La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
Tributario
1. Republica Bolivariana de Venezuela
Universidad Fermín Toro
Facultad de Cs Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Elaiger Pérez
C.I: 23.845.868
Saia D
D°tributario
2. Entendido como un conjunto de normas jurídicas que
se refieren a los tributos, reglamentándolos en sus
diversas formas, que el Derecho Tributario establece los
parámetros legales a seguir, ya sea por el contribuyente o
por los funcionarios.
Que constituye un conjunto de normas jurídicas funcionados
concatenado a un grupo orgánico singularizado y al mismo
tiempo esta unido a todo un sistema jurídico. Su singularísimo
normativo le permite tener sus propios conceptos e
instituciones o utilizar lo de las otras ramas del derecho.
3. Principio de Legalidad. Este principio, se halla consagrado en el Artículo 317. CRBV, en los siguientes términos:
Donde no se puede cobrar impuestos, tasas, ni contribuciones que no estén establecidas en dicha ley no pueden contenerse
rebajas, ningún tributo puede tener algún efecto confiscatorio. Asimismo, el Artículo 3. COT, establece: Artículo 3. COT.-
estableciendo que solo las leyes regula la sujeción de la norma general según el código donde se crea, modifica y suprimen
los tributos fijando el calculo de las mismas alícuotas.
Principio de generalidad. Consagrado en el Artículo 133.Toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos
mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley.
Principio de igualdad. Consagrado en el art 21 de la CRBV donde todos somos igual en raza, credo sin distinción alguno.
Principio de no confiscatoriedad. consagra el derecho a la propiedad privada, su libre uso, goce, disfrute y disposición y
prohíbe la confiscación, salvo los casos expresamente permitidos por la Constitución Artículos 115, 116 y 317.
4. Principio de Justicia Tributaria. se halla consagrado en el Artículo 316. CRBV, en los siguientes términos: El sistema
tributario procurará la justa distribución de las cargas públicas según la capacidad económica del o la contribuyente,
atendiendo al principio de progresividad, así como la protección de la economía nacional y la elevación del nivel de
vida de la población; para ello se sustentará en un sistema eficiente para la recaudación de los tributos.
Principio de progresividad. Este principio nos habla de a mayor ingreso mayor es el impuesto.
Principio de la No Retroactividad. La CRBV y en concordancia con el Código Civil, y significa aplicar una ley nueva a
los actos del pasado. Este principio, se encuentra consagrado en el Artículo 24. CRBV, en concordancia con el
Artículo 8. COT, los cuales son del tenor siguiente: ninguna disposición legislativa tiene efecto retroactivo, a
excepción que tenga menor pena las leyes se aplican desde el momento que entran en vigencia.