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Responsabilidad Penal por dispraxis Medica
1. EL ACTO MEDICO QUIRURGICO.
IMPLICACIONES PENALES Y
RESPONSABILIDAD MEDICA
JOSE ARCANGEL RODRIGUEZ MORENO
2. RESPONSABILIDAD PENAL POR DISPRAXIS
MÉDICA EN EL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO ARAGUA
JOSE ARCANGEL RODRIGUEZ M
3.
4. La principal misión del médico es
la preservación de la salud de su
paciente
Debe brindar una
atención de calidad
Ceñido a una buena
práctica
de la medicina
Dispraxis médica o mala
práctica, es un daño que
el médico ocasiona
El derecho no se
puede alejar de la
salud
Es el bien más
preciado que integra el
valor humanidad
Siendo tutelado y garantizado
por
las legislaciones del mundo
5.
6. La dispraxis médica viene
condicionada por múltiples
causas
Determinando
consecuencias médicas y
jurídicas
Surgiendo un cambio
reactivo en el ejercicio de
la medicina
Responsabilidad no
sólo penal, sino civil,
administrativa, social
y deontológica
Medicina defensiva Encarecimiento de la
atención médica
Medidas punitivas o
en la indemnización
7. Confrontación entre el bien protegido
y la inseguridad jurídica del médico
El acto médico se conecta
con los más esenciales
bienes humanos
La progresiva crítica
al quehacer médico
concienciar tanto al paciente
como a los médicos
12. FUNDAMENTOS LEGALES
CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CÓDIGO PENAL
LEY DEL EJERCICIO DE LA
MEDICINA
CÓDIGO DE DEONTOLOGÍA
MÉDICA
13. Articulo 61 codigo penal venezolano
Nadie puede ser castigo como
reo de delito no habiendo tenido
al intencion de realizar el hecho
que lo constituye , excepto
cuando la ley se lo atribuye como
consecuencia de su accion u
omision. …
14. REALIZACION DE DOCUMENTOS
1.- LA HISTORIA CLÍNICA:
a.-Ley General de Salud: art.29:
“El acto médico debe estar sustentado en una
historia clínica veraz y suficiente que contenga
las prácticas y procedimientos aplicados al
paciente para resolver el problema de salud
diagnosticada”.
b.-Delegación del desarrollo de la historia.
Sigue…>
15. CRBV 1999: Titulo III – Art. 43
Protección del Derecho a la vida como
derecho civil. Titulo V , Art. 76
Protección de los Derechos Sociales y
de la familia, Código Civil de Vzla, Art.
17
Ley de la protección de las familias, la
maternidad y la paternidad
Ley Orgánica sobre el derecho de las
mujeres a una vida libre a la Violencia,
Art. 15
16. TRATADOS Y CONVENCIONES INTERNACIONALES
•Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Politicos (1966) parte III, Art. 6
•Convención Americana de Derechos
Humanos(1969) Capitulo II, Dentro de los
Derechos Humanos Civiles y Políticos Art. 4
17. RESPONSABILIDAD EN LA LEY GENERAL
DE SALUD
Art. 36.- Los profesionales, técnicos y auxiliares
del campo de la salud, son responsables por los
daños y perjuicios que ocasionen al paciente por
el ejercicio negligente, imprudente e imperito de
sus actividades.
a.- Imprudencia: Falta de precaución y discreción.
Realizar un acto intrépido, riesgoso e injustificado.
b.- Impericia: Incapacidad profesional o técnica.
c.- Negligencia: Obrar con descuido o abandono
18. PRESENTACIÓN DE RESULTADOS
Ítem Nº 1.- Considera que los avances técnicos que
incrementan las expectativas de curación al fallar,
motivan las denuncias contra los médicos.
Ítem Nº 2.- El conocimiento de los derechos impulsa
los pacientes y familiares a intentar acciones contra
los médicos.
19. PRESENTACIÓN DE RESULTADOS
Ítem Nº 5.- El mayor número de casos por responsabilidad
penal médica se deben a homicidio culposo.
Ítem Nº 8.- Se produce con frecuencia daños
pacientes por efectos de la anestesia.
20. PRESENTACIÓN DE RESULTADOS
Ítem Nº 9.- Ha participado en juicios por
casos de dispraxis médica.
Ítem Nº 11.- Ha dictado sentencias absolutorias
en casos de dispraxis médica.
21. El aspecto jurídico establece que por su ejercicio profesional, al médico
se le exige enmarcar toda su actividad en aras de salvaguardar la vida
de sus pacientes y mejorar sus condiciones de vida.
La evaluación del acto médico analiza el tipo de actuación
y el resultado obtenido teniendo en cuenta las
características especiales de quien lo ejerce.
Al referirse a la mala praxis, es importante tener en cuenta
que debe existir un daño verificable en el cuerpo o en la
salud del usuario, entendiendo la salud desde el punto de
vista físico y mental.
22. AL PODER
JUDICIAL
Sancionar a los profesionales de la salud que
se les haya demostrado el abandono del paciente
Incrementar el número de técnicos
especializados en pericia médica
Generar pautas que enmarquen
la praxis profesional del galeno
23. AL GREMIO
MEDICO
Concienciar al galeno acerca de la
realización de la historia clínica
Ofrecer capacitación y asesoría constante a sus
agremiados en materia de responsabilidad legal
en el ejercicio de su profesión
Sensibilizar al profesional de la medicina en
cuanto al trato digno que merece el paciente
Supervisar las credenciales y formación
especializada del personal médico
24. El profesional de la
medicina actual debe basar
su experiencia en hechos
demostrados
científicamente.