACA Y ENFERMEDAD PSIQUIÁTRICA.pdfsantoevangeliodehoyp
Libro del Padre César Augusto Calderón Caicedo sacerdote Exorcista colombiano. Donde explica y comparte sus experiencias como especialista en posesiones y demologia.
En el marco de la Sexta Cumbre Ministerial Mundial sobre Seguridad del Paciente celebrada en Santiago de Chile en el mes de abril de 2024 se ha dado a conocer la primera Carta de Derechos de Seguridad de Paciente, a nivel mundial, a iniciativa de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Los objetivos del nuevo documento pasan por los siguientes aspectos clave: afirmar la seguridad del paciente como un derecho fundamental del paciente, para todos, en todas partes; identificar los derechos clave de seguridad del paciente que los trabajadores de salud y los líderes sanitarios deben defender para planificar, diseñar y prestar servicios de salud seguros; promover una cultura de seguridad, equidad, transparencia y rendición de cuentas dentro de los sistemas de salud; empoderar a los pacientes para que participen activamente en su propia atención como socios y para hacer valer su derecho a una atención segura; apoyar el desarrollo e implementación de políticas, procedimientos y mejores prácticas que fortalezcan la seguridad del paciente; y reconocer la seguridad del paciente como un componente integral del derecho a la salud; proporcionar orientación sobre la interacción entre el paciente y el sistema de salud en todo el espectro de servicios de salud, incluidos los cuidados de promoción, protección, prevención, curación, rehabilitación y paliativos; reconocer la importancia de involucrar y empoderar a las familias y los cuidadores en los procesos de atención médica y los sistemas de salud a nivel nacional, subnacional y comunitario.
Y ello porque la seguridad del paciente responde al primer principio fundamental de la atención sanitaria: “No hacer daño” (Primum non nocere). Y esto enlaza con la importancia de la prevención cuaternaria, pues cabe no olvidar que uno de los principales agentes de daño somos los propios profesionales sanitarios, por lo que hay que prevenirse del exceso de diagnóstico, tratamiento y prevención sanitaria.
Compartimos el documento abajo, estos son los 10 derechos fundamentales de seguridad del paciente descritos en la Carta:
1. Atención oportuna, eficaz y adecuada
2. Procesos y prácticas seguras de atención de salud
3. Trabajadores de salud calificados y competentes
4. Productos médicos seguros y su uso seguro y racional
5. Instalaciones de atención médica seguras y protegidas
6. Dignidad, respeto, no discriminación, privacidad y confidencialidad
7. Información, educación y toma de decisiones apoyada
8. Acceder a registros médicos
9. Ser escuchado y resolución justa
10. Compromiso del paciente y la familia
Que así sea. Y el compromiso pase del escrito a la realidad.
Presentació de Álvaro Baena i Cristina Real, infermers d'urgències de Badalona Serveis Assistencials, a la Jornada de celebració del Dia Internacional de les Infermeres, celebrada a Badalona el 14 de maig de 2024.
caso clinico docsity-taller-9-de-parasitologia.pdf
Nuestro primer derecho
1. Tema 1:
Nuestro primer derecho:
LA VIDA
En la actualidad, algunos ponen en duda
que el embrión sea un ser humano desde su concepción.
Acompáñanos a descubrir todo lo que sucede para que una nueva vida
humana se origine.
¿Cuándo se inicia la vida humana?
¿El embrión es una persona humana? ¿El embrión tiene derechos?
Todas estas preguntas las responderemos en las siguientes líneas
con el objetivo de ser un excelente defensor de la vida.
2. I . L a v i d a h u m a n a t i e n e u n o r i g e n
1. ¿Cuándo inicia la vida humana?
La vida humana comienza en el mismo instante de la fecundación, es decir,
en el momento preciso de la unión del óvulo y el espermatozoide.
2. ¿Qué es el óvulo y el espermatozoide?
El óvulo es la célula germinal o sexual femenina que se produce en los ovarios.
El espermatozoide es la célula germinal masculina producida en los testículos.
3. ¿Dónde tiene su origen el cuerpo humano?
El origen del cuerpo humano tiene lugar en el cigoto, el cual es la célula
fruto de la fusión del espermatozoide masculino y el óvulo femenino. 3
4. ¿Cuándo se determina el sexo de una persona?
Toda la información genética de la persona, y por lo tanto su sexo, se establece desde que se da la fecundación. 4
5. ¿Algún científico ha defendido el inicio de la vida?
Existen muchos ejemplos, uno de ellos es el del Dr. Jerome Lejeune, descubridor de la causa genética del Síndrome de Down. Él nos dice: “La vida tiene una historia muy, muy
larga. Ha sido transmitida desde hace milenios en el género humano. Pero cada uno de nosotros tiene un momento de iniciación preciso, que es aquel en el cual toda la
información genética, necesaria y suficiente, se reúne dentro de una célula, el óvulo fertilizado, y este momento es el momento de la fecundación. No existe la más mínima
duda sobre esto.” 5
3. I I . L a a s o m b r o s a v i d a d e n t r o d e l v i e n t r e
6. ¿Qué es el cigoto?
El cigoto es un ser vivo individual. Es el primer estado del embrión en el que
los 23 cromosomas de la madre y los 23 cromosomas del padre se encuentran.
Mide 0.15 mm. Es un individuo dotado de identidad y está orientado a un
desarrollo bien definido. 6,7
7. ¿Qué es el embrión humano?
El embrión humano es el modo de llamar a este ser vivo individual hasta
la semana 8. Tiene patrimonio genético humano; por lo tanto el embrión
es un ser humano desde la fecundación. 8
8. ¿Qué demuestra que en el embrión hay vida?
El embrión comienza a dividirse en 2, 4, 8 células, poniendo de manifiesto
su capacidad de autor reproducción y desarrollo. Además las células se
comunican entre ellas, lo que pone de manifiesto que están organizadas. 9
9. Pensar que el embrión es un ser humano ¿es una cuestión de opinión o consenso?
No es una cuestión ni de gusto, opinión o consenso, es una realidad biológica. Todas las pruebas científicas van en esa dirección, nadie ha podido probar lo contrario. 10
10. ¿Qué es la implantación o anidación?
Proceso durante el cual el embrión se adhiere a la mucosa o revestimiento del útero para alojarse en su interior. 11 El embarazo comienza con la implantación del embrión y no
determina el inicio de la vida del embrión.
11. ¿Qué es un feto?
Es un ser humano que se encuentra en desarrollo, y es llamado de tal modo desde el tercer mes hasta antes del nacimiento. En este periodo ocurre el crecimiento de tejidos y
órganos. 12
4. I I I . E l e m b r i ó n y y o t e n e m o s l a m i s m a d i g n i d a d
12. ¿Podemos considerar al embrión como ser humano?
Un ser humano no lo es en función de sus cualidades, capacidades o habilidades, lo es en razón de su naturaleza.
El embrión tiene en su genoma las secuencias Alu (fragmento de ADN) que son específicas de la especie humana. 13
13. ¿Qué propiedades nos indican que el embrión es un individuo humano y no un conjunto de células?
Un análisis científico riguroso del cigoto y embrión nos permite identificar las propiedades de coordinación,
continuidad y gradualidad que lo caracterizan. 14
14. ¿Qué quiere decir que tiene propiedad de coordinación?
El embrión manifiesta una secuencia coordinada e interacciones moleculares y celulares mediadas por señales
transmitidas de una célula a otra desde su ambiente interno y externo a ellas. 15
15. ¿Qué significa que posee la propiedad de continuidad?
El dinamismo del desarrollo embrionario ocurre sin interrupción alguna. Esto quiere decir que en su desarrollo se trata siempre del mismo e idéntico individuo humano con su
identidad propia. 16
16. ¿Qué implica la propiedad de gradualidad?
La forma final del embrión se alcanza gradualmente a partir de una célula individual. A pesar de la creciente complejidad que va adquiriendo el embrión, mantiene
permanentemente su propia identidad. 17
17. ¿El embrión es parte de la madre o es un ser humano diferente?
Aunque dependa de su madre, es un ser humano diferente a ella en todas sus células. Todos somos dependientes en todos los estadios de la vida humana. La dependencia por
profunda que sea, no modifica en nada la naturaleza. 18
18. ¿Un embrión tiene la misma dignidad que yo?
Todos los hombres tienen la misma dignidad aunque no tengan todavía o ya no tienen la posibilidad de manifestar algunas de sus facultades. 19
5. I V . P r o t e j a m o s a q u i e n n o s e v a l e p o r s í m i s m o
19. ¿Qué respeto merece un embrión?
El respeto que merece toda persona. Una vez concebido o fecundado merece vivir.
20. ¿El embrión tiene derechos?
Como todo ser humano sí tiene derechos, los cuales deben hacerse valer en igualdad con el resto de personas
aunque el mismo embrión no tenga facultades para ello. Entre aquellos derechos el primero es el absoluto
derecho a la vida y a la integridad física. 20
21. ¿Qué protección se reconoce al embrión a nivel internacional?
La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) 21 dice:
Artículo 4. Derecho a la Vida: 1. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento
de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.
22. ¿Existen normas legales en nuestro país que consideren que la vida humana empieza desde la concepción?
Las principales normas legales de nuestro país consideran que la vida humana comienza desde la concepción. A continuación, se citan algunos ejemplos.
- Constitución Política del Perú (art. 1º y 2º)
Artículo 1°.- La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.
Artículo 2°.- Toda persona tiene derecho: A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de
derecho en todo cuanto le favorece.
- Ley General de salud (art. III del Título preliminar) 24
III. Toda persona tiene derecho a la protección de su salud en los términos y condiciones que establece la ley. El derecho a la protección de la salud es irrenunciable.
El concebido es sujeto de derecho en el campo de la salud.
* Importante: Según todos estos documentos, el ser humano desde el instante de su fecundación goza de derechos como cualquier persona. Esto quiere decir que lo que
menciona la biología es respaldado por el ámbito legal.
23. ¿Qué situaciones se desencadenan cuando no se considera al embrión como un ser humano digno de respeto?
Al no considerar al embrión humano como una persona con derechos, se suscitan problemas como el aborto (tema sobre el cual reflexionaremos en las siguientes semanas) y la
experimentación con embriones humanos con fines biotecnológicos. 26,27
24. ¿Qué se puede hacer cuando en la práctica no se reconoce el embrión como persona humana?
Un ciudadano consciente del valor del embrión humano debe participar democráticamente en la elaboración de leyes y políticas públicas en favor del reconocimiento del
embrión como persona humana. 28
6. A manera de resumen
Como hemos observado, el inicio de la vida humana se encuentra en la
fecundación. Gracias las características de coordinación, continuidad y
gradualidad, podemos decir que el embrión es un ser humano. Desde que es un
cigoto, el ser humano está dotado de identidad y está orientado a un desarrollo
bien definido.
Este nuevo ser tiene la misma dignidad que yo, por tanto, merece respeto. El
embrión posee derechos, entre ellos, el derecho a la vida e integridad física, los
cuales deben hacerse valer. Normas legales nacionales e internaciones respetan
este derecho. Si el embrión no es considerado como ser humano digno de
respeto, entonces se suscitan problemas éticos como el aborto y la
experimentación o manipulación de embriones.
Por eso, todos nosotros debemos ser
defensores de la vida bajo cualquier circunstancia.
7. Referencias
1Cf. Bioética, colección AquinasNET. Universidad FASTA, Mar del Palta 2004, Pg. 75
2 Cf. Embriología Clínica, Ed. Elsevier, Barcelona 2008, Pg. 2
3 Cf. LUCAS LUCAS, R. (2013). Explícame la bioética. Ediciones Palabra, Madrid. Pg.
26
4 Cf. Ibid., pg. 4
5 Cf. All About Issues, vol. 5, otoño de 1991, Pg. 17
6 Cf. LÓPEZ TRUJILLO, A. (2006). Temas Candentes de Bioética y Familia. Ediciones
Palabra, Madrid. Pg. 24-27
7 Cf. SERRA, A. Dignidad del embrión humano, en Consejo Pontificio para la Familia,
Lexicón. Términos ambiguos y discutidos sobre la familia, vida y cuestiones éticas.
Ediciones Palabra, Madrid. Pg 280-281
8 Cf. LUCAS LUCAS, R. (2013). Explícame la bioética. Ediciones Palabra, Madrid. Pg 4
9 Cf. Ibid., pg. 4-5
10 Ibid., pg. 8
11 Cf. Embriología Clínica, Ed. Elsevier, Barcelona 2008, Pg. 2
12 Cf. Ibid., pg. 2
13 Cf. Ibid., pg. 9
14 Cf. SERRA, A. (2006) Dignidad del embrión humano, en Consejo Pontificio para
la Familia, Lexicón: Términos ambiguos y discutidos sobre la familia, vida y
cuestiones éticas. Ediciones Palabra, Madrid. Pg. 269-275
15 Cf. Ibid., pg. 283
16 Cf. Ibid., pg. 283-284
17 Cf. Ibid., pg. 284
18 Cf. LUCAS LUCAS, R. (2013). Explícame la bioética. Ediciones Palabra, Madrid. Pg.
9
19 SPAEMANN, R. (1997). Cuadernos de bioética. Vol. 8, Nº 31, Pg. 1027-
1033
20 BARRA, R.C. (2006). Estatuto jurídico del embrión humano, en Consejo Pontificio
para la Familia, Lexicón: Términos ambiguos y discutidos sobre la familia, vida y
cuestiones éticas. Ediciones Palabra, Madrid. Pg. 331-340
21 Organización de los Estados Americanos. (1969). Convención Americana Sobre
Derechos Humanos. URL: http://www.oas.org/dil/esp/tratados_B-
32_Convencion_Americana_sobre_Derechos_Humanos.pdf
22 Congreso de la República. (1993). Constitución Política del Perú. URL:
http://www4.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/Constitu/Cons1993.pdf
23 Congreso de la República. (1985). Ley Política Nacional de Población. Decreto
Legislativo Nº 346. URL:
http://www.mimp.gob.pe/webs/mimp/sispod/ley_politica_nacional_de_poblacion
.pdf
24 Congreso de la República. (1997). Ley General de Salud. Ley Nº 26842. URL:
http://www.minsa.gob.pe/renhice/documentos/normativa/Ley%2026842-
1997%20-%20Ley%20General%20de%20Salud%20Concordada.pdf
25 Congreso de la República. (2000). Código de los Niños y Adolescentes. Ley Nº
27337. URL:
http://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con2_uibd.nsf/77150A0364D1D78
D052577850060F059/$FILE/CODIGO_DE_LOS_NI%C3%91OS_Y_ADOLESCENTES.p
df
26 Cf. MOYA, G. (2012). Aspectos antropológicos de las terapias con células madre.
Vida y ética, Año 13 Nº 2, Pg. 101-115
27 Cf. ARANGO RESTREPO, P. (1999). Sobre la clonación, ¿por qué no me dejarían
clonar? Persona y bioética Nº 5, octubre-enero de 1999, Pg. 21-28
28 BELLVER, V. & BLANCO, B. (2007). Estatuto jurídico del embrión
humano en La vida humana naciente: 200 preguntas y respuestas.
Biblioteca de Autores Cristianos, España. Pg. 31-33