1) La sociedad anónima abierta es aquella cuyo capital está difundido entre un gran número de personas y acude al ahorro público para su integración.
2) Se caracteriza por tener que inscribir sus acciones en bolsa de valores y no poder limitar la libre transmisibilidad de las acciones.
3) Presenta ventajas como limitar la responsabilidad de los accionistas y facilitar la acumulación de capital, pero también desventajas como mayor regulación e impuestos.
1. LA SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA
Es aquella en que el conjunto de acciones está ampliamente difundido entre gran número de personas. Esta es
propiamente sociedad anónima, aquella en que la forma jurídica corresponde a la situación económico-práctica prevista
por el legislador al poner a disposición de los hombres el mecanismo que ella constituye.
Dentro de un concepto más preciso, la sociedad anónima abierta es aquella que acude al ahorro público para la integración
de su capital.
Las sociedades abiertas o públicas necesitan del consentimiento del Tesoro para su constitución como tales. Dicho
consentimiento se requiere también para la conversión de sociedades privadas en sociedades públicas. La intervención del
Tesoro se limita a determinar si el objeto al que será destinado el capital de la sociedad reviste o no interés nacional. Será
también necesario que sus acciones se registren en una o más Bolsas de Comercio, y por lo tanto que la sociedad cumpla
con las reglas establecidas por tales Bolsas. La más importante, el London Stock Exchange, exige entre otras cosas, la
publicación de un prospecto informativo de las características de la sociedad, o la publicación de avisos que contengan la
información del caso en diarios de gran circulación.
La legislación de los Estados Unidos, establece diferencia entre la sociedad abierta o pública y la sociedad familiar, privada
o cerrada según recurra al público para la colocación de los títulos valores que emita o no. Más, recientemente se ha
precisado el concepto estableciendo que son sociedades públicas o abiertas aquellas que tienen más de 750 accionistas y
activo de valor superior a un millón de dólares.
2. »Se constituye:
a) Cuando se ha hecho oferta pública primaria de acciones o de obligaciones convertibles en acciones.
b) Cuando la sociedad tiene más de 750 socios.
c) Cuando más del 30% del capital social pertenezca a 175 o más accionistas.
d) cuando todos los accionistas por unanimidad aprueban la adaptación a este régimen (art. 249 LGS).
e) Obligatoriamente sus acciones deben cotizar en la bolsa de valores.
3.
4. Características de la sociedad anónima abierta
Tenemos las siguientes:
1. Debe inscribir todas sus acciones en el Registro Público del Mercado de Valores.
2. No se pueden establecer limitaciones a la libre transmisibilidad o a la negociación de las acciones.
3. No se puede establecer derecho de preferencia a favor de los accionistas o de la sociedad para adquirir acciones en
caso de transferencia de éstas.
4. Se necesita el 5% de las acciones para solicitar la celebración de junta general.
5. Sólo pueden participar en las juntas generales, los accionistas que tengan su derecho inscrito en el libro de matrícula
de acciones con una anticipación de diez días.
6. La anticipación de la publicación del aviso de convocatoria a juntas generales debe ser, por lo menos, de veinticinco
días. En el caso que en el mismo aviso se anuncien las demás convocatorias, la junta general en segunda convocatoria
debe celebrarse dentro de los 30 días de la primera, y la tercera convocatoria dentro de igual plazo de la segunda.
7. Se puede suprimir el derecho de suscripción preferente cuando lo acuerde la junta general con el voto de no menos
del 40% de las acciones suscritas con derecho a voto y no esté destinado directa o indirectamente a mejorar la
posiciónaccionaría dealguno de losaccionistas. No esnecesario el requisito delquórumcuando las accionesacrearse
vayan a ser objeto de oferta pública.
8. Debe someterse a auditoría anual a cargo de auditores externos escogidos que se encuentren hábiles e inscritos en el
Registro Único de sociedades de auditoría.
9. Debe proporcionarse la información que soliciten los accionistas que representen no menos del 5% del capital
PAGADO, salvo que se trate de hechos reservados.
10. Los socios tienen derecho de separación cuando se acuerda la adaptación a otra forma de sociedad anónima.
5. VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE UNA SOCIEDAD ABIERTA
VENTAJAS
Losaccionistas no tienen responsabilidadpersonalporlasdeudaso dañosa terceros.Losacreedoresdeunasociedad
anónima tienen derecho sobrelosBienes dela Sociedad anónima, no sobrelos bienesde los accionistas. El dinero que
los accionistas arriesgan o pueden perder al invertir en una sociedad anónima se limita a la cantidad invertida.
Facilidad de acumulación de capital o riqueza. La propiedad de una sociedad anónima está representada en acciones
que son transferibles.
Negociabilidad de las acciones. Las acciones pueden ser vendidas de un accionista a otro sin disolver la organización
empresarial, las grandes sociedades anónimas pueden ser compradas o vendidas por inversionistas en mercados,
tales como la bolsa de valores de Lima. La vida de la Sociedad es por tiempo indefinido. Una sociedad anónima es una
persona jurídica con experiencia ilimitada.
Administración profesional.Losaccionistas, eligen unajunta directiva ygerencia queseencargadeadministrar todos
los negocios de la compañía
Desventajas:
Altos impuestos.
Mayor regulación.
Separación entre el derecho de propiedad y control. La separación de funciones entre propiedad y la administración
pueden ser ventajas en algunos casos pero en otros una desventaja
CONCLUSIONES
6. 1. Como todo contrato, el desociedaddebe satisfacerlos requisitosesenciales dederecho;también debenexistir ciertos
elementos que lo caracterizan y lo diferencian de otros contratos
2. En el contrato de sociedad, los socios aceptan y soportan las pérdidas y participan en las utilidades, siendo esto lo
más importante en el derecho de los socios, si se excluyera algún o algunos de los socios de esta participación el
contrato sería nulo, lo mismo ocurriría si se pactase exoneración de las pérdidas en beneficio de alguno o algunos de
los socios.
3. La ley establece que las sociedades que se constituyen, deben efectuar su inscripción en el Registro Mercantil, en un
plazo de 30 días de la fecha de la escritura o a la fecha de la aprobación del acto en que consta el acuerdo de los actos
modificatorios.
4. La ley de sociedades mercantiles no se pronuncia, en cuanto a la nacionalidad de las sociedades. Sólo hace referencia
al dominio social a fin de establecer la obligación de indicarla en la escritura de Constitución social y para ordenar
que la sociedad constituida en el Perú, deba tener domicilio en el territorio peruano.
5. La denominación de la sociedad debe ser original, entendido en el sentido que no debe ser idéntica a la denominación
deotra sociedadpreexistente.El registradorno puededenegarlainscripción enel caso de advertirsedenominaciones
similares.
7. BIBLIOGRAFIA
Barboza Moreira, José (1997) Ley General de Sociedades. Ley 26887. AFA. Editores Importadores S.A. Lima – Perú
Adolfo FigueroaPérez. (2001)Reformasen sociedadesdesiguales. Laexperienciaperuana. PrimeraEdición. fondo de
la Pontificia Universidad Católica del Perú. Lima
Gonzales Barrón, Gunther (2002) Manual Práctico de la Ley General de Sociedades. Editorial Rodhas. Lima.
C.P.C. BahamondeEspejo, Hernando.(1999)Manual Teórico-Práctico. ParaConstituir unaEmpresa. Edit. San Marcos.