Este documento expresa una fuerte oposición al Protocolo de Aborto Terapéutico recientemente aprobado en Perú. Argumenta que el protocolo abre la puerta al aborto libre bajo la excusa de salvar la vida de la madre y que en realidad pone en riesgo las vidas de los niños por nacer. Insta a los médicos a defender la vida de los no nacidos y al presidente a derogar el protocolo.
Manual de procedimientos para el manejo sanitario de la interrupción voluntar...Graciela Slekis Riffel
El Ministerio de Salud Pública informó sobre el proceso para la interrupción del embarazo, en el marco de la reglamentación de la ley sobre aborto presentada ayer martes. Las instituciones tienen 15 días para presentar posibles objeciones a la realización de abortos.
Dejamos los enlaces a dos documentos: la Reglamentación de la ley sobre aborto y la Presentación de Leticia Rieppi [responsable del Área de Salud Sexual y Reproductiva del MSP], en donde se detalla sobre el Manual de Procedimientos para el manejo sanitario y una Guía Técnica para la interrupción voluntaria del embarazo.
ETAPAS Y CONSULTAS. El procedimiento incluye 4 etapas. Primero, en una primera consulta la mujer solicita hacerse un aborto y allí se le informa acerca de las alternativas de menor riesgo, mientras que el médico deberá identificar la edad gestacional. De esta primer consulta la mujer debe saber ya el día y hora de la consulta con el grupo interdisciplinario.
La segunda etapa consiste en el encuentro con el grupo interdisciplinario, en que la mujer se juntará y hablará con un equipo formado por un médico, un psicólogo y un asistente social, para informar sobre las mejores alternativas, además de explicar y hacer hincapié que luego del aborto debe controlarse.
Después se darán los días necesarios para la “reflexión”. En caso de decidirlo, el período establecido para realizar abortos es a las 12 semanas.
Tras la “reflexión, la tercera consulta será con el ginecólogo, quien recibirá la decisión de la mujer y tanto en el caso de haber resuelto abortar como no, el médico deberá apoyarla. Si decide hacerlo, la mujer deberá firmar su consentimiento.
El MSP recomienda que el aborto se haga por vía farmacológica, a partir de misoprostol y mifepristona. El proceso debe hacerse en forma ambulatoria porque el proceso puede ser largo y “excluir a la mujer del ámbito de la familia durante tanto tiempo puede ser agravante de la situación posterior”, señala el documento del ministerio. Sólo en caso de necesidad se resuelva la internación.
Por último la mujer deberá asistir a una cuarta y última consulta de asesoramiento, ya que que se prevén consultas posteriores para informar a la mujer de métodos anticonceptivos.
El subsecretario de Salud Pública, Dr. Leonel Briozzo, afirmó que la reglamentación de la ley sobre aborto apunta a:
“Asegurar que las mujeres que están viviendo por este tránsito vital en su peripecia de vida, sean atendidas de manera confidencial, de forma impecable desde el punto de vista técnico y humano. Asegurar y promover un consentimiento informado muy preciso y muy específico que tiene como objetivo que sea la mujer la que asuma conscientemente la decisión libre, informada y responsable, si es eso lo que ella requiere. En tercer lugar, el respeto a la autonomía de la paciente; en cuarto lugar, la seguridad para la usuaria, para las pacientes que requieren este apoyo desde el punto de vista
Manual de procedimientos para el manejo sanitario de la interrupción voluntar...Graciela Slekis Riffel
El Ministerio de Salud Pública informó sobre el proceso para la interrupción del embarazo, en el marco de la reglamentación de la ley sobre aborto presentada ayer martes. Las instituciones tienen 15 días para presentar posibles objeciones a la realización de abortos.
Dejamos los enlaces a dos documentos: la Reglamentación de la ley sobre aborto y la Presentación de Leticia Rieppi [responsable del Área de Salud Sexual y Reproductiva del MSP], en donde se detalla sobre el Manual de Procedimientos para el manejo sanitario y una Guía Técnica para la interrupción voluntaria del embarazo.
ETAPAS Y CONSULTAS. El procedimiento incluye 4 etapas. Primero, en una primera consulta la mujer solicita hacerse un aborto y allí se le informa acerca de las alternativas de menor riesgo, mientras que el médico deberá identificar la edad gestacional. De esta primer consulta la mujer debe saber ya el día y hora de la consulta con el grupo interdisciplinario.
La segunda etapa consiste en el encuentro con el grupo interdisciplinario, en que la mujer se juntará y hablará con un equipo formado por un médico, un psicólogo y un asistente social, para informar sobre las mejores alternativas, además de explicar y hacer hincapié que luego del aborto debe controlarse.
Después se darán los días necesarios para la “reflexión”. En caso de decidirlo, el período establecido para realizar abortos es a las 12 semanas.
Tras la “reflexión, la tercera consulta será con el ginecólogo, quien recibirá la decisión de la mujer y tanto en el caso de haber resuelto abortar como no, el médico deberá apoyarla. Si decide hacerlo, la mujer deberá firmar su consentimiento.
El MSP recomienda que el aborto se haga por vía farmacológica, a partir de misoprostol y mifepristona. El proceso debe hacerse en forma ambulatoria porque el proceso puede ser largo y “excluir a la mujer del ámbito de la familia durante tanto tiempo puede ser agravante de la situación posterior”, señala el documento del ministerio. Sólo en caso de necesidad se resuelva la internación.
Por último la mujer deberá asistir a una cuarta y última consulta de asesoramiento, ya que que se prevén consultas posteriores para informar a la mujer de métodos anticonceptivos.
El subsecretario de Salud Pública, Dr. Leonel Briozzo, afirmó que la reglamentación de la ley sobre aborto apunta a:
“Asegurar que las mujeres que están viviendo por este tránsito vital en su peripecia de vida, sean atendidas de manera confidencial, de forma impecable desde el punto de vista técnico y humano. Asegurar y promover un consentimiento informado muy preciso y muy específico que tiene como objetivo que sea la mujer la que asuma conscientemente la decisión libre, informada y responsable, si es eso lo que ella requiere. En tercer lugar, el respeto a la autonomía de la paciente; en cuarto lugar, la seguridad para la usuaria, para las pacientes que requieren este apoyo desde el punto de vista
P. del S. 950 Ley Protección Mujer y Preservación De VidaMujeresPorPR
Proyecto radicado por la Comisión de Familia del Senado de Puerto Rico y pendiente para verse en vista pública en la Comisión de Asuntos Federales. El mismo busca regular asuntos importantes en los procesos del aborto. 45 años han pasado desde la legalización y ya es hora de hacer ajustes de acuerdo al conocimiento científico del Siglo 21 sobre la salud física, emocional, social y enfoque preventivo del derecho tomando en cuenta el Consentimiento Informado.
El presente trabajo es una monografía acerca del aborto, ya que es un tema muy tratado hoy en día y lamentablemente una realidad en la que aun estamos sumisas.
Trabajo para la asignatura Enfermería Ginecológica de la Diplomatura en Enfermería, donde se comenta y compara la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
Iniciativa que presenta la Senadora Diva Gastelum para erradicar la violencia...waddan0510
La situación de servicios inadecuados en el Sistema Nacional de Salud es cotidiana y persisten los malos tratos y las violaciones a los derechos humanos de las mujeres, por lo que es necesario sensibilizarse ante el problema, con la finalidad de generar conciencia sobre la necesidad de realizar denuncias.
“A pesar de que son muchas las mujeres que han vivido la violencia obstétrica, son pocas las que conocen este
término y menos quienes la denuncian, porque es una práctica tan común que se ha “normalizado” en las instancias del Sector Salud.”
Tal situación ha tenido impactos en la sociedad, vale la pena destacar, las manifestaciones de decenas de mujeres
en el mes de abril del presente año, para solicitar a las autoridades médicas del Instituto Mexicano del Seguro
Social en el Estado de Jalisco, “detener la violencia obstétrica a las que someten a las derechohabientes
embarazadas antes, durante y después de su alumbramiento.
http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2013/08/asun_2995051_20130814_1376495463.pdf
En el mes de 26 Diciembre 2007 se aprueba:" El protocolo", aprobado por la Gerencia Regional de Salud de Arequipa establece 24 casos en los que se justifica "la interrupción legal del embarazo", además del procedimiento administrativo que debe seguir una paciente para acogerse al aborto terapéutico. Negando la vida!!!
P. del S. 950 Ley Protección Mujer y Preservación De VidaMujeresPorPR
Proyecto radicado por la Comisión de Familia del Senado de Puerto Rico y pendiente para verse en vista pública en la Comisión de Asuntos Federales. El mismo busca regular asuntos importantes en los procesos del aborto. 45 años han pasado desde la legalización y ya es hora de hacer ajustes de acuerdo al conocimiento científico del Siglo 21 sobre la salud física, emocional, social y enfoque preventivo del derecho tomando en cuenta el Consentimiento Informado.
El presente trabajo es una monografía acerca del aborto, ya que es un tema muy tratado hoy en día y lamentablemente una realidad en la que aun estamos sumisas.
Trabajo para la asignatura Enfermería Ginecológica de la Diplomatura en Enfermería, donde se comenta y compara la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
Iniciativa que presenta la Senadora Diva Gastelum para erradicar la violencia...waddan0510
La situación de servicios inadecuados en el Sistema Nacional de Salud es cotidiana y persisten los malos tratos y las violaciones a los derechos humanos de las mujeres, por lo que es necesario sensibilizarse ante el problema, con la finalidad de generar conciencia sobre la necesidad de realizar denuncias.
“A pesar de que son muchas las mujeres que han vivido la violencia obstétrica, son pocas las que conocen este
término y menos quienes la denuncian, porque es una práctica tan común que se ha “normalizado” en las instancias del Sector Salud.”
Tal situación ha tenido impactos en la sociedad, vale la pena destacar, las manifestaciones de decenas de mujeres
en el mes de abril del presente año, para solicitar a las autoridades médicas del Instituto Mexicano del Seguro
Social en el Estado de Jalisco, “detener la violencia obstétrica a las que someten a las derechohabientes
embarazadas antes, durante y después de su alumbramiento.
http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2013/08/asun_2995051_20130814_1376495463.pdf
En el mes de 26 Diciembre 2007 se aprueba:" El protocolo", aprobado por la Gerencia Regional de Salud de Arequipa establece 24 casos en los que se justifica "la interrupción legal del embarazo", además del procedimiento administrativo que debe seguir una paciente para acogerse al aborto terapéutico. Negando la vida!!!
Diplomados a Distancia: “Orientación consejería y terapia familiar y de pareja” Perú 2015, "Violencia Familiar", Violencia Sexual", "Violencia de Género"
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El uso de las técnicas de reproducción asistida es necesario cuando la pareja tiene algún tipo de problema de fertilidad que impide lograr la concepción de un bebe.
Sin embargo, puede que te preguntes ¿Qué aspectos son mitos y cuales son realidad?
A continuación, te mencionare los mitos y realidades más comunes sobre la reproducción asistida.El uso de las técnicas de reproducción asistida es necesario cuando la pareja tiene algún tipo de problema de fertilidad que impide lograr la concepción de un bebe.
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interrumpida por el golpe de estado de 1930. Entre 1916 y 1922, el primer gobierno radical enfrentó el
desafío que significaba gobernar respetando las reglas del juego democrático e impulsando, al mismo
tiempo, las medidas que aseguraran la concreción de los intereses de los diferentes grupos sociales que
habían apoyado al radicalismo.
1. TEMA:
Protocolo de Aborto Terapéutico (PAT)
No matarás al niño en el seno materno (Didajé)
OBJETIVO:
Principal: Informar que el protocolo de aborto terapéutico es la
excusa para el aborto libre.
Secundario: Informar que “aborto terapéutico” es una falacia
porque todo aborto es matar a un niño y que trae
graves consecuencias para la salud física y
psicológica de la mujer.
PUNTOS CLAVES y frases fuerza:
• Nuestro más firme rechazo a esta norma que abre las puertas,
por primera vez en la historia del Perú, al aborto; es decir, al
asesinato de una vida humana inocente. Esta norma ministerial
además de inmoral es inconstitucional e ilegal (cfr.
Comunicado CEP, 30 de junio 2014).
• Con la presente norma el Ministerio de Salud ha ignorado la
voluntad de la mayoría de los peruanos que, en diversas
ocasiones y en multitudinarias marchas, tanto en Lima (más de
250 mil personas) como en provincias, han expresado la defensa
de la vida y el rechazo al aborto.
• ¿Qué es el aborto? Matar a un niño por nacer y dañar a una
mujer para toda la vida.
• Este protocolo ha sido el objetivo buscado por las
organizaciones abortistas radicales cuya meta es el aborto
libre.
Después de este protocolo, vendrán otras excusas ya conocidas
como el aborto por violación o por razones económicas.
En todos los países que se han aprobado este tipo de normas se
usan para que cualquiera tenga un aborto por cualquier razón.
Este protocolo ya tiene una cláusula abierta: dice “cualquier otra
patología materna que ponga en riesgo la vida de la gestante”.
¿Quién va a controlar que no haya abuso? ¿El Ministerio de salud
que ha hecho un protocolo a gusto de los abortistas? ¿El
Ministerio de la Mujer que les da empleo y promueve sus ideas?
• Es la primera norma abortista del Perú. Ollanta, Nadine y sus
ministros han tenido el privilegio de auspiciarla y premiar a
2. estos grupos abortistas en contra de la mayoría de la
población.
• Este protocolo está hecho para matar.
• Es un engaño decir que busca salvar vidas. Sólo busca abrir
una puerta a los abortos provocados.
• No tiene una sola indicación al médico para que trate de salvar
las dos vidas: la de la madre y la de su hijo.
• Por el contrario, establece que cuando la Junta Médica decide
por mayoría no realizar el aborto, la mujer pueda convocar a
una segunda Junta Médica con otros médicos invitados del
sector público o privado. O sea puedes llamar al de una
organización abortista.
• Es decir mientras las salas de emergencia de los hospitales
están llenas de pacientes graves sin que nadie los atienda, los
que quieran hacerse un aborto van a tener varios médicos para
hacer juntas médicas hasta conseguir una mayoría que le
haga su aborto.
• Este protocolo no es necesario.
• Hay dos hospitales Cayetano e Instituto Nacional Materno
Perinatal (Maternidad de Lima) que han informado que no han
atendido uno solo de estos casos en aprox. 2 años.
• No hay un solo caso de un médico que hayan denunciado que
su paciente se ha muerto por falta de aborto terapéutico.
• La Ministra se dedica a un protocolo que no es necesario
mientras que desatiende deficiencias en salud pública que son
evidentes: el incumplimiento de obligaciones con los médicos,
la total desatención de enfermos de tuberculosis multi
resistente que van contagiando sin control, la propagación
exponencial de casos de SIDA en la selva, el desabastecimiento
de medicinas de los hospitales, el incumplimiento de la
promesa electoral de Ollanta e un hospital por región y más
bien hay varios que han sido rebajados de categoría por falta
de mantenimiento y equipos, etc.
• Los médicos honestos siempre buscan salvar las dos vidas: la
de la madre y la del niño.
• La tecnología médica actual le permite hacerlo.
• Todas las causas citadas en el protocolo se pueden tratar para
que la madre le dé un tiempo de maduración al niño y éste, en
el peor de los casos, pueda nacer prematuramente a las 22
semanas.
3. • Las mujeres tienen derecho a saber que pueden salvar a sus
hijos por nacer y tiene derecho a ser atendidos por un médico
que no sea favorable al aborto.
• El “médico” que opta por el aborto terapéutico es: o uno malo
que no maneja la tecnología médica actual o uno que no quiere
usarla.
• No da lugar a la objeción de conciencia. El médico que se
rehusara a practicar o colaborar con un aborto, lo hará “bajo
responsabilidad”.
• Ninguna de los casos citados por el protocolo obligan a un
médico a optar por el aborto.
• Todas las entidades citadas en el protocolo se pueden tratar
para que la madre le dé un tiempo de maduración al niño y
éste, en el peor de los casos, pueda nacer prematuramente a
las 22 semanas.
• Es obvio que no siempre se puede ser exitoso. En ninguna
especialidad de medicina se puede garantizar 100% de éxito.
Pero si se muere un niño en el proceso de salvarlo, no estamos
hablando de un aborto. Salvar vidas es lo que hace un médico
honesto todos los días.
• Algunas de las entidades son ridículas: Por ejemplo la
hiperémesis gravídica refractaria al tratamiento con daño renal
o hepático porque en todos los casos las pacientes responden
al tratamiento o pueden tolerar un nivel de malestar en vez de
matar a sus hijos.
• La cláusula abierta es en realidad el aborto libre.
• Los malos “médicos” podrían fácilmente exagerar para dar pie
a un aborto por cualquier razón.
• En España, una de las franquicias de clínicas de aborto más
grandes dirigidas por el peruano Carlos Morín contrataba
psiquiatras para que autorizaran abortos con la excusa de
daño a la salud mental. La policía descubrió que falsificaba los
certificados de salud mental. También hacía abortos de 6 a 8
meses de embarazo cambiando las ecografías, él mismo
operaba teniendo SIDA, entre otros abusos.
• El médico está siendo privado de la objeción de conciencia.
• En otros países, médicos honestos han sido blanco de presión
por parte de organizaciones abortistas y algunos llevados a
juicio para destruir cualquier oposición al aborto libre.
• Cuando el protocolo dice “Bajo responsabilidad” quiere decir
que si no lo hace, el médico está sujeto a sanciones.
4. • Un médico honesto puede ser sancionado, en cambio el
protocolo no dice nada sobre un médico que practique un
aborto ilegalmente, sobre un médico que desinforme a la
mujer, o que falsee los datos médicos de la paciente.
• Nos dirigimos a ustedes, queridas madres gestantes, para
invocarles que defiendan la vida de sus hijos. Nos dirigimos a
ustedes, estimados médicos y enfermeras, para que, recordando
la nobleza de su profesión y el juramento que hicieron en defensa
de la vida, sean custodios y protectores de cada niño (cfr.
Comunicado CEP, 30 de junio 2014).
• Le pedimos, al señor Presidente de la República, en nombre de los
niños por nacer, derogar el PAT, porque consideramos que la
primera inclusión es el derecho a vivir. Solo Dios es dueño de la
vida; a nosotros nos corresponde cuidarla (cfr. Comunicado CEP,
30 de junio 2014).