Tradición, (compra y venta) en épocas del imperio romano, reglamento y sistemas que aplicamos hasta nuestros días, con ciertas variaciones, en muebles e inmuebles.
Modos de adquirir el derecho de propiedadysmarycaruci
Este documento resume los principales modos de adquirir el derecho de propiedad, incluyendo títulos particulares y universales, modos involuntarios y voluntarios, originarios y derivados, prescripción, ocupación, muerte y entre vivos. Define cada modo y sus requisitos legales, y proporciona ejemplos ilustrativos de cada uno.
Este documento clasifica y explica los diferentes modos de adquirir la propiedad según la doctrina y la ley. Según la doctrina, los modos son originarios, derivativos, por actos entre vivos o por causa de muerte. Según la ley, son por ocupación, ley, sucesión, efecto de contratos o prescripción. Cada modo describe cómo una persona puede llegar a ser propietaria de un bien de forma legal.
Este documento resume los elementos y características de la posesión según la ley venezolana. Explica que la posesión debe ser continua, no interrumpida, pacífica, pública y no equívoca. También distingue entre posesión legítima y posesión viciosa, y entre posesión de buena fe y mala fe. Finalmente, identifica algunos vicios específicos de la posesión como la violencia, la discontinuidad y la clandestinidad.
Este documento clasifica y define diferentes tipos de posesión. Explica que la posesión puede ser mediata o inmediata, dependiendo de si se ejerce directamente o a través de un tercero. También puede ser de buena o mala fe, natural o civil, continua o discontinua, clandestina o violenta, con título o sin él. Además, distingue entre posesión regular e irregular dependiendo de si cumple con los requisitos de proceder de un justo título y haberse adquirido de buena fe.
El documento define la posesión como la tenencia de una cosa con ánimo de señor o dueño. Explica que la posesión implica una relación del hombre con las cosas basada en el poder o dominación sobre ellas. Además, detalla que la posesión tiene elementos objetivos como la tenencia física de un bien y elementos subjetivos como el ánimo de dueño. Finalmente, clasifica la posesión en regular e irregular dependiendo de si cumple o no con los requisitos de justo título, buena fe y tradición.
Este documento describe la posesión según el Código Civil. Define la posesión como la tenencia de una cosa con ánimo de señor o dueño. Explica que la posesión regular requiere un justo título y buena fe, mientras que la irregular carece de uno o más requisitos. También cubre las diferentes clases de posesión como la viciosa, pro-indiviso e incorporal, así como los elementos y formas de adquirir y perder la posesión.
La posesión se define como el ejercicio voluntario y más o menos estable de un poder de hecho sobre una cosa o del contenido de un derecho, protegido por la ley. Para ser legítima, la posesión debe ser continua, pacífica, pública, no equivoca y con la intención de tener la cosa como propia. La posesión de buena fe se da cuando se posee con un justo título, aunque sea vicioso, siempre que el poseedor ignore dicho vicio.
Este documento resume los principales modos de adquirir la propiedad según la ley. Explica que la propiedad puede ser adquirida de forma derivada o originaria. Entre los modos derivados se encuentra la donación, mientras que entre los originarios están la apropiación, la accesión y la prescripción adquisitiva. Esta última transforma la posesión en propiedad luego de transcurridos determinados períodos de tiempo, ya sea largo o corto. Los modos también pueden ser voluntarios o involuntarios, y entre los legales se incluyen la
Modos de adquirir el derecho de propiedadysmarycaruci
Este documento resume los principales modos de adquirir el derecho de propiedad, incluyendo títulos particulares y universales, modos involuntarios y voluntarios, originarios y derivados, prescripción, ocupación, muerte y entre vivos. Define cada modo y sus requisitos legales, y proporciona ejemplos ilustrativos de cada uno.
Este documento clasifica y explica los diferentes modos de adquirir la propiedad según la doctrina y la ley. Según la doctrina, los modos son originarios, derivativos, por actos entre vivos o por causa de muerte. Según la ley, son por ocupación, ley, sucesión, efecto de contratos o prescripción. Cada modo describe cómo una persona puede llegar a ser propietaria de un bien de forma legal.
Este documento resume los elementos y características de la posesión según la ley venezolana. Explica que la posesión debe ser continua, no interrumpida, pacífica, pública y no equívoca. También distingue entre posesión legítima y posesión viciosa, y entre posesión de buena fe y mala fe. Finalmente, identifica algunos vicios específicos de la posesión como la violencia, la discontinuidad y la clandestinidad.
Este documento clasifica y define diferentes tipos de posesión. Explica que la posesión puede ser mediata o inmediata, dependiendo de si se ejerce directamente o a través de un tercero. También puede ser de buena o mala fe, natural o civil, continua o discontinua, clandestina o violenta, con título o sin él. Además, distingue entre posesión regular e irregular dependiendo de si cumple con los requisitos de proceder de un justo título y haberse adquirido de buena fe.
El documento define la posesión como la tenencia de una cosa con ánimo de señor o dueño. Explica que la posesión implica una relación del hombre con las cosas basada en el poder o dominación sobre ellas. Además, detalla que la posesión tiene elementos objetivos como la tenencia física de un bien y elementos subjetivos como el ánimo de dueño. Finalmente, clasifica la posesión en regular e irregular dependiendo de si cumple o no con los requisitos de justo título, buena fe y tradición.
Este documento describe la posesión según el Código Civil. Define la posesión como la tenencia de una cosa con ánimo de señor o dueño. Explica que la posesión regular requiere un justo título y buena fe, mientras que la irregular carece de uno o más requisitos. También cubre las diferentes clases de posesión como la viciosa, pro-indiviso e incorporal, así como los elementos y formas de adquirir y perder la posesión.
La posesión se define como el ejercicio voluntario y más o menos estable de un poder de hecho sobre una cosa o del contenido de un derecho, protegido por la ley. Para ser legítima, la posesión debe ser continua, pacífica, pública, no equivoca y con la intención de tener la cosa como propia. La posesión de buena fe se da cuando se posee con un justo título, aunque sea vicioso, siempre que el poseedor ignore dicho vicio.
Este documento resume los principales modos de adquirir la propiedad según la ley. Explica que la propiedad puede ser adquirida de forma derivada o originaria. Entre los modos derivados se encuentra la donación, mientras que entre los originarios están la apropiación, la accesión y la prescripción adquisitiva. Esta última transforma la posesión en propiedad luego de transcurridos determinados períodos de tiempo, ya sea largo o corto. Los modos también pueden ser voluntarios o involuntarios, y entre los legales se incluyen la
Este documento define y explica el concepto de posesión según el derecho civil. En resumen:
1. La posesión implica una relación de poder o dominio de hecho entre un individuo y una cosa, sin determinar si dicho individuo es el propietario.
2. Para que exista posesión se requieren dos elementos: el corpus, que es la tenencia física de la cosa, y el animus, que es la voluntad de actuar como dueño sobre la cosa.
3. Existen diferentes teorías sobre si el elemento objetivo (corpus) o subjetivo (animus
Este documento presenta una comparación entre el derecho romano y el derecho venezolano en relación con la tutela y la curatela. Describe las diferentes clases de tutela en el derecho romano como la testamentaria, legítima y dativa, así como los deberes y derechos del tutor. También examina la extinción de la tutela. En cuanto a la curatela, analiza las causas que la motivan como la locura o la prodigalidad. Finalmente, resume las regulaciones actuales de la tutela y curatela en Venezuela según el Código Civil
Modos de adquirir_el_territorio_tema_2[1]Elena Tapias
Este documento describe los modos de adquirir territorio reconocidos por el derecho internacional, incluyendo modos originarios como el descubrimiento, la ocupación y la conquista, y modos derivados como la cesión, la prescripción, la adjudicación y la sucesión. Explica cada modo y provee ejemplos históricos. También discute la prohibición moderna de la conquista y la teoría de la contigüidad.
Este documento explora las diferencias entre la posesión precaria y la posesión ilegítima según el Artículo 911 del Código Civil peruano. La posesión precaria se da cuando no existe título o cuando el título ha fenecido, mientras que la posesión ilegítima requiere de un título viciado. El documento analiza jurisprudencia y opiniones doctrinales sobre este tema y concluye que la posesión precaria es una variante de la posesión ilegítima de mala fe.
El documento define la posesión como el ejercicio de hecho de los poderes inherentes a la propiedad. Explica que la posesión requiere de dos elementos: corpus, que es el poder de hecho sobre la cosa, y animus, que es la voluntad de tener la cosa bajo la propia disposición. Además, enumera diferentes clases de posesión y señala que la posesión, aunque no es un derecho sino un hecho, no puede ser violentada arbitrariamente.
Este documento define la posesión y describe sus elementos clave según la doctrina y la ley venezolana. Define la posesión como la tenencia de una cosa o el goce de un derecho que ejercemos por nosotros mismos o a través de otra persona. Explica que la posesión requiere el corpus, o control físico de la cosa, y el ánimo de detentar la cosa. También cubre los modos de adquirir, conservar y perder la posesión, así como el objeto de la posesión.
DERECHOS REALES Y LAS SERVIDUMBRES, CURATELA Y TUTELA EN EL DERECHO ROMANO Y ...wjrv2004
Este documento describe las diferencias entre los derechos reales y las servidumbres en el derecho romano y venezolano. Explica que los derechos reales son facultades sobre una cosa propia, mientras que las servidumbres son derechos sobre una cosa ajena. Luego detalla las características de los derechos reales como la propiedad y el condominio, y las características y clasificaciones de las servidumbres. Finalmente, analiza la constitución, extinción e importancia de las servidumbres en el derecho venezolano.
Las servidumbres son derechos reales que gravan una propiedad en beneficio de otra. Pueden ser prediales entre dos predios o personales a favor de una persona. Se clasifican en legales establecidas por ley, naturales por la naturaleza, y voluntarias constituidas por acuerdo de las partes. Se extinguen por prescripción si no se usan por más de 10 años, resolución del derecho que las constituyó o confusión de ambos predios en un mismo dueño.
Este documento resume los principales modos de adquirir la propiedad según el derecho civil, incluyendo métodos civiles y naturales, originarios y derivativos, y convencionales y no convencionales. Describe específicamente la tradición, ocupación, accesión, adjudicación, usucapión y sucesión como formas de adquirir propiedad.
El documento resume los principales modos de adquisición y pérdida del dominio territorial por parte de los estados. Describe los modos originarios como la ocupación y la accesión, así como los modos derivados como la sucesión, permuta, venta, cesión y adjudicación. También analiza la prescripción y la conquista, si bien esta última ya no es considerada legítima. Por último, menciona otros modos como el estoppel y el uti possidetis juris.
Este documento describe diferentes aspectos de la herencia y la sucesión en el derecho romano. Brevemente:
1) La adición es el acto mediante el cual un heredero acepta la herencia de manera expresa o tácita.
2) Existen diferentes tipos de herederos como los necesarios, que adquirían la herencia automáticamente, y los voluntarios, que debían aceptarla.
3) Los fideicomisos permitían transmitir bienes a un tercero beneficiario a través de un fiduciario nomb
Este documento analiza la posesión en el Código Civil español. Explica que la posesión se considera un derecho real que protege la relación entre una persona y una cosa. Luego resume la evolución histórica del concepto de posesión en el derecho romano, germánico y canónico. También identifica ocho clases de posesión reconocidas en el Código Civil, como la posesión natural y civil, en nombre propio y ajeno, de buena y mala fe, justa e injusta, exclusiva y coposesión. Finalmente, analiza cómo el
El documento describe la naturaleza del derecho sucesorio. Explica que la sucesión por causa de muerte es un modo de adquirir derechos, bienes y obligaciones del difunto. Detalla las características de la sucesión como un modo de adquirir derivativo, a título gratuito y por causa de muerte. Además, explica los elementos, sujetos y objeto de la relación jurídica sucesoria.
El documento define el dominio o propiedad como el derecho real sobre una cosa corporal para usarla y disponer de ella libremente siempre que no vaya en contra de la ley o de los derechos de otros. Explica que existen cinco modos de adquirir el dominio sobre las cosas: ocupación, accesión, tradición, prescripción y sucesión por causa de muerte. Esta última puede ser testamentaria o intestada dependiendo de si se hereda según las instrucciones de un testamento o por defecto de acuerdo a la ley.
La sucesión puede ser a título universal o particular, inter vivos o mortis causa, y onerosa o gratuita. La herencia es la sucesión a título universal por causa de muerte, mientras que el legado es la sucesión a título particular por causa de muerte. Existen tres tipos de sucesiones: testamentaria, cuando se designan herederos a través de un testamento; legítima, cuando la ley designa herederos por falta de testamento; y mixta, cuando coexiste la voluntad del testador y la ley.
El documento describe el concepto de donación en el derecho romano, incluyendo sus características y diferentes tipos. Explica que una donación implica el empobrecimiento del donante y el enriquecimiento del donatario. También cubre los legados en el derecho romano, que permitían que el testador transfiriera bienes específicos a legatarios designados, y estaban sujetos a varias limitaciones legales.
Este documento resume los derechos y obligaciones de los propietarios e inquilinos según la Ley para la regularización y control de los arrendamientos de vivienda 2011 en Venezuela. El propietario debe garantizar el uso pacífico de la propiedad y entregarla en el tiempo acordado, mientras que el inquilino debe usarla como un buen padre de familia y pagar el alquiler acordado. El contrato finaliza por muerte del inquilino, destrucción de la propiedad o vencimiento del plazo.
El documento resume la evolución histórica del concepto de propiedad desde la antigua Roma hasta la Edad Media. En Roma, la propiedad era colectiva bajo el control del pater familias. Más tarde, durante el período clásico, surgió la "propiedad quiritaria" para ciudadanos romanos y otras formas de propiedad para extranjeros. En la Edad Media, con el declive del Imperio Romano, los grandes propietarios adquirieron un poder casi ilimitado sobre sus tierras. Finalmente, el documento define las característic
El documento habla sobre el derecho hereditario o de sucesión. Explica que este derecho regula la transmisión de los bienes de una persona fallecida a sus herederos, ya sea a través de un testamento, sucesión legítima, mixta o por otros medios. También define conceptos clave como herencia, herederos, sucesión legítima y testamentaria.
El documento resume la posesión en la época romana. Explica que la posesión es un concepto anterior a la propiedad que implica el control físico de un bien. Describe los elementos de la posesión, los tipos de posesión, y cómo se adquiere, conserva y pierde la posesión. Además, explica que la posesión ofrece protección legal y que los romanos utilizaban interdictos para defender la posesión. Por último, analiza la concepción venezolana moderna de la posesión según el Código Civil.
Poder de una persona sobre una cosa o cosas. La posesión requiere dos elementos: el corpus, o exte- riorización de dicho poder sobre la cosa, aunque no consista en su efectiva tenencia física, y el animus, o intención de poseer la cosa.
La posesión se refiere al poder de hecho sobre una cosa o derecho, realizando actos como verdadero dueño. Se adquiere de forma originaria o derivada, y se pierde por abandono u otros vicios. El poseedor tiene derecho a defender su posesión a través de interdictos y acciones, y puede reclamar gastos realizados. La propiedad es distinta a la posesión ya que es el derecho sobre la cosa.
Este documento define y explica el concepto de posesión según el derecho civil. En resumen:
1. La posesión implica una relación de poder o dominio de hecho entre un individuo y una cosa, sin determinar si dicho individuo es el propietario.
2. Para que exista posesión se requieren dos elementos: el corpus, que es la tenencia física de la cosa, y el animus, que es la voluntad de actuar como dueño sobre la cosa.
3. Existen diferentes teorías sobre si el elemento objetivo (corpus) o subjetivo (animus
Este documento presenta una comparación entre el derecho romano y el derecho venezolano en relación con la tutela y la curatela. Describe las diferentes clases de tutela en el derecho romano como la testamentaria, legítima y dativa, así como los deberes y derechos del tutor. También examina la extinción de la tutela. En cuanto a la curatela, analiza las causas que la motivan como la locura o la prodigalidad. Finalmente, resume las regulaciones actuales de la tutela y curatela en Venezuela según el Código Civil
Modos de adquirir_el_territorio_tema_2[1]Elena Tapias
Este documento describe los modos de adquirir territorio reconocidos por el derecho internacional, incluyendo modos originarios como el descubrimiento, la ocupación y la conquista, y modos derivados como la cesión, la prescripción, la adjudicación y la sucesión. Explica cada modo y provee ejemplos históricos. También discute la prohibición moderna de la conquista y la teoría de la contigüidad.
Este documento explora las diferencias entre la posesión precaria y la posesión ilegítima según el Artículo 911 del Código Civil peruano. La posesión precaria se da cuando no existe título o cuando el título ha fenecido, mientras que la posesión ilegítima requiere de un título viciado. El documento analiza jurisprudencia y opiniones doctrinales sobre este tema y concluye que la posesión precaria es una variante de la posesión ilegítima de mala fe.
El documento define la posesión como el ejercicio de hecho de los poderes inherentes a la propiedad. Explica que la posesión requiere de dos elementos: corpus, que es el poder de hecho sobre la cosa, y animus, que es la voluntad de tener la cosa bajo la propia disposición. Además, enumera diferentes clases de posesión y señala que la posesión, aunque no es un derecho sino un hecho, no puede ser violentada arbitrariamente.
Este documento define la posesión y describe sus elementos clave según la doctrina y la ley venezolana. Define la posesión como la tenencia de una cosa o el goce de un derecho que ejercemos por nosotros mismos o a través de otra persona. Explica que la posesión requiere el corpus, o control físico de la cosa, y el ánimo de detentar la cosa. También cubre los modos de adquirir, conservar y perder la posesión, así como el objeto de la posesión.
DERECHOS REALES Y LAS SERVIDUMBRES, CURATELA Y TUTELA EN EL DERECHO ROMANO Y ...wjrv2004
Este documento describe las diferencias entre los derechos reales y las servidumbres en el derecho romano y venezolano. Explica que los derechos reales son facultades sobre una cosa propia, mientras que las servidumbres son derechos sobre una cosa ajena. Luego detalla las características de los derechos reales como la propiedad y el condominio, y las características y clasificaciones de las servidumbres. Finalmente, analiza la constitución, extinción e importancia de las servidumbres en el derecho venezolano.
Las servidumbres son derechos reales que gravan una propiedad en beneficio de otra. Pueden ser prediales entre dos predios o personales a favor de una persona. Se clasifican en legales establecidas por ley, naturales por la naturaleza, y voluntarias constituidas por acuerdo de las partes. Se extinguen por prescripción si no se usan por más de 10 años, resolución del derecho que las constituyó o confusión de ambos predios en un mismo dueño.
Este documento resume los principales modos de adquirir la propiedad según el derecho civil, incluyendo métodos civiles y naturales, originarios y derivativos, y convencionales y no convencionales. Describe específicamente la tradición, ocupación, accesión, adjudicación, usucapión y sucesión como formas de adquirir propiedad.
El documento resume los principales modos de adquisición y pérdida del dominio territorial por parte de los estados. Describe los modos originarios como la ocupación y la accesión, así como los modos derivados como la sucesión, permuta, venta, cesión y adjudicación. También analiza la prescripción y la conquista, si bien esta última ya no es considerada legítima. Por último, menciona otros modos como el estoppel y el uti possidetis juris.
Este documento describe diferentes aspectos de la herencia y la sucesión en el derecho romano. Brevemente:
1) La adición es el acto mediante el cual un heredero acepta la herencia de manera expresa o tácita.
2) Existen diferentes tipos de herederos como los necesarios, que adquirían la herencia automáticamente, y los voluntarios, que debían aceptarla.
3) Los fideicomisos permitían transmitir bienes a un tercero beneficiario a través de un fiduciario nomb
Este documento analiza la posesión en el Código Civil español. Explica que la posesión se considera un derecho real que protege la relación entre una persona y una cosa. Luego resume la evolución histórica del concepto de posesión en el derecho romano, germánico y canónico. También identifica ocho clases de posesión reconocidas en el Código Civil, como la posesión natural y civil, en nombre propio y ajeno, de buena y mala fe, justa e injusta, exclusiva y coposesión. Finalmente, analiza cómo el
El documento describe la naturaleza del derecho sucesorio. Explica que la sucesión por causa de muerte es un modo de adquirir derechos, bienes y obligaciones del difunto. Detalla las características de la sucesión como un modo de adquirir derivativo, a título gratuito y por causa de muerte. Además, explica los elementos, sujetos y objeto de la relación jurídica sucesoria.
El documento define el dominio o propiedad como el derecho real sobre una cosa corporal para usarla y disponer de ella libremente siempre que no vaya en contra de la ley o de los derechos de otros. Explica que existen cinco modos de adquirir el dominio sobre las cosas: ocupación, accesión, tradición, prescripción y sucesión por causa de muerte. Esta última puede ser testamentaria o intestada dependiendo de si se hereda según las instrucciones de un testamento o por defecto de acuerdo a la ley.
La sucesión puede ser a título universal o particular, inter vivos o mortis causa, y onerosa o gratuita. La herencia es la sucesión a título universal por causa de muerte, mientras que el legado es la sucesión a título particular por causa de muerte. Existen tres tipos de sucesiones: testamentaria, cuando se designan herederos a través de un testamento; legítima, cuando la ley designa herederos por falta de testamento; y mixta, cuando coexiste la voluntad del testador y la ley.
El documento describe el concepto de donación en el derecho romano, incluyendo sus características y diferentes tipos. Explica que una donación implica el empobrecimiento del donante y el enriquecimiento del donatario. También cubre los legados en el derecho romano, que permitían que el testador transfiriera bienes específicos a legatarios designados, y estaban sujetos a varias limitaciones legales.
Este documento resume los derechos y obligaciones de los propietarios e inquilinos según la Ley para la regularización y control de los arrendamientos de vivienda 2011 en Venezuela. El propietario debe garantizar el uso pacífico de la propiedad y entregarla en el tiempo acordado, mientras que el inquilino debe usarla como un buen padre de familia y pagar el alquiler acordado. El contrato finaliza por muerte del inquilino, destrucción de la propiedad o vencimiento del plazo.
El documento resume la evolución histórica del concepto de propiedad desde la antigua Roma hasta la Edad Media. En Roma, la propiedad era colectiva bajo el control del pater familias. Más tarde, durante el período clásico, surgió la "propiedad quiritaria" para ciudadanos romanos y otras formas de propiedad para extranjeros. En la Edad Media, con el declive del Imperio Romano, los grandes propietarios adquirieron un poder casi ilimitado sobre sus tierras. Finalmente, el documento define las característic
El documento habla sobre el derecho hereditario o de sucesión. Explica que este derecho regula la transmisión de los bienes de una persona fallecida a sus herederos, ya sea a través de un testamento, sucesión legítima, mixta o por otros medios. También define conceptos clave como herencia, herederos, sucesión legítima y testamentaria.
El documento resume la posesión en la época romana. Explica que la posesión es un concepto anterior a la propiedad que implica el control físico de un bien. Describe los elementos de la posesión, los tipos de posesión, y cómo se adquiere, conserva y pierde la posesión. Además, explica que la posesión ofrece protección legal y que los romanos utilizaban interdictos para defender la posesión. Por último, analiza la concepción venezolana moderna de la posesión según el Código Civil.
Poder de una persona sobre una cosa o cosas. La posesión requiere dos elementos: el corpus, o exte- riorización de dicho poder sobre la cosa, aunque no consista en su efectiva tenencia física, y el animus, o intención de poseer la cosa.
La posesión se refiere al poder de hecho sobre una cosa o derecho, realizando actos como verdadero dueño. Se adquiere de forma originaria o derivada, y se pierde por abandono u otros vicios. El poseedor tiene derecho a defender su posesión a través de interdictos y acciones, y puede reclamar gastos realizados. La propiedad es distinta a la posesión ya que es el derecho sobre la cosa.
Este documento describe los diferentes medios de adquirir la propiedad, incluyendo la adquisición a título universal como la herencia, y la adquisición a título particular como los contratos. También distingue entre adquisiciones primitivas y derivadas, y entre adquisiciones onerosas y gratuitas. Finalmente, explica brevemente la adjudicación como medio de adquirir propiedad a través de una subasta o partición hereditaria.
Este documento resume los conceptos clave de la tradición en Derecho Privado. La tradición es un modo de adquirir el dominio de las cosas mediante su entrega del dueño al adquiriente. Se requiere el consentimiento voluntario de ambas partes y un título traslaticio de dominio como la venta o donación. La tradición de bienes muebles se realiza a través de la entrega física o simbólica y la de derechos reales mediante instrumento público inscrito en el Registro de la Prop
1. La herencia es la transmisión de los derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos. 2. Puede ser herencia testamentaria, definida en un testamento, o herencia ab intestato, determinada por la ley. 3. Para que la herencia pase a los herederos, debe abrirse con la muerte del causante, definirse quiénes son los herederos, y estos deben aceptarla.
Los principios fundamentales del derecho sucesorio son: 1) La titularidad del patrimonio del difunto se transmite a los herederos a la muerte para darle continuidad; 2) El testador tiene libertad de testamentificación aunque existen restricciones; 3) El beneficio de inventario permite a los herederos responder sólo hasta el valor de los bienes hereditarios.
Los principios fundamentales del derecho sucesorio son: 1) La titularidad del patrimonio del difunto se transmite a los herederos a la muerte para darle continuidad; 2) El principio de libre testamentificación permite al testador decidir la transmisión de su patrimonio; 3) El beneficio de inventario permite a los herederos responder sólo hasta donde alcance el patrimonio hereditario para separarlo de sus patrimonios personales.
Los modos de adquirir la propiedad son la ocupación, accesión, tradición, sucesión por causa de muerte y prescripción adquisitiva. Pueden clasificarse como originarios o derivativos, singulares o universales, onerosos o gratuitos, y entre vivos o por causa de muerte. La tradición, sucesión y prescripción pueden ser universales, mientras que la ocupación y accesión son siempre singulares.
Derecho sucesorio parte 1, introducción y desarrollossuser088ea41
Este documento resume los conceptos clave relacionados con la sucesión por causa de muerte según el Código Civil chileno. Explica que la sucesión implica la transmisión del patrimonio de una persona fallecida, ya sea a través de un testamento o por intestado. Define los roles de herederos y legatarios, y describe los requisitos y efectos de la apertura de la sucesión, la ley aplicable, la delación de asignaciones y el derecho de transmisión cuando un heredero o legatario fallece sin haber a
Este documento presenta los objetivos y temas de la asignatura de Derecho Sucesorio. Cubre definiciones clave como sucesión, heredero, legatario y causante. Explica los tipos de sucesión a título universal y singular, así como conceptos como derecho de transmisión y representación. Se dividen los temas en cuatro unidades que cubren la sucesión mortis causa, el testamento, el trámite de aceptación de herencia y partición, y las acciones y obligaciones del heredero y las donaciones entre vivos.
La usucapión o prescripción adquisitiva es un medio de adquirir la propiedad de bienes mediante la posesión durante un tiempo establecido por la ley. La posesión debe ser en concepto de propietario, por ejemplo a través de un contrato de compraventa, donación o permuta. Contratos como el arrendamiento o cesión de derechos no son válidos para demostrar la posesión como propietario requerida por la ley para la usucapión.
El documento describe la donación en el derecho romano. Se define como un acto de atribución patrimonial lucrativo donde una persona (donante) transfiere propiedad a otra (donatario). La donación requería el empobrecimiento del donante, enriquecimiento del donatario, y intención del donante de realizar un acto de liberalidad. Había diferentes tipos de donaciones como entre cónyuges o la dote. Los legados también permitían transferencias particulares de derechos con obligaciones para el heredero.
TEMA 1 NOCIONES INTRODUCTORIAS Y MOMENTOS DEL DERECHO SUCESORIO (1).pptxGIZEL SILES ROCA
El documento trata sobre el derecho de sucesiones. Explica que este derecho surgió con el matrimonio monógamo y la familia, para determinar a quién se le dejaría el patrimonio de un miembro fallecido de la familia. Describe la evolución del derecho sucesorio en el derecho romano y cómo ahora se toma en cuenta la igualdad entre miembros de la familia. Las fuentes principales de este derecho son la voluntad del causante a través de un testamento, y la ley que determina los herederos cuando no hay
Este documento describe varias formas de transmitir obligaciones según el ordenamiento jurídico venezolano, incluyendo la transmisión por herencia, por actos entre vivos como la venta o donación, y la sucesión hereditaria a favor del Estado en casos como herencias vacantes o nulas. También cubre conceptos como la venta de una herencia, la fusión de sociedades, y que los derechos y cargas sobre un bien pasan a los nuevos propietarios.
Este documento describe diferentes aspectos de la herencia y la sucesión en el derecho romano. Brevemente:
1) La adición es el acto mediante el cual un heredero acepta la herencia de manera expresa o tácita.
2) Existen diferentes tipos de herederos como los necesarios, que adquirían la herencia automáticamente, y los voluntarios, que debían aceptarla.
3) Los fideicomisos permitían transmitir bienes a un tercero beneficiario a través de un fiduciario nomb
Este documento presenta conceptos generales sobre el derecho sucesorio. Explica que la sucesión implica la transmisión de los bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos o legatarios. Define los elementos subjetivos como el causante, sucesores y objetivos como el patrimonio. También describe las etapas del proceso sucesorio como la apertura, delación y aceptación o repudio de la asignación.
Los modos de adquirir el dominio incluyen la ocupación, accesión, tradición, sucesión por causa de muerte, prescripción adquisitiva y la ley. Se pueden clasificar como originarios o derivativos, onerosos o gratuitos, a título universal o singular, y por acto entre vivos o causa de muerte. La ley sirve como título remoto para todos los modos de adquirir, y como título inmediato para algunos modos originarios.
Infografia sobre derecho sucesoral y herenciaRonaldL8
El documento define el derecho sucesoral como el conjunto de normas y principios jurídicos que regulan la transmisión de los derechos y del patrimonio de una persona a otra cuando fallece. Explica que la herencia se transmite a los herederos por herencia, legado o delación. También describe los principios de la sucesión universal como la continuidad del causante, la unidad de la herencia, la coexistencia de herederos y legatarios, e igualdad de las relaciones jurídicas transmitidas.
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Movimiento C40
En esta sesión de la Constituyente de 1940, comienza la discusión del proyecto constitucional presentado a la Convención.
Se discuten el prologo, artículos 1, 2, 3. Disputa territorial por la Cienaga de Zapata.
Ley y normas del Derecho Penal Unidad III.pptxdylantalvarez40
el archivo habla sobre la ley penal, ley y normal, el principio de legalidad, la interpretación de la ley, los concursos aparentes de las leyes penalesl la validez temporal y espacial y la extradición
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
2. Que es?
Es el derecho mas importante de adquirir la
propiedad en el derecho de gentes.
Es el acto por medio del cual se entrega una
cosa a otra persona o se pone bajo su poder
físico y jurídico, habiendo en quien la entrega la
intención de transferir el dominio, y en quien la
recibe la intención de adquirirlo.
4. REQUISITOS
1.Existencia de dos personas,
tradents y accipiens
2.Consentimiento exento
de vicios entre tradents y
accipiens.
3.Existencia de un título
traslaticio de dominio que
genere una obligación de dar
4.Entrega del bien
5. FORMAS DE ENTREGA
a) En un modo derivado.
Es una forma de transferir el derecho real por acto entre vivos que
necesita la expresión de una voluntad anterior o precedente, la del
propietario (tradente), a favor del accipiens.
b)En un modo de adquirir por acto entre vivos.
La transmisión de un derecho real originario en la muerte de una
persona tiene su propio modo, que es la sucesión por causa de
muerte o partición de derechos hereditarios. El usufructo y la
hipoteca se constituyen, no se traditan. Los derechos personales se
ceden a favor de una persona denominada cesionario.
c) Es a titulo oneroso o gratuito.
Si la tradición está precedida de compra venta, permuta, aporte en
sociedad o dación en pago, se realiza a título oneroso. Si va
precedida de donación es a título gratuito.
6. Traditio brevi manu
Se produce cuando no es posible la entrega porque
el adquiriente la tiene ya en su poder por un título
distinto, por ejemplo cuando el arrendatario compra
la finca arrendada.
7. Constitutio posesorio
entrega ficticia de la cosa, en la que el tradents continua
poseyendo la cosa como arrendatario, depositario. Es
decir, el poseedor inmediato (tradents) continua en la
cosa, pero pasando a reconocer la posesión mediata del
accipiens.