La sociedad anónima se rige por la Ley General de Sociedades Mercantiles y se compone de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones. Para constituirse debe tener al menos 2 socios, un capital mínimo de $50,000 suscrito en su totalidad, y el 20% de cada acción pagado en efectivo. El capital de una sociedad anónima puede ser contribuido o ganado y está representado por acciones nominativas con derecho a un voto cada una.