Este documento proporciona una descripción general del Sistema General de Riesgos Laborales de Colombia. Explica que el objetivo del sistema es prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de los accidentes y enfermedades laborales a través de entidades públicas y privadas como las Administradoras de Riesgos Laborales y las Empresas Promotoras de Salud. También describe las obligaciones de los empleadores y trabajadores, así como los tipos de prestaciones como asistenciales y económicas que brinda el sistema.
Sistema General de Riesgos Laborales actualizado ley 1562 de 2012
1. SISTEMA GENERAL DE RIESGOS
LABORALES
Actualización Ley 1562 de 2012
TERESA MONTOYA RIOS
Profesional Salud Ocupacional
Especialista en Higiene y Seguridad Industrial
t3r3s41404@hotmail.com
Cel 3145082281
2. SISTEMA GENERAL DE RIESGOS
LABORALES
Dirección territorial
Ministerio de
Trabajo
Entidades
Públicas
Dirección Técnica de R.L
Superintendencia
Financiera
Prevenir, proteger y
atender a trabajadores
de los efectos de las
enfermedades y
accidentes en el trabajo
Administradoras
de Riesgos
Laborales
Entidades Privadas
Empresas
Prevención AT Y
EL
Normas y
Procedimientos
Mejorar
condiciones de
trabajo
3. El Sistema General de Riesgos
Laborales
• Publicas
• Privadas
ENTIDADES
NORMAS Y
PROCEDIMIENTOS
• Previenen
• Protegen
• Atienden
• Accidente
de Trabajo
• Enfermedad
Profesional
TRABAJADOR
6. OBJETIVOS DEL SGRL
Reconocer y Pagar
Incapacidad
Temporal
Incapacidad
Permanente
Parcial
Invalidez
Muerte
En caso de Accidente de trabajo o Enfermedad Laboral
7. Campo de aplicación
Grandes
Todas las
empresas
Medianas
APLICACION
Pequeñas
Contratistas
CPS
Todos los
trabajadores
Actividad $ institución
Estudiantes
Todos los
sectores
Otros
Actividad Alto riego paga
empresa
Riesgo medio o bajo paga
contratista dependientes
públicos
Entrenamiento exponga
riesgo ocupacional
privados
Bomberos y
defensa Civil
Pago Min. Interior
9. Prestaciones Asistenciales
EPS
Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica.
Servicios de hospitalización.
Servicio odontológico.
Suministro de medicamentos.
Servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento.
11. Prestaciones Económicas A.R.L
Subsidio por incapacidad temporal
Indemnización por incapacidad permanente parcial;
Pensión de invalidez;
Pensión de sobrevivientes; y,
Auxilio funerario.
12. invalidez o
la muerte.
Perturbació
n funcional
o psíquica
lesión
orgánica,
Produzca en
el trabajador
causa o con
ocasión del
trabajo,
Todo suceso
repentino
ACCIDENTE DE TRABAJO
13. Accidente de Trabajo
Causa vs. Ocasionalidad.
Causa – relación indirecta.
Ocasión – trabajo – relación directa.
Lesión orgánica, perturbación funcional, invalidez o
muerte.
Ejecución de órdenes o bajo su autoridad.
Traslado de los trabajadores.
14. No es Accidente de Trabajo
El que se produzca por actividades diferentes para las
que fue contratado el trabajador.
así se produzcan durante la jornada labora
El sufrido por el trabajador, fuera de la empresa.
durante los permisos remunerados o sin
remuneración
15. ENFERMEDAD LABORAL
Todo estado
patológico
que haya sido
determinada
como EL por el
gobierno nacional
permanente o
temporal
o del medio en el
que se ha visto
obligado a
trabajar, y
que sobrevenga
como
consecuencia
obligada y directa
de la clase de
trabajo que
desempeña el
trabajador,
16. ENFERMEDAD LABORAL
Si una enfermedad no figura en la tabla de
EP (determinada por el gobierno)
Se debe demostrar
Enfermedad
con
relación
de causalidad.
Existencia del
factor de
riesgo.
Exposición en
tiempo e
intensidad
17. Determinación del origen AT y EL
IPS
EPS
Junta Nacional
de Calificación
de Invalidez.
ARL
Junta Regional
de Calificación
de Invalidez.
18. Determinación de la cotización
La actividad
económica.
El cumplimiento
de las políticas y
la ejecución de
los programas
sobre salud
ocupacional.
Índice de
lesiones
incapacitantes de
cada empresa.
19. Ingreso Base de Liquidación
Prestaciones económicas
Para accidentes
de trabajo.
El promedio de los
seis meses anteriores,
o fracción de meses.
Para
enfermedad
Laboral.
El promedio del
último año, o fracción
de año, de la base de
cotización obtenida
en la empresa.
20. Obligaciones del empleador
Pago de la totalidad
de la cotización.
Facilitar la
capacitación de los
trabajadores en S.O
Trasladar el monto
de las cotizaciones a
la ARL, dentro de los
plazos establecidos
Registrar ante el
Ministerio COPASO
o Vigía;
Programar, ejecutar,
controlar y financiar
el cumplimiento del
programa de S.O
Notificar a la ARL
los AT Y EL
Informar ARL las
novedades laborales
de sus trabajadores
• Nivel de ingreso
• Vinculaciones
• Retiros
21. Obligaciones de los trabajadores
Procurar
el
cuidado
integral de su salud y
Suministrar información
clara, veraz y completa
sobre su estado de salud.
Los
pensionados
por
invalidez
por
riesgos
profesionales,
deberán
mantener actualizada la
información sobre su
domicilio, teléfono.
Cumplir
las
normas,
reglamentos
e
instrucciones
de
los
programas de S.O.
Participar en la prevención
de
los
riesgos
profesionales en o con
COPASO.
22. FUNCIONALES DE LAS ARL
Afiliación y Registro
Recaudo,
cobro y
distribuci
ón de las
cotizacion
es
Garantizar
los
servicios
de salud
por ATEP
Garantizar y
reconocer el pago
oportuno de las
prest. Económ.
23. OBLIGACIONES DE LAS ARL
5% COTIZACIÓN: Realizar Actividades de prevención, asesoría y
evaluación de riesgos laborales mediante programas, campañas,
acciones de educación y prevención a sus empresas afiliadas para:
Cumplan las normas y
reglamentos técnicos en S.O
Desarrollo nivel básico anual del
PSO
Capacitación básica
Montaje Brigada de
Emergencias, primeros
auxilios y SG SST
Copaso
Estilo de
trabajo y
vida
saludable
Investigació
n AT y EL
24. OBLIGACIONES DE LAS ARL
DEL 92% destinaran mínimo 10% para el desarrollo de programas
regulares de prevención
Control de riesgos, S.V.E,
control de riesgos laborales y
evaluación y formulación de
rehabilitación integral
ajustes PSO
Crear o implementar mecanismos para:
prevenir daños secundarios y secuelas
de incapacidad permanente parcial e
invalidez
Intervenir y evita AT y EL
Suministrar asesoría técnica para estudios evaluativos de Diseño e
implementación
Higiene ocupacional o
industrial
Áreas y puestos
de trabajo
Métodos de
control de riesgos
25. CLASIFICACION DE LAS EMPRESAS
CLASE
RIESGO
I
MININO
II
BAJO
III
MEDIO
IV
ALTO
V
MAXIMO
O La clasificación se
determina por el
empleador y la ARL
al momento de la
afiliación.
O Las empresas se
clasifican por las
actividades que
desempeñan
(decreto 1607 de
2002)
26. TABLA DE CLASES DE RIESGOS Y MONTO
DE COTIZACIONES
Tipo de riesgo
I
Valor mínimo
(%)
0.348
Valor inicial
(%)
0.522
Valor máximo
(%)
0.696
II
0.435
1.044
1.653
III
0.783
2.436
4.089
IV
1.740
4.350
6.960
V
3.219
6.960
8.700
27. SANCIONES EMPLEADOR
Multas sucesivas mensuales hasta por 500 SMLV
No afiliación, no pago de 2 o mas periodos mensuales
Incumplimiento de Instrucciones, Reglamentos,
Determinaciones de prevención de Riesgos Laborales
Incumplimiento de Instrucciones y determinaciones dadas en
forma específica por la Dirección Técnica de Riesgos
Profesionales
No se informe sobre el traslado de un afiliado a un lugar
diferente de trabajo, y esta omisión implique una cotización
mayor al Sistema.
28. SANCIONES EMPLEADOR
No afiliación – o cotización mas baja de la real
Deberá reconocer y pagar al
trabajador las prestaciones
O la diferencia del
valor
La no presentación o extemporaneidad informes AT y EP
Multa de hasta 200 SMLV.
Incumplimiento Instrucciones Dirección Técnica de R.P.
Pago multa
Suspensión actividades
hasta 6 meses
Cierre
definitivo
29. SANCIONES EMPLEADOR
En caso de AT fatal que se demuestre
incumplimiento PSO
Multa no inferior 20
SMLV
Ni superior a 1000
SMLV
En caso de incumplimiento de correctivos de
promoción y prevención
Suspensión de
actividades
Cierre definitivo de la
empresa
30. SANCIONES PARA TRABAJADOR
Grave Incumplimiento de Iinstrucciones,
reglamentos y Determinaciones S.O
terminación del vínculo o relación laboral por
justa causa,
previa autorización del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social,
Respetando el derecho de defensa.
31. SANCIONES PARA ARL
multas sucesivas hasta de 1.000 salarios mínimos legales
mensuales vigentes.
Dilatar forma
injustificada el
pago de las
prestaciones
Impidan o
dilaten la libre
escogencia de
ARL
Rechacen a un
afiliado,
Desacato de
instrucciones u
órdenes de la Dir.
Tec. de R.P
Sanciones de la Superintendencia Bancarias
Incurran en defectos respecto de los niveles adecuados de patrimonio
exigidos, se impondrá, por cada incumplimiento, una multa por el
equivalente al tres punto cinco por ciento (3.5%) del valor del defecto
mensual. Hasta ser normalizada la situación