Describe cómo realizar los procesos de investigación para la aplicación de acciones correctivas de acuerdo al Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes en Costa Rica
Dinámicas para dotar de herramientas y habilidades que ayuden a los y las estudiantes a enfrentar esta situación y ayudar a quienes pudiesen padecerla.
Además de algunas recomendaciones que como responsables y adultos conscientes debemos procurar para contribuir a disminuir los factores que los provocan o ayudan a que permanezca.
Debido Proceso (aplicación de acciones correctivas).Gustavo Bolaños
Documento sobre EL DEBIDO PROCESO, que nos pasó la Dirección del Liceo de Atenas. Puede ser un buen material de consulta en casos de aplicación del Reglamento de Evaluación.
Proyecto- La Autoestima en los Adolescentesclaidy alvarez
Con este proyecto se pretende ayudar a los estudiantes a mantener un nivel de autoestima beneficioso donde les genere la confianza en sí mismos y mucho sentimiento valorativo de nuestro ser y quienes somos.
Dinámicas para dotar de herramientas y habilidades que ayuden a los y las estudiantes a enfrentar esta situación y ayudar a quienes pudiesen padecerla.
Además de algunas recomendaciones que como responsables y adultos conscientes debemos procurar para contribuir a disminuir los factores que los provocan o ayudan a que permanezca.
Debido Proceso (aplicación de acciones correctivas).Gustavo Bolaños
Documento sobre EL DEBIDO PROCESO, que nos pasó la Dirección del Liceo de Atenas. Puede ser un buen material de consulta en casos de aplicación del Reglamento de Evaluación.
Proyecto- La Autoestima en los Adolescentesclaidy alvarez
Con este proyecto se pretende ayudar a los estudiantes a mantener un nivel de autoestima beneficioso donde les genere la confianza en sí mismos y mucho sentimiento valorativo de nuestro ser y quienes somos.
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Elites municipales y propiedades rurales: algunos ejemplos en territorio vascónJavier Andreu
Material de apoyo a la conferencia pórtico de la XIX Semana Romana de Cascante celebrada en Cascante (Navarra), el 24 de junio de 2024 en el marco del ciclo de conferencias "De re rustica. El campo y la agricultura en época romana: poblamiento, producción, consumo"
Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinaria). UCLMJuan Martín Martín
Examen de Selectividad de la EvAU de Geografía de junio de 2023 en Castilla La Mancha. UCLM . (Convocatoria ordinaria)
Más información en el Blog de Geografía de Juan Martín Martín
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
Este documento presenta un examen de geografía para el Acceso a la universidad (EVAU). Consta de cuatro secciones. La primera sección ofrece tres ejercicios prácticos sobre paisajes, mapas o hábitats. La segunda sección contiene preguntas teóricas sobre unidades de relieve, transporte o demografía. La tercera sección pide definir conceptos geográficos. La cuarta sección implica identificar elementos geográficos en un mapa. El examen evalúa conocimientos fundamentales de geografía.
La Unidad Eudista de Espiritualidad se complace en poner a su disposición el siguiente Triduo Eudista, que tiene como propósito ofrecer tres breves meditaciones sobre Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote, el Sagrado Corazón de Jesús y el Inmaculado Corazón de María. En cada día encuentran una oración inicial, una meditación y una oración final.
Proceso práctico de aplicación de acciones correctivas
1. Ministerio de Educación Pública
Dirección Regional de Puriscal
Liceo de Puriscal
Contexto jurídico en el
proceso práctico de aplicación
de acciones correctivas
(Art. 86 R.E.A.)
MTE. Gilberth Charpentier Acuña
2. Puntos de partida
1. Al ingresar al establecimiento educativo de
su elección queda bajo el régimen
disciplinario vigente y debe respetarlo
(irrespeto implica acción correctiva)
2. Las acciones correctivas deben tener
propósitos formativos y NO la imposición
de sanciones
3. Garantías jurídicas del estudiante
1. Acceso a la educación
Continuidad
Igualdad
Adaptación del servicio público
Gratuidad
2. Derecho a orientación educativa
(encausar formación)
3. Elección del Centro Docente
4. Evaluación Objetiva
4. Código de la Niñez y la Adolescencia
Establece respeto al Interés superior
hacia personas menores de edad (Art.
5)
Los menores deben ser considerados
activamente en los asuntos que les
incumben, conforme a su madurez
emocional (Redacción de Normativa
Interna y conocimiento de normas que
se le aplicarán)
5. Principios jurídicos a respetar
1. Razonabilidad de la norma
2. Proporcionalidad de la falta en
relación a la acción correctiva por
aplicar
3. Tipicidad de la falta (debe
«encajar» en faltas definidas en
REA o Normativa Interna)
6. Responsabilidades institucionales
Cada acción correctiva implica
responsabilidad para la institución
El orientador a cargo es responsable
de dar acompañamiento al
educando en el proceso de
corrección de la conducta (Art. 87
REA).
7. Debido proceso
Es el proceso adecuado y sistemático de investigación para la
aplicación de una acción correctiva, teniendo en cuenta siempre
las garantías y derechos que tiene el estudiante.
Principales garantías (Art. 69 REA)
Ser comunicado de manera individualizada y concreta de los hechos
que se le atribuyen
Siempre debe tener acceso al expediente
La decisión de aplicar acción correctiva debe hacerse dando garantías
claras al alumno y al encargado
Garantía del derecho de defensa sin coacción y con respaldo de adulto
responsable.
Derecho a declarar o abstenerse.
Protección de identidad e imagen (Código Niñez y Adolescencia)
8. Debido proceso: pasos requeridos
1. Denuncia
2. Investigación ágil y efectiva.
3. Corroboración de hechos
a. Protección de imagen e identidad
b. Evitar discriminación
c. Garantizar confidencialidad de datos
4. Notificación al menor y encargados
a. Debe ser oportuna
b. Garantizar participación de afectado
c. Acceso al expediente
d. Usar cuaderno de comunicaciones
9. Debido proceso: pasos requeridos
5. Audiencia (oral y privada)
a. Garantizar principios de declaración o abstención
b. No se requiere promesa de juramento de verdad
c. Denunciado puede interrogar o hacer que se interrogue a
testigos
d. Deben estar presentes el menor, el defensor y
responsables institucionales
e. Debe documentarse TODO
6. Derecho de defensa: rebatir los hechos aportando
pruebas
7. Resoluciones
a. Escrita y debidamente razonada
b. Comunicar al estudiante y al encargado (debe
garantizarse)
8. Posibilidad de impugnar
10. Obligaciones Docentes
Respetar el principio de LEGALIDAD
No inventar tipificación de faltas
Respetar plazos definidos (evitar PRESCRIPCIÓN)
El orientador es garante del proceso (labor
profesional y consejera al estudiante)
Usar cuaderno de comunicaciones para notificar
por escrito u otro mecanismos FORMALMENTE
DEFINIDO a nivel institucional
Archivar apropiadamente el expediente una vez
finalizada la investigación
12. Paso 1: Determinación de la
falta (inciso a)
Un docente, administrativo o administrativo docente
comunica al profesor guía que un estudiante cometió
una falta.
Inicia el conteo de días para los plazos establecidos.
La dirección solicita elaborar tres copias:
Profesor guía (para desarrollar el proceso).
Auxiliares administrativos (control de aplicación)
Firma de recibido por parte del “denunciante” (como
garantía de que se inició el proceso). Verifique fecha y
firma.
13. Paso 2: Realización de la
investigación
El profesor guía junto al orientador analiza,
verifica y tipifica la falta (inciso b).
Disponen de 10 días para notificar la falta al
padre (madre o encargado).
Los menores de edad deben ser acompañados
por sus encargados legales o alguien designado
por ellos.
El estudiante debe tratarse como inocente y la
falta como posible.
14. Paso 3: Comunicación a los
padres de familia
El guía comunica a los padres o encargados la falta
imputada, se informa del derecho a acceder al
expediente, si acceden al expediente, debe ocultarse los
nombres de los menores de edad mencionados (Código
de la Niñez y Adolescencia).
El guía dispone de 3 días una vez que finaliza la
investigación.
Las faltas se indican como posibles, NUNCA como
realidad.
NO se indican las acciones correctivas.
15. Paso 4: Presentación
argumentos de la defensa
Si lo consideran oportuno, los
encargados presentan argumentos de
la defensa.
Los encargados disponen de tres días
desde la comunicación anterior.
Las pruebas deben ser claras y
definitivas.
Si no se presenta descargo se procede
a definir la acción correctiva.
16. Paso 5: Revisión del descargo
El guía y el orientador analizan los
argumentos de la defensa para
modificar, desestimar o mantener la
acción correctiva.
Disponen de 6 días antes del paso
siguiente.
Se establece la veracidad de los
elementos de descargo.
17. Paso 6: Resolución Final
El profesor guía (no el orientador) es responsable
Se le comunica a los encargados la resolución final (razonada
con base en la prueba, identificando el caso, al estudiante) y la
acción correctiva que se debe realizar (si existe, definiendo el
plazo de ejecusión).
Se envía copia para el archivo del Comité de Evaluación y el
Expediente personal del estudiante (inciso g).
Se dispone de 10 días, desde que finalizó el plazo para
presentar descargos.
La resolución final puede ser apelada por el estudiante o los
encargados ante el director quien dará una resolución definitiva
(tiene 3 días hábiles para presentar RECURSO
ADMINISTRATIVO). Luego pueden seguir con el Ministro…
18. Consideraciones importantes
En
casos muy excepcionales se puede aplicar la
interrupción inmediata del proceso educativo hasta por 10
días naturales (peligro para comunidad educativa)
Las faltas leves y muy leves solo se comunican al padre de
familia, orientador y una copia al expediente.
Siempre el estudiante debe se considerado INOCENTE.
Si un estudiante no llevara las comunicaciones, se tramita
otra falta (Art. 75, inciso b).
Si el segundo comunicado no se entrega se DEBE convocar
al encargado legal y se tramitan las tres faltas (Art.
77,inciso a). Tres faltas: falta original, no comunicar falta
original, reincidencia en las no comunicaciones.
19. Recuerde…
En todo momento el estudiante debe ser
considerado (y tratado como) inocente
hasta que se comunique la resolución
final.
SIEMPRE se debe respetar el DEBIDO
PROCESO…
Como proceso desarrollado por un
funcionario público debe basarse en el
principio de LEGALIDAD (ud. puede hacer
solo lo que le permite la ley)