2. Relación de trabajo
Las relaciones entre choferes, conductores, operadores, cobradores y
demás TRABAJADORES que prestan servicios a bordo de
autotransportes de servicio público, de pasajeros, de carga o mixtos,
foráneos o urbanos, tales como autobuses, camiones, camionetas o
automóviles, y los propietarios o permisionarios de los vehículos.
M. en C. Jose Angel Cu Tinoco
3. Salarios
Circuito o km
recorridos
Boletos
Vendidos
Viaje
Día
-Cantidad fija
-Prima sobre los
ingresos
-Nunca menor al
salario mínimo
Derecho a un aumento proporcional en caso de
prolongación o retardo del término normal del viaje por
causa que no les sea imputable.
Derecho a que se les pague el salario en los casos de
interrupción del servicio, por causas que no les sean
imputables.
M. en C. Jose Angel Cu Tinoco
4. Salarios en días de descanso
Artículo 258.- Para determinar el salario de
los días de descanso se aumentará el que
perciban por el trabajo realizado en la
semana, con un dieciséis sesenta y seis por
ciento.
artículo 89: Cuando la
retribución sea variable, se
tomará como salario diario el
promedio de las percepciones
obtenidas en los treinta días
efectivamente trabajados. Si en
ese lapso hubiese habido
aumento en el salario, se
tomará como base el promedio
de las percepciones obtenidas
por el trabajador a partir de la
fecha del aumento.
M. en C. Jose Angel Cu Tinoco
5. Prohibiciones especiales a los
trabajadores
1. El uso de bebidas alcohólicas.
2. Usar narcóticos o drogas dentro o
fuera de sus horas de trabajo sin
prescripción medica.
3. Recibir carga o pasaje fuera de
los lugares señalados por la
empresa para esos fines.
M. en C. Jose Angel Cu Tinoco
6. Obligaciones especiales de los
trabajadores
1. Tratar al pasaje con cortesía y esmero y a
la carga con precaución.
2. Someter a los exámenes médicos
periódicos que prevengan las leyes y
demás normas de trabajo.
3. Cuidar el buen funcionamiento de los
vehículos e informar al patrón de
cualquier desperfecto.
4. Hacer durante el viaje las reparaciones de
emergencia necesarias. Observar los
reglamentos de transito.
5. Observar los reglamentos de transito y las
y las indicaciones técnicas.
M. en C. Jose Angel Cu Tinoco
7. Obligaciones especiales de los patrones
1. En los transportes foráneos pagar los gastos de
hospedaje y alimentación de los trabajadores,
cuando se prolongue o retarde el viaje por causa
que no sea imputable a éstos.
2. Hacer las reparaciones para garantizar el buen
funcionamiento del vehículo y la seguridad de los
trabajadores, usuarios y público en general.
3. Dotar a los vehículos de la herramienta y
refacciones indispensables para las reparaciones
de emergencia.
4. Observar las disposiciones de los Reglamentos de
Tránsito sobre condiciones de funcionamiento y
seguridad de los vehículos.
M. en C. Jose Angel Cu Tinoco
8. Causas especiales de recisión.
1. La negativa a efectuar el viaje contratado
o su interrupción sin causa justificada.
Será considerada en todo caso causa
justificada la circunstancia de que el
vehículo no reúna las condiciones de
seguridad indispensables para garantizar la
vida de los trabajadores, usuarios y del
público en general; y
2. La disminución importante y reiterada del
volumen de ingresos, salvo que concurran
circunstancias justificadas.
M. en C. Jose Angel Cu Tinoco
9. NOTICIA
Eruviel da la bienvenida a Uber en el Estado de México
M. en C. Jose Angel Cu Tinoco