1. LOS PROCEDIMIENTOS DE REGULACIÓN DE EMPLEO CARLOS CASTILLO NORVAMED ASESORES Alicante, 4 diciembre 2008
2. SUMARIO I.- INTRODUCCIÓN II.- EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO ORDINARIO III.- LA REVISIÓN DE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA IV.- EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO ESPECIALES NORVAMED
3. INTRODUCCIÓN NORVAMED INTRODUCCIÓN La exigencia formal a la que debe reconducirse la voluntad empresarial de poner fin a la relación laboral se fija en: Despidos disciplinarios (55.4. ET): será improcedente cuando su forma no se ajuste a lo establecido en el ap. I del indicado precepto. Despidos objetivos (53.4 ET): nulidad de los mismos si no se ajusta a apartado 1 Mayor complejidad revisten los casos en que la voluntad empresarial no puede , por si misma, extinguir el contrato de trabajo: Despidos colectivos y extinción por fuerza mayor: Necesaria autorización administrativa. Su falta acarrea la nulidad de las extinciones llevadas a cabo por el empresario (124 LPL)
4. INTRODUCCIÓN NORVAMED Cuando la extinción contractual pretendida por el empresario se funda en fuerza mayor que imposibilite definitivamente la prestación de trabajo (49.1.h ET), o se trate de despido colectivo fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (49.1.i ET), la forma de la manifestación y consiguiente comunicación a los trabajadores despedidos de la voluntad del empresario de extinguir la relación laboral carece de relevancia, en sí misma, para el legislador, que prescinde de regularla. En ambos supuestos la ley exige, como requisito imprescindible para que la voluntad empresarial pueda producir la extinción, la previa intervención de la autoridad administrativa . En el supuesto de fuerza mayor, para constatar debidamente la existencia de la misma; en el caso de los despidos colectivos, para autorizarlos. Sólo tras conseguir la autorización administrativa podrá el empresario proceder a la extinción, pues la resolución de la autoridad laboral no produce efectos directos sobre los contratos de trabajo.
5. INTRODUCCIÓN NORVAMED Análisis de las diversas opciones legales A) Despido colectivo B) Suspensión de los contratos de trabajo La extinción de contratos de trabajo, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción , cuando en un período de 90 días la extinción afecte al menos a: 10 trabajadores, en las empresas que ocupen menos de 100 trabajadores 10% del número de trabajadores de la empresa, en aquellas que ocupen entre 100 y 300 trabajadores 30 trabajadores en las empresa, que ocupen entre 300 o más trabajadores Toda la plantilla de la empresa siempre que el número de trabajadores afectados sea superior a 5, por consecuencia de la cesación total de la actividad
6.
7.
8. EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO ORDINARIO NORVAMED Las fuentes reguladoras del procedimiento de los despidos colectivos. EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO ORDINARIO El art. 51 ET, la norma legal que contiene el procedimiento administrativo de regulación de empleo: Norma procedimental stricto sensu : números 2, 3, 4, 5, 6, 9, 12,13, 14 y acaso 7. Concepto, causas del despido colectivo y su concurrencia: número 1. Efectos respecto de los trabajadores afectados: número 8. Expediente de regulación de empleo concursal: derogado número 10, hoy es aplicable el art. 57 bis ET y 64 LC. Supuestos de venta judicial de la empresa: número 11. Obligaciones de la empresa cuando la autorización extintiva incluya a trabajadores de 55 o más años.
9. EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO ORDINARIO NORVAMED La normativa legal aplicable se complementa con otras previsiones: Art. 64. 1. 4º a) ET que establece como competencia de los representantes unitarios de los trabajadores la de emitir informe previo a la ejecución por parte del empresario de decisiones en materia de reestructuraciones de plantillas y ceses totales o parciales, definitivos o temporales de aquélla. Art. 8.3 LISOS en cuya virtud se considera infracción muy grave el cierre de empresa o el cese de actividades, temporal o definitivo, efectuados sin la autorización de la autoridad laboral, cuando fuere preceptiva. Para las empresas en situación de concurso, resultan de aplicación, básicamente, los artículos 8.2, 44.4 y 64 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
10. EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO ORDINARIO NORVAMED En materia procesal hay que atender preferentemente a lo dispuesto en el art. 124 LPL y, de manera especial, al contenido de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso – Administrativa. En definitiva, al tratarse de un procedimiento administrativo especial, el art. 51. 13 ET dispone que en lo no previsto en el mismo será de aplicación lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en particular en materia de recursos. Finalmente, y por lo que a las normas de desarrollo reglamentario se refiere, el RD 43/1996 aprobó el Reglamento de los procedimientos de regulación de empleo y de actuación administrativa en materia de traslados colectivos que derogó el anterior reglamento para adecuar su contenido al nuevo redactado del artículo 51 ET incorporado por la Ley11/1994, de 19 de mayo y también a la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que modificó sustancialmente algunos aspectos.
11.
12. EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO ORDINARIO NORVAMED La competencia para tramitar y resolver el procedimiento. El artículo 51 ET confiere la facultad de dictar la resolución en el procedimiento administrativo a la “Autoridad Laboral Competente”, sin hacer indicación de quién sea la misma. El artículo 2 del RPRE bajo dicha rúbrica distingue según sea el ámbito de la Administración General del Estado o de las Comunidades Autónomas, debido a que siendo la autorización una competencia ejecutiva, la misma deberá ser ejercida por cada Comunidad Autónoma en el ejercicio de sus propias competencias (artículo 149. 17 CE). Existen expedientes cuya resolución seguirá siendo competencia de la Administración General del Estado
13.
14. EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO ORDINARIO NORVAMED Legitimación para iniciar el procedimiento. b) Legitimación de los trabajadores Con carácter absolutamente excepcional, el artículo 51.9 ET prevé la posibilidad de que el expediente de regulación de empleo pueda tramitarse por iniciativa de los trabajadores. Los trabajadores, a través de sus representantes, podrán solicitar, igualmente, la incoación del expediente, si racionalmente se presumiera que la no incoación del mismo por el empresario pudiera ocasionarles perjuicios de imposible o difícil reparación. c) Legitimación de otros sujetos. La LC en su art. 64.2 dispone que la adopción por parte del juez del concurso de medidas laborales de carácter colectivo puede solicitarse por la administración concursal, el deudor o por los trabajadores de la empresa concursada a través de sus representantes.
15. EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO ORDINARIO NORVAMED La solicitud y la documentación a acompañar El art. 5 RPRE, en clara sintonía con lo previsto por el art. 51.2 ET, dispone que el procedimiento de regulación de empleo se iniciará mediante solicitud del empresario dirigida a la autoridad laboral competente, procediendo simultáneamente, mediante comunicación escrita a la apertura de un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores. El párrafo 2º del art. 51.2 del ET, dispone que la comunicación a la autoridad laboral, y a los representantes legales de los trabajadores deberá ir acompañada de toda documentación necesaria para acreditar las causas motivadoras del expediente y la justificación de las medidas a adoptar. El reglamento, al desarrollar la documentación exigible, distingue, según quien sea el iniciador del expediente (empresario o representantes de los trabajadores), según la causa (económica, técnica, organizativa y productiva o por fuerza mayor), y según el objeto de pretensión (suspensión o extinción) estableciendo exigencias diferentes.
16.
17.
18.
19. EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO ORDINARIO NORVAMED La solicitud y la documentación a acompañar Escrito de solicitud de informe a los representantes de los trabajadores. Los trabajadores tienen derecho a realizar un informe sobre las medidas pretendidas por la empresa y que tal documento no vinculante, sea tenida en cuenta por la misma, y especialmente, por la autoridad laboral a la hora de formular su criterio
20. 1. Comunicación y Documentación 2. Duración 3. Desarrollo y contenido 4. Arbitraje PROCEDIMIENTO Periodo de Consultas Instrucción Procedimiento Administrativo NORVAMED EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO ORDINARIO 1. Subsanación 2. Improcedencia 3. Medidas Cautelares 4. Tramitación (informes, alegaciones, documentos) 5. Vista y audiencia ACUERDO NO ACUERDO
21.
22. EJECUCIÓN DE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Actuación del empresario NORVAMED EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO ORDINARIO Requisitos formales de la comunicación Abono de las indemnizaciones
23.
24.
25.
26. EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO ESPECIALES NORVAMED EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO ESPECIALES El expediente de regulación de empleo tramitado a iniciativa de los trabajadores El expediente de regulación de empleo por fuerza mayor Expediente de suspensión de contratos por causas técnicas, organizativas, productivas y económicas Despidos colectivos, suspensiones y modificaciones sustanciales de contratos por causas técnicas, organizativas, productivas y económicas en empresas en situación de concurso: el expediente judicial de regulación de empleo