Este documento trata sobre el concepto de derecho y las normas jurídicas positivas. Explica que el derecho es el conjunto de normas que establece el Estado para regular la convivencia social y que las normas jurídicas positivas son aquellas escritas que regulan una comunidad en un momento dado. Además, analiza las fuentes del derecho como la ley, la costumbre y los principios generales del derecho, y clasifica las normas jurídicas en rígidas y elásticas, comunes y particulares, y generales y especiales
Este documento presenta un resumen de 3 temas principales del derecho:
1. Define el derecho como el conjunto de normas jurídicas que regulan la vida del hombre en la sociedad.
2. Explica las fuentes del derecho como la ley, la costumbre, los principios generales del derecho, la jurisprudencia y la doctrina científica.
3. Describe la jerarquía normativa con la Constitución en la cima, seguida de las leyes orgánicas y ordinarias, y los decretos del poder ejecutivo
El documento trata sobre el tema 1 de las oposiciones al Cuerpo Nacional de Policía sobre el derecho. Explica conceptos clave como persona jurídica, nacionalidad, domicilio y vecindad. Define el derecho y sus características. Describe las distintas clases de personas jurídicas, capacidad jurídica y de obrar. Además, analiza el nacimiento de la persona en sentido jurídico.
Este documento presenta un cuestionario introductorio sobre conceptos básicos de derecho. Explica que el derecho es un sistema de normas que rigen la convivencia humana y el orden social. Define el derecho positivo como el sistema de normas vigentes en un territorio. Luego describe las fuentes formales e informales del derecho positivo, incluyendo la costumbre, la ley y la jurisprudencia. Finalmente, analiza conceptos como la constitución, los tratados internacionales y las diferentes jerarquías normativas.
Este documento presenta preguntas y respuestas sobre derecho constitucional guatemalteco. Explica conceptos clave como derechos humanos, principios del derecho constitucional, estructura del Estado de Guatemala y sus poderes. Define términos como constitución, poder constituyente, garantías constitucionales y clasifica derechos humanos. Finalmente, describe la integración y funciones de los órganos del Estado como el Congreso, la Corte Suprema de Justicia y la Corte de Constitucionalidad.
Este documento presenta un resumen de las penas y medidas de seguridad establecidas en el Código Penal de 1991 en Perú. Explica las diferentes clases de penas de acuerdo a su naturaleza, condición operativa y conminación legal. También describe el proceso de determinación judicial de la pena y las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal. Por último, introduce las medidas de seguridad aplicables a inimputables e imputables relativos y las consecuencias accesorias para personas jurídicas.
Las leyes jurídicas son el orden de comportamiento humano dictado por la autoridad que asigna deberes y derechos. El poder legislativo se encarga de crear y modificar las leyes. Las fuentes del derecho incluyen las fuentes materiales, históricas y formales. Los principios generales del derecho incluyen vivir honestamente, no hacer daño a otros y dar a cada uno lo suyo. El derecho subjetivo son las libertades individuales mientras que el derecho objetivo son las normas obligatorias de una sociedad.
La constitución es la máxima que permite a todo ciudadanos tener derechos y deberes que cumplir. como dice el aforismo Romano: Ubi societas, ibi ius.. ubi ius, ibi societas (donde hay sociedad hay derecho y donde hay derecho hay sociedad)
Este documento presenta un resumen de 3 temas principales del derecho:
1. Define el derecho como el conjunto de normas jurídicas que regulan la vida del hombre en la sociedad.
2. Explica las fuentes del derecho como la ley, la costumbre, los principios generales del derecho, la jurisprudencia y la doctrina científica.
3. Describe la jerarquía normativa con la Constitución en la cima, seguida de las leyes orgánicas y ordinarias, y los decretos del poder ejecutivo
El documento trata sobre el tema 1 de las oposiciones al Cuerpo Nacional de Policía sobre el derecho. Explica conceptos clave como persona jurídica, nacionalidad, domicilio y vecindad. Define el derecho y sus características. Describe las distintas clases de personas jurídicas, capacidad jurídica y de obrar. Además, analiza el nacimiento de la persona en sentido jurídico.
Este documento presenta un cuestionario introductorio sobre conceptos básicos de derecho. Explica que el derecho es un sistema de normas que rigen la convivencia humana y el orden social. Define el derecho positivo como el sistema de normas vigentes en un territorio. Luego describe las fuentes formales e informales del derecho positivo, incluyendo la costumbre, la ley y la jurisprudencia. Finalmente, analiza conceptos como la constitución, los tratados internacionales y las diferentes jerarquías normativas.
Este documento presenta preguntas y respuestas sobre derecho constitucional guatemalteco. Explica conceptos clave como derechos humanos, principios del derecho constitucional, estructura del Estado de Guatemala y sus poderes. Define términos como constitución, poder constituyente, garantías constitucionales y clasifica derechos humanos. Finalmente, describe la integración y funciones de los órganos del Estado como el Congreso, la Corte Suprema de Justicia y la Corte de Constitucionalidad.
Este documento presenta un resumen de las penas y medidas de seguridad establecidas en el Código Penal de 1991 en Perú. Explica las diferentes clases de penas de acuerdo a su naturaleza, condición operativa y conminación legal. También describe el proceso de determinación judicial de la pena y las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal. Por último, introduce las medidas de seguridad aplicables a inimputables e imputables relativos y las consecuencias accesorias para personas jurídicas.
Las leyes jurídicas son el orden de comportamiento humano dictado por la autoridad que asigna deberes y derechos. El poder legislativo se encarga de crear y modificar las leyes. Las fuentes del derecho incluyen las fuentes materiales, históricas y formales. Los principios generales del derecho incluyen vivir honestamente, no hacer daño a otros y dar a cada uno lo suyo. El derecho subjetivo son las libertades individuales mientras que el derecho objetivo son las normas obligatorias de una sociedad.
La constitución es la máxima que permite a todo ciudadanos tener derechos y deberes que cumplir. como dice el aforismo Romano: Ubi societas, ibi ius.. ubi ius, ibi societas (donde hay sociedad hay derecho y donde hay derecho hay sociedad)
El documento describe el origen y tipos del principio de legalidad. Surge en el siglo XVIII como reacción contra la arbitrariedad y la inseguridad jurídica. Tiene cuatro tipos: 1) principio de legalidad penal sustancial, 2) principio de legalidad penal formal, 3) principio de legalidad de los delitos, y 4) principio de legalidad de las penas. Este principio establece que solo puede haber sanciones o delitos si están definidos por una ley previa y escrita.
Este documento presenta los principios fundamentales y la constitucionalización del proceso penal. Propone tres hipótesis: 1) que las disposiciones del nuevo código procesal penal se basan en tradiciones constitucionales que enfatizan la libertad individual y los derechos fundamentales, 2) que los 28 principios del código desarrollan cinco principios constitucionales como la supremacía constitucional, la libertad, la igualdad y el debido proceso, y 3) que el código fortalece la constitución y el estado de derecho. El documento anal
La costumbre se vuelve ley es un concepto erróneo según el documento. Mientras que la ley se refiere a actos obligatorios establecidos en la constitución, la costumbre se refiere a actos voluntarios que ocurren de forma continua pero no son obligatorios. La ley es un mandato del poder soberano mientras que la costumbre surge de la voluntad humana y no existe una obligación inherente de seguirla.
El documento describe las principales fuentes del derecho laboral en España. Estas incluyen la Constitución, las leyes emitidas por el poder legislativo, los convenios colectivos acordados entre sindicatos y empleadores, y la jurisprudencia de los tribunales. Juntos, estos elementos establecen y protegen los derechos y garantías de los trabajadores españoles.
Este documento trata sobre la ciencia del derecho. Explica que la ciencia del derecho es la disciplina que estudia e interpreta el ordenamiento jurídico de una manera para aplicarlo de forma justa. También describe que el derecho se basa en valores y principios y tiene fines expresados en leyes y sentencias. Además, señala que el derecho se construye a partir de la constitución y las leyes que emanan del poder legislativo y ejecutivo.
El documento describe el principio de legalidad en Venezuela. Este principio establece que todas las actividades del poder público deben sujetarse a la constitución y la ley. El principio de legalidad asegura la seguridad jurídica y es fundamental para el derecho público. También se discuten conceptos como la discrecionalidad administrativa y los diferentes tipos de competencia judicial.
Este documento resume los principios constitucionales y la tutela judicial efectiva. Habla sobre el tiempo social de la justicia, la legitimidad del sistema constitucional, y los tres círculos de garantías que incluyen el cumplimiento de las normas, la revisión de normas y conductas, y la tutela judicial efectiva con acceso a la justicia, sentencia y cumplimiento de la sentencia. También discute principios como pro libertate, legalidad, reserva, y razonabilidad que guían la interpretación constitucional.
El documento proporciona un cuestionario sobre derecho penal para ser contestado. Consiste en 70 preguntas divididas en tres partes sobre temas como definiciones básicas de derecho penal, teoría del delito, participación criminal, penas y medidas de seguridad. Se solicita que el trabajo sea entregado de forma física o electrónica antes del 30 de mayo de 2022.
Este documento presenta una discusión sobre las obligaciones públicas de los particulares frente al Estado y su administración. Explica que las obligaciones públicas son deberes impuestos unilateralmente por el Estado a través de leyes u otros actos de autoridad para que los particulares cooperen con el cumplimiento de sus funciones. Se clasifican estas obligaciones según su origen, contenido y su efecto sobre las libertades individuales. También define el concepto de policía como la actividad del Estado dirigida a preservar el orden público y otros valores mediante limitaciones a los derech
El Código Procesal Penal de Guatemala consta de 6 libros que regulan diferentes aspectos del proceso penal como las disposiciones generales, el procedimiento común, las impugnaciones, los procedimientos especiales, la ejecución y las costas e indemnizaciones. Algunos de los principios básicos establecidos son que no hay pena ni proceso sin ley previa, el proceso es imperativo, se busca la averiguación de los hechos, la posible participación del sindicado y el pronunciamiento de sentencia, además de respet
El documento resume las principales divisiones del derecho. El derecho se divide en subjetivo u objetivo. El derecho subjetivo incluye derechos públicos, políticos y civiles (que comprenden derechos personales y patrimoniales como reales y de crédito). El derecho objetivo o positivo se divide en interno y externo. El derecho interno incluye derecho público (administrativo, constitucional, penal y otros) y privado (civil y mercantil). El derecho externo comprende derecho internacional público y privado
El documento define varios conceptos fundamentales del derecho como normas jurídicas, sociedad y ley. Explica que el derecho es un conjunto de normas que rigen la sociedad y que las leyes son normas dictadas por el legislador cuyo incumplimiento puede llevar a sanciones. También cubre la etimología de la palabra derecho y conceptos como norma jurídica, sujeto de derecho y costumbre.
Este documento resume los artículos 33° al 41° del Código Civil peruano relacionados con el tema del domicilio. En 3 oraciones: Establece que el domicilio se constituye por la residencia habitual de una persona en un lugar. Detalla los diferentes tipos de domicilio como el domicilio conyugal, de los incapaces, de los funcionarios públicos, y el procedimiento para cambiar el domicilio. También indica que a las personas sin residencia habitual se les considera domiciliadas en el lugar donde se encuentren.
Ley orgánica de garantías jurisdiccionales y control constitucionalMilton González
1) La Asamblea Nacional aprobó la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control
Constitucional para ajustar la normativa legal a la nueva Constitución ecuatoriana de 2008 y
fortalecer la justicia constitucional. 2) La ley establece principios, métodos de interpretación y
garantías para proteger los derechos constitucionales a través de procesos jurisdiccionales simples
y rápidos. 3) La ley regula la estructura y competencias de la Corte Constitucional para garantizar
La ley es la única fuente del derecho penal. El documento discute las fuentes formales, reales e históricas del derecho en general y explica que la ley, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina son las fuentes formales. Luego, señala que solo la ley constituye la fuente directa e inmediata del derecho penal, en conformidad con el principio de legalidad plasmado en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789. Finalmente, menciona algunos dogmas penales como nullum
Este documento resume las normas permisivas, prohibitivas e imperativas en el derecho ecuatoriano. Explica algunas normas permisivas en el Código Civil que permiten el reconocimiento de hijos fuera del matrimonio y los derechos reales sobre una propiedad. También describe normas prohibitivas en el Código Penal y del Trabajo. Finalmente, detalla normas imperativas en la Constitución y Códigos que obligan al cumplimiento de derechos y deberes.
El derecho constitucional es la rama del derecho público que estudia las leyes fundamentales de un Estado, incluyendo la forma de gobierno, los derechos fundamentales y la regulación de los poderes públicos. Analiza conceptos como la división de poderes, el estado de derecho, la soberanía nacional y los principios de supremacía y rigidez constitucionales. También incluye el estudio de los mecanismos de control de constitucionalidad y convencionalidad.
El documento presenta una introducción general sobre el sistema internacional de protección de los derechos humanos y los principios del código procesal penal. Explica conceptos clave como los derechos humanos, sus generaciones y características. También describe los principales instrumentos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los Pactos Internacionales. Finalmente, analiza cómo estos tratados internacionales se proyectan en los principios fundamentales del código procesal penal de un país, como el principio del juicio previo, el juez natural y la
El documento describe los sistemas de protección constitucional, incluyendo el sistema difuso, concentrado y mixto. Explica que el sistema difuso se originó en EE.UU. donde cualquier tribunal puede determinar la constitucionalidad de las leyes, mientras que el sistema concentrado se originó en Austria donde solo un tribunal constitucional tiene esta competencia. También describe los medios de defensa de la constitución como los medios protectores, reparadores y represivos, y los órganos encargados del control de constitucionalidad como el control de oficio y la Corte de
Este tema trata sobre el concepto de derecho y las normas jurídicas positivas. Se define el derecho como el conjunto de normas establecidas por el Estado para regular la convivencia social, y se clasifica en derecho natural, positivo, público y privado. Se explican los conceptos de persona, nacionalidad, domicilio y vecindad civil. Asimismo, se define la norma jurídica positiva y su estructura, clases y caracteres, destacando la jerarquía normativa. Finalmente, se describen las fuentes formales del derecho españ
El documento describe el origen y tipos del principio de legalidad. Surge en el siglo XVIII como reacción contra la arbitrariedad y la inseguridad jurídica. Tiene cuatro tipos: 1) principio de legalidad penal sustancial, 2) principio de legalidad penal formal, 3) principio de legalidad de los delitos, y 4) principio de legalidad de las penas. Este principio establece que solo puede haber sanciones o delitos si están definidos por una ley previa y escrita.
Este documento presenta los principios fundamentales y la constitucionalización del proceso penal. Propone tres hipótesis: 1) que las disposiciones del nuevo código procesal penal se basan en tradiciones constitucionales que enfatizan la libertad individual y los derechos fundamentales, 2) que los 28 principios del código desarrollan cinco principios constitucionales como la supremacía constitucional, la libertad, la igualdad y el debido proceso, y 3) que el código fortalece la constitución y el estado de derecho. El documento anal
La costumbre se vuelve ley es un concepto erróneo según el documento. Mientras que la ley se refiere a actos obligatorios establecidos en la constitución, la costumbre se refiere a actos voluntarios que ocurren de forma continua pero no son obligatorios. La ley es un mandato del poder soberano mientras que la costumbre surge de la voluntad humana y no existe una obligación inherente de seguirla.
El documento describe las principales fuentes del derecho laboral en España. Estas incluyen la Constitución, las leyes emitidas por el poder legislativo, los convenios colectivos acordados entre sindicatos y empleadores, y la jurisprudencia de los tribunales. Juntos, estos elementos establecen y protegen los derechos y garantías de los trabajadores españoles.
Este documento trata sobre la ciencia del derecho. Explica que la ciencia del derecho es la disciplina que estudia e interpreta el ordenamiento jurídico de una manera para aplicarlo de forma justa. También describe que el derecho se basa en valores y principios y tiene fines expresados en leyes y sentencias. Además, señala que el derecho se construye a partir de la constitución y las leyes que emanan del poder legislativo y ejecutivo.
El documento describe el principio de legalidad en Venezuela. Este principio establece que todas las actividades del poder público deben sujetarse a la constitución y la ley. El principio de legalidad asegura la seguridad jurídica y es fundamental para el derecho público. También se discuten conceptos como la discrecionalidad administrativa y los diferentes tipos de competencia judicial.
Este documento resume los principios constitucionales y la tutela judicial efectiva. Habla sobre el tiempo social de la justicia, la legitimidad del sistema constitucional, y los tres círculos de garantías que incluyen el cumplimiento de las normas, la revisión de normas y conductas, y la tutela judicial efectiva con acceso a la justicia, sentencia y cumplimiento de la sentencia. También discute principios como pro libertate, legalidad, reserva, y razonabilidad que guían la interpretación constitucional.
El documento proporciona un cuestionario sobre derecho penal para ser contestado. Consiste en 70 preguntas divididas en tres partes sobre temas como definiciones básicas de derecho penal, teoría del delito, participación criminal, penas y medidas de seguridad. Se solicita que el trabajo sea entregado de forma física o electrónica antes del 30 de mayo de 2022.
Este documento presenta una discusión sobre las obligaciones públicas de los particulares frente al Estado y su administración. Explica que las obligaciones públicas son deberes impuestos unilateralmente por el Estado a través de leyes u otros actos de autoridad para que los particulares cooperen con el cumplimiento de sus funciones. Se clasifican estas obligaciones según su origen, contenido y su efecto sobre las libertades individuales. También define el concepto de policía como la actividad del Estado dirigida a preservar el orden público y otros valores mediante limitaciones a los derech
El Código Procesal Penal de Guatemala consta de 6 libros que regulan diferentes aspectos del proceso penal como las disposiciones generales, el procedimiento común, las impugnaciones, los procedimientos especiales, la ejecución y las costas e indemnizaciones. Algunos de los principios básicos establecidos son que no hay pena ni proceso sin ley previa, el proceso es imperativo, se busca la averiguación de los hechos, la posible participación del sindicado y el pronunciamiento de sentencia, además de respet
El documento resume las principales divisiones del derecho. El derecho se divide en subjetivo u objetivo. El derecho subjetivo incluye derechos públicos, políticos y civiles (que comprenden derechos personales y patrimoniales como reales y de crédito). El derecho objetivo o positivo se divide en interno y externo. El derecho interno incluye derecho público (administrativo, constitucional, penal y otros) y privado (civil y mercantil). El derecho externo comprende derecho internacional público y privado
El documento define varios conceptos fundamentales del derecho como normas jurídicas, sociedad y ley. Explica que el derecho es un conjunto de normas que rigen la sociedad y que las leyes son normas dictadas por el legislador cuyo incumplimiento puede llevar a sanciones. También cubre la etimología de la palabra derecho y conceptos como norma jurídica, sujeto de derecho y costumbre.
Este documento resume los artículos 33° al 41° del Código Civil peruano relacionados con el tema del domicilio. En 3 oraciones: Establece que el domicilio se constituye por la residencia habitual de una persona en un lugar. Detalla los diferentes tipos de domicilio como el domicilio conyugal, de los incapaces, de los funcionarios públicos, y el procedimiento para cambiar el domicilio. También indica que a las personas sin residencia habitual se les considera domiciliadas en el lugar donde se encuentren.
Ley orgánica de garantías jurisdiccionales y control constitucionalMilton González
1) La Asamblea Nacional aprobó la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control
Constitucional para ajustar la normativa legal a la nueva Constitución ecuatoriana de 2008 y
fortalecer la justicia constitucional. 2) La ley establece principios, métodos de interpretación y
garantías para proteger los derechos constitucionales a través de procesos jurisdiccionales simples
y rápidos. 3) La ley regula la estructura y competencias de la Corte Constitucional para garantizar
La ley es la única fuente del derecho penal. El documento discute las fuentes formales, reales e históricas del derecho en general y explica que la ley, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina son las fuentes formales. Luego, señala que solo la ley constituye la fuente directa e inmediata del derecho penal, en conformidad con el principio de legalidad plasmado en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789. Finalmente, menciona algunos dogmas penales como nullum
Este documento resume las normas permisivas, prohibitivas e imperativas en el derecho ecuatoriano. Explica algunas normas permisivas en el Código Civil que permiten el reconocimiento de hijos fuera del matrimonio y los derechos reales sobre una propiedad. También describe normas prohibitivas en el Código Penal y del Trabajo. Finalmente, detalla normas imperativas en la Constitución y Códigos que obligan al cumplimiento de derechos y deberes.
El derecho constitucional es la rama del derecho público que estudia las leyes fundamentales de un Estado, incluyendo la forma de gobierno, los derechos fundamentales y la regulación de los poderes públicos. Analiza conceptos como la división de poderes, el estado de derecho, la soberanía nacional y los principios de supremacía y rigidez constitucionales. También incluye el estudio de los mecanismos de control de constitucionalidad y convencionalidad.
El documento presenta una introducción general sobre el sistema internacional de protección de los derechos humanos y los principios del código procesal penal. Explica conceptos clave como los derechos humanos, sus generaciones y características. También describe los principales instrumentos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los Pactos Internacionales. Finalmente, analiza cómo estos tratados internacionales se proyectan en los principios fundamentales del código procesal penal de un país, como el principio del juicio previo, el juez natural y la
El documento describe los sistemas de protección constitucional, incluyendo el sistema difuso, concentrado y mixto. Explica que el sistema difuso se originó en EE.UU. donde cualquier tribunal puede determinar la constitucionalidad de las leyes, mientras que el sistema concentrado se originó en Austria donde solo un tribunal constitucional tiene esta competencia. También describe los medios de defensa de la constitución como los medios protectores, reparadores y represivos, y los órganos encargados del control de constitucionalidad como el control de oficio y la Corte de
Este tema trata sobre el concepto de derecho y las normas jurídicas positivas. Se define el derecho como el conjunto de normas establecidas por el Estado para regular la convivencia social, y se clasifica en derecho natural, positivo, público y privado. Se explican los conceptos de persona, nacionalidad, domicilio y vecindad civil. Asimismo, se define la norma jurídica positiva y su estructura, clases y caracteres, destacando la jerarquía normativa. Finalmente, se describen las fuentes formales del derecho españ
El documento describe los procedimientos y requisitos de ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil en España. Para ingresar en ambos cuerpos se requiere superar un proceso de oposición que incluye pruebas de conocimientos, aptitud física y psicotécnica. Los aspirantes deben cumplir ciertos requisitos como la edad, estatura y titulación académica mínima.
Examen oposiciones guardia civil de junio del 2016. Modelo de examen real realizado en las pruebas de exámenes funcionales en la última convocatoria del año. Primera respuesta corregida. Consulta el Salón de Idiomas para preparación oposiciones guardia civil y más modelo de exámenes.
www.salondeidiomas.es
El documento describe las experiencias y sacrificios de un guardia civil a lo largo de su carrera. Ha intervenido en situaciones de violencia y crimen que han puesto en riesgo su vida y la de sus compañeros. Ha visto el sufrimiento humano en sus peores formas. A pesar de los peligros y la carga emocional, continúa sirviendo para proteger a los ciudadanos y devolver a las familias a sus seres queridos. Su trabajo requiere sacrificios personales y familiares.
Este documento describe los procesos de ingreso y promoción en el Cuerpo Nacional de Policía de España. Detalla las diferentes escalas (básica, subinspección y ejecutiva), los requisitos generales para el ingreso y las pruebas que componen los procesos selectivos, incluyendo pruebas físicas, de conocimientos, médicas y psicotécnicas. Explica también el proceso de ingreso directo a la escala ejecutiva requiriendo un título universitario.
Este documento presenta 40 preguntas de opción múltiple para un examen psicotécnico con un tiempo límite de 25 minutos. Las preguntas cubren una variedad de temas como matemáticas, lógica, lenguaje y razonamiento. Se proporcionan las respuestas correctas al final para que el participante pueda revisar sus propias respuestas.
La constitución española de 1978 estableció las bases de la democracia en España tras la dictadura de Franco. El documento explica los antecedentes constitucionales en España y los factores internos y externos que influyeron en la nueva constitución. Luego resume los principales elementos de la constitución como los derechos y deberes de los ciudadanos, la jefatura del estado del Rey, el poder legislativo de las Cortes Generales compuestas por el Congreso y el Senado, y la estructura y funciones del gobierno.
Examen senescyt 2014 enes snna pdf - modelo pruebaOscar Javier
Este documento presenta un examen de aptitud verbal que contiene preguntas sobre sinónimos, antónimos, relaciones semánticas y lógica. El examen evalúa la comprensión lectora y las habilidades lingüísticas de los participantes a través de 54 preguntas de selección múltiple sobre el significado de palabras y la interpretación de oraciones y textos cortos.
Este documento describe conceptos clave relacionados con la culpabilidad en derecho penal como la imputabilidad, el dolo, la culpa y las causas de exclusión de la culpabilidad. Explica las teorías psicológica y normativa de la culpabilidad y define elementos como el conocimiento, la voluntad y la exigibilidad de otra conducta. También resume las clases de dolo, error, eximentes y la no exigibilidad de otra conducta.
El documento resume la estructura y contenido de la Constitución española de 1978. Está dividida en un preámbulo y once títulos, con 169 artículos en total. Los títulos cubren temas como los derechos fundamentales, la Corona, las Cortes Generales, el Gobierno, el poder judicial y la organización territorial del Estado. También incluye disposiciones transitorias, adicionales y derogatorias.
Título I de la Constitución: De los Derechos y Deberes Fundamentalesguesta4cf2e3
El documento presenta los cinco bloques de la Constitución Española de 1978. El primer bloque trata sobre los derechos y deberes fundamentales de los españoles y extranjeros. El segundo bloque abarca los derechos y libertades públicas, divididos en derechos fuertes y débiles. El tercer bloque contiene los principios rectores de la política social y económica. El cuarto bloque trata sobre las garantías de las libertades y derechos fundamentales. El quinto y último bloque se refiere a la suspensión de
Este documento describe los sistemas de nutrición, respiración y circulación del cuerpo humano. Explica las funciones del aparato digestivo, respiratorio y circulatorio, así como los nutrientes esenciales, los órganos involucrados y sus funciones. También describe el recorrido de la sangre a través del corazón y los vasos sanguíneos, así como el intercambio de gases en los pulmones y los tejidos.
El documento describe el proceso legislativo para aprobar una ley en España, incluyendo las etapas de proyecto de ley, consideración en el Congreso de los Diputados, ponencia, dictamen de comisión, votación en pleno, trámite en el Senado, y publicación final en el Boletín Oficial del Estado. Enumera también los diferentes rangos jurídicos de las normas como directivas, reglamentos, decretos leyes, y órdenes ministeriales.
El documento describe diferentes tipos de pruebas psicotécnicas utilizadas para evaluar cargos gerenciales, directivos, profesionales, administrativos y auxiliares. Explica que las pruebas miden aptitudes intelectuales, de personalidad y profesionales. Describe pruebas de inteligencia, aptitudes, personalidad y proyectivas, e incluye ejemplos como el 16PF y DAT-5. También explica cómo se aplican las pruebas a cada tipo de cargo.
La página web www.preparatuoposicion.es ofrece recursos gratuitos para preparar oposiciones, incluyendo esquemas, temas completos en formato PDF, tests, cursos en línea, un buscador de convocatorias y noticias. El documento también proporciona información sobre la Constitución Española de 1978, incluyendo sus características, principios generales, derechos y deberes fundamentales, y la suspensión de derechos.
El documento define el derecho como el conjunto de leyes y reglamentos creados por un Estado para garantizar la buena convivencia social y resolver conflictos. Explica que el derecho se clasifica según su origen, características como la bilateralidad y coercibilidad, y su organización sistemática en una estructura jerárquica. Finalmente, señala que el derecho busca lograr la efectividad de la justicia en las relaciones humanas.
El documento introduce conceptos básicos sobre el derecho. Explica que el derecho surge como producto de la sociabilidad humana y se manifiesta a través de normas que rigen la conducta. Se divide el derecho en público, privado y social. El derecho público regula las relaciones entre el Estado y los ciudadanos, mientras que el derecho privado regula las relaciones entre particulares. Finalmente, el derecho social atiende cuestiones laborales y de seguridad social.
Diferentes significados de la palabra derechoSebastian Ruiz
1) El documento discute diferentes definiciones de la palabra "derecho", incluyendo conjunto de normas jurídicas, sistema de normas y principios, y conjunto de normas que regulan la conducta humana. 2) Explica las clasificaciones del derecho como derecho objetivo, subjetivo, interno, externo, público, privado, vigente y positivo. 3) Brevemente describe la historia del derecho como una disciplina que estudia los sistemas jurídicos del pasado.
El documento define y explica cuatro conceptos clave del derecho: el derecho natural, el derecho vigente, el derecho objetivo y el derecho subjetivo. El derecho natural son principios universales e inmutables basados en la moral, mientras que el derecho vigente son las leyes actualmente en fuerza. El derecho objetivo son las normas legales que imponen obligaciones, y el derecho subjetivo son los poderes y facultades reconocidos a las personas por el ordenamiento jurídico.
El documento presenta una introducción al derecho, definiendo conceptos como normas, derecho objetivo y subjetivo. Explica que el derecho está compuesto por normas jurídicas que regulan la conducta humana y que existen diferentes ramas del derecho como el derecho constitucional, administrativo, penal, privado y público. Asimismo, distingue entre derecho natural y positivo.
Este documento presenta una introducción a la legislación educativa en México y los aspectos jurídicos fundamentales. Brevemente describe las diferentes clasificaciones de las normas jurídicas, incluyendo su sistema, fuente, ámbito territorial y temporal, material, jerarquía, sanción, relación y cualidad. También presenta los diferentes tipos de derecho como el derecho a la educación, constitucional, administrativo, fiscal, internacional público y civil y una clasificación general del derecho objetivo.
El documento trata sobre el derecho informático. Explica que el derecho informático regula los efectos jurídicos derivados de la informática y las tecnologías de la información. También describe los principios del derecho informático como la tipicidad, legalidad y equivalencia funcional. Finalmente, destaca la importancia del derecho informático al permitir soluciones legales adecuadas a los problemas generados por el uso de la informática en la sociedad.
En esta presentación se encuentra generalidades sobre el Derecho: Concepto, finalidad, las normas sociales y sus diferencias con las jurídicas, las fuentes de Derecho y ejemplos de los mismos. Esperando sea de su utilidad.
Este documento describe los fines y principales características del derecho. Explica que los fines del derecho son la seguridad jurídica, la justicia y la paz social. Define la justicia como dar a cada uno lo suyo. También cubre la clasificación del derecho en público y privado, y describe algunas ramas como el derecho constitucional, administrativo y penal. Finalmente, analiza las fuentes formales, materiales e históricas del derecho.
Derecho constitucional, principios fundamentales de la constitucion, derechos...nancy zam
El documento presenta una breve revisión del derecho constitucional ecuatoriano. Explica conceptos básicos como las definiciones de derecho, los fines del derecho como la paz y el orden. También describe las fuentes del derecho como la constitución, las leyes, los tratados internacionales y la jurisprudencia. El objetivo es concientizar a los estudiantes sobre la evolución histórica y los principios de un estado constitucional de derechos.
El documento define el derecho como el conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta de los individuos en una sociedad. Explica que existen normas jurídicas, usos sociales y normas morales, y que las normas jurídicas imponen sanciones y deben contener la idea de justicia. Además, clasifica el derecho en positivo y natural, y las fuentes del derecho en ley, doctrina, jurisprudencia y costumbre. Finalmente, menciona algunas ramas del derecho positivo como público, privado, económico
Derecho civil i. fernando rabat. 2010. ignacio seguelFeaVenenciano
Este documento presenta una introducción al derecho civil chileno. Brevemente describe las diferentes clases de normas que existen, la relación entre derecho y moral, y las acepciones de la palabra "derecho". También resume la evolución histórica del Código Civil chileno y sus características principales.
El Derecho abarca una serie de normas y leyes determinados formalmente por la jurisprudencia de cada nación o Estado divididos en: derecho objetivo y subjetivo, derecho positivo o natural, derecho civil y penal y las ramas del derecho que abarcan los derechos de áreas específicas como, por ejemplo, el derecho político, el derecho alimentario, el derecho militar, los Derechos Humanos, entre otros.
DERECHO OBJETIVO: El conjunto de las normas vigentes en un país también se conoce como derecho objetivo. El derecho objetivo engloba tanto la legislación de cada país como el conjunto de las normas jurídicas de una rama particular de Derecho, por ejemplo, derecho administrativo, derecho mercantil, derecho fiscal, derecho internacional, derecho laboral, entre otros.
Si se visualiza el Derecho desde el objeto, es decir, desde la norma jurídica, hablamos de Derecho objetivo. Por ejemplo, en el caso de México, estaríamos hablando de Derecho objetivo cuando nos referimos a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tratados internacionales de los que México es parte, las leyes secundarias, costumbres, resoluciones judiciales, etcétera, que son impuestas a las actividades de los hombres; en cambio, el Derecho subjetivo son las situaciones individuales protegidas por tales ordenamientos, como los derechos laborales, derechos humanos, entre otros.
Este documento resume los conceptos fundamentales del derecho. Explica que el individuo existe dentro de la sociedad y que ambos se necesitan mutuamente. Define las normas sociales como reglas que rigen la conducta humana, incluyendo normas técnicas, religiosas, morales, de etiqueta y jurídicas. También describe las relaciones entre individuos y sociedad, y cómo el derecho regula estas relaciones para mantener el orden social. Finalmente, resume las fuentes del derecho positivo como la ley, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina.
Este documento resume conceptos fundamentales del derecho como la relación entre el individuo y la sociedad, las normas sociales y su regulación por el derecho. Explica que el individuo existe dentro de una sociedad y que la sociedad está compuesta de individuos. También describe las diferentes fuentes del derecho como la ley, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina.
Este documento describe diferentes tipos de normas y elementos de las normas jurídicas. Explica las diferencias entre leyes naturales y sociales, y clasifica normas en religiosas, morales, de uso social y jurídicas. También define derecho objetivo, positivo y vigente, y conceptos como supuesto jurídico, hecho jurídico, derechos jurídicos y actos jurídicos.
Este documento presenta una introducción al derecho. Explica que el derecho es el orden normativo que regula la conducta humana en sociedad e incluye el derecho natural, positivo y objetivo/subjetivo. Describe las diferentes ramas del derecho público como constitucional, penal y administrativo, y las ramas del derecho privado como civil, comercial y laboral. También define las fuentes formales del derecho como las leyes, tratados y códigos, e introduce conceptos como la vigencia y derogación de las leyes.
En esta presentación se muestra algunos conceptos básicos de la materia Legislación Educativa de la carrera de Administración Educativa, de la Universidad Pedagógica Nacional
El documento resume los conceptos fundamentales de la teoría del derecho. Define el derecho como un conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta social y pueden imponerse mediante la fuerza del Estado. Explica las diferentes acepciones de la palabra "derecho" y distingue entre derecho objetivo, subjetivo, positivo y natural. También analiza las características de las normas jurídicas, su estructura e importancia en el ordenamiento legal. Por último, resume las principales escuelas de pensamiento sobre la naturaleza del derecho, como
Similar a Temamario Policia Nacional 2013/2014 (20)
INFORMATICA FORENSICS HIGH LEVEL ON DEBUGGER.
What is COFEE?
COFEE consists of three major components: the GUI interface for the investigator, the command]line
application to be executed on the target machine, and the individual tools which are managed by COFEE
and the command]line application.
There are two major types of live forensics investigation tools . Live Information Acquisition tools and
Remote Online Acquisition tools. Computer Online Forensic Evidence Extractor (COFEE) is a live
information and volatile data forensics acquisition system.
The GUI interface was developed for managing the tool selection, generating scripts, loading programs
onto a USB device, and creating a report from the collected data. The command]line application was
developed for controlling and executing a set of selected tools on the target machine.
Digital Forensics Attributes and Principles
In any digital forensics investigation, digital forensics
specialists and legal advisors should ensure the balance
between the three main attributes: Reconnaissance,
Relevancy and Reliability of the digital evidence. In any digital
forensics investigation, the investigator should always attempt
to achieve the maximum amount of data acquisition while
having
Este documento proporciona una lista de códigos 10 y sus significados, los cuales son usados en radiocomunicación para indicar mensajes cortos. Los códigos van de 10-0 a 10-100 y cubren una variedad de temas como recepción, estado del equipo, ubicaciones, solicitudes de asistencia, tráfico y condiciones meteorológicas.
Este documento proporciona instrucciones paso a paso para utilizar el programa TestDisk para recuperar particiones perdidas o dañadas en un disco duro. Explica cómo detectar las particiones faltantes o dañadas, realizar búsquedas rápidas y profundas para encontrarlas, y restaurar la tabla de particiones y los sectores de arranque para recuperar el acceso a los datos. El objetivo es recuperar una partición NTFS primaria con el sector de arranque dañado y una partición lógica NTFS eliminada
Este documento proporciona información sobre software y servicios relacionados con la seguridad de redes, software forense, control remoto, biometría y sistemas de entrada/salida avanzados. También incluye un manual sobre el uso básico de AutoCAD Civil 3D, con instrucciones sobre la inserción de imágenes, cambio de color de fondo, empaquetado de archivos, exportación a otros formatos, división de ventanas, uso de plantillas, creación de capas, tipos de línea, estilos de texto, edición de configuraciones de dibu
Este documento presenta una guía de usuario para la estación de trabajo del sistema AFIS Metamorpho de la Policía de la Provincia de Buenos Aires. Explica los conceptos básicos del sistema AFIS y su arquitectura para la PBA, así como las diferentes estaciones de trabajo. Además, describe los procedimientos y herramientas para el procesamiento de personas, casos criminales, imágenes y evidencias.
Este documento describe conceptos básicos sobre análisis forense digital. Explica cómo analizar la memoria física y virtual para encontrar evidencia, así como también el disco duro, revisando los filesystems y patrones de fragmentación que pueden ayudar en la recuperación de datos. También brinda consejos prácticos sobre herramientas de análisis forense de memoria y recuperación de datos del disco.
El documento resume la evolución histórica de la balística forense desde sus inicios en el siglo XV hasta principios del siglo XX. Destaca algunos hitos como el primer caso en 1835 en el que se identificó al autor de un crimen con un arma de fuego mediante el análisis de las marcas en la munición. También señala avances posteriores como el desarrollo de nuevas técnicas para estudiar las marcas dejadas por las estrías del cañón.
La interpretacion de los dibujos y garabatosSykrayo
El documento proporciona pistas sobre los posibles problemas de un niño basados en los detalles de sus dibujos y garabatos. Algunas señales de inhibición incluyen trazos débiles, garabatos pequeños y borrar con frecuencia. La tristeza se puede indicar por dibujos pobres en detalles y el uso limitado de colores. La tensión y agresividad pueden revelarse a través de trazos fuertes que atraviesan el papel y borrones repetidos. Problemas familiares podrían inferirse si falt
The counterterrorism handbook tactics, procedures, and techniques españolSykrayo
Este documento resume un libro sobre tácticas, técnicas y procedimientos para la lucha contra el terrorismo. El libro cubre temas como la planificación pre-incidente, incidentes de bombas, toma de rehenes, definición de terrorismo, amenazas de armas de destrucción masiva, incidentes, y consideraciones posteriores al incidente. El libro proporciona información sobre cómo las agencias policiales y de emergencia pueden responder de manera efectiva a incidentes terroristas.
Este documento proporciona información sobre un libro de medicina forense. Brevemente resume lo siguiente:
1) El libro trata sobre temas de medicina forense y ciencias forenses para aquellos que comienzan una carrera en estas áreas o cuyo trabajo requiere conocimientos sobre estos principios.
2) La edición actual tiene una perspectiva internacional, reconociendo los avances globales en estas disciplinas.
3) El libro sirve como puente entre la ley, la ciencia y la medicina, destacando la necesidad de
Este documento contiene información sobre los derechos de autor y marcas registradas de Intergraph Corporation. Incluye una sección de garantías y responsabilidades en la que se indica que Intergraph no se hace responsable de errores en el documento ni del uso o fiabilidad del software cuando los equipos no son suministrados por Intergraph. También contiene una lista de marcas registradas pertenecientes a Intergraph y otras compañías.
Este documento trata sobre la identificación de individuos a través del análisis odontológico. Explica que los dientes y materiales dentales son resistentes y pueden usarse para identificar personas cuando otros métodos fallan. También describe métodos como impresiones dentales, análisis de rugas palatinas y huellas de mordeduras que pueden ayudar en la identificación forense.
Este documento es una guía para principiantes sobre el desarrollo de aplicaciones móviles con LiveCode. Explica los fundamentos de LiveCode y cómo comenzar con el desarrollo para Android e iOS. Luego cubre temas como la creación de interfaces de usuario móviles, el acceso a datos remotos y multimedia, y el despliegue de aplicaciones en tiendas de aplicaciones. El objetivo es proporcionar a los lectores todos los conocimientos necesarios para comenzar a crear sus propias aplicaciones móviles ricas con LiveCode.
Este documento proporciona instrucciones para la instalación y uso del software de simulación de accidentes de vehículos PC-Crash. Describe los requisitos de hardware, el contenido del paquete de software, cómo instalar el programa, y ofrece una introducción general a sus características y capacidades.
Este documento describe los derechos específicos de las víctimas de violencia de género en España. Estos derechos incluyen el derecho a la información a través de un servicio telefónico gratuito, el derecho a asistencia social integral, el derecho a asistencia jurídica inmediata y especializada, derechos laborales, derechos en materia de seguridad social, derechos en materia de empleo e inserción laboral, derechos de las funcionarias públicas, derechos económicos, y el dere
En la ciudad de Pasto, estamos revolucionando el acceso a microcréditos y la formalización de microempresarios informales con nuestra aplicación CrediAvanza. Nuestro objetivo es empoderar a los emprendedores locales proporcionándoles una plataforma integral que facilite el acceso a servicios financieros y asesoría profesional.
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARIS”. Esta actividad de aprendizaje propone el reto de descubrir el la secuencia números para abrir un candado, el cual destaca la percepción geométrica y conceptual. La intención de esta actividad de aprendizaje lúdico es, promover los pensamientos lógico (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia y viso-espacialidad. Didácticamente, ésta actividad de aprendizaje es transversal, y que integra áreas del conocimiento: matemático, Lenguaje, artístico y las neurociencias. Acertijo dedicado a los Juegos Olímpicos de París 2024.
Soluciones Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinar...Juan Martín Martín
Criterios de corrección y soluciones al examen de Geografía de Selectividad (EvAU) Junio de 2024 en Castilla La Mancha.
Soluciones al examen.
Convocatoria Ordinaria.
Examen resuelto de Geografía
conocer el examen de geografía de julio 2024 en:
https://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/2024/06/soluciones-examen-de-selectividad.html
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
1.
Tema 01. El derecho: Concepto y acepciones. Las normas jurídicas positivas: Concepto, estructura, clases y caracteres.
El principio de jerarquía normativa. La persona en sentido jurídico: Concepto y clases; su nacimiento y extinción;
capacidad jurídica y capacidad de obrar. Adquisición, conservación y pérdida de la nacionalidad española. El domicilio.
La vecindad civil.
TEMA 01. EL DERECHO: CONCEPTO Y ACEPCIONES. LAS NORMAS JURÍDICAS
POSITIVAS: CONCEPTO, ESTRUCTURA, CLASES Y CARACTERES. EL PRINCIPIO DE
JERARQUÍA NORMATIVA. LA PERSONA EN SENTIDO JURÍDICO: CONCEPTO Y
CLASES; SU NACIMIENTO Y EXTINCIÓN; CAPACIDAD JURÍDICA Y CAPACIDAD DE
OBRAR. ADQUISICIÓN, CONSERVACIÓN Y PÉRDIDA DE LA NACIONALIDAD
ESPAÑOLA. EL DOMICILIO. LA VECINDAD CIVIL.
1. EL DERECHO: CONCEPTO Y ACEPCIONES
CONCEPTO: La palabra “derecho” deriva del latín “directum”, que significa
derecho, lo que camina sin torcerse. La palabra derecho está unida a las palabras
rectitud y justicia, contraponiéndose a torcido, al igual que lo justo se opone a lo injusto.
Derecho, en el mundo jurídico se define como “la ordenación moral imperativa,
de la vida social humana orientada a la realización de la justicia”.
ACEPCIONES:
A) Derecho es lo que a cada uno corresponde. Derecho como sinónimo de orden
jurídico o justicia, consiste en dar a cada uno lo suyo.
B) Derecho es el conjunto de normas por las que rige una sociedad. Por eso se
habla de Derecho civil, penal, etc.
C) Derecho es el poder que el ordenamiento jurídico atribuye a una persona,
como el derecho a la intimidad, al honor, a la vida, etc.
Resumiendo, podemos definir el derecho como: “el conjunto de normas y
reglas jurídicas que regulan la vida del hombre en la sociedad”.
El derecho es el conjunto de normas que establece el Estado con carácter general y
obligatorio para regular la convivencia de las personas en la sociedad.
CLASIFICACIONES DEL DERECHO
1. Derecho positivo y derecho natural.
El derecho positivo es el conjunto de normas jurídicas escritas que regulan
la vida de una comunidad en un momento determinado.
El derecho natural es el conjunto de principios universales que tienen su
fundamento en la propia naturaleza humana. Este derecho es universal y
racional. Sus normas son de todos los países y de todos los tiempos. Es
perceptible por la razón humana y representa la justicia perfecta. El
derecho natural es inmutable y universal, mientras que el derecho positivo
tiene un carácter histórico y nacional, ya que responde a las condiciones
peculiares de un pueblo, y por lo tanto puede ser cambiado, mientras que el
derecho natural no cambia.
2. Derecho público y derecho privado.
Derecho público es el conjunto de normas que regulan la organización y
actividad del Estado y de los entes públicos y sus relaciones entre sí o con los
particulares, como el derecho penal, político, administrativo, etc.
Derecho privado es el conjunto de normas que regulan las relaciones entre
los ciudadanos, como el derecho mercantil, civil, etc.
3. Derecho objetivo y derecho subjetivo.
TEMARIO
CNP
ESCALA
BÁSICA
2013/14
Página
1
de
17
2. Tema
1
El
Derecho
Derecho objetivo es la norma, el precepto de derecho o el conjunto de
preceptos de derecho, u ordenamiento jurídico, que el Estado crea para la
regulación de la convivencia humana en sociedad.
Derecho subjetivo es el poder que la norma concede a la persona, como
por ejemplo, todos tenemos derecho a la vida, al honor, etc.
2. NORMAS JURÍDICAS POSITIVAS: CONCEPTO, ESTRUCTURA, CLASES Y
CARACTERES.
Todos los seres estamos sometidos a normas que pueden clasificarse en cósmicas y
psíquicas.
o Las normas cósmicas, rigen el mundo de la materia, son de ineludible cumplimiento
y afectan a todos los seres, incluido el hombre.
o Las normas psíquicas, rigen el mundo del espíritu y son peculiares del hombre,
como consecuencia de su naturaleza libre e inteligente.
Dentro del grupo de normas psíquicas pueden incluirse:
o Las normas sociales, las cuales regulan la conducta de los seres
humanos entre sí
o Las normas morales, que se encuentran en la conciencia de cada
persona
o Las normas jurídicas, que son las que tratan de implantar justicia,
valor supremo que constituye la finalidad y razón de ser del Derecho.
A) CONCEPTO
Para Albadalejo, el conjunto de normas jurídicas o reglas positivas por el
que se rige una Comunidad se llama derecho positivo.
Por norma jurídica se entiende todo precepto general cuyo fin sea ordenar la
convivencia de una comunidad y cuya observancia puede ser impuesta
coactivamente por el poder directivo de ésta.
La norma jurídica es una regla u ordenación del comportamiento humano dictado
por la autoridad competente en cada caso, con un criterio de valor y cuyo
incumplimiento lleva aparejado una sanción.
B) ESTRUCTURA
En la estructura de la norma jurídica cabe destacar los siguientes elementos:
• El supuesto de hecho: Es el acontecimiento que motiva la aplicación
de la norma jurídica; el hecho o la situación de la vida regulado por ella. Es la
realidad social contemplada por la norma.
• La consecuencia jurídica: Es la respuesta jurídica que esa realidad
merece en el ámbito de la norma o, lo que es lo mismo, el efecto que la norma
atribuye a ese hecho.
C) CLASES DE NORMAS JURÍDICAS
Albadalejo hace la siguiente clasificación:
1.- Rígidas y elásticas. Son rígidas o de Derecho estricto, aquellas normas de
contenido concreto e invariable, en estas normas el supuesto de hecho y los
efectos o consecuencias jurídicas son taxativos. Ejemplo: la mayoría de edad.
Son elásticas o de Derecho equitativo, aquellas normas en las que o bien el
supuesto de hecho o la consecuencia jurídica son flexibles, es decir, no están
especificados, sino que sólo están indicados, en general, mediante concepto cuyo
contenido en cada caso es variable dentro de unos márgenes. Por ejemplo cuando
existe causa justa se queda exento de determinadas obligaciones.
2. Comunes y particulares. Son comunes, generales o universales las normas
jurídicas que rigen en todo el territorio de un Estado, como por ejemplo la
Constitución, el código penal.
Son particulares, locales, comarcales o regionales cuando sólo rigen una parte
del territorio, como por ejemplo el derecho particular de Navarra.
TEMARIO
CNP
ESCALA
BÁSICA
2013/14
Página
2
de
17
3. Tema
1
El
Derecho
3. Generales y especiales. Son generales las normas que contienen una norma
general.
Son especiales las normas relativas a ciertas clases especiales de personas, cosas o
actos, que se apartan de la regla general para aplicar mejor el principio que la
preside a aquellas clases especiales.
D. CARACTERES DE LA NORMA JURÍDICA
1.- Bilateralidad o alteralidad. El derecho hace referencia siempre a una
persona con respecto a otra, de ahí que toda norma jurídica suponga al mismo
tiempo derechos y deberes. Derechos para una parte y deberes para la otra.
2.-Obligatoriedad o imperatividad. Toda norma jurídica contiene un mandato o
prohibición que es de obligado cumplimiento para sus destinatarios, sino serán
sancionados.
3.-Coercitividad o coactividad. En relación con la obligatoriedad o
imperatividad, puesto que la observancia de la norma puede ser impuesta
coactivamente si no se cumple voluntariamente.
4.- Generalidad. Las normas jurídicas afectan a todas las personas de una
comunidad. Estas normas se dictan para todos los individuos que forman la
sociedad.
E. LAS FUENTES DEL DERECHO. Son los medios o maneras de crear y establecer las
normas jurídicas. Según el Código Civil en el artículo 1 las fuentes del ordenamiento jurídico
español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.
-‐ La ley: Es la norma de carácter general dictada por órganos estatales.
-‐ La costumbre: Es la norma creada por la sociedad, a través del uso o
práctica seguida por todos de manera general y duradera. Se aplica en defecto de la
ley, siempre y cuando no sea contraria a la mora ni al orden público y resulte
probada.
-‐ Los Principios Generales del Derecho: son ideas fundamentales,
principios de justicia que están basados en las leyes y las costumbres. Se aplican en
defecto de la ley y la costumbre. Además su aplicación directa sirve para interpretar
la ley y la costumbre.
Las fuentes del derecho podemos diferenciarlas en 2 sentidos:
o Fuentes del derecho en SENTIDO MATERIAL: son aquellas fuerzas sociales o
institucionales con facultad normativa creadora como, las Cortes Generales o las
AALLCCAA o los grupos sociales en tanto que generadores de costumbres etc.
o Fuentes del derecho en SENTIDO FORMAL: es la forma en la que se manifiesta
el derecho: la ley, la costumbre, los reglamentos etc.
Si entendemos, como se hace normalmente, las fuentes del derecho como la forma
en que se manifiesta o exterioriza éste, tenemos que acudir al art. 1.1 del Código Civil, el
cual es bien claro señalando que “las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la
costumbre y los principios generales del Derecho”. No hay más que un ordenamiento jurídico
(entendido como el conjunto de normas vigentes) y lógicamente ha de regirse todo él por el
mismo sistema de fuentes.
CLASES DE FUENTES
La CE no hace una distinción de las fuentes del derecho, por ello hay que recurrir al
C.C (Código Civil) que dividido en 6 partes establece que:
1.1 Las fuentes del ordenamiento jurídico español son la Ley, la costumbre y los
principios generales del derecho.
1.2 Carecerán de validez las disposiciones que contradigan otra de rango superior.
1.3 La costumbre sólo regirá en defecto de ley aplicable, siempre que no sea
contraria a la moral o al orden público y que resulte probada.
1.4 Los principios generales del Derecho se aplicarán en defecto de Ley o
costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico.
TEMARIO
CNP
ESCALA
BÁSICA
2013/14
Página
3
de
17
4. Tema
1
El
Derecho
1.5
Las normas jurídicas contenidas en los tratados internacionales no serán de
aplicación directa en España en tanto no hayan pasado a formar parte del
ordenamiento jurídico interno mediante su publicación íntegra en el Boletín
Oficial del Estado.
1.6 La jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que,
de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la Ley,
la costumbre y los principios generales del Derecho.
Los Jueces y Tribunales tienen el deber inexcusable de resolver en todo caso los
asuntos de que conozcan, ateniéndose al sistema de fuentes establecido.
Estas son las fuentes directas del Derecho común, pero además, se consideran otras
fuentes llamadas indirectas, como la Jurisprudencia o la Doctrina científica y los tratados
internacionales que no se hallan publicado en el BOE .
Esta tradicional clasificación de las fuentes en Ley, costumbre y principios generales
del Derecho que hace el Código Civil no se corresponde, sin embargo, con la realidad del
ordenamiento; entre otras razones, porque una fuente tan importante como los reglamentos
ni siquiera se cita, aunque se alude ciertamente a ellos cuando se habla de las disposiciones
que contradigan otras de rango superior. Por ello hay que entender que el término ley que
emplea el Código Civil hace referencia no a su concepto formal “normas con rango de ley”
sino al material de norma escrita cualquiera que sea el órgano, legislativo o administrativo,
del que emane.
Si referimos la idea general de “Fuente” al Derecho Administrativo, se entenderán
como fuentes del mismo “Aquellas formas o actos a través de los cuales, el Derecho
Administrativo se manifiesta en su vigencia.”.
De este importantísimo Art. Podemos establecer lo siguiente:
SON FUENTES DIRECTAS:
- La Constitución - Las Leyes y sus clases: Leyes Orgánicas, Leyes Ordinarias - Los Decretos
Leyes y Reales Decretos - Decretos del Gobierno - Ordenes de las Comisiones Delegadas del Gobierno,
Ordenes Ministeriales, Instrucciones y circulares. - La costumbre. - Los Principios Generales del Derecho.
SON FUENTES INDIRECTAS:
- Los Tratados internacionales - La Jurisprudencia Contencioso-Administrativa del Tribunal
Supremo. - La Doctrina científica.
Sin embargo, un sistema de fuentes no es la previsión o regulación desarticulada de
varias de ellas, sino que supone la existencia de unas normas sobre las fuentes mismas, a fin
de ordenarlas o jerarquizarlas asignando a cada una su posición o valor dentro del conjunto.
Esta función cumplen los principios de jerarquía normativa y de competencia o de
distribución de materias.
Según el Principio de jerarquía, consagrado en el Art. 9.3 de la Constitución, una
fuente o norma prevalece sobre otra en función del rango de la autoridad o del órgano de
que emanen. El Código Civil lo formula diciendo que “Carecerán de validez las disposiciones
que contradigan otra de rango superior”.
La ordenación vertical de fuentes, según el principio de jerarquía, supone una estricta
subordinación entre ellas, de forma tal que la norma superior siempre deroga la norma
inferior y la inferior es nula cuando contradice la norma superior.
Por el contrario, el Principio de competencia o de distribución de materias, implica la
atribución a un órgano o ente concreto de la potestad de regular determinadas materias o de
dictar cierto tipo de normas con exclusión de los demás. Este principio de competencia
explica la vigencia de los ordenamientos o subsistemas jurídicos al margen del principio de
jerarquía, propios de las Cámaras legislativas, Colegios profesionales, Comunidades
Autónomas, o Corporaciones locales.
JERARQUÍA DE LAS FUENTES
GARRIDO FALLA hace una distinción de la jerarquía de las fuentes según:
1. Criterio de primacía del orden escrito: Quedando las fuentes no escritas en un
plano subsidiario, por el que no podrán acudir a la costumbre si no es en defecto de
regulación expresa (praeter legem), sin que pueda admitirse una costumbre que esté
en contra de la ley (contra legem). Por ello los reglamentos también tendrán
preeminencia sobre la costumbre. Los Principios Generales del Derecho también
TEMARIO
CNP
ESCALA
BÁSICA
2013/14
Página
4
de
17
5. Tema
1
El
Derecho
tienen una condición subsidiaria y solo serán aplicables en defecto de ley y de
costumbre.
2. Criterio de jerarquía del órgano que las dicta: estando subordinadas las
disposiciones administrativas a las emanadas del poder legislativo. y una vez dentro
de cada una de ellas, se subordinan unas a otras, según la mayor jerarquía del
órgano que las dictó.
La jerarquía de las normas, conforme a ambos principios y al art. 25 de la Ley 50/97 del
Gobierno (LG), así como art.51 de la ley 30/92, queda, por tanto de la siguiente manera:
Constitución
Leyes Orgánicas (incluidos Estatutos Autonomía)
Del Estado Ley (Pleno y
Leyes Ordinarias Comisión)
Ley Marco
Ley de
Armonización
De las CCAA Ley Regional o
Autonómica de
Pleno o de
Comisión
Fuentes Primarias
Del Estado Real Decreto Ley
directas
Normas del Real Decreto
ejecutivo con Leg.
rengo de ley De las CCAA Decreto Leg.
(Regional)
Del Estado Real Decreto del
Presidente del
Gobierno
Real Decreto de
Consejo de
Ministros
Orden ministerial
Reglamentos De las CCAA Decreto del
Presidente de
Gobierno
Decreto del
Consejo de
Gobierno.
Orden de la
Consejería.
De Entes Ordenanza
Locales Reglamento
Bando (Alcalde,
dudosa fuerza
normativa)
Costumbre
Secundarias
Principios Generales del derecho.
Tratados internacionales no publicados en el BOE
Fuentes Jurisprudencia
indirectas Doctrina científica
LA CONSTITUCIÓN COMO NORMA JURÍDICA
No existe un concepto único y de general aceptación sobre lo que debe entenderse por
Constitución, pero se distinguen dos puntos de vista acerca de este concepto.
TEMARIO
CNP
ESCALA
BÁSICA
2013/14
Página
5
de
17
6. Tema
1
El
Derecho
¥ En sentido material, es decir, por su contenido, se entiende por
Constitución la organización fundamental de una Estado, es decir, la estructura
esencial, jurídico-política del Estado, prescindiendo de que este orden
fundamental se encuentre o no recogido en un texto escrito.
¥ En sentido formal, es decir, por su jerarquía formal, la Constitución es una
super-ley, es decir, un texto escrito (una Constitución material puede o no
serlo) promulgado por el poder constituyente (que puede no ser el poder
legislativo ordinario), con carácter de super-ley, es decir, con un rango
superior al de las leyes ordinarias que no pueden oponérsele.
Generalmente las Constituciones tienen las siguientes características:
√ Es una norma dictada por el poder constituyente, que en la actualidad radica
en el pueblo.
√ Es una norma superior a las leyes ordinarias y orgánicas.
√ Su finalidad es limitar el poder
√ Actualmente, salvo algunas excepciones, están escritas y codificadas (reunidas
en un solo texto).
En la Mayoría de Constituciones actuales se pueden distinguir las siguientes partes:
Un preámbulo: En el que generalmente se contienen unos principios
generalísimos y una referencia al poder constituyente, que en las Constituciones
contemporáneas generalmente es el pueblo. En épocas anteriores lo tuvo el monarca, o éste
a la vez con el pueblo.
En la parte dogmática: Se contienen las declaraciones de principios y se
proclaman los derechos individuales. Modernamente, además de los derechos individuales
(que representan un límite de la actuación del Estado) se incluyen los derechos económicos y
sociales, que implican una actuación positiva del Estado preocupado por el bienestar social.
Parte orgánica: Contiene la organización de los poderes públicos, sus
competencias y relaciones. En las Constituciones clásicas, era un dogma el principio de la
división de poderes en legislativo, ejecutivo y judicial que formuló Motesquieu. Hoy este
principio, se aplica más flexible.
Parte dedicada a reforma: Por último puede existir en toda Constitución, el
procedimiento de reforma, que debe utilizarse para modificarla en el futuro, aunque existan
Constituciones que no contienen la fórmula de revisión.
En España la preeminencia de la Constitución se deriva del art. 9.1 que establece: “Los
ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento
jurídico”. De ello se derivan dos consecuencias fundamentales:
1. Las leyes que contradigan la Constitución son declaradas inconstitucionales y
anuladas por el TC.
2. La Constitución reconoce derechos y garantiza su ejercicio directamente, sin
necesidad de otra norma inferior (una ley) que lo desarrolle o precise (art.
53.1), estableciéndose un procedimiento judicial directo, preferente y sumario
para su tutela ante los Tribunales ordinarios y ante el TC (art.53.2)
F. LA LEY . La ley es “una norma jurídica de carácter general y obligatorio, dictada por
los órganos estatales a los que el ordenamiento jurídico atribuye el poder legislativo”.
Definida en un sentido más amplio podríamos decir que Ley es la norma jurídica escrita
y solemne emanada del Estado, que se contrapone a la costumbre.
Definida en un sentido más estricto sólo se consideran leyes un grupo de normas
dictadas por el Estado, las de superior jerarquía por emanar del poder legislativo y
requerir requisitos y solemnidades especiales, contraponiéndose así estas leyes a los
reglamentos o disposiciones estatales de rango inferior.
En este sentido, sólo pueden ser consideradas leyes aquellas que han sido aprobadas por
el Parlamento, es decir, por el poder legislativo, pues, aunque otros poderes pueden
dictar normas de carácter obligatorio, no pueden considerarse leyes, por no proceder
TEMARIO
CNP
ESCALA
BÁSICA
2013/14
Página
6
de
17
7. Tema
1
El
Derecho
exclusivamente de los órganos legislativos, sino de la potestad legislativa que tiene el
poder ejecutivo.
La elaboración de las Leyes
Al ser las CG las legítimas representantes de la voluntad popular, ostenta la potestad
legislativa del Estado, es decir la facultad de hacer leyes de carácter estatal.
Los tipos de leyes elaboradas por las CG y su procedimiento de elaboración son:
Procedimiento de elaboración
1. Iniciativa Legislativa:
a. Iniciativa del Gobierno (proyectos de Ley): Aprobados por el Consejo de
Ministros son remitidos al Congreso con una exposición de motivos y
antecedentes, además tienen prioridad.
b. Iniciativa parlamentaria (proposiciones de ley): Presentadas por el
Congreso o el Senado, de acuerdo a la CE, y a los Reglamentos de las
Cámaras. El senado debe remitirla al Congreso para su tramitación
(seprecisan 15 diputados, 25 senadores o un Grupo Parlamentario).
Acompañada de exposición de motivos y antecedentes.
c. Iniciativa de las AALLCCAA: Pueden ejercerla, bien pidiendo al Gobierno la
elaboración de un determinado Proyecto de Ley (beneficiándose de una
delegación de 3 miembros para su defensa en el trámite de toma de
consideración) o remitir a la Mesa del Congreso una proposición de Ley
d. Iniciativa Popular: Requiere la firma autentificada ante fedatario público
de 500.000 electores, presentándose la Proposición de Ley en el Congreso.
No pudiendo ser objeto de iniciativa popular: materias propias de ley
orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a
prerrogativa de gracia. (Ley orgánica de la Iniciativa Legislativa Popular)
2. Tramitación:
En términos generales, se ajusta a las fases y pautas siguientes:
1º Entrado un Proyecto o Proposición de Ley en el Congreso, la mesa procede a
su admisión a trámite, si cumple los requisitos legales. Si es una Proposición de
Ley precisa toma de consideración por parte del Congreso (excepto si proviene
del Senado).
2º. Una vez superado el trámite anterior pasa a la Comisión, la cual nombra una
ponencia, que tras discutir elabora el Informe de la Ponencia, sobre el que la
Comisión debatirá y votará, elaborando el llamado Dictamen de la comisión.,
que incluye el texto del Proyecto o Proposición con las enmiendas adoptadas. De
aquí pasa al Pleno, que una vez discutido aprueba el texto. Puede también
aprobarse en la comisión por delegación del Pleno.
3º Aprobado por el Pleno o la Comisión, según el caso, se remite al Senado, en
el que se sigue un procedimiento similar al Congreso, aunque más rápido,
dispone de 2 meses para vetar o enmendar el proyecto y de 20 días naturales si
ha sido declarado urgente (solo los proyectos) por el Gobierno o por el Congreso
de los Diputados. El Senado puede, por tanto:
Enmendar el proyecto: Será reenviado al Congreso para que éste las acepte o las
rechace por MS. En caso de Ley Orgánica, si se obtiene MA se aceptan las
enmiendas, en caso contrario se deniegan, en votación a la totalidad.
Vetar el proyecto: Aprobado por MA. Reenviado al Congreso, superándose el veto
por MA en 1ª votación, o por MS una vez transcurridos 2 meses desde su reenvío.
(L.O. sólo superable por mayoría absoluta)
SANCIÓN PROMULGACIÓN Y ENTRADA EN VIGOR
Después del proceso de elaboración y aprobación de las leyes en el Parlamento, se producen
los siguientes trámites:
1.- La Sanción, es el acto solemne en virtud del cual el jefe del Estado confirma y
aprueba la Ley con su firma. (Art. 91 CE): El Rey sancionará las leyes de CG en el plazo de
15 días.
2.- La Promulgación, es el acto solemne en virtud del cual el Jefe del Estado da a
conocer a sus súbditos la existencia de la nueva Ley y manda a los particulares que la
cumplan y a las autoridades que la cumplan y que la hagan cumplir.
TEMARIO
CNP
ESCALA
BÁSICA
2013/14
Página
7
de
17
8. Tema
1
El
Derecho
3.- La Publicación, es la divulgación de la Ley mediante su publicación en el B.O.E.
Las leyes entran en vigor a los 20 días de su publicación en el B.O.E., si en ellas no se
dispone otra cosa.
Las leyes pierden su vigencia tras ser derogadas por otras posteriores de igual o superior
rango.
La derogación puede ser:
o Derogación expresa: Cuando el legislador manifiesta
expresamente su voluntad.
o Derogación tácita: Cuando el legislador no manifiesta
expresamente su voluntad, pero el contenido de la nueva Ley
sustituye o contradice el contenido de la norma a derogar.
3. EL PRINCIPIO DE JERARQUÍA NORMATIVA
Las normas inferiores deben respetar lo dispuesto en las de mayor rango. Esta
jerarquía es necesaria dada la pluralidad de normas jurídicas, como principio, viene
establecida en el Constitución en su artículo 9.3 y enlaza con el principio de la división de
poderes LEGISLATIVO, EJECUTIVO Y JUDICIAL y con el de legalidad (actuación bajo
cobertura legal o el imperio de la Ley). La jerarquía normativa supone que los órganos
que tienen encomendada la competencia de la elaboración de las normas no podrán
elaborarlas infringiendo otras de grado superior o que no se correspondan con ellas.
Pero, dada la atribución de potestades normativas a las comunidades autónomas y a los
entes locales, la Constitución ha creado un principio nuevo de relación entre normas,
llamado el Principio de competencia.
Por tanto, se diferencian dos ámbitos: el estatal y el autonómico. Comprendiendo que las
normas estatales son de aplicación en la comunidad autónoma cuando no invadan el
ámbito de ésta. De igual forma, las normas de la comunidad autónoma son exclusivas,
en su ámbito competencial.
ÁMBITO ESTATAL
1º.- La Constitución.
2º.- Las Leyes. Existen diferentes tipos de leyes, con el mismo rango, pero con
diferente efecto funcional:
2.1. Leyes Orgánicas (Artículo 81). Son las relativas al desarrollo de los derechos
fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueban los Estatutos de Autonomía y el
régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución.
Su aprobación, modificación o derogación exigirá la mayoría absoluta del Congreso.
2.2 Leyes Ordinarias (Artículo 90). Son las leyes aprobadas con tal carácter por las
Cortes Generales. Su aprobación se lleva a cabo por la mayoría simple de ambas Cámaras.
Lo normal es que las leyes se aprueben por el pleno de las Cámaras, pero en ocasiones, se
pueden aprobar por las Comisiones legislativas permanentes, siempre que exista una previa
delegación de las Cámaras, en la forma establecida en el artículo 75 de la Constitución.
2.3 Leyes marco (Artículo 150.1). Son aquellas que determinan con precisión los
principios, directrices y límites dentro de los cuales deben producirse posteriormente otras
disposiciones. El artículo 150.1 de la Constitución establece que las Cortes Generales en
materia de competencia estatal podrán atribuir a todas o a alguna de las C.C.A.A. la facultad
de dictar, para sí mismas, normas legislativas en el marco de los principios, bases y
directrices fijadas por una ley estatal.
2.4 Leyes de armonización (Artículo 150.3). A ellas se refiere el artículo 150.3 el
cual dice que: “El Estado podrá dictar leyes que establezcan los principios necesarios para
armonizar las disposiciones normativas de las Comunidades Autónomas, aún en el caso de
materias atribuidas a la competencia de éstas, cuando así lo exija el interés general.
2.5 Leyes de bases (Artículo 82).Delegan en el Gobierno la facultad de legislar,
estableciendo materia, plazos y criterios.
2.6 Normas del Gobierno con fuerza o rango de Ley. Se trata de dos casos
excepcionales en los cuales el Gobierno puede invadir la esfera de lo normativo
del poder legislativo, ambos casos son:
TEMARIO
CNP
ESCALA
BÁSICA
2013/14
Página
8
de
17
9. Tema
1
El
Derecho
A. REALES DECRETOS LEGISLATIVOS. Son disposiciones que dicta el
Gobierno por expresa delegación del poder legislativo (art. 82CE), este por
iniciativa propia, decide que el Gobierno intervenga en materias que
normalmente no le competen (legislación delegada del Gobierno). Estos
pueden ser estatales (elaborados por el Gobierno de la Nación), o
autonómicos (elaborados por el Gobierno regional). La regulación de la
elaboración de los Decretos legislativos autonómicos coincide con la
expresada el art. 82 para los estatales.
Clases:
Texto Articulado (Nuevo texto): El Gobierno desarrolla un texto
nuevo, a partir de las directrices emitidas por el Parlamento, normalmente
en casos de materias muy técnicas. Se delega mediante Ley de Bases. La
Ley de Bases, no es de aplicación social, y sólo obliga al ejecutivo que
tiene que regirse por esas bases (de ahí el nombre, se divide en bases no
en artículos) en la elaboración del nuevo texto articulado que tendrá rango
de ley.
Texto Refundido: Comprende la reducción de diversos textos
legales a un único texto, a fin de facilitar el conocimiento de la legislación
por parte de los ciudadanos.
Puede circunscribirse a la mera formulación de un texto único, o bien
puede incluir la regulación, aclaración y armonización de los textos legales
que van a ser refundidos. Se delega mediante Ley Ordinaria.
B. REALES DECRETOS LEYES. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el
Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomaran la
forma de Decretos-Leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las
instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los
ciudadanos regulados en el Título Primero, al régimen de las Comunidades
Autónomas, ni al derecho electoral general.
Los Decretos-Leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y
votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no
estuviere reunido, en el plazo de los 30 días siguientes a su promulgación. El
Congreso habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su
convalidación o derogación, para lo cual el Reglamento establecerá un
procedimiento especial y sumario.
Durante el plazo establecido en el apartado anterior las Cortes podrán
tramitarlos como proyectos de Ley por el procedimiento de urgencia.
Ni el RDLeg, ni el RDL pueden referirse a materias sujetas a reserva de L.
Orgánica. Los Gobiernos autonómicos pueden dictar Decretos Legislativos, pero no
Decretos Ley.
C. REGLAMENTOS. Son normas dictadas por el Poder Ejecutivo en virtud de la
potestad reglamentaria que le atribuye la Constitución. Están ordenados
jerárquicamente.
Dependiendo del órgano que las dicte pueden ser:
---Reales Decretos del Consejo de Ministros.
---Órdenes de las Comisiones Delgadas del Gobierno.
---Órdenes Ministeriales.
ÁMBITO AUTONÓMICO
1º.- Estatutos de Autonomía que son Leyes Orgánicas (Artículo 81.1).
2º.- Normas de las Comunidades Autónomas. Son las leyes que aprueban
las Comunidades Autónomas dentro de los límites fijados por los Estatutos de
Autonomía y las leyes marco.
Tienen competencia para la elaboración de las normas el poder legislativo (las
Leyes) y el ejecutivo(los Reglamentos).El ejecutivo cuando dicta Leyes, necesita la
autorización o convalidación del poder legislativo.
TEMARIO
CNP
ESCALA
BÁSICA
2013/14
Página
9
de
17
10. Tema
1
El
Derecho
El orden jerárquico de las normas, en síntesis, se establece de la siguiente forma:
Primero la Constitución, después las Leyes y por último las Disposiciones
Reglamentarias.
1º.- La Constitución, es la cúspide de la pirámide normativa, como norma
fundamental, suprema y a la vez básica, de todo el ordenamiento jurídico.
2º.- Las Leyes, son normas que expresan la voluntad superior de la
comunidad, emanan del Parlamento y son iguales en sí mismas, si bien varían sus
formas de producción, distinguiéndose todos los tipos nombrados anteriormente. Las
C.C.A.A. por medio de sus órganos legislativos, también elaboran Leyes, que se
aplican dentro del ámbito de dicha Comunidad Autónoma.
3º.- Los Reglamentos, son normas independientes, de necesidad, dictadas
por la Administración y sometidas jerárquicamente a la Constitución y a las Leyes,
además de estar relacionadas jerárquicamente entre sí.
La Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, señala, que: “La
Administración no podrá regular, salvo disposición de una Ley, aquellas materias que
sean de la exclusiva competencia de las Cortes” y asimismo que “Ninguna disposición
administrativa podrá vulnerar los preceptos de otra de grado superior”
Por último, y como resumen se puede decir que la jerarquía normativa impide
que ningún precepto legal pueda ser modificado por otro de inferior rango. Para
modificar una Ley es necesaria una Ley posterior. Para modificar un Decreto, un
Decreto ulterior. Una Ley no puede cambiarse por un Decreto, y un Decreto es
inmodificable por una Orden Ministerial.
4. LA PERSONA EN SENTIDO JURÍDICO: CONCEPTO Y CLASES, SU NACIMIENTO
Y EXTINCIÓN
Aunque genéricamente persona es sinónimo de hombre, bajo el punto de vista
jurídico, se da el nombre de persona a todo ser capaz de derechos y obligaciones, es
decir, un sujeto activo o pasivo de relaciones jurídicas.
Aun siendo conceptos inseparables y consecuencia el uno del otro, no debemos
confundir los términos persona y personalidad. El concepto persona ya se ha definido
anteriormente. Por personalidad hemos de entender la capacidad para ser sujeto activo
o pasivo de relaciones jurídicas. Se tiene personalidad en tanto se es persona.
CLASES DE PERSONAS
Personas físicas o individuales, son las definidas
anteriormente. El Código Civil en su artículo 29 dice que: “El
nacimiento determina la personalidad; pero el
concebido se tiene por nacido para todos los efectos
que le sean favorables”. Este precepto será válido siempre
que nazca con las condiciones que expresa el artículo 30, el
cual establece que: “La personalidad se adquiere en el
momento del nacimiento con vida, una vez producido
el entero desprendimiento del seno materno.”
Hay teorías que tratan de explicar el principio de la existencia de la persona:
Teoría del nacimiento. Según ella, se es persona desde el momento del
nacimiento. En el embarazo el feto no tiene vida independiente de la madre.
Teoría de la concepción. Según esta teoría el concebido (el feto), tiene vida
independiente y por lo tanto, aun antes de nacer, ha de ser considerado como sujeto de
derechos.
Existe una teoría intermedia, también llamada ecléctica, que establece el principio
de la personalidad en el nacimiento si bien reconoce derechos al feto, desde el momento
de la concepción. Es la teoría que recoge el Código Civil español.
Teoría de la viabilidad. Esta teoría exige nacer con vida y además con capacidad
para seguir vivienda fuera el vientre materno.
TEMARIO
CNP
ESCALA
BÁSICA
2013/14
Página
10
de
17
11. Tema
1
El
Derecho
Persona jurídica, es toda organización humana encaminada a
la consecución de un fin, a la que el Derecho acepta como miembro
de la Comunidad, otorgándole capacidad jurídica. Es por tanto, una
entidad que, sin tener existencia individualizada es, no obstante capaz
de derechos y obligaciones, como las corporaciones, sociedades,
asociaciones, etc.
5.CAPACIDAD JURÍDICA Y CAPACIDAD DE OBRAR
• Capacidad jurídica. También llamada capacidad de goce. Es la aptitud
para ser titular de relaciones jurídicas, para la tenencia y disfrute de los
derechos. Es sinónimo de personalidad y corresponde por igual a todas las
personas.
Características de la capacidad jurídica:
1. Es una cualidad esencial de la persona: no es persona quien carece de capacidad
jurídica.
2. Es la aptitud jurídica para la apropiación. (Poder adquirir, tener, estar obligado y
responder, de modo que afecte a la propia esfera jurídica).
3. Tiene una eficacia unificadora por cuanto centraliza las relaciones jurídicas cuyo
titular sea la persona.
• Capacidad de obrar. También llamada capacidad de ejercicio. Es la
aptitud para realizar eficazmente actos jurídicos. Esta capacidad no es
igual a todos los hombres, puesto que está condicionada por otras
facultades como la inteligencia o la voluntad y estas facultades no las
tienen igual todas las personas, dependerá de ello su plena capacidad o la
restricción de la misma.
Podemos distinguir en la capacidad de obrar:
-La capacidad de obrar general, o aptitud de una persona para
realizar actos con eficacia jurídica.
-La capacidad de obrar especial, aptitud requerida para realizar
con eficacia jurídica un acto determinado.
-La capacidad plena o limitada, según que esté afectada o no por
circunstancias que la modifiquen o la restrinjan.
Ferrara distingue por su objeto la capacidad de obrar en: negocial –para realizar
actos de administración o disposición- procesal –para obrar en juicio- y penal – para
incurrir en responsabilidad.
Según el Código Civil son causas restrictivas de la capacidad de obrar o de
ejercicio: la minoría de edad, la demencia, la sordomudez y la prodigalidad, entre otras
causas.
LA MAYORÍA DE EDAD
Se entiende por edad de una persona el tiempo que lleva en la vida desde
su nacimiento.
Solamente cuando la persona ha cumplido una determinada edad puede ejercer
determinados derechos y asimismo puede ser responsable de los actos que realice.
Normalmente la mayoría de edad marca el paso de la incapacidad a la capacidad de
obrar. La Ley también establece edades especiales para tener determinados
derechos.
El artículo 12 de la Constitución establece que los españoles son mayores de
edad a los 18 años.
TEMARIO
CNP
ESCALA
BÁSICA
2013/14
Página
11
de
17
12. Tema
1
El
Derecho
El Código Civil dice que la mayoría de edad empieza a los 18 años. Antes de cumplir
18 años, se es menor de edad.
Al alcanzar la mayoría de edad, el sujeto se emancipa, salida de la patria potestad o
de la tutela, pasando de la minoría de edad a la mayoría de edad, y la persona tiene
capacidad de obrar plena.
Sobre la capacidad del menor hay que tener en cuenta que no es siempre igual, sino
que varía, en función de si está o no emancipado. Si el menor no está emancipado,
se encuentra bajo la patria potestad o tutela. Hay que tener en cuenta que existe
una esfera de capacidad como es, por ejemplo, la edad de 14 años para poder testar
y testificar. También la de 14 años para contraer matrimonio ya la de 16 para poder
emanciparse.
Según el artículo 315 del Código Civil: “La mayoría de edad empieza a los 18 años
cumplidos. Para el cómputo de los años de mayoría de edad se incluirá completo el
día de nacimiento”.
La emancipación es el acto que pone fin a la patria potestad o tutela, es aquella
situación jurídica por la cual, el menor de edad, puede hallarse capacitado para regir
su persona y sus bienes similares a la mayoría de edad, pero con algunas
limitaciones. Es una mayoría de edad con algunas limitaciones.
La emancipación tiene lugar:
-La mayoría de edad.
-Por el matrimonio del menor.
-Por concesión de los que ejercen la patria potestad.
-Por concesión judicial (a solicitud del menor a partir de los 16).
-Por vida independiente.
Excepto en el supuesto del matrimonio que podrá contraerse a partir de los 14 años,
las restantes formas de emancipación el menor deberá tener 16 años cumplidos y
que el menor consienta la emancipación.
La concesión de la emancipación habrá de inscribirse en el registro civil, no
produciendo efectos contra terceros. Concebida la emancipación no podrá ser
revocada.
6.ADQUISICIÓN, CONSERVACIÓN Y PÉRDIDA DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA.
La nacionalidad es el vínculo que une a un individuo con un Estado determinado.
El artículo 11 de nuestra Constitución dice:
1.- La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo
con la Ley.
2.- Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.
3.- El estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países
iberoamericanos o con aquellos que haya tenido o tengan una particular
vinculación con España.
ADQUISICION DE LA NACIONALIDAD
A) Adquisición originaria
A.1.- Por filiación (ius sanguinis) Son españoles de origen, los nacidos
de padre o madre españoles.
A.2.-Por lugar de nacimiento (ius soli). Son españoles:
-Los nacidos en España de padres extranjeros, si alguno de
ellos hubiere nacido también en España.
-Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos
carecieran de nacionalidad o si la legislación de ninguno
de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.
-Los nacidos en España, cuya filiación no resulte determinada.
A estos efectos, se presumen nacidos en territorio
TEMARIO
CNP
ESCALA
BÁSICA
2013/14
Página
12
de
17
13. Tema
1
El
Derecho
español los menores de edad cuyo primer lugar conocido
de estancia sea el territorio español.
B) Adquisición derivativa. Es la nacionalidad que se adquiere cuando voluntariamente se
modifica la nacionalidad que anteriormente se tenía.
B.1. POR ADOPCIÓN. (Artículo 19 del Código Civil). El extranjero menor de 18 años,
adoptado por un español, adquiere, desde el momento de la adopción, la nacionalidad
española de origen.
B.2. POR OPCIÓN. (Artículo 20 del Código Civil). Podrán optar por la nacionalidad
española:
a) El extranjero mayor de 18 años adoptado por un español.
b) Las personas que estén o hayan estado sometidos a la patria potestad de un
español.
c) Aquellos cuya filiación o nacimiento en España se determine después de los 18
años de edad.
d) Aquellos cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido
en España.
La declaración de opción se formulará:
1.- Por el representante legal del optante, menor de catorce años o incapacitado.
2.- Por el propio interesado, por sí sólo si es mayor de edad o está emancipado.
3.-Por el propio interesado, asistido por su representante legal, cuando aquél sea
mayor de catorce años o cuando, aún estando incapacitado, así lo permita la
sentencia de incapacitación.
B.3. POR CARTA DE NATURALEZA. (Artículo 21 del Código Civil). La nacionalidad
española se adquiere por carta de naturaleza otorgada discrecionalmente mediante Real
Decreto, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales.
La nacionalidad por carta de naturaleza la podrá solicitar:
-El interesado emancipado o mayor de edad.
-El menor de catorce años asistido por su representante legal.
-El representante legal del menor de catorce años.
-El representante legal del incapacitado o el incapacitado, por sí solo o
debidamente asistido, según resulte de la sentencia de incapacitación.
En estos dos últimos casos, el representante legal sólo podrá formular la solicitud si
previamente ha obtenido autorización del encargado del Registro Civil del domicilio del
declarante, previo dictamen del Ministerio Fiscal.
B.4. POR RESIDENCIA. (Artículo 21.2 del Código Civil). La concesión por residencia
la otorga el Ministerio de Justicia, que podrá denegarla por motivos razonados de orden
público o interés nacional.
La nacionalidad española se adquirirá por residencia en España:
1.- Por tiempo de 10 años.
2.- Cinco años para los que hayan obtenido refugio.
3.- Dos años, cuando se trate de nacionales de origen de los países iberoamericanos,
Andorra Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, o sefardíes.
4.- Un año para:
---El que haya nacido en territorio español.
---El que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar.
---El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento
de un ciudadano o institución española durante dos años consecutivos,
incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
---El viudo o viuda de española o español, si a la muerte del cónyuge no
existiera separación legal o de hecho.
---El que al tiempo de la solicitud, llevare un año casado con español o
española y no estuviere separado legalmente o de hecho.
---El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que
originariamente hubieran sido españoles.
En todos los casos se exige que la residencia sea legal, continuada e inmediatamente
anterior a la petición.
TEMARIO
CNP
ESCALA
BÁSICA
2013/14
Página
13
de
17
14. Tema
1
El
Derecho
B.5. POR LA POSESIÓN DE ESTADO. Más que un modo de adquirir la nacionalidad
es una causa de conservación o consolidación de la nacionalidad española. Establece el
Código Civil que “la posesión y utilización continuada de la nacionalidad española durante
diez años, con buena fe y basada en un título inscrito en el Registro Civil, es causa de
consolidación de la nacionalidad, aunque se anule el título que la originó”.
PÉRDIDA DE LA NACIONALIDAD
1. PÉRDIDA VOLUNTARIA. Siempre que España no se encuentre en guerra y que el
interesado se encuentre emancipado y resida habitualmente en el extranjero.
a) Los españoles que teniendo otra nacionalidad renuncien expresamente a la nuestra.
b) Los españoles que adquieran voluntariamente otra nacionalidad o utilicen
exclusivamente la nacionalidad extranjera que tuvieran atribuida antes de la
emancipación.
La pérdida se producirá transcurridos tres años desde la adquisición de la nacionalidad
extranjera o desde la emancipación. Puede evitar esta pérdida si dentro de ese
plazo declara su voluntad de conservar la nacionalidad española en el Registro
Civil.
c) Los que habiendo nacido y residiendo en el extranjero ostenten la nacionalidad
española por ser hijos de padre o madre españoles, también nacidos en el
extranjero, cuando las leyes del país donde residan les atribuyan la nacionalidad
del mismo, si no declaran su voluntad de conservarla en el Registro Civil en el
plazo de tres años desde su mayoría de edad o emancipación.
2. PÉRDIDA COMO SANCIÓN.
Los españoles que NO lo sean de origen perderán la nacionalidad:
a) Cuando durante un período de tres años utilicen exclusivamente la
nacionalidad a la que hubieren declarado renunciar al adquirir la
nacionalidad española.
b) Cuando entren voluntariamente al servicio de las armas o ejerzan cargo
político en un Estado extranjero contra la prohibición expresa del Gobierno
español.
Cuando por sentencia firme se declare que el interesado ha obtenido la
nacionalidad mediante falsedad, ocultación o fraude se producirá la nulidad de tal
adquisición.
RECUPERACIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA
El español que haya perdido está condición podrá recuperarla cumpliendo los
siguientes requisitos:
1.- Ser residente en España. Cuando se trate de emigrantes o hijos de emigrantes,
este requisito podrá ser dispensado por el gobierno. En los demás casos la
dispensa solo será posible si concurren circunstancias especiales.
2.-Declarar ante el encargado del registro civil su voluntad de recuperar la
nacionalidad española y su renuncia, salvo que se trate de naturales de los
países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o
sefardíes, a la nacionalidad anterior.
3.- Inscribir la recuperación en el Registro Civil.
No podrán recuperar la nacionalidad española, sin previa habilitación concedida
discrecionalmente por el gobierno:
1.- Los que se encuentren incursos en cualquiera de los supuestos
previstos en el artículo anterior.
2.-Los que hayan perdido la nacionalidad sin haber cumplido el
servicio militar o la prestación social sustitutoria. No
obstante, la habilitación no será precisa cuando la declaración
de recuperación se formule por un varón mayor de 40 años.
7. EL DOMICILIO
El Derecho atribuye determinados efectos al lugar donde vive una persona, ya sea de forma
permanente u ocasiones. Desde esta perspectiva haya que distinguir entre residencia,
vecindad y domicilio.
TEMARIO
CNP
ESCALA
BÁSICA
2013/14
Página
14
de
17
15. Tema
1
El
Derecho
La Constitución española en su artículo 19 otorga a los españoles el derecho a elegir
libremente su residencia y a circular libremente por el territorio nacional.
El domicilio es la sede jurídica de una persona, donde ejercita los derechos y cumple
las obligaciones por tener su residencia habitual. En sentido jurídico la integran dos
elementos: “la residencia efectiva” y “la habitualidad” de esa residencia.
CLASES DE DOMICILIO:
1. Domicilio real o voluntario. El Código Civil determina que para el ejercicio de los
derechos y cumplimiento de las obligaciones civiles, el domicilio de las personas naturales es
el lugar de su residencia habitual.
2. Domicilio legal o necesario. El que impone la ley y se deriva de la subordinación
a la persona con la que se vive o de la que se depende. Son casos de domicilio legal según la
Ley de Enjuiciamiento Civil:
a) Matrimonial.
b) Hijos.
c) Menores o incapaces.
d) Comerciantes.
e) Empleados.
f) Militares.
También es el caso de domicilio legal o necesario el de los Diplomáticos españoles
residentes en el extranjero, el domicilio de éstos sería el último que hayan tenido en el
territorio español.
3. Domicilio electivo. Es el que se recoge para la ejecución de un acto, llevar a cabo
una operación y en su caso de litigio se someten a los Tribunales de un determinado lugar. A
efectos procesales el domicilio no es exclusivamente el real o efectivo, sino el que las partes
hayan fijado en el contrato. Las personas pueden fijar al realizar un contrato, un
determinado domicilio, a efectos de notificaciones.
4. Domicilio de las personas jurídicas: Cuando ni la ley que las haya creado o
reconocido, ni los estatutos o las reglas de fundación fijaren el domicilio de las personas
jurídicas, se entenderá que lo tienen en el lugar en que se halle establecida su
representación legal, o donde ejerzan las principales funciones de su instituto.
8. LA VECINDAD CIVIL
La vecindad civil se regula en el Título Preliminar, Capítulo V del Código Civil, y
concretamente en los artículos 13 y siguientes.
El Derecho español distingue entre vecindad administrativa y vecindad civil.
La vecindad civil es el vínculo de dependencia regional que lleva como consecuencia
la sumisión a cualquiera de las legislaciones civiles vigentes en España, para las cuestiones
referentes a la capacidad, estado civil, derechos y deberes de familiar y sucesorios por causa
de muerte. Según la vecindad que posea, se aplicará el Derecho civil común o el Derecho
civil especial o foral existente en diversas Comunidades Autónomas de nuestro país.
ART. 14 CC: La sujeción al derecho civil común o al especial o foral se determina por la
vecindad civil.
Tienen vecindad civil en territorio de derecho común, o en uno de los de derecho especial o
foral, los nacidos de padres que tengan tal vecindad.
Por la adopción, el adoptado no emancipado adquiere la vecindad civil de los adoptantes.
Si al nacer el hijo, o al ser adoptado, los padres tuvieren distinta vecindad civil, el hijo
tendrá la que corresponda a aquél de los dos respecto del cual la filiación haya sido
determinada antes; en su defecto, tendrá la del lugar del nacimiento y, en último término, la
vecindad de derecho común.
TEMARIO
CNP
ESCALA
BÁSICA
2013/14
Página
15
de
17
16. Tema
1
El
Derecho
Sin embargo, los padres, o el que de ellos ejerza o le haya sido atribuida la patria potestad,
podrán atribuir al hijo la vecindad civil de cualquiera de ellos en tanto no transcurran los seis
meses siguientes al nacimiento o a la adopción.
La privación o suspensión en el ejercicio de la patria potestad, o el cambio de vecindad de
los padres, no afectarán a la vecindad civil de los hijos.
En todo caso el hijo desde que cumpla 14 años y hasta que transcurra un año después de
su emancipación podrá optar bien por la vecindad civil del lugar de su nacimiento, bien por la
última vecindad de cualquiera de sus padres. Si no estuviera emancipado, habrá de ser
asistido en la opción por el representante legal.
El matrimonio no altera la vecindad civil. No obstante, cualquiera de los cónyuges no
separados, ya sea legalmente o de hecho, podrá, en todo momento, optar por la vecindad
civil del otro.
La vecindada administrativa determina la condición de ciudadano de un municipio,
con los derechos políticos que le correspondan.
Adquisición:
1) Por filiación. Tienen vecindad civil en territorio de derecho común o en uno
de los de derecho especial o foral, los nacidos de padres que tengan tal
vecindad.
2) Por nacimiento. En caso de duda prevalecerá la vecindad civil que
corresponda al lugar de nacimiento. Por la adopción, el adoptado no
emancipado adquiere la vecindad civil de los adoptantes.
3) Por matrimonio. Los cónyuges pueden seguir con su vecindad anterior u
optar por la del otro cónyuge.
4) Por residencia.
Continuada durante dos años, siempre que manifieste esa voluntad.
Continuada durante diez años, sin declaración en contrario, durante
ese plazo.
5) Por adquisición de la nacionalidad española. Al inscribir la adquisición
de la nacionalidad, el extranjero deberá optar por cualquiera de las
siguientes vecindades:
La correspondiente el lugar de residencia.
La del lugar de nacimiento.
La última vecindad de cualquiera de sus progenitores o adoptantes.
La de su cónyuge.
6) Por recuperación de la nacionalidad española. La recuperación de la
nacionalidad española lleva consigo la de aquella vecindad civil que ostentara
el interesado en el momento de su pérdida.
1. El extranjero que adquiera la nacionalidad española deberá optar, al inscribir la
adquisición de la nacionalidad, por cualquiera de las vecindades siguientes:
La correspondiente al lugar de residencia. La última vecindad de cualquiera de sus
La del lugar del nacimiento. progenitores o adoptantes.
La del cónyuge.
Esta declaración de opción se formulará, atendiendo a la capacidad del interesado para
adquirir la nacionalidad, por el propio optante, por sí o asistido de su representante legal, o
por este último. Cuando la adquisición de la nacionalidad se haga por declaración o a petición
del representante legal, la autorización necesaria deberá determinar la vecindad civil por la
que se ha de optar.
2. El extranjero que adquiera la nacionalidad por carta de naturaleza tendrá la vecindad civil
que el Real Decreto de concesión determine, teniendo en cuenta la opción de aquél.
TEMARIO
CNP
ESCALA
BÁSICA
2013/14
Página
16
de
17
17. Tema
1
El
Derecho
3. La recuperación de la nacionalidad española lleva consigo la de aquella vecindad civil que
ostentara el interesado al tiempo de su pérdida.
4. La dependencia personal respecto a una comarca o localidad con especialidad civil propia
o distinta, dentro de la legislación especial o foral del territorio correspondiente, se regirá por
las disposiciones de este artículo y las del anterior.
TEMARIO
CNP
ESCALA
BÁSICA
2013/14
Página
17
de
17