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Juan ‐ Luis Menares Rodríguez
Arquitecto Tasador / I.C.A. 10.867
Rol 4414 Registro Consultores MINVU
INFORME TASACION INMUEBLE
INFORME DE TASACION
Comuna: SAN MIGUEL
Número de Rol de Avalúo: 05352 − 00006
Dirección o Nombre del bien raíz: PRIMERA AVENIDA 1179 POB. ATACAMA
Destino del bien raíz: HABITACIONAL
MANDANTE
FORTUNATO ANGEL BEAS ARIAS
PRIMERA AVENIDA 1179, SAN MIGUEL, SANTIAGO
CONTACTO: +56 9 7628 9671, fernando.beas@gmail.com
Juan ‐ Luis Menares Rodríguez
Arquitecto Tasador / I.C.A. 10.867
Rol 4414 Registro Consultores MINVU
INFORME TASACION INMUEBLE
OBJETIVO
Se extiende el presente informe de tasación para trámites posteriores de preventa y obtención de crédito hipotecario
mediante entidad bancaria o financiera afín. Su utilización en acciones jurídicas o comerciales queda abierta.
IDENTIFICACION DEL BIEN RAIZ
Comuna: SAN MIGUEL
Rol de Avalúo: 05352 − 00006
Dirección: PRIMERA AVENIDA 1179 POB. ATACAMA
Destino del bien raíz: HABITACIONAL
Región: METROPOLITANA
Permiso de obras: NO REGISTRA
Recepción de obras: NO REGISTRA
Registrado a Nombre de: FORTUNATO ANGEL BEAS ARIAS
RUT: 7.368.571 – 0
Tasador: JUAN LUIS MENARES RODRIGUEZ, Arquitecto
Tasador Rol 4414, Registro de Consultores MINVU
Fecha: 18 de Enero de 2022
I. DESCRIPCIÓN DEL SECTOR
A. Localización
La vivienda se encuentra localizada en la zona central de la comuna de San Miguel, dentro del área denominada
“Población Atacama” sector ZU2 del plano regulador comunal. En específico entre calles Primera Avenida (calle de
acceso) por el Sur, Primera Transversal por el Poniente, Avenida Departamental por el Norte y Avenida José Miguel
Carrera por el Oriente.
B. Características generales y composición
El terreno posee una pendiente nula. No existen evidencias de los estratos anteriores a la construcción del edificio.
De los antecedentes CIREN puede inferirse que se trata de suelos arcillosos de alta cohesión y roca descompuesta
en el subsuelo. La llegada al firme en las obras se garantiza mediante cimentación corrida. La pendiente no requiere
de nivelaciones de terreno. Se han ejecutado todas las obras necesarias de cierro y escarpe. Los patios y
estacionamientos son de pendiente apropiada al uso cotidiano -al interior y exterior del predio-.
C. Infraestructura y urbanización
La vivienda y su entorno inmediato se encuentran urbanizados. Al presente cuenta con servicios básicos operativos.
Al igual que todas las unidades del barrio posee dotación de servicios activa mediante conexión y empalme a la red
pública en control del operador de servicios local (concesionario público/ privado).
El suministro de fuerza eléctrica es mediante red aérea trifásica existente según se rescata de los antecedentes de
suministro activo facilitados por el mandante. La postación está vigente y sus servicios operativos.
La pavimentación de recorrido vehicular en el camino de acceso, Primera Avenida, es en carpeta con rasante de
hormigón armado, al igual que las veredas y escurrimientos de agua lluvia-. Cuenta con zarpa y empalme de igual
materialidad en el acceso de estacionamiento. La vivienda posee acceso desde la calle hasta su estacionamiento y
bodega. Se verifica existencia de patios y plantas decorativas sobre césped.
Juan ‐ Luis Menares Rodríguez
Arquitecto Tasador / I.C.A. 10.867
Rol 4414 Registro Consultores MINVU
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II. DESCRIPCIÓN DE LA PROPIEDAD
A. Características
La vivienda posee una materialidad mixta de albañilerías confinadas y maderas, todas con terminaciones de
estándar medio superior. La trama vial circundante le provee de todos los servicios públicos necesarios para la
vivienda. La población del sector es de clase media de tipo C2. En un radio de 100 metros cuenta con comercio
minorista, y en uno de 500 m con centros mayoristas de enseres y acceso a instituciones de salud y educación en
todos sus niveles. La cota promedio de 549 m sobre el NMM, le hacen parte del clima mediterráneo templado propio
de los Valles Interiores de la Cordillera de Los Andes.
B. Emplazamiento general
La vivienda está aproximadamente a 6.00 km del casco histórico de Santiago y a 0.87 kilómetros del centro de la
Comuna de San Miguel –desde el acceso principal a la propiedad-. Dada la ausencia de pendiente, no existen
panorámicas, pero el distanciamiento con respecto a edificaciones de altura es adecuado para garantizar luz directa
durante todo el día. Con respecto al plan regulador comunal, se encuentra en el área ZU2 -correspondiente a las
manzanas de la Población Atacama, con 549 metros sobre el nivel medio del mar-. Posee una excelente ventilación,
asoleamiento y perspectivas sobre la Avenida Primera. Se integra al circuito de peatonales y avenidas troncales de
la comuna, no requiriendo la necesidad de vehículos para acceder a todos los servicios necesarios para el diario
vivir.
C. Terreno: Deslindes y Superficies
Los deslindes señalados corresponden a los descritos en la escritura de propiedad inscrita en el Conservador de
Bienes Raíces de San Miguel, bajo el registro a fojas 8631 Nro. 8153 del año 2017.
 Al Norte : 6.70 m en línea continua (limitando con otro propietario)
5.30 m en línea continua (limitando con otro propietario)
 Al Sur : 12.00 m en línea continua (limitando con Calle Primera Avenida)
 Al Oriente : 37.35 m en línea continua (limitando con otro propietario)
7.00 m en línea continua (limitando con otro propietario)
 Al Poniente : 35.70 m en línea continua (limitando con otro propietario)
10.00 m en línea continua (limitando con otro propietario)
 Superficie : 531.00 M2
Deudas, Expropiaciones y Cesiones
 No registra
Programa y estado actual
 Destino :
Inmueble de destino habitacional -obras en terreno sin pendiente-.
 Programa :
Vivienda con área social, cocina, baños y dormitorios. En volumen exento bodega
 Materialidad :
Albañilerías confinadas y divisiones de madera en vivienda.
 Conservación :
Su estado general es habitable. No se considera la desvalorización por tiempo. No registra daños.
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D. Foto georreferenciada
Coordenadas UTM: -33.503902, -70.656452 (polígono entre líneas).
III. RESUMEN DE ANTECEDENTES SECTORIALES
• Usos permitidos Zona ZU2 Plan Regulador Comunal de SAN MIGUEL
Vivienda
Pequeños negocios compatibles con la vivienda
Área verde
• Usos prohibidos
Talleres y servicios no inofensivos.
Salud.
Cementerios.
Fábricas/ bodegas molestas y todos los destinos no mencionados como permitidos.
• Normas de edificación Zona ZU2
Superficie predial mínima : 2500.00 m2
% Ocupación de suelo : 60 %
Índice de Constructibilidad : 230%
Altura máxima edificación : 14.00 m / 5 pisos (pareada 9.00 m)
Densidad habitacional : 1600 hab/ha
Antejardín mínimo : 3.00
Agrupamiento : Aislado, pareado
Distanciamiento y rasante : O.G.U.C.
Adosamiento máximo : 40.00%
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IV. VALORIZACION SIMPLE
a) El valor comercial se asignará por referencia directa con las áreas homogéneas –AH- de la comuna de SAN
MIGUEL, según tabla 2018 del servicio de impuestos internos (vigente al momento de elaboración del
informe).
b) El valor físico de las construcciones, corresponderá al vigente por metro cuadrado MINVU, incluyendo los
costos indirectos de ejecución, y no considerando depreciación. Se utilizará tabla de costos unitarios
correspondientes al trimestre y su categorización.
c) Los costos de ejecución se harán en base a la tabla del colegio de arquitectos de Chile y estimando recargo
adicional por concepto de especialidades técnicas.
Los siguientes recuadros muestran:
1.- Las diversas áreas homogéneas, dando el valor promedio en pesos por m2. Se constata invariabilidad dado el
factor total de ajuste –según desglose-.
2.- El recargo porcentual de aranceles para proyectos según tablas del Colegio de Arquitectos -respecto al rango de
costo material en UF-.
Proyectos según C.A.
Rango
650-6500
UF
A. Trabajos preparatorios 0.90%
B. Proyecto 3.40%
C. Estructura 0.90%
D. Inspección 2.80%
% PROMEDIO 8.00%
Factores de ajuste
Factor Superficie 1
Factor frente fondo 1
Factor altura 1
Factor casos excepcionales 1
Factor promedio de ajuste 1
Área Homogénea AH
Valor
$/m2
HMB 019 137.437
HMB 018 205.915
HMB 013 173.276
HMB 036 190.715
HMB 037 181.915
Promedio $/m2 177.852
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Teniendo como resultado 177.852 $/m2 se multiplicará esta cifra en un 200% para corregir la división a la mitad del
valor promedio de compraventas -por sector- aplicado en el SII para el cálculo de contribuciones. Por tanto el
promedio resultante de selección de áreas homogéneas cercanas al caso será 355.704 $/m2.
Siendo la presente tasación del tipo técnica comercial, se presentará a continuación tabla de casos homologables,
seleccionados desde bases de datos de corretaje de propiedades. Esto a fin de obtener un costo promedio por
metro cuadrado que se coteje con la cifra obtenida mediante el cálculo por medio de tablas de valorización técnica
territorial precedentes.
Los casos homologables rescatados son los siguientes:
Caso Total costo $ m2 link $/m2
1 100.001.609 300 333.339
https://www.enlaceinmobiliario.cl/propiedadesusadas/san-
miguel/terreno/1011/104712490/219760?utm_source=Trovit&utm_medium=cpc
2 110.000.000 320 343.750
https://www.portalterreno.com/cl/propiedad/venta/sitio/san-miguel/185953
3 194.428.313 330 589.177
https://www.portalterreno.com/cl/propiedad/venta/sitio/san-miguel/185224
4 251.572.268 440 571.755
https://casas.trovit.cl/listing/terreno-en-venta-en-san-miguel.1c1r1le1zIh1R
5 517.406.800 832 621.883
https://casas.trovit.cl/listing/terreno-excelente-ubicacion-para-desarrollo-inmobiliario.K1-
L81ZW1g
costo promedio 491.981
Considerando el promedio en la presente tabla de 491.981 $/m2 y el promedio resultante de selección de áreas
homogéneas cercanas al caso de 177.852 $/m2 tenemos un valor promedio final del metro cuadrado
correspondiente a 334.917 $/m2 los que serán aplicados a la tabla de cálculo final.
Para estimar el costo de materiales de construcción de la vivienda se considera la categoría material C de
construcción sólida en albañilería y materialidad interior mixta.
Clasificación C Construcciones albañilería confinada
Categoría 3 Media
Promedio 187.807 $/m2
Por último se considera
- 75% sobre el total de materiales, a razón de costos de mano de obra necesaria para ejecutar la arquitectura.
- Tabla de costos adicional, por concepto de adquisición e instalación de obras complementarias.
- Un coste estimativo de especialidades a 3 UF/m2 a razón de la data de ejecución.
Alcances preliminares:
Los factores de ajuste son estimados en base a situación topográfica constatada en terreno.
El costo por metros lineales y la valorización de obras de provisión de servicios serán a criterio del profesional actuante.
Se añadirá el costo de proyectos aprobados, dada su relevancia por concepto de gasto y vigencia.
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A. CUADRO DE VALORIZACION
1. Unidad vendible y materiales
Ítem Sup. m² $/m² UF/m² Total $ Total UF
Lote 531,00 334.917 10,77 177.840.927 5.717
Materiales de construcción vivienda 117,00 187.807 6,04 21.973.419 706
Subtotal bienes inmuebles 199.814.346 6.423
2. Proyectos y construcción
Ítem Sup. m² $/m² UF/m² Total $ Total UF
Construcción 117,00 140.855 4,53 16.480.064 530
Arquitectura y especialidades 117,00 93.327 3,00 10.919.259 351
Subtotal proyectos 27.399.323 881
3. Obras Complementarias
Ítem m2 / m.l. $/U UF/m Total $ Total UF
Estacionamiento y bodega 6,00 299.822 9,64 1.798.932 58
Empalme eléctrico y sanitario 1,00 5.000.000 160,73 5.000.000 161
Mano de Obra 3.399.466 109
Subtotal OO. CC. 10.198.398 328
4. TOTAL VALORIZACION FISICA 237.412.067 7.632
B. VALORES DE TASACION
Ítem Total $ Total UF
VALOR TASACION 237.412.067 7.632
VALOR SEGURO CONSTRUCCIONES Y OO. CC. 100% 59.571.141 1.915
VALOR LIQUIDACION 75% 178.059.050 5.724
Valor UF Enero 2022 31.109,00
C. RESULTADOS:
1. A partir de los parámetros utilizados, los resultados arrojan un valor base del lote -sin obras- de 5717 UF
2. Considerando la superficie del inmueble, proyectos y materiales se suman 1587 UF
3. En obras de urbanización y accesibilidad se suman 328 UF
4. Considerando el valor de la UF a la fecha, el monto total de tasación se estima en $237.412.067
5. En Anexos de este informe se entrega documentación de respaldo a los parámetros aplicados para la tasación
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Rol 4414 Registro Consultores MINVU
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D. COMENTARIO FINAL DE VALORIZACIÓN:
Estando urbanizada y ejecutada las obras de infraestructura correspondiente al acceso y servicios -en entorno inmediato
de las obras- y existiendo labores de ingeniería y arquitectura ya realizadas y en óptimas condiciones (sin considerarse
necesarios los ajustes de valor por su fecha de ejecución); se estima una incorporación factible al mercado.
El valor promedio de la unidad, definido bajo la metodología de informe, considera modificaciones a la baja de carácter leve
dado los comportamientos de mercado catastrados por el SII. La construcción de la vivienda se aprecia en estado de
conservación óptima y no requiriendo intervenciones para la habitabilidad.
J U A N - L U I S M E N A R E S R O D R I G U E Z
Tasador: Rol 4414 Reg. Consultores MINVU
Profesión: Arquitecto/ I.C.A.10867
Declaración del tasador
1. Que no tiene hoy ni espera tener en el futuro, interés en la propiedad tasada ni ningún impedimento para llevar a cabo este trabajo en forma independiente.
2. Que no tiene personal interés ni participación en los usos que se hagan de la tasación.
3. Que ha inspeccionado personalmente la propiedad, por dentro y por fuera. La información que presenta es verdadera, y no ha obviado nada de importancia.
4. Que todos los inconvenientes y limitaciones que pueda tener el inmueble y su vecindario están mencionados.
5. Que las conclusiones y opiniones referentes a la información requerida en este informe han sido preparadas por el tasador abajo firmante, el cual se hace legalmente
responsable de las apreciaciones contenidas en la tasación, en conformidad al artículo 22, del Reglamento de Sociedades Anónimas.
Juan ‐ Luis Menares Rodríguez
Arquitecto Tasador / I.C.A. 10.867
Rol 4414 Registro Consultores MINVU
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V. COMPLEMENTO DE ANTECEDENTES TECNICO-LEGALES
1. Copia vigente escritura
2. Plano plancheta SII
3. Certificado de avalúo detallado
4. Certificado de deuda tributaria
5. Certificado exención de expropiación
6. Planta Google Earth
7. Planta Google Maps
8. Planimetría arquitectura
9. Planimetría topográfica
10. Fotografías
11. Plano de áreas homogéneas 2018
12. Plano regulador comunal
13. Tablas de valorización al tercer trimestre de 2021
14. Tabla de categorías de construcción
15. Ordenanza Local -plan regulador-
16. Tabla de Honorarios CA
17. Registro tasador
18. Patente profesional actuante
COPIA DE INSCRIPCION
REGISTRO DE PROPIEDAD
El Conservador que suscribe certifica que la inscripción
adjunta, y que rola a fojas 8631, nº 8153, año 2017, de
este registro, está conforme con su original, y que la
inscripción que consta en ella se encuentra: VIGENTE EN
PARTE.-
San Miguel, 12 de Enero de 2022.-
c: 2022005869
Documento emitido con Firma Electrónica Avanzada.-
Ley Nº 19.799.- Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Chile.
Verifique su validez en www.veridoc.cl.
Verifique con el código RXCR-P3JS-3K
C/ 48830
AZC-EM-JA
HERENCIA
ROSALIA GUISELA
ARIAS ORTIZ
A
FORTUNATO ANGEL
BEAS ARIAS
Rep. Nº 11740
Nº8153
San Miguel, a ocho de Junio del
año dos mil diecisiete. FORTUNATO
ANGEL BEAS ARIAS, cédula nacional
de identidad número siete millones
trescientos sesenta y ocho mil
quinientos setenta y un guión
cero, de este domicilio, es dueño
de la propiedad ubicada en la
Primera Avenida número mil ciento
setenta y nueve, que corresponde
a la parte Sur de la manzana
número uno, de la Población Chacra
Atacama, comuna de San Miguel, rol
de Avalúo N°5362-6; que deslinda:
NORTE: en seis metros setenta
centímetros con antigua casa de la
Chacra Atacama y en cinco metros
treinta centímetros con la misma
Chacra; SUR, en doce metros con la
Primera Avenida; ORIENTE, en
treinta y siete metros treinta y
cinco centímetros con don Fidel
Ayarza y en siete metros con
Chacra Atacama; PONIENTE, en
treinta y cinco metros setenta
FS 8631
Conforme al certificado
extendido por el Servicio
de Impuestos Internos
Nº99, de fecha 05 de
Octubre de 2015, se
declaró pagado el
impuesto a la herencia a
la sucesión del centro.
San Miguel, 08/06/2017.
centímetros con Santiago Cánepa y
en diez metros con Cargioli Nello.
La adquirió por herencia de
ROSALIA GUISELA ARIAS ORTIZ,
fallecida el treinta de Mayo de
dos mil trece, según de
certificado de posesión efectiva
inscrita bajo el N°39043 del año
2015, concedida por el Director
Regional, Región Metropolitana,
del Servicio de Registro Civil e
Identificación, Chile, oficina
Santiago, en virtud de lo
dispuesto en la Resolución Exenta
N°46374, de fecha 15 de Julio de
2015. El título anterior está
inscrito a Fojas 9204 vta., Número
11706 del Año 1996. Requirente:
Verónica Contardo.
FS 8631
vta
Teléfono : 554 6645
Llano Subercaseaux 2585
San Miguel Fax : 554 5574
www.conservadorsanmiguel.cl
secretaria@conservadorsanmiguel.cl
C.:
Con las siguientes Notas Marginales :
2022005869
Rep. 17939 de 11.08.2017 Dación en Pago, C. 74642
Cedidos el 20% de los derechos a fs.
12755-11952-2017.- San Miguel 14/08/2017.-
Fecha de Emisión: 5 de Enero de 2022
Página 1 de 2
CERTIFICADO DE AVALÚO FISCAL DETALLADO
Avalúos en pesos del SEGUNDO SEMESTRE DE 2021
Montos de Avalúos Vigentes al 31.12.2021
Comuna : SAN MIGUEL
Número de Rol de Avalúo : 05352 − 00006
Dirección o Nombre del bien raíz : 1 AVENIDA 1179 ATACAMA
Destino del bien raíz : HABITACIONAL
Registrado a Nombre de : BEAS ARIAS FORTUNATO ANGEL
RUN o RUT Registrado : 7.368.571 − 0
AVALÚO TERRENO PROPIO : $ 97.545.212
AVALÚO CONSTRUCCIONES : $ 19.712.349
AVALÚO TOTAL : $ 117.257.561
AVALÚO EXENTO DE IMPUESTO : $ 36.845.717
AVALÚO AFECTO A IMPUESTO : $ 80.411.844
SUPERFICIE TERRENO (m²) : 531
SUPERFICIE CONSTRUCCIONES (m²) : 117
El avalúo que se certifica ha sido determinado según el procedimiento de tasación fiscal para el cálculo del
impuesto territorial, de acuerdo a la legislación vigente, y por tanto no corresponde a una tasación comercial de
la propiedad.
Este Certificado no acredita dominio del bien raíz.
Por Orden del Director
CERTIFICADO GRATUITO
Certificado de Avalúo Fiscal Detallado
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Fecha de Emisión: 5 de Enero de 2022
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ANEXO CERTIFICADO DE AVALÚO DETALLADO
Comuna : SAN MIGUEL
Número de Rol de Avalúo : 05352 − 00006
Dirección o Nombre del bien raíz : 1 AVENIDA 1179 ATACAMA
Destino del bien raíz : HABITACIONAL
Detalle Avalúo Bienes Comunes
Rol Bien Común Tipo de
Copropiedad
Avalúo Total Bien Común % Prorrateo Avalúo Prorrateado
No Registra
Total Avalúo Bienes Comunes $ 0
Detalle Avalúo Líneas de Terreno
Línea Superficie (m²) Avalúo Unitario (Aprox.) Avalúo Línea
1 531 $ 183.701 $ 97.545.212
Total Avalúo Terreno $ 97.545.212
Detalle Avalúo Líneas de Construcción
Línea Clase Calidad Cantidad
(m² o m³)
Año
Constr
Avalúo Línea
1 ALBANILERIA 3 117 1948 $ 19.712.349
Total Avalúo Construcciones $ 19.712.349
Por Orden del Director
CERTIFICADO GRATUITO
Certificado de Avalúo Fiscal Detallado
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N° Certificado: 2478763
Informe Situación de Inmueble
Santiago, 18 de Enero de 2022
Este Servicio informa con esta fecha que:
Inmueble ubicado en 1 AVENIDA 1179 ATACAMA de la comuna de SAN MIGUEL, Rol de
Avalúo Nº 05352-00006 se encuentra NO AFECTO A EXPROPIACIÓN por SERVIU RM.
Se extiende el presente informe a solicitud JUAN LUIS MENARES RODRÍGUEZ, para ser
presentado en JUAN LUIS MENARES RODRÍGUEZ ARQUITECTOS.
Emitido de conformidad con lo dispuesto en los articulos 5 y 20 de la Ley 19.628 y 17 de la
Ley 19.880.
Oficina Virtual Internet
Cajero Virtual Internet
Costo de la Solicitud: $ 0
Código de Transacción: BD4866B7
Si el número del inmueble del Rol consultado no coincide con la numeración de la propiedad desplegada, deberá solicitar un certificado de
numeración en la dirección de obras de la municipalidad a la que pertenece la propiedad.
Informe para el inmueble ubicado en 1 AVENIDA 1179 ATACAMA de la comuna de SAN MIGUEL, Rol de Avalúo Nº 05352-00006,
emitido en: Santiago, 18 de Enero de 2022
Cajero: Oficina Virtual Internet
N° Certificado: 2478763
Certificado de Deuda
BEAS ARIAS FORTUNATO ANGEL
NOMBRE
1 AVENIDA 1179 SAN MIGUEL
095-05352-006
DIRECCION
ROL
COMUNA
1,155,881
Total Deuda No Vencida Liquidada
CLP
Total Deuda Liquidada Morosa Acogidos ART 196 y 197 DEL C.T.
REAJUSTE
DEUDA NETA TOTAL
INTERES MULTA
FECHA VCTO.
FOLIO
FORMULARIO TIPO
Deuda :Morosa (CLP)
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30 30 955352120 30-Sep-2021 14,864 505 922 0 16,291
30 30 955352120 30-Nov-2021 14,864 268 454 0 15,586
30 30 955352121 30-Abr-2021 192,262 10,382 27,357 0 230,001
30 30 955352221 30-Jun-2021 192,262 8,844 21,116 0 222,222
30 30 955352321 30-Sep-2021 195,941 6,662 12,156 0 214,759
30 30 955352421 30-Nov-2021 195,941 3,527 5,984 0 205,452
30 30 955352820 30-Abr-2021 47,866 2,585 6,811 0 57,262
30 30 955352820 30-Jun-2021 47,866 2,202 5,257 0 55,325
30 30 955352820 30-Sep-2021 48,823 1,660 3,029 0 53,512
30 30 955352820 30-Nov-2021 48,823 879 1,491 0 51,193
38,971 88,252
1,028,658 0 1,155,881
Total Deuda Morosa (CLP)
14:12
La Institución o persona ante quien se presenta este certificado, podrá verificar su autenticidad en www.tgr.cl, ingresando el número del código de
barra que se indica en certificado.
(Liquidada al: 18-01-2022)
El Servicio de Tesorería certifica que de acuerdo al estado de la Cuenta Única Tributaria del ROL SAN MIGUEL 095-05352-006, éste registra deuda
por el(los) formulario(s) detallado(s) precedentemente.
IMPORTANTE
Emitido a las:
Página 1 de
Fecha de Emisión del Certificado: 18-01-2022
1
DOCUMENTO NO VALIDO PARA PAGAR EN INSTITUCIONES RECAUDADORAS
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SAN MIGUEL
COMUNA:
PLANO DE PRECIOS DE TERRENO
REAVALÚO DE BIENES RAÍCES NO AGRÍCOLAS 2018
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
DEPARTAMENTO REGIONAL DE AVALUACIONES
DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO SUR
ESCALA:
1:5.000
LÍMITE ÁREA HOMOGÉNEA
METRO
LÍMITE COMUNAL
MANZANAS SII
ÁREAS VERDES
SIMBOLOGÍA
Firma
Nota:
1.- Los antecedentes del plano están determinados de acuerdo a la base de datos catastral del SII vigente al segundo semestre de 2017, por lo que no reflejan modificaciones posteriores.
2.- Los mapas presentados no acreditan límites comunales, regionales o internacionales, como tampoco delimitaciones de manzanas, ya que sólo son referenciales para contextualizar la información desplegada.
3.- El SII no se responsabiliza por la utilización de la información presentada en este plano para fines diversos de servir como antecedentes referenciales para la aplicación de la Ley 17.235, sobre Impuesto Territorial.
4.- En caso que la información presentada sea citada se debe indicar como referencia “www.sii.cl, Planos de Precio RAV 2018” e indicar explícitamente la comuna.
:
0 100 200 300 400 500 Metros
COMUNA DE SAN MIGUEL
PLANO DE PRECIOS DE TERRENO
REAVALÚO DE BIENES RAÍCES NO AGRÍCOLAS 2018 LÁMINA:
1 1
/
RODRIGO
CUEVAS
SANDOVAL
Firmado
digitalmente por
RODRIGO CUEVAS
SANDOVAL
Fecha: 2018.03.09
19:12:21 -03'00'

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TASADORES CERRO ALEGRE

  • 1.
  • 2. Juan ‐ Luis Menares Rodríguez Arquitecto Tasador / I.C.A. 10.867 Rol 4414 Registro Consultores MINVU INFORME TASACION INMUEBLE INFORME DE TASACION Comuna: SAN MIGUEL Número de Rol de Avalúo: 05352 − 00006 Dirección o Nombre del bien raíz: PRIMERA AVENIDA 1179 POB. ATACAMA Destino del bien raíz: HABITACIONAL MANDANTE FORTUNATO ANGEL BEAS ARIAS PRIMERA AVENIDA 1179, SAN MIGUEL, SANTIAGO CONTACTO: +56 9 7628 9671, fernando.beas@gmail.com
  • 3. Juan ‐ Luis Menares Rodríguez Arquitecto Tasador / I.C.A. 10.867 Rol 4414 Registro Consultores MINVU INFORME TASACION INMUEBLE OBJETIVO Se extiende el presente informe de tasación para trámites posteriores de preventa y obtención de crédito hipotecario mediante entidad bancaria o financiera afín. Su utilización en acciones jurídicas o comerciales queda abierta. IDENTIFICACION DEL BIEN RAIZ Comuna: SAN MIGUEL Rol de Avalúo: 05352 − 00006 Dirección: PRIMERA AVENIDA 1179 POB. ATACAMA Destino del bien raíz: HABITACIONAL Región: METROPOLITANA Permiso de obras: NO REGISTRA Recepción de obras: NO REGISTRA Registrado a Nombre de: FORTUNATO ANGEL BEAS ARIAS RUT: 7.368.571 – 0 Tasador: JUAN LUIS MENARES RODRIGUEZ, Arquitecto Tasador Rol 4414, Registro de Consultores MINVU Fecha: 18 de Enero de 2022 I. DESCRIPCIÓN DEL SECTOR A. Localización La vivienda se encuentra localizada en la zona central de la comuna de San Miguel, dentro del área denominada “Población Atacama” sector ZU2 del plano regulador comunal. En específico entre calles Primera Avenida (calle de acceso) por el Sur, Primera Transversal por el Poniente, Avenida Departamental por el Norte y Avenida José Miguel Carrera por el Oriente. B. Características generales y composición El terreno posee una pendiente nula. No existen evidencias de los estratos anteriores a la construcción del edificio. De los antecedentes CIREN puede inferirse que se trata de suelos arcillosos de alta cohesión y roca descompuesta en el subsuelo. La llegada al firme en las obras se garantiza mediante cimentación corrida. La pendiente no requiere de nivelaciones de terreno. Se han ejecutado todas las obras necesarias de cierro y escarpe. Los patios y estacionamientos son de pendiente apropiada al uso cotidiano -al interior y exterior del predio-. C. Infraestructura y urbanización La vivienda y su entorno inmediato se encuentran urbanizados. Al presente cuenta con servicios básicos operativos. Al igual que todas las unidades del barrio posee dotación de servicios activa mediante conexión y empalme a la red pública en control del operador de servicios local (concesionario público/ privado). El suministro de fuerza eléctrica es mediante red aérea trifásica existente según se rescata de los antecedentes de suministro activo facilitados por el mandante. La postación está vigente y sus servicios operativos. La pavimentación de recorrido vehicular en el camino de acceso, Primera Avenida, es en carpeta con rasante de hormigón armado, al igual que las veredas y escurrimientos de agua lluvia-. Cuenta con zarpa y empalme de igual materialidad en el acceso de estacionamiento. La vivienda posee acceso desde la calle hasta su estacionamiento y bodega. Se verifica existencia de patios y plantas decorativas sobre césped.
  • 4. Juan ‐ Luis Menares Rodríguez Arquitecto Tasador / I.C.A. 10.867 Rol 4414 Registro Consultores MINVU INFORME TASACION INMUEBLE II. DESCRIPCIÓN DE LA PROPIEDAD A. Características La vivienda posee una materialidad mixta de albañilerías confinadas y maderas, todas con terminaciones de estándar medio superior. La trama vial circundante le provee de todos los servicios públicos necesarios para la vivienda. La población del sector es de clase media de tipo C2. En un radio de 100 metros cuenta con comercio minorista, y en uno de 500 m con centros mayoristas de enseres y acceso a instituciones de salud y educación en todos sus niveles. La cota promedio de 549 m sobre el NMM, le hacen parte del clima mediterráneo templado propio de los Valles Interiores de la Cordillera de Los Andes. B. Emplazamiento general La vivienda está aproximadamente a 6.00 km del casco histórico de Santiago y a 0.87 kilómetros del centro de la Comuna de San Miguel –desde el acceso principal a la propiedad-. Dada la ausencia de pendiente, no existen panorámicas, pero el distanciamiento con respecto a edificaciones de altura es adecuado para garantizar luz directa durante todo el día. Con respecto al plan regulador comunal, se encuentra en el área ZU2 -correspondiente a las manzanas de la Población Atacama, con 549 metros sobre el nivel medio del mar-. Posee una excelente ventilación, asoleamiento y perspectivas sobre la Avenida Primera. Se integra al circuito de peatonales y avenidas troncales de la comuna, no requiriendo la necesidad de vehículos para acceder a todos los servicios necesarios para el diario vivir. C. Terreno: Deslindes y Superficies Los deslindes señalados corresponden a los descritos en la escritura de propiedad inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de San Miguel, bajo el registro a fojas 8631 Nro. 8153 del año 2017.  Al Norte : 6.70 m en línea continua (limitando con otro propietario) 5.30 m en línea continua (limitando con otro propietario)  Al Sur : 12.00 m en línea continua (limitando con Calle Primera Avenida)  Al Oriente : 37.35 m en línea continua (limitando con otro propietario) 7.00 m en línea continua (limitando con otro propietario)  Al Poniente : 35.70 m en línea continua (limitando con otro propietario) 10.00 m en línea continua (limitando con otro propietario)  Superficie : 531.00 M2 Deudas, Expropiaciones y Cesiones  No registra Programa y estado actual  Destino : Inmueble de destino habitacional -obras en terreno sin pendiente-.  Programa : Vivienda con área social, cocina, baños y dormitorios. En volumen exento bodega  Materialidad : Albañilerías confinadas y divisiones de madera en vivienda.  Conservación : Su estado general es habitable. No se considera la desvalorización por tiempo. No registra daños.
  • 5. Juan ‐ Luis Menares Rodríguez Arquitecto Tasador / I.C.A. 10.867 Rol 4414 Registro Consultores MINVU INFORME TASACION INMUEBLE D. Foto georreferenciada Coordenadas UTM: -33.503902, -70.656452 (polígono entre líneas). III. RESUMEN DE ANTECEDENTES SECTORIALES • Usos permitidos Zona ZU2 Plan Regulador Comunal de SAN MIGUEL Vivienda Pequeños negocios compatibles con la vivienda Área verde • Usos prohibidos Talleres y servicios no inofensivos. Salud. Cementerios. Fábricas/ bodegas molestas y todos los destinos no mencionados como permitidos. • Normas de edificación Zona ZU2 Superficie predial mínima : 2500.00 m2 % Ocupación de suelo : 60 % Índice de Constructibilidad : 230% Altura máxima edificación : 14.00 m / 5 pisos (pareada 9.00 m) Densidad habitacional : 1600 hab/ha Antejardín mínimo : 3.00 Agrupamiento : Aislado, pareado Distanciamiento y rasante : O.G.U.C. Adosamiento máximo : 40.00%
  • 6. Juan ‐ Luis Menares Rodríguez Arquitecto Tasador / I.C.A. 10.867 Rol 4414 Registro Consultores MINVU INFORME TASACION INMUEBLE IV. VALORIZACION SIMPLE a) El valor comercial se asignará por referencia directa con las áreas homogéneas –AH- de la comuna de SAN MIGUEL, según tabla 2018 del servicio de impuestos internos (vigente al momento de elaboración del informe). b) El valor físico de las construcciones, corresponderá al vigente por metro cuadrado MINVU, incluyendo los costos indirectos de ejecución, y no considerando depreciación. Se utilizará tabla de costos unitarios correspondientes al trimestre y su categorización. c) Los costos de ejecución se harán en base a la tabla del colegio de arquitectos de Chile y estimando recargo adicional por concepto de especialidades técnicas. Los siguientes recuadros muestran: 1.- Las diversas áreas homogéneas, dando el valor promedio en pesos por m2. Se constata invariabilidad dado el factor total de ajuste –según desglose-. 2.- El recargo porcentual de aranceles para proyectos según tablas del Colegio de Arquitectos -respecto al rango de costo material en UF-. Proyectos según C.A. Rango 650-6500 UF A. Trabajos preparatorios 0.90% B. Proyecto 3.40% C. Estructura 0.90% D. Inspección 2.80% % PROMEDIO 8.00% Factores de ajuste Factor Superficie 1 Factor frente fondo 1 Factor altura 1 Factor casos excepcionales 1 Factor promedio de ajuste 1 Área Homogénea AH Valor $/m2 HMB 019 137.437 HMB 018 205.915 HMB 013 173.276 HMB 036 190.715 HMB 037 181.915 Promedio $/m2 177.852
  • 7. Juan ‐ Luis Menares Rodríguez Arquitecto Tasador / I.C.A. 10.867 Rol 4414 Registro Consultores MINVU INFORME TASACION INMUEBLE Teniendo como resultado 177.852 $/m2 se multiplicará esta cifra en un 200% para corregir la división a la mitad del valor promedio de compraventas -por sector- aplicado en el SII para el cálculo de contribuciones. Por tanto el promedio resultante de selección de áreas homogéneas cercanas al caso será 355.704 $/m2. Siendo la presente tasación del tipo técnica comercial, se presentará a continuación tabla de casos homologables, seleccionados desde bases de datos de corretaje de propiedades. Esto a fin de obtener un costo promedio por metro cuadrado que se coteje con la cifra obtenida mediante el cálculo por medio de tablas de valorización técnica territorial precedentes. Los casos homologables rescatados son los siguientes: Caso Total costo $ m2 link $/m2 1 100.001.609 300 333.339 https://www.enlaceinmobiliario.cl/propiedadesusadas/san- miguel/terreno/1011/104712490/219760?utm_source=Trovit&utm_medium=cpc 2 110.000.000 320 343.750 https://www.portalterreno.com/cl/propiedad/venta/sitio/san-miguel/185953 3 194.428.313 330 589.177 https://www.portalterreno.com/cl/propiedad/venta/sitio/san-miguel/185224 4 251.572.268 440 571.755 https://casas.trovit.cl/listing/terreno-en-venta-en-san-miguel.1c1r1le1zIh1R 5 517.406.800 832 621.883 https://casas.trovit.cl/listing/terreno-excelente-ubicacion-para-desarrollo-inmobiliario.K1- L81ZW1g costo promedio 491.981 Considerando el promedio en la presente tabla de 491.981 $/m2 y el promedio resultante de selección de áreas homogéneas cercanas al caso de 177.852 $/m2 tenemos un valor promedio final del metro cuadrado correspondiente a 334.917 $/m2 los que serán aplicados a la tabla de cálculo final. Para estimar el costo de materiales de construcción de la vivienda se considera la categoría material C de construcción sólida en albañilería y materialidad interior mixta. Clasificación C Construcciones albañilería confinada Categoría 3 Media Promedio 187.807 $/m2 Por último se considera - 75% sobre el total de materiales, a razón de costos de mano de obra necesaria para ejecutar la arquitectura. - Tabla de costos adicional, por concepto de adquisición e instalación de obras complementarias. - Un coste estimativo de especialidades a 3 UF/m2 a razón de la data de ejecución. Alcances preliminares: Los factores de ajuste son estimados en base a situación topográfica constatada en terreno. El costo por metros lineales y la valorización de obras de provisión de servicios serán a criterio del profesional actuante. Se añadirá el costo de proyectos aprobados, dada su relevancia por concepto de gasto y vigencia.
  • 8. Juan ‐ Luis Menares Rodríguez Arquitecto Tasador / I.C.A. 10.867 Rol 4414 Registro Consultores MINVU INFORME TASACION INMUEBLE A. CUADRO DE VALORIZACION 1. Unidad vendible y materiales Ítem Sup. m² $/m² UF/m² Total $ Total UF Lote 531,00 334.917 10,77 177.840.927 5.717 Materiales de construcción vivienda 117,00 187.807 6,04 21.973.419 706 Subtotal bienes inmuebles 199.814.346 6.423 2. Proyectos y construcción Ítem Sup. m² $/m² UF/m² Total $ Total UF Construcción 117,00 140.855 4,53 16.480.064 530 Arquitectura y especialidades 117,00 93.327 3,00 10.919.259 351 Subtotal proyectos 27.399.323 881 3. Obras Complementarias Ítem m2 / m.l. $/U UF/m Total $ Total UF Estacionamiento y bodega 6,00 299.822 9,64 1.798.932 58 Empalme eléctrico y sanitario 1,00 5.000.000 160,73 5.000.000 161 Mano de Obra 3.399.466 109 Subtotal OO. CC. 10.198.398 328 4. TOTAL VALORIZACION FISICA 237.412.067 7.632 B. VALORES DE TASACION Ítem Total $ Total UF VALOR TASACION 237.412.067 7.632 VALOR SEGURO CONSTRUCCIONES Y OO. CC. 100% 59.571.141 1.915 VALOR LIQUIDACION 75% 178.059.050 5.724 Valor UF Enero 2022 31.109,00 C. RESULTADOS: 1. A partir de los parámetros utilizados, los resultados arrojan un valor base del lote -sin obras- de 5717 UF 2. Considerando la superficie del inmueble, proyectos y materiales se suman 1587 UF 3. En obras de urbanización y accesibilidad se suman 328 UF 4. Considerando el valor de la UF a la fecha, el monto total de tasación se estima en $237.412.067 5. En Anexos de este informe se entrega documentación de respaldo a los parámetros aplicados para la tasación
  • 9. Juan ‐ Luis Menares Rodríguez Arquitecto Tasador / I.C.A. 10.867 Rol 4414 Registro Consultores MINVU INFORME TASACION INMUEBLE D. COMENTARIO FINAL DE VALORIZACIÓN: Estando urbanizada y ejecutada las obras de infraestructura correspondiente al acceso y servicios -en entorno inmediato de las obras- y existiendo labores de ingeniería y arquitectura ya realizadas y en óptimas condiciones (sin considerarse necesarios los ajustes de valor por su fecha de ejecución); se estima una incorporación factible al mercado. El valor promedio de la unidad, definido bajo la metodología de informe, considera modificaciones a la baja de carácter leve dado los comportamientos de mercado catastrados por el SII. La construcción de la vivienda se aprecia en estado de conservación óptima y no requiriendo intervenciones para la habitabilidad. J U A N - L U I S M E N A R E S R O D R I G U E Z Tasador: Rol 4414 Reg. Consultores MINVU Profesión: Arquitecto/ I.C.A.10867 Declaración del tasador 1. Que no tiene hoy ni espera tener en el futuro, interés en la propiedad tasada ni ningún impedimento para llevar a cabo este trabajo en forma independiente. 2. Que no tiene personal interés ni participación en los usos que se hagan de la tasación. 3. Que ha inspeccionado personalmente la propiedad, por dentro y por fuera. La información que presenta es verdadera, y no ha obviado nada de importancia. 4. Que todos los inconvenientes y limitaciones que pueda tener el inmueble y su vecindario están mencionados. 5. Que las conclusiones y opiniones referentes a la información requerida en este informe han sido preparadas por el tasador abajo firmante, el cual se hace legalmente responsable de las apreciaciones contenidas en la tasación, en conformidad al artículo 22, del Reglamento de Sociedades Anónimas.
  • 10. Juan ‐ Luis Menares Rodríguez Arquitecto Tasador / I.C.A. 10.867 Rol 4414 Registro Consultores MINVU INFORME TASACION INMUEBLE V. COMPLEMENTO DE ANTECEDENTES TECNICO-LEGALES 1. Copia vigente escritura 2. Plano plancheta SII 3. Certificado de avalúo detallado 4. Certificado de deuda tributaria 5. Certificado exención de expropiación 6. Planta Google Earth 7. Planta Google Maps 8. Planimetría arquitectura 9. Planimetría topográfica 10. Fotografías 11. Plano de áreas homogéneas 2018 12. Plano regulador comunal 13. Tablas de valorización al tercer trimestre de 2021 14. Tabla de categorías de construcción 15. Ordenanza Local -plan regulador- 16. Tabla de Honorarios CA 17. Registro tasador 18. Patente profesional actuante
  • 11. COPIA DE INSCRIPCION REGISTRO DE PROPIEDAD El Conservador que suscribe certifica que la inscripción adjunta, y que rola a fojas 8631, nº 8153, año 2017, de este registro, está conforme con su original, y que la inscripción que consta en ella se encuentra: VIGENTE EN PARTE.- San Miguel, 12 de Enero de 2022.- c: 2022005869 Documento emitido con Firma Electrónica Avanzada.- Ley Nº 19.799.- Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Chile. Verifique su validez en www.veridoc.cl. Verifique con el código RXCR-P3JS-3K
  • 12. C/ 48830 AZC-EM-JA HERENCIA ROSALIA GUISELA ARIAS ORTIZ A FORTUNATO ANGEL BEAS ARIAS Rep. Nº 11740 Nº8153 San Miguel, a ocho de Junio del año dos mil diecisiete. FORTUNATO ANGEL BEAS ARIAS, cédula nacional de identidad número siete millones trescientos sesenta y ocho mil quinientos setenta y un guión cero, de este domicilio, es dueño de la propiedad ubicada en la Primera Avenida número mil ciento setenta y nueve, que corresponde a la parte Sur de la manzana número uno, de la Población Chacra Atacama, comuna de San Miguel, rol de Avalúo N°5362-6; que deslinda: NORTE: en seis metros setenta centímetros con antigua casa de la Chacra Atacama y en cinco metros treinta centímetros con la misma Chacra; SUR, en doce metros con la Primera Avenida; ORIENTE, en treinta y siete metros treinta y cinco centímetros con don Fidel Ayarza y en siete metros con Chacra Atacama; PONIENTE, en treinta y cinco metros setenta FS 8631 Conforme al certificado extendido por el Servicio de Impuestos Internos Nº99, de fecha 05 de Octubre de 2015, se declaró pagado el impuesto a la herencia a la sucesión del centro. San Miguel, 08/06/2017.
  • 13. centímetros con Santiago Cánepa y en diez metros con Cargioli Nello. La adquirió por herencia de ROSALIA GUISELA ARIAS ORTIZ, fallecida el treinta de Mayo de dos mil trece, según de certificado de posesión efectiva inscrita bajo el N°39043 del año 2015, concedida por el Director Regional, Región Metropolitana, del Servicio de Registro Civil e Identificación, Chile, oficina Santiago, en virtud de lo dispuesto en la Resolución Exenta N°46374, de fecha 15 de Julio de 2015. El título anterior está inscrito a Fojas 9204 vta., Número 11706 del Año 1996. Requirente: Verónica Contardo. FS 8631 vta
  • 14. Teléfono : 554 6645 Llano Subercaseaux 2585 San Miguel Fax : 554 5574 www.conservadorsanmiguel.cl secretaria@conservadorsanmiguel.cl C.: Con las siguientes Notas Marginales : 2022005869 Rep. 17939 de 11.08.2017 Dación en Pago, C. 74642 Cedidos el 20% de los derechos a fs. 12755-11952-2017.- San Miguel 14/08/2017.-
  • 15. Fecha de Emisión: 5 de Enero de 2022 Página 1 de 2 CERTIFICADO DE AVALÚO FISCAL DETALLADO Avalúos en pesos del SEGUNDO SEMESTRE DE 2021 Montos de Avalúos Vigentes al 31.12.2021 Comuna : SAN MIGUEL Número de Rol de Avalúo : 05352 − 00006 Dirección o Nombre del bien raíz : 1 AVENIDA 1179 ATACAMA Destino del bien raíz : HABITACIONAL Registrado a Nombre de : BEAS ARIAS FORTUNATO ANGEL RUN o RUT Registrado : 7.368.571 − 0 AVALÚO TERRENO PROPIO : $ 97.545.212 AVALÚO CONSTRUCCIONES : $ 19.712.349 AVALÚO TOTAL : $ 117.257.561 AVALÚO EXENTO DE IMPUESTO : $ 36.845.717 AVALÚO AFECTO A IMPUESTO : $ 80.411.844 SUPERFICIE TERRENO (m²) : 531 SUPERFICIE CONSTRUCCIONES (m²) : 117 El avalúo que se certifica ha sido determinado según el procedimiento de tasación fiscal para el cálculo del impuesto territorial, de acuerdo a la legislación vigente, y por tanto no corresponde a una tasación comercial de la propiedad. Este Certificado no acredita dominio del bien raíz. Por Orden del Director CERTIFICADO GRATUITO Certificado de Avalúo Fiscal Detallado 1/2
  • 16. Fecha de Emisión: 5 de Enero de 2022 Página 2 de 2 ANEXO CERTIFICADO DE AVALÚO DETALLADO Comuna : SAN MIGUEL Número de Rol de Avalúo : 05352 − 00006 Dirección o Nombre del bien raíz : 1 AVENIDA 1179 ATACAMA Destino del bien raíz : HABITACIONAL Detalle Avalúo Bienes Comunes Rol Bien Común Tipo de Copropiedad Avalúo Total Bien Común % Prorrateo Avalúo Prorrateado No Registra Total Avalúo Bienes Comunes $ 0 Detalle Avalúo Líneas de Terreno Línea Superficie (m²) Avalúo Unitario (Aprox.) Avalúo Línea 1 531 $ 183.701 $ 97.545.212 Total Avalúo Terreno $ 97.545.212 Detalle Avalúo Líneas de Construcción Línea Clase Calidad Cantidad (m² o m³) Año Constr Avalúo Línea 1 ALBANILERIA 3 117 1948 $ 19.712.349 Total Avalúo Construcciones $ 19.712.349 Por Orden del Director CERTIFICADO GRATUITO Certificado de Avalúo Fiscal Detallado 2/2
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  • 66. N° Certificado: 2478763 Informe Situación de Inmueble Santiago, 18 de Enero de 2022 Este Servicio informa con esta fecha que: Inmueble ubicado en 1 AVENIDA 1179 ATACAMA de la comuna de SAN MIGUEL, Rol de Avalúo Nº 05352-00006 se encuentra NO AFECTO A EXPROPIACIÓN por SERVIU RM. Se extiende el presente informe a solicitud JUAN LUIS MENARES RODRÍGUEZ, para ser presentado en JUAN LUIS MENARES RODRÍGUEZ ARQUITECTOS. Emitido de conformidad con lo dispuesto en los articulos 5 y 20 de la Ley 19.628 y 17 de la Ley 19.880. Oficina Virtual Internet Cajero Virtual Internet Costo de la Solicitud: $ 0 Código de Transacción: BD4866B7 Si el número del inmueble del Rol consultado no coincide con la numeración de la propiedad desplegada, deberá solicitar un certificado de numeración en la dirección de obras de la municipalidad a la que pertenece la propiedad. Informe para el inmueble ubicado en 1 AVENIDA 1179 ATACAMA de la comuna de SAN MIGUEL, Rol de Avalúo Nº 05352-00006, emitido en: Santiago, 18 de Enero de 2022 Cajero: Oficina Virtual Internet N° Certificado: 2478763
  • 67. Certificado de Deuda BEAS ARIAS FORTUNATO ANGEL NOMBRE 1 AVENIDA 1179 SAN MIGUEL 095-05352-006 DIRECCION ROL COMUNA 1,155,881 Total Deuda No Vencida Liquidada CLP Total Deuda Liquidada Morosa Acogidos ART 196 y 197 DEL C.T. REAJUSTE DEUDA NETA TOTAL INTERES MULTA FECHA VCTO. FOLIO FORMULARIO TIPO Deuda :Morosa (CLP) 30 30 955352120 30-Abr-2021 14,573 787 2,074 0 17,434 30 30 955352120 30-Jun-2021 14,573 670 1,601 0 16,844 30 30 955352120 30-Sep-2021 14,864 505 922 0 16,291 30 30 955352120 30-Nov-2021 14,864 268 454 0 15,586 30 30 955352121 30-Abr-2021 192,262 10,382 27,357 0 230,001 30 30 955352221 30-Jun-2021 192,262 8,844 21,116 0 222,222 30 30 955352321 30-Sep-2021 195,941 6,662 12,156 0 214,759 30 30 955352421 30-Nov-2021 195,941 3,527 5,984 0 205,452 30 30 955352820 30-Abr-2021 47,866 2,585 6,811 0 57,262 30 30 955352820 30-Jun-2021 47,866 2,202 5,257 0 55,325 30 30 955352820 30-Sep-2021 48,823 1,660 3,029 0 53,512 30 30 955352820 30-Nov-2021 48,823 879 1,491 0 51,193 38,971 88,252 1,028,658 0 1,155,881 Total Deuda Morosa (CLP) 14:12 La Institución o persona ante quien se presenta este certificado, podrá verificar su autenticidad en www.tgr.cl, ingresando el número del código de barra que se indica en certificado. (Liquidada al: 18-01-2022) El Servicio de Tesorería certifica que de acuerdo al estado de la Cuenta Única Tributaria del ROL SAN MIGUEL 095-05352-006, éste registra deuda por el(los) formulario(s) detallado(s) precedentemente. IMPORTANTE Emitido a las: Página 1 de Fecha de Emisión del Certificado: 18-01-2022 1 DOCUMENTO NO VALIDO PARA PAGAR EN INSTITUCIONES RECAUDADORAS 001SD202201804716159
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  • 264.
  • 265.
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  • 267.
  • 268.
  • 269.
  • 270.
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  • 272.
  • 273. 1 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE CHILE A.G. VALORES REFERENCIALES PARA EL COBRO DE HONORARIOS POR SERVICIOS PROFESIONALES DE LOS ARQUITECTOS (Edición 2007) CAPITULO 1 Introducción. El presente documento de Valores Referenciales para el cobro de honorarios por Servicios Profesionales de los Arquitectos se ha elaborado para el uso de los socios activos del Colegio de Arquitectos de Chile. En la preparación de su contenido se ha considerado los estudios realizados por la Comisión de Arancel del Colegio, la Ley 7.211 que creó el Colegio de Arquitectos y el Decreto Ley 3.621, vigente a la fecha. Este estudio incluye las siguientes ideas básicas: 1.1. Modifica y complementa el documento previo de igual nombre, aprobado por el Directorio Nacional en sesiones Nº 40 y 41 de fechas 11 y 25 de octubre de 1984. 1.2. Considera en todos sus términos y alcances el Arancel y sus aclaraciones que regian el Colegio hasta su transformación en Asociación Gremial (1981). 1.3. Separa completamente los actos y servicios de los arquitectos de las remuneraciones correspondientes a éste. 1.4. Ordena y numera las distintas materias. 1.5. Actualiza los valores de las respectivas tablas y las refiere a un patrón reajustable. 1.6. Este documento corresponde a las labores detalladas en el Documento “Actos y Servicios Profesionales de los Arquitectos”.
  • 274. 2 CAPITULO 2. Disposiciones generales. 2.1. Los honorarios establecidos en este documento referencial corresponden a las labores detalladas en la descripción de los actos y servicios profesionales de los arquitectos y tiene por objeto informarlos sobre la forma de establecer una remuneración mínima, proporcional a su labor y responsabilidad. 2.2. Los valores referenciales estipulados corresponden a un desarrollo normal y continuo de las diversas etapas de intervención del arquitecto y de la ejecución de un encargo de trabajo, proyecto u obra. Dichos valores referenciales están expresados en porcentajes respecto a los costos de las obras o en su defecto, a Unidades de Fomento Reajustables de acuerdo a lo que se señala en las tablas en que se establecen los honorarios referenciales. 2.3. En caso que la Unidad de Fomento Reajustable (UF) fuese reemplazada por otro signo, se usará en nuevo símbolo que corresponda para garantizar, en todo caso, la reajustabilidad de los valores comprometidos. 2.4. En toda prestación de servicios, el arquitecto deberá suscribir el contrato de servicios profesionales correspondiente. En dicho contrato deberá establecerse, entre otros aspectos, la forma de pago de los honorarios estipulados, que deberán estar de acuerdo con la labor desarrollada por el arquitecto. 2.5. Cualquier circunstancia que obligue al arquitecto a una labor suplementaria a la originalmente establecida, deberá ser manifestada de inmediato al cliente o propietario para estipular la remuneración correspondiente. 2.6. Todo cambio sustancial del programa de una obra ordenada por el propietario dará lugar a una liquidación de los honorarios de los trabajos previamente ejecutados por el arquitecto. 2.7. Cuando el trabajo del arquitecto fuere limitado sólo a la confección del proyecto de una obra, cuya construcción será dirigida por otro arquitecto, podrá recargar en un 20% el monto de los honorarios establecidos en la Categoría correspondiente. A su vez, si sólo se le encargara la dirección y/o la fiscalización de una obra proyectada por otro arquitecto, podrá recargar su honorario en forma similar. 2.8. Si se produjera la liquidación anticipada de un contrato, por causales ajenas al arquitecto y su labor, éste tiene derecho a una indemnización que deberá establecerse en el correspondiente contrato de prestación de servicios profesionales y cuyo monto no podrá ser inferior a un 20% del monto de los honorarios no percibidos. 2.9. Si la obra que se encomienda a un arquitecto se encuentra en una ciudad distinta de su residencia o lugar de trabajo habitual, se deberá convenir un recargo, ajeno al honorario, para compensar, además de los gastos que
  • 275. 3 esta circunstancia le significa, el mayor tiempo que le demandará las visitas a la obra. 2.10. Cuando una obra se ejecute con interrupciones ajenas a la responsabilidad del arquitecto, mayores de seis meses, los honorarios establecidos previamente tendrán un recargo convencional. 2.11. Los porcentajes de honorarios establecidos en las tablas de Categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 6ª, señaladas en el punto 4.1, del Documento profesional “Actos y Servicios Profesionales de los Arquitectos”. se entiende que corresponden a obras que serán ejecutadas a suma alzada por un contratista general. 2.12. Cuando el trabajo no se ejecute en la forma antes señalada, se procederá considerando las estipulaciones fijadas en el punto 4.5. del documento “Actos y Servicios Profesionales de los Arquitectos”, de Trabajos Especiales. 2.13. Si el propietario suministra, o se conviene, o se autoriza al constructor, el empleo de materiales u otros elementos de fabricación propia, en existencia, usados o depreciados, para el cálculo de honorarios serán considerados como si fueran nuevos, con su correspondiente valor en plaza. 2.14. Las partidas A, de los trabajos preparatorios y B de proyecto, de las Categorías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª y 6ª, se pueden cobrar de acuerdo al presupuesto global actualizado oficial, preparado por el arquitecto y aceptado por el propietario. Las partidas C, estructuración y D, construcción, serán canceladas de acuerdo al desarrollo de las obras y su costo efectivo. 2.15. Cuando se desarrollo un conjunto de edificaciones y para ello sea necesario estudiar la planificación del conjunto, se aplicará a ésta el arancel referencial señalado para la 8ª Categoría. 2.16. Cuando en un conjunto de edificaciones, sea éste de viviendas económicas o cualquier tipo de construcciones, se produzcan repeticiones de uno o más tipos de las unidades proyectadas, se considerará la unidad de repetición de acuerdo a la siguiente pauta: En viviendas unifamiliares se entenderá por unidad de repetición la vivienda aislada, el pareo o el conjunto de hasta cuatro viviendas continuas o bloques mayores que conformen un sistema de estructuras continuo. En edificios o bloques, locales, etc., cuando ellos se encuentran aislados o continuados sin relación entre sí, tanto de comunicación como de estructura. Cuando los edificios o bloques se encuentren unidos entre sí por elementos comunes (pasillos, corredores, etc.) que los une sin modificación de la planimetría del bloque mismo, se tomará como unidad de repetición el bloque y se agregará los elementos comunes como primera unidad de repetición. Cuando los bloques se agrupan con elemento de accesos comunes que hagan necesaria la modificación planimétrica del bloque aislado tipo, se
  • 276. 4 considerará el conjunto de bloques relacionados entre sí, como unidad de repetición. 2.17. Los honorarios correspondientes a trabajos que repiten unidades, de acuerdo a lo señalado en el punto precedente, sólo son afectados en las Etapas “B” y ”C” de Proyecto. En la primera unidad de repetición se cobrará el 100% de esta Etapa, en la 2ª repetición se cobrará el 80% de esta Etapa, en la 3ª unidad se cobrará el 65% y por el resto de las repeticiones se cobrará el 50%. En conjunto masivos, que se ejecuten en forma ininterrumpida, en las repeticiones sobre 100 unidades se cobrará el 25% de valor de esta Etapa, sobre 500 unidades se cobrará el 15% y sobre 1000 viviendas se cobrará el 10%; además la tabla se aplicará sobre la totalidad de la inversión. Las etapas “A” de Trabajos Preparatorios y la “D” Construcción, no consultan disminución porcentual de honorarios por repetición de unidades. 2.18. La superposición de pisos no se considera como repetición de unidades. 2.19. Para los efectos de los que se ha venido a denominar como “Planos Tipo Oficiales” que son proyectos aprobados por autoridad competente y cuyo destino es su aplicación en determinados lugares, bajo determinadas circunstancias, y que ocmprenden, además de los planos generales, estructuras y cálculos, planos especiales, bases y especificaciones; se podrá rebajar los honorarios que corresponden en un 20% en las Etapas “A” y”B” y la parte que no corresponde a obras de la “C”, además de la rebaja por concepto de repetición que afecta a la Etapa “B”. 2.20. Igual criterio se aplicará para los planos tipo de viviendas industrializadas, semiprefabricadas, precortadas o prefabricadas; por cuanto los planos generales y especiales se consideran ocupados y aplicados varias veces. 2.21. En la vivienda industrializada, los honorarios correspondientes a la Etapa “B” de proyecto, deben encontrarse incluidos en el valor de venta de la vivienda y pagados al arquitecto por el industrial. Los honorarios de la dirección de la obra, obtención de permisos municipales y recepción de obras, será materia de un contrato directo entre el propietario y el arquitecto. 2.22. Cada vez que un arquitecto contrate sus servicios profesionales para realizar proyectos de arquitectura, planificación, arbitrajes, peritajes, informes, asesorías, etc., y deba requerir los servicios de asesores profesionales afectos a otras disciplinas, el honorario estipulado para dichos asesores será recargado en un 10% que será agregado al honorario del arquitecto, puesto que por derecho propio y como responsable final y ulterior de la obra arquitectónica, debe coordinar responsablemente estas asesorías. 2.23. Dichas asesorías podrán ser, entre otras, en Cálculo de estabilidad y estructuras”, “Mecánica de suelos”, “Agua potable, alcantarillado, electricidad, gas, teléfonos” tanto al interior de las construcciones, “Instalaciones de climatización” como ser: aire acondicionado, calefacción, aire caliente, energía solar, etc.” “Iluminación, intercomunicación y
  • 277. 5 acústica”, “Equipamiento de transporte” como ascensores, escaleras mecánicas, montacargas, etc. “Obras civiles” como pavimentación y caminos, obras de arte, drenajes, defensas de ríos, captaciones, plantas de tratamiento y elevadoras de agua, etc., “Asesorías Jurídicas” por bases de contratos, títulos de dominio, informes periciales, etc. “Asesorías comerciales” en estudios de marketing, gestión inmobiliaria, factibilidades económicas, etc. 2.24. Para contratar una asesoría, el arquitecto deberá tener la conformidad del cliente o propietario; y estipular la remuneración que corresponda a dicha asesoría. Si fuera del caso, en su estudio de honorarios no considerará las partidas atingentes a la materia de acuerdo al fraccionamiento de honorarios indicado en el capítulo Nº 6 del Documento “Actos y Servicios Profesionales de los Arquitectos”. 2.25. El pago de honorarios al Asesor podrá ser hecho por el cliente directamente, o a través del arquitecto, en el primer caso, previo el VºBº de este último. 2.26. El arquitecto que regularice Permisos Municipales cobrará por ello un honorario convencional que estará en función y proporción al trabajo por realizar, tanto en tiempo como en visitas a la obra y elementos de dibujo que deba emplear. 2.27. En el caso que los proyectos encomendados al arquitecto deban ser aprobados para ser acogidos a la 19537 de Copropiedad Inmobiliaria (año 1997), y dado que en la ley se estipula que los planos deben ser firmados por el arquitecto autor del proyecto, éste tendrá derecho a cobrar los mayores gastos a que dé lugar este trámite, tales como dibujo y los materiales necesarios para cumplir este trámite, tales como dibujo y los materiales necesarios para cumplir las exigencias de presentación que soliciten las direcciones de obras Municipales. El pago de estos gastos no significará recargo de honorarios. 2.28. Si los proyectos primitivos no fueron oportunamente solicitados para ser aprobados de acuerdo a la Ley 19537 y posteriormente se desea acogerlos a sus beneficios, no existiendo la posibilidad de contar con la aprobación del arquitecto, autor de dichos proyectos, como lo estipula ley, el arquitecto a quien se encomiende el trabajo deberá proceder de acuerdo a lo señalado en el capítulo Nº 5, acápite 5.4. del Documento Profesional CA Nº2. El arquitecto reemplazante tiene derecho a un honorario convencional que puede ser un porcentaje sobre el valor de dicho inmueble, o por “hora profesional” de acuerdo a lo señalado en el Capítulo 3, punto 3.1. del presente Documento Profesional sobre Valores Referenciales. En todo caso, el honorario por horas profesionales no cubre el costo de materiales empleados en el desarrollo del proyecto correspondiente. 2.29. El arquitecto que se contrate en la modalidad de “hora profesional” podrá cargar a costos de su trabajo todos aquellos gastos que optimicen su trabajo, de modo que su rendimiento por hora sea máximo.
  • 278. 6 CAPÍTULO 3 Valores Referenciales. 3 TABLA DE CATEGORIAS 3.1 PRIMERA CATEGORIA OBRAS DE CARÁCTER MONUMENTAL U ORNAMENTAL TABLA Nº 1 PRIMERA CATEGORIA OBRAS DE CARÁCTER MONUMENTAL U ORNAMENTAL Valor de obras D 650 sobre Por ejecutar, en UF HASTA 650 H 6.500 6.500 ________________________________________________________________________________________ Honorario total en realización completa 15,00% 12,00% 10,00% A. Trabajos preparatorios 2,50% 2,00% 1,50% B. Proyecto 6,00% 4,80% 4,00% C. Estructura 1,50% 1,20% 1,00% D. Ejecución 5,00% 4,00% 3,50% ________________________________________________________________________________________ 3.2 SEGUNDA CATEGORIA EDIFICIOS EN GENERAL – EXCLUIDA VIVIENDA DE INTERES SOCIAL TABLA Nº 2 SEGUNDA CATEGORIA EDIFICIOS EN GENERAL – EXCLUIDA VIVIENDA DE INTERES SOCIAL Valor de obras D 650 D 6.500 D 32.500 sobre Por ejecutar, en UF HASTA 650 H 6.500 H 32.500 H 65.000 65.000 ________________________________________________________________________________________ Honorario total en realización completa 9,00% 8,00% 7,00% 6,00% 5,00% A. Trabajos preparatorios 1,00% 0,90% 0,80% 0,65% 0,55% B. Proyecto 3,80% 3,40% 3,00% 2,50% 2,10% C. Estructura 1,00% 0,90% 0,80% 0,65% 0,55% D. Ejecución 3,20% 2,80% 2,40% 2,20% 1,80% ________________________________________________________________________________________
  • 279. 7 3.3 TERCERA CATEGORIA VIVIENDA DE INTERES SOCIAL TABLA Nº 3 TERCERA CATEGORIA VIVIENDA DE INTERES SOCIAL Valor de obras D 650 D 6.500 D 32.500 sobre Por ejecutar, en UF HASTA 650 H 6.500 H 32.500 H 65.000 65.000 ________________________________________________________________________________________ Honorario total en realización completa 6,75% 6,00% 5,25% 4,50% 3,75% A. Trabajos preparatorios 0,75% 0,67% 0,60% 0,50% 0,40% B. Proyecto 2,85% 2,53% 2,21% 1,90% 1,59% C. Estructura 0,75% 0,67% 0,60% 0,50% 0,40% D. Ejecución 2,40% 2,13% 1,84% 1,60% 1,36% ________________________________________________________________________________________ 3.4 CUARTA CATEGORIA EDIFICIOS INDUSTRIALES O AGRICOLAS TABLA Nº 4 CUARTA CATEGORIA EDIFICIOS INDUSTRIALES O AGRICOLAS, incluye Gimnasios. Valor de obras D 650 D 6.500 D 32.500 sobre Por ejecutar, en UF HASTA 650 H 6.500 H 32.500 H 65.000 65.000 ________________________________________________________________________________________ Honorario total en realización completa 7,00% 6,00% 5,00% 4,00% 3,00% A. Trabajos preparatorios 0,58% 0,50% 0,40% 0,30% 0,20% B. Proyecto 2,22% 1,90% 1,66% 1,30% 0,84% C. Estructura 2,33% 2,00% 1,50% 1,20% 1,00% D. Ejecución 1,67% 1,60% 1,44% 1,20% 0,96%
  • 280. 8 3.5 QUINTA CATEGORIA EDIFICIOS Y CENTROS DEPORTIVOS TABLA Nº 5 QUINTA CATEGORIA EDIFICIOS Y CENTROS DEPORTIVOS Valor de obras D 651 D 6.500 D 32.001 sobre Por ejecutar, en UF HASTA 650 H 6.499 H 32.000 H 65.000 65.000 ________________________________________________________________________________________ Instalaciones sociales y de apoyo Casino Restaurante, camarines 9,00% 8,00% 7,00% 6,00% 5,00% o vestruarios, salas uso múltiple (equivalente 2ª Categoría) Gimnasios 7,00% 6,00% 5,00% 4,00% 3,00% (Equivalente 4ª Categoría) Instalaciones Deportivas recreativas o pistas: pista de atletismo cancha de fútbol, rugby, hockey césped multicanchas y canchas basketball, tenis, vóleibol, etc. 6,00% 5,00% 4,00% 3,00% 2,00% (Equivalente 1ª Categoría) Instalaciones especiales Piscinas abiertas y cubiertas Velódromos 8,00% 7,00% 6,00% 5,00% 4,00% Camarines Ski y deportes de invierno Rodeo, etc. Plano Seccional Incluye plano de ejes y trazados, 5,00% 4,00% 3,00% 2,00% 1,00% Plano general con caminos, Edificaciones, accesos, estacio- Namientos, cierres y arborización General.
  • 281. 9 3.6 SEXTA CATEGORIA ARQUITECTURA PAISAJISTA TABLA Nº 6 __________________________________________________________________ SEXTA CATEGORIA ARQUITECTURA PAISAJISTA Valor de obras D 250 D 550 D 2.500 sobre Por ejecutar, en UF HASTA 250 H 550 H 2.500 H 15.000 15.000 ________________________________________________________________________________________ Honorario total en realización completa 22,00% 19,00% 17,00% 15,00% 12,00% A. Trabajos preparatorios 3,00% 2,60% 2,30% 2,00% 1,60% B. Proyecto 8,00% 7,00% 6,20% 5,50% 4,40% C. Estructura 5,00% 4,20% 3,90% 3,50% 2,70% D. Ejecución 6,00% 5,20% 4,60% 4,00% 3,30% 3.7 SEPTIMA CATEGORIA CALCULOS DE ESTABILIDAD TABLA Nº 7 1. Para el cálculo de honorarios se utilizará las categorías indicadas en la definición general con las precisiones que se detallan: 1ª Categoría - Obras de carácter monumental 0,25 UF x m2 2ª Categoría - Edificios en general 0,20 UF x m2 - Edificios de más de 5 niveles 0,22 UF x m2 3ª Categoría -Edificios industriales y agrícolas 0,15 UF x m2 2. Corrección de desglose Etapa Cálculo de estructuras a) Bosquejo de estructuración 10% b) Cálculo y plano de estructuras incluye memoria de cálculo y especificaciones técnicas de estructura 80% c) Coordinación y aclaraciones del proyecto de estructuras en obra 10%
  • 282. 10 3.8. OCTAVA CATEGORIA ESTUDIOS, PROYECTOS Y OBRAS DE URBANISMO, PLANIFICACION Y ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO 3.8.1 OCTAVA CATEGORIA “A” PROYECTOS GENERALES DE PLANIFICACION Y URBANISMO. El honorario será convencional, debiendo indicarse en detalle el alcance del estudio encomendado, las etapas en que se divide, las personas que trabajarán bajo las órdenes del arquitecto y horas profesionales asignadas a cada una de ellas. 3.8.2 OCTAVA CATEGORIA “B” PROYECTOS PARCIALES DE URBANIZACION. Valores a considerar Sub Categorías I II III Desde 1.300 UF. 3% 1.300 UF a 32.500 UF 2% 3% 4% 32.500 UF a 65.000 UF --- 2% 3% 65.000 UF a 325.500 UF --- 1% 2% Sobre 325.000 UF --- --- 1% ______________________________________________________________________________ Los valores por considerar se formarán sumando el costo total de urbanización, de acuerdo con el presupuesto total de las obras involucradas, más el valor asignado al terreno para los efectos de los estudios económicos o el valor de compra actualizado de ellos. Se desglosará de acuerdo al Art. 6.2. del Documento Aranceles y Servicios Profesionales de los Arquitectos.
  • 283. 11 3.8.3 OCTAVA CATEGORIA “C” SUBDIVISIONES DE TERRENOS. El honorario referencial alcanzará al 1% del valor asignado al terreno para los efectos de los estudios económicos o su valor comercial. Este porcentaje es válido para terrenos planos. En caso que el terreno presente accidentes o grandes diferencias de nivel, el honorario será del 2%. Estudio de cambios de uso de suelo por horas: el honorario calculado será estimado en horas profesionales. 3.9. NOVENA CATEGORIA TASACIONES TABLA Nº 9 Valores a considerar Hasta 325 UF 4,00 o/oo Desde 325 UF hasta 1.300 UF 2,50 o/oo Desde 1.300 UF hasta 3.250 UF 1,50 o/oo Desde 3.250 UF hasta 6.500 UF 1,00 o/oo Desde 6.500 UF hasta 16.250 UF 0,75 o/oo Sobre 16.250 UF 0,50 o/oo En consideración al tipo de información que se requiera en una tasación, éstas, con su consecuente valor referencial se clasifican en: • Apreciación : El honorario será el 50% del indicado en la tabla Nº9, con un valor referencial mínimo de 2 UF • Informe: El honorario será igual al que señala la tabla Nº 9, con un valor referencial mínimo de 4 UF.
  • 284. 12 • Informe detallado: El honorario se aplicará recargando lo indicado en la tabla Nº 9 en 200%, con un valor referencial mínimo de 6 UF. Observaciones. - En caso de tratarse de tasaciones de conjuntos hetorogéneos, se cobrará por separado los distintos elementos o grupos diferentes. - Los honorarios indicados anteriormente, tanto en la tabla, como respecto de su expresión, sufrirán modificaciones en su respectiva categoría en los casos que a continuación se detallan: * Tasaciones judiciales: tendrán un 100% de recargo. * Retasaciones: se aplicará sólo un 50% del honorario. * Ampliaciones: se aplicará el honorario total sobre lo nuevo. * Para compra de propiedades: en instituciones bancarias, hipotecarias, etc., se aplicará el honorario correspondiente con un recargo de 50%. * Terrenos eriazos: se aplicará el 50% del honorario respectivo. * Ley de Copropiedad Inmobiliaria 19.537: la tasación de un departamento, oficial o local que forme parte de un conjunto acogido a la ley tendrá un recargo de un 100% sobre lo que señala la tabla. * Tasadores oficiales: los tasadores oficiales que desempeñan en forma permanente dicho cargo ante una institución, podrán rebajar los honorarios hasta en un 50%. * Tasaciones con levantamiento: El levantamiento del plano correspondiente se regirá por lo dispuesto en la 11ª Categoría en un valor independiente al de la tasación misma.
  • 285. 13 3.10 DECIMA CATEGORIA CONCURSOS PUBLICOS Y PRIVADOS La remuneración de todos los arquitectos que intervengan en un concurso de arquitectura, público o privado se regirán estrictamente por las disposiciones del Documento “Reglamento de Concursos” 3.11 DECIMO PRIMERA CATEGORIA TRABAJOS ESPECIALES 3.11.1. Sub Categoría “A” Administración de Obras Los honorarios que se indican son adicionales a los que corresponden al arquitecto por el trabajo generado en la categoría correspondiente.. - Administración por constructor y por contratos parciales 1,5% Adic. - Administración pro constructor cost-plus o por precios unitarios 2,5% Adic. - Administración directa por el arquitecto. 6,0% Adic. 3.11.3. Sub Categoría “C” modificación de obras Los honorarios que aquí se indican, recargan los honorarios correspondientes generados por trabajos establecidos en otras categorías. - Ampliaciones en obra del mismo arquitecto 20% recargo - Ampliaciones en obra de otra persona 30% recargo - Alteraciones en obra del mismo arquitecto 40% recargo - Alteraciones en obra de otra persona 50% recargo - Reparaciones 40% recargo - Restauraciones – Se considerará todo el edificio como obra nueva, y su honorario tendrá 50% recargo .
  • 286. 14 3.11.4. Sub Categoría “C”. levantamientos, cubicaciones y mensuras, etc. sobre proyectos y obras ya ejecutadas. En esta sub categoría se calcularán en base al valor de la hora referencial, más los gastos en que se incurra durante el trabajo. Se consultan los siguientes ítems: - Levantamientos de edificios, excluyendo terrenos; pueden ser con indicación de superficies, señalando contornos generales; o levantamiento de distribuciones interiores; o levantamientos completos. - Cubicaciones o mensuras, las que pueden ser sobre planos o sobre pbra ejecutada. - Levantamientos de terrenos eriazos, en los que hay que diferenciar aquellos levantamientos sobre terrenos menores de una hectárea y los mayores a esa superficie; y si son accidentados o con pendientes dignas de anotar, etc. 3.11.5 Sub categoría “D”. Regularización de permisos municipales. Como en el caso anterior, también en esta sub categoría se calcularán los honorarios en base al valor de la hora profesional referencial, agregando los gastos en que se incurra durante el proceso de regularización. 3.12 DUODECIMA CATEGORIA ARQUITECTURA CONCEPTUAL Y TRABAJOS CONVENCIONALES Estos se evaluarán considerando la envergadura del trabajo, el tiempo a emplear, la experiencia, grado de responsabilidad, capacidad y esfuerzo a desarrollar además de todos los gastos en que se haya de ocurrir. El honorario a convenir se basará en el valor de la hora profesional referencial, o será motivo de un convenio entre las partes.
  • 287. 15 3.13 DECIMO TERCERA CATEGORIA ARQUITECTOS REVISORES INDEPENDIENTES Basado el honorario en la rebaja de un 30% de los derechos de edificación, éstos de desglosan de la siguiente manera: a) Honorario revisión anteproyecto 6% de los derechos municipales. b) Honorario revisión expediente de edificación: Como anticipo - 15% de los derechos municipales. Contra informe favorable - 12% de los derechos municipales. Contra obtención permiso de edificación - 3% de los derechos municipales. Honorario total - 30% de los derechos municipales. c) Honorario informe recepción final - 6% de los derechos municipales. El honorario mínimo por gestión será de 10 UF. Los porcentajes antes citados podrán tener un recargo convencional adicional basado en diversos factores como ser: - complejidad del anteproyecto o proyecto. - Antecedentes no habituales. - Exigencias especiales (rapidez, gestión directa, etc.) - Tramitación de documentación complementaria. Nota : cualquier actividad anexa no descrita se regula por las disposiciones de las categorías de este arancel a las que se puedan asimilar. 4. VALOR REFERENCIAL DE LA HORA PROFESIONAL. 4.1. El valor referencial mínimo de la hora profesional es de 1 UF. Dicho valor corresponderá también a una consulta verbal. 4.2. El valor señalado en el punto precedente podrá ser recargado según sea la complejidad del trabajo, la experiencia, responsabilidad y grado de especialización del arquitecto, considerando para ello los siguientes aspectos:
  • 288. 16 • AÑOS DE PROFESION Hasta 5 años sin recargo De 5 a 15 años 20% de recargo Sobre 15 años 50% de recargo • ESPECIALIZACION DEL ARQUITECTO Convencional, con un máximo de 100 % de recargo • PARTICIPACION EN EQUIPO Arquitecto Jefe del Equipo 100 % de recargo Arquitecto co participante 50% de recargo Arquitecto ayudante 30 % de recargo • DURACION DEL TRABAJO Trabajo continuado o habitual sin recargo Trabajo esporádico 30% de recargo 4.3. Si en una contratación se cumple con más de una de las condiciones señaladas en el punto precedente, se considerará la suma de los porcentajes. 4.4. El tiempo consumido por el arquitecto en esperas o viajes, se cobrará de acuerdo al valor de hora referencial, rebajado en un 30%, considerando una jornada diaria de 6 horas y lo señalado en el punto 2.9 del capítulo Nº2, Disposiciones Generales de este Documento Profesional. 5. TABLAS DE VALORES REFERENCIALES APLICABLES A LAS DISTINTAS CATEGORIAS. 5.1. Los valores señalados en las tablas están expresados en Unidades de Fomento reajustables (UF).
  • 289. 17 5.2. Al usar las distintas Tablas de Categorías se aplicará al valor de la obra o trabajo el porcentaje más alto, hasta el máximo indicado en la primera columna: si el costo fuera mayor, se aplicará al excedente el porcentaje de la columna siguiente, y así sucesivamente. 5.3. Los honorarios establecidos en las Categorías 1ª a 7ª se podrán calcular en UF/m2 para lo cual se hará el ejercicio de estimar el presupuesto de la obra total de la etapa respectiva y se aplicará el porcentaje que establece la categoría correspondiente. El resultado se dividirá por la superficie proyectada, lo que establece el valor en UF por m2.