Este boletín informativo resume noticias legales relacionadas con el sector vitivinícola en España y la Unión Europea. Incluye actualizaciones sobre una nueva ley española para mejorar la cadena alimentaria, una decisión judicial china que otorgó los derechos de una marca de vino francesa a un distribuidor chino, y nuevas prácticas enológicas autorizadas en la UE. También resume información sobre existencias declaradas de vinos en España y decisiones judiciales de la UE sobre marcas para vinos.
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Boletín informativo noviembre diciembre 2013
1. Boletín Informativo
Año 2013, Noviembre -
Vino y Derecho: Noticias
Diciembre
Abogado
especialista en
la industria
vitivinícola
Dentro de este
Boletín:
Ley Mejora Cadena
Alimentaria
1
Marcas para vinos:
China
2
Existencias de
vinos julio 2013 3
Nuevas prácticas
enológicas
3
Marcas para vinos:
similitud
3
Reestructuración y
reconversión de
viñedos
4
José Martos miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid
Ley de medidas para mejorar el
funcionamiento de la cadena
alimentaria.
El 3 de enero del 2014
entra en vigor la Ley
12/2013, de 2 de
agosto, de medidas
para mejorar el
funcionamiento de la
cadena alimentaria. La
Ley tiene como
finalidad mejorar el
funcionamiento y la
vertebración de la
cadena alimentaria de
manera que aumente la
eficacia y
competitividad del
sector agroalimentario
español y se reduzca
el desequilibrio en las
relaciones
comerciales entre los
diferentes operadores
de la cadena de valor,
en el marco de una
competencia justa que
redunde en beneficio
no sólo del sector, sino
también de los
consumidores.
A efectos de la Ley, se
entiende por (i)
"cadena alimentaria"
el conjunto de
actividades que llevan a
cabo los distintos
operadores que
intervienen en la
producción,
transformación y
distribución de
alimentos o productos
alimenticios, y (ii)
"alimento" o
Jose Martos - Interforo Abogados (Madrid)
"producto
alimenticio" cualquier
sustancia o producto
destinados a ser
ingeridos por los seres
humanos, tanto si han
sido transformados
entera o parcialmente
como si no. En el
siguiente enlace se
incluye una
presentación con más
información sobre la
Ley
http://www.slideshare.n
et/JoseMartosMartinez/l
ey-de-medidas-paramejorar-elfuncionamiento-de-lacadena-alimentariapresentacin
2. Pérdida de la marca que sirve para distinguir
a los vinos, China.
La bodega Castel
Freres, uno de los
mayores productores de
vinos en Francia, empezó
a vender sus vinos a
China en 1999 pero no
solicitó el registro de su
marca "Castle". Un año
después, el distribuidor
de vinos chino Panati
Wine Co. Ltd. registró la
marca "Kasite",
traducción al chino de
la palabra francesa
"castel". En el 2003,
Panati Wine Co. Ltd.
ofreció a Castel Freres el
venderle la marca Kasite
por 1.000.000 euros, a lo
que la empresa francesa
se negó. Posteriormente,
Panati Wine Co. Ltd.
demandó a Castle Freres
por uso inconsentido de
su marca "Kasite", y el
tribunal de primera
instancia (Intermediate
Peoples Court of
Wenzhou) dio la razón a
la empresa china y
condenó a Castle Freres
a pagar una
indemnización de 4,1
millones de euros
(33.730.000 renminbi) y a
hacer pública una
disculpa.
Recurrida la sentencia
ante el tribunal de
apelaciones (Zhejiang
Provincial Higher Court),
éste confirmó la
sentencia de primera
instancia y obligó a
Castel Freres a publicar
una nueva disculpa a
Panati Wine Co. Ltd.
Ambas sentencias tienen
su fundamento en que el
sistema legal chino
reconoce como legitimo
propietario de la marca
a la primera persona
que solicita su registro
ante la oficina china de
marcas,
independientemente de
que otra persona
viniese utilizando la
marca con anterioridad.
La sentencia del tribunal
apelación se encuentra
actualmente recurrida por
Castel Freres ante el
tribunal supremo de
China. Panati Wine Co.
Ltd. es el distribuidor para
el mercado chino de
algunas grandes bodegas
españolas. La conclusión
que se extrae del caso es
que las bodegas deben
registrar, lo antes
posible, la marca que
sirve para distinguir sus
vinos en aquellos
mercados extranjeros
en los que vayan a
tener presencia
permanente.
Existencias declaradas de vinos y mostos a 31
de julio del 2013, campaña 2013/2014.
El Fondo Español de
Garantía Agraria
(FEGA), organismo
dependiente del
Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio
Ambiente, ha publicado el
resumen de las
declaraciones de
existencias de vinos y
mostos de uvas a 31 de
julio del 2013. Para el
Jose Martos - Interforo Abogados (Madrid)
caso de los vinos, el
resumen incluye
desglose por
comunidades
autónomas, vinos con
Denominación de
3. Origen Protegida (DOP),
vinos con Indicación
Geográfica Protegida
(IGP), vinos varietales
sin DOP o IGP, vinos
sin indicación
geográfica (IG) y otros
vinos.
http://www.fega.es/Pwf
Gcp/imagenes/es/Exist
encias_declaradas_vin
o_y_mosto_C_20132014_tcm5-42822.pdf
Nuevas prácticas enológicas autorizadas por
la Unión Europea y registros del sector
vitivinícola.
Mediante el Reglamento
de Ejecución de la
Unión Europea (UE)
núm. 1251/2013, de 3 de
diciembre de 2013, se
modifican otros dos
reglamento de la UE en
materia de prácticas
enológica y registros del
sector vitivinícola. Como
nuevos prácticas y
tratamientos enológicos
autorizados están: (i)
para facilitar el desarrollo
de las levaduras, la
adición de autolisados
de levadura, siendo
condición de uso que sea
únicamente en la uva
fresca, el mosto de uva,
el mosto de uva
parcialmente fermentado,
el mosto de uva
parcialmente fermentado
procedente de uva
pacificada, el mosto de
uva concentrado y el vino
nuevo aún en proceso de
fermentación;
(ii) en materia de
clarificación, al uso de
materias proteicas de
origen vegetal
procedentes del trigo o
del guisante, se le añade
las procedentes de las
patatas; (iii) el uso de
levaduras inactivadas, y
(iv) la gestión con
contactares de
membranas de los
gases disueltos en el
vino (método físico de
gestión de la
concentración de gases
disueltos en el vino por
mediación de un
contactar de membrana,
membrana hidrofobia, y
de gases utilizados en
enología), si bien con la
condición de uso de
prohibir la adición de
dióxido de carbono para
los vinos procedentes de
vides plantadas en
determinados territorios.
Esta última práctica
enológica, cuando se
realice, debe incluirse
en el registro de
prácticas enológicas
que lleve la bodega.
Marcas para vinos "Marina Alta" y "Ca'
Marina".
El Tribunal General de
la Unión Europea, en
una sentencia de 14 de
mayo del 2013, confirma
Jose Martos - Interforo Abogados (Madrid)
el criterio de la Oficina de
Armonización del
4. Mercado Interior (OAMI)
denegando la
inscripción de la marca
comunitaria "Ca'
Marina", solicitada por
una bodega italiana para
la clase 33 (vinos), por la
previa inscripción de la
marca "Marina Alta",
registrada por una
bodega española para la
misma clase, debido al
riesgo de confusión
entre ambas marcas. En
concreto, el tribunal
analizó diversas
alegaciones de la bodega
italiana, que incluían,
entre otras, (i) que las
marcas servían para
identificar vinos de
diferentes categorías y
tipos, alegación
rechazada por el tribunal
que consideró que se
trata de productos
idénticos; (ii) el perfil del
consumidor al que iban
dirigidos los vinos,
entendiendo el tribunal
que se trata de
un "consumidor medio",
el consumidor
normalmente informado
y razonablemente atento
y perspicaz; (iii)
comparación visual, el
término "Marina" es el
más largo en ambas
marcas, y los otros
términos "Alta" y "Ca" no
son dominantes y por
tanto no permiten reducir
la similaridad entre las
marcas; (iv) comparación
visual, al igual que en el
apartado anterior, la
palabra "Alta" no es
dominante;
(v) comparación
conceptual, la palabra
"ca" (casa) solo tiene
significado para un
número limitado de
consumidores, en
concreto aquellos que
hablan un dialecto de la
zona de Véneto; la
palabra "alta" solo tiene
significado, común en
Italia y España, para un
limitado número de
consumidores; por el
contrario la palabra
"marina" tiene un
significado similar para
una gran número de
consumidores (Italia,
España, Francia,
Alemania e Inglaterra) y
un fuerte poder evocativo,
que relega a "Ca" y "Alta";
y (vi) que aunque las
estrategias de marketing
y distribución empleadas
por las dos bodegas
contendientes para la
comercialización de sus
vinos son distintas, nada
impide que en futuro
dichas bodegas cambien
sus estrategias y
coincidan. En
conclusión, el tribunal
consideró que los
consumidores podrían
creer que los vinos
vendidos bajo la marca
"Ca' Marina" era una
nueva línea creada por
el propietario de la
marca "Marina Alta" y
que por tanto existía
una conexión entre
ambas bodegas.
Control de la ayuda a la reestructuración y
reconversión de viñedos.
El Fondo Español de
Garantía Agraria
(FEGA), organismo
dependiente del
Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio
Ambiente, ha emitido la
Circular de
Coordinación 30/2013,
de 20 de diciembre, sobre
el control de la ayuda a la
reestructuración y
reconversión de viñedos
para la campaña vitícola
Jose Martos - Interforo Abogados (Madrid)
2013/2014 y siguientes.
El objetivo de la Circular
es marcar unos criterios
mínimos para que las
actuaciones de los
organismos pagadores de
las ayudas, en el ejercicio
5. de sus competencias, se
realicen de forma
coordinada, y el
establecer el plan
general de controles. La
Circular regula (i) los
controles previos a la
probación de los planes,
(ii) los controles
posteriores a la
aprobación de los
planes, (iii) los controles
previos a los pagos, (iv)
Jose Martos - Interforo Abogados (Madrid)
los controles de
seguimiento de los
planes, (v) los controles
de calidad, y (vi) el
desarrollo de los
controles sobre el
terreno.
http://www.fega.es/Pwf
Gcp/es/documentos/?d
ocUris=tcm:5-43147
6. Nuestros datos de
contacto
Dirección:
Interforo Abogados
C/ Conde de
Xiquena núm. 13
2º Dcha.
28004 - Madrid
José Martos miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid desde
1989. Especializado en el asesoramiento legal a empresas, ejerciendo en
Madrid, Nueva York, Barcelona y Pamplona, tanto en despachos de
abogados como abogado interno de empresas.
José Martos
__________________________________________
Teléfono móvil:
685 940 209
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a su bodega en cualquiera de las materias objeto de este Boletín.
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e-mail:
martosmartinezjose
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Se informa que se pueden ejercitar
los derechos de acceso, oposición,
rectificación y cancelación
ante José Martos.
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