constitucional/ Del espacio geográfico y de la división político-territorial Saia A
1. Universidad Fermín toro
Vicerrectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho.
Del espacio geográfico y de la
división político-territorial
Participante:
Br. Luis Regalado C.I V 25.686.308
Asignatura:
Derecho Constitucional.
SAIAA.
Docente:
Prof. Emily V. Ramírez M.
2. Del espacio geográfico y de la división
político-territorial
Territorio: Es considerado como una porción de la superficie
terrestre en la que un sistema de reglas jurídicas es aplicable y
ejecutivo; él representa la esfera de competencia espacial del
Estado y el ámbito de validez del ordenamiento estatal. Es la
delimitación geográfica en la cual se encuentra asentada
la población
la Constitución de 1999 incorporó cambios
importantes sobre el territorio como elemento del
Estado, por cuanto, el texto constitucional de 1999
adoptó la expresión de “espacios geográficos”.
Articulo 11
de la C.R.B.V
3. El espacio geográfico es una construcción social que puede
estudiarse en sus diversas manifestaciones (como paisaje natural,
paisaje urbano, paisaje industrial, otros.).
Artículo 10. El territorio y demás espacios geográficos de la República son
los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la
transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las
modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbítrales no viciados de
nulidad.
Espacio Geográfico
4. Subsiguientemente de 1830, El espacio Venezolano perpetuamente ha sido
señaladamente República correspondiente a la capitanía general, antes de
la configuración política iniciada en 1810.
Principios que rigen la determinación en
Venezuela: El Utis Possidetis Iuris.
Según Ernesto Wolf “… se expresa el principio de que el
Estado es libre e independiente de Venezuela sucede a la
Capitanía General de la Colonia en la posesión soberana
del territorio antes gobernado por el Capitán General”.
El principio del Utis Possidetis Iuris significa que a
Venezuela le incumbe el territorio que le correspondía
en 1810 a la Capitanía General de Venezuela, y ha
sido considerado como un dogma de Derecho Público
Internacional de Sur América.
Art. 13 y 10. C.R.B.V
5. Territorialidad: Territorio es el lugar que limita la soberanía del Estado, y es por
resultante, el límite de la vigilancia de su ordenamiento jurídico.
La territorialidad venezolana, la
extraterritorialidad e inviolabilidad de las
sedes diplomáticas.
Extraterritorialidad :Privilegio por el cual el domicilio de los funcionarios
diplomáticos, se consideran como si estuviesen fuera del territorio donde se
encuentran, para seguir sometidos a las leyes de su país de origen, siendo estos
recintos respetables a los fines del ejercicio de cualquier gestión o mediación en
cuestiones salubres, fiscales, legales, policíacos o administrativos de las mandos del
Estado que tiene el dominio real.
6. fue suscrita por Venezuela en el año de 1928, nombrada Convención
sobre funcionarios diplomáticos de La Habana
La inviolabilidad no simplemente comprende las sedes de las embajadas y
domicilios del personal diplomático; asimismo alcanza igualmente el indulto de
la inviolabilidad de dicho personal, en cualquier lugar del territorio del Estado,
lea protege y exonera de ser detenidos, interrogados, requisados, presuntamente
enjuiciados, retener los bienes de su propiedad, multados y en general, entrabados
en el ejercicio de sus funciones
7. Intangibilidad. Principios de
reciprocidad. Naturaleza jurídica del
poder del Estado sobre el territorio.
Accede en el plano interno, la tenencia de un área bajo su
inspección para ejercer su autoridad, donde preside, establece,
califica y gestiona.
Aprueba la determinación de sus fronteras, por razón de la línea límite de
defensa que traza su área de competición en el dictamen internacional,
como garantía de su independencia, frente al Estado extranjero.
la posesión del territorio y de su clara circunscripción se juega la eficacia de la
soberanía del Estado sobre sus residentes y su autonomía en presencia a Estados
Extranjeros
8. • Territorio objeto: El estado tiene sobre territorio un derecho de
propiedad, Que es de similar entorno jurídico, que tiene como dueño
individual concerniente una cosa que le pertenezca
• Territorio sujeto: El Estado y el territorio existe una analogía estructural,
ya que éste forma parte del Estado, tal como sería la concordancia que
existe entre el todo y una de sus partes
• Territorio limite: Es el límite hasta donde alcanza la validez de sus normas
jurídicas.
9. La División Político Territorial del
Estado Venezolano.
El artículo 16 de la Constitución de 1999 establece:
“Con el fin de organizar políticamente la República, el territorio nacional
se divide en el de los Estados, el del Distrito Capital, el de las dependencias
federales y el de los territorios federales. El territorio se organiza en
Municipios
Esta disposición agregada por la Constitución de 1999, al igual que lo hizo la
Constitución de 1961 decreta la división político territorial de la República, sin
mostrar el número, ni los nombres de los Estados, acogiendo el criterio prestigioso de
la Comisión Redactora del texto constitucional..
10. La anexión territorial, los tratados y
laudos arbitrales no viciados de nulidad.
Base constitucional.
La anexión territorial es un proceso Habitualmente violento, por el cual un
estado o país, se apodera de otro, demoliendo trasladando o integrando o
partes de sus instituciones, especialmente fuerzas armadas que puedan
tener y sus entes de políticas internacional, embajadas, consulados,
representaciones ante instituciones internacionales
La Constitución de 1999 estipula en la parte final del artículo
10 la expresión: “… con las modificaciones resultantes de los
tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad”.
La cuestión limítrofe venezolana ha originado unos
determinados conflictos con los países vecinos, tales como
Colombia, Brasil, las colonias de Gran Bretaña y las
colonias de Holanda.
11. Referencias Bibliográficas
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,
http://www.cne.gob.ve/web/normativa_electoral/constitucion/disposiciones.php
#final
http://ww2.todoenleyes.com/?ga=kitnJ6SlpceR4%2FgSf1ZjuPHm0KXqzpshe
Mdf3Z0OC6zTaDJcBYflcdoJskmQ%2FJxevFMpzpZ9EZ2UNzoLH6E%2Ba
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