3. ■ EL TRABAJO ES UNA INTRODUCCIÓN A LOS TIPOS DE DESCANSO QUE EXISTEN EN EL
MUNDOLABORALQUESEAPLICANENLAECONOMÍADELPAÍS.
■ EL TRABAJO ESTA COMPRENDIDO POR DOS PARTES: UNA PRIMERA ETAPA ESTA
RELACIONADO A LOS TIPOS DE DESCANSOS Y UNA SEGUNDA PARTE SE MENCIONA AL
TRABAJOYALOSHORARIOSQUEEXISTENENELSECTORPRIVADOYPUBLICOENELPAÍS.
4. ■ EL TRABAJO, YA SEA FÍSICA O INTELECTUAL REQUIERE DE UN ESFUERZO QUE
PROVOCA UN DESGASTE, EN EL TRABAJADOR PARA SEGUIR NECESITA
REPASAR ALGUNOS MINUTOS O SE DISTRAIGA PARA QUE NO SE SATURE POR
LASEXIGENCIASDESUPUESTO.
■ EL DESCANSO LABORAL ES LA INQUIETUD, SUSPENSIÓN DE LAS ACTIVIDADES
CON EL OBJETO DE REPONER LAS ENERGÍAS, FÍSICAS PSÍQUICAS PERDIDAS
PORELTRABAJADOR.
5. ■ 2.1DESCANSOS INTERLABORAL:
■ ES EL DESCANSOS INTER LABORAL ALUDE A LA PAUSA QUE SE TIENE AL
MEDIO DÍA CON MOTIVO DE ALIMENTACIÓN Y REALIZAR CIERTOS ACTOS
BIOLÓGICOS O PSÍQUICOS, ES EL ESPACIO DENOMINADO COMO EL TIEMPO
DELBOCADILLO ODEL REFRIGERIO.
■ ESTE DESCANSO PUEDE ESTAR NORMADO O SUJETO A UN CONVENIO
COLECTIVO ENTRE TRABAJADORES Y EMPLEADORES QUE PODRÁN
AUMENTAR LA DURACIÓN DE LA PAUSA O DISMINUIR EL TIEMPO QUE PUEDE
PASAR.
SE CLAISFICAN DE LA SIGUIENTE FORMA:
6. ■ 1.- EL CONVENIO COLECTIVO PUEDE DETERMINAR SI DURANTE EL DESCANSO EL
TRABAJADOR PUEDEONOAUSENTARSEDELLUGARDETRABAJO.
■ 2.-ELCONVENIOCOLECTIVO PUEDEFRAGMENTARELPERIODODEPAUSA.
■ 3.- ANTE EL SILESIO CONVENCIONAL, CORRESPONDE AL TRABAJADOR, DECÍAN EL
MOMENTO EN QUE SE DESFRUTARA DEL DESCANSO, MIENTRAS QUE OTROS DEFIENDEN
LO CONTRARIO, QUE LA IMPRESA TIENE UN MARGEN DE LIBERTAD, SIEMPRE QUE NO
CONDUZCA ALADESNATURALIZACIÓN DELAPAUSA.
-EN BOLIVIA ESTE DESCANSO SE PRODUCE NORMALMENTE ENTRE LAS 12:00 Y LAS 14:00
PM. HORAS EN OTROS SECTORES ES DE 12:30 14:00 PM. LA LEY GENERAL DEL TRABAJO, EN
EL ARTICULO 49 ESTABLECE EL DESCANSO, EL CUAL NO DEBERÁ EXCEDER LAS DOS HORAS
DIARIAS.
ART. 49 LA JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO DEBERÁ INTERRUMPIRSE CON UNO O MAS
DESCANSOS NOSEAINFERIORADOSHORAS.
7. ■ EL DESCANSO ENTRE LA JORNADA DE UN DÍA Y LA DEL DÍA SIGUIENTE,
EXISTE UN LAPSO DE INTERRUPCIÓN DEL TRABAJO ES EL PARO
NOCTURNO, EL TRABAJADOR DEBE RESPONDER EN ESTE TIEMPO LAS
FUERZASOENERGÍASPARAESTARCOMONUEVOELDÍASIGUIENTE.
■ EN ESTE SENTIDO EL ARTICULO 43 DE LA L.G.T. SEÑALA QUE LOS DÍAS Y
HORAS DE DESCANSO SE INDICARAN EN LAS EMPRESAS MEDIANTE
CARTELESESPECIALES.
8. ■ EL DESCANSO ¨HEBDOMARLO¨ PROVIENE DEL LATÍN ¨HEBDOMA¨, QUE
SIGNIFICA ¨SIETE Y DARIO¨, DÍA Y LA PALABRA SEMANAL (DEL LATÍN
¨SEPTI¨,SIETEYMANAMAÑANA:SIETEMAÑANAS.)
■ EL DESCANSO SEMANAL PUEDE SER ACUMULABLE POR PERIODOS DE
CATORCEDÍASYPUEDESERDEUNDÍAELDOMINGO.
EL DECRETO REGLAMENTAL DEL 30 DE AGOSTO DE 1927,
REGULA LAS SIGUIENTES EXCEPCIONES.
■ POR RAZONES INTERÉS PUBLICO, PUEDAN REALIZARSE EN DOMINGO LA
SIGUIENTE ACTIVIDAD: SERVICIOS DE TRANSPORTE, TELÉFONOS Y
TELÉGRAFOS,MERCADOS, HOTELESY TODO LOSDEMÁS.
■ POR MOTIVOS DE CARÁCTER TÉCNICO, LOS TRABAJADORES ´PUEDAN
TRABAJAR EN DOMINGOS: CUANDO LO MATERIAL PRIMA PUEDA ALTERARSE
SI NO SE SOMETE A UN TRATAMIENTO O SE REQUIERE PREPARACIÓN,
ELABORACIÓN YDETERMINACIÓN ENUNPERIODO DE24 HORAS.
9. ■ SU ORIGEN ES RELIGIOSO, INFLUENCIADO POR EL CRISTIANISMO HACE
QUEELTRABAJADORTENGAQUERENDIR CULTOASU DIOS.
DESCANSODEDÍAYMEDIO
■ ESELDESCANSODELA TARDEDELSÁBADO YTODOELDOMINGO.
DESCANSODEDOSDÍASALA SEMANA
■ SÁBADO Y DOMINGO, QUE REQUIEREN DE MAYOR DESPENDIO DE
ENERGÍA Y EL EMPLEADOR TIENE MAS TIEMPO PARA LA
MANTENCIÓNDELAS MAQUINAS.
■ ENBOLIVIAELÓRGANO EJECUTIVOSIGUEESTAMODALIDAD,PERO EL
ÓRGANO LEGISLATIVO NO ACEPTA NINGUNA PARTICULARIDAD, PUES
TRABAJA DE ACUERDO A SESIONES, 60 SESIONES ORDINARIAS QUE
SONAMPLIADAS 120.
10. ■ EL TERMINO PROVIENE DEL HEBREO SABATH, SIGNIFICA DESCANSO
O CESACIÓN.
■ EL SÁBADO INGLES CONSISTE EN EL DESCANSO DE LA MEDIA
JORNADA DEL SÁBADO Y TODO EL DOMINGO, PARA LO CUAL SE
TRABAJA UNA HORA MAS DE LUNES A VIERNES, ÓSEA NUEVE HORAS
AL DÍA.
■ EL SÁBADO INGLES HA SIDO RECLAMADA POR LAS ASOCIACIÓN
INTERNACIONALDELEGISLACIÓNDELTRABAJO.
■ LA OFICINA INTERNACIONAL DE BERNA PREPARO EN JUNIO DE 1918 UN
MEMORÁNDUMPROPONIENDOLAINCORPORACIÓNDELSÁBADODEINGLESEN
LACARTA DETRABAJO.
■ EL DESCANSO DEL DÍA SÁBADO NO ES UNA REDUCCIÓN DE LA JORNADA DE
TRABAJO, SI NO QUE SALE DE LA RESULTANTE DE ACUMULAR HORAS A LO
LARGO DE LA SEMANA PARA DESCANSAR, EL DÍA SÁBADO EN LA TARDE Y EL
DOMINGO, ES DECIR NUEVE HORAS AL DÍA Y EL SÁBADO LAS CUATRO HORAS
NORMALES.
11. EL TRABAJO CONTINUO TRANSCURRE SIN INTERRUPCIONES, EL
HORARIO HABITUAL ES DE 08:00 16:00 HORAS DEL TRABAJAR,
TENDRÁ DERECHO A DISFRUTAR DE AL MENOS MEDIA HORA DE
DESCANSO O PARA EL REFRIGERIO POR UNA SOLA VEZ AL DÍA, LAS
ACTIVIDADESSONDE OCHOHORASCONTINUAS.
■ ARTICULO4°(ELHORARIO)
LA JORNADA DE TRABAJO DE HORARIO CONTINUO SERÁ DE OCHO HORAS DIARIAS CON TREINTA
MINUTOS DE TOLERANCIA, POR UNA SOLA VEZ AL DÍA, SIN SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES Y DE
ACUERDOAELROLESTABLECIDO.
■ ARTICULO5°(DELÓRGANORECTOR)
EL MINISTERIO DE TRABAJO Y MICROEMPRESA, ES DE ÓRGANO RECTOR, TENDRÁ A SU CARGO LA
APLICACIÓN E IMPLEMENTACIÓN EFECTIVA DE LA JORNADA DE TRABAJO EN HORARIO CONTINUO, EN
LAADMINISTRACIÓNPUBLICA.
■ ARTICULO6°(DELOSSISTEMASDECONTROL)
LAS UNIDADES ENCARGADAS DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS, TENDRÁ
A SU CARGO EL CUMPLIMIENTO DE LA JORNADA DE HORARIO CONTINUO EN LA INSTITUCIÓN QUE
CUMPLESUSFUNCIONES.
12. EL SER HUMANO NO PUEDE REALIZAR TRABAJOS DE FORMA
CONTINUA,COMOSI SE TRATARA DE UNAMAQUINA, NECESARIAMENTE
NECESITA REPONER ENERGÍAS, LIBERAR TENSIONES O ALIMENTARSE
Y PARA EVITAR MALOS ENTENDIDOS O EXAGERACIONES DEL
EMPLEADOR.
■ ARTICULO9° (LGT)
LA JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO, DEBERÁ INTERRUMPIRSE CON
UNO O MAS DESCANSOS, CUYA DURACIÓN NO SEA INFERIOR A DOS
HORAS EN TOTAL SIN QUE PUEDA TRABAJARSE MAS DE CINCO HORAS
CONTINUAS ENCADAPERIODO.
13. El descanso en la jornada laboral entre
turnos
■ Es la forma de organización en la que se prestan servicios en horarios diferentes
en una etapa determinada de días o semanas de forma cíclica.
■ Ningún empleado puede estar en el turno de noche más de dos semanas
consecutivas, salvo que sea una decisión voluntaria.
■ En varias empresas, instituciones públicas o privadas,
por ejemplo, los trabajadores realizan turnos de uno
o dos noches a la semana al margen de las ocho
horas/día.
14. El descanso en la jornada laboral entre
turnos
■ Se puede reducir el descanso entre jornadas hasta las 7 horas si al cambiar el
turno del trabajador no se respeta las 12 horas, pero ello supone una
compensación en los días siguientes.
■ En Bolivia, por las condiciones laborales, algunos trabajadores realizan turnos
de cinco o seis horas y salen a las 23.00 o a las 00.00 horas
■ Se puede cambiar el descanso mínimo
semanal y acumularlo por periodos de
Hasta cuatro semanas el medio día del
descanso semanal o separarlo del día
completo para su disfrute en otro día
de la semana.
15. Los descansos eventuales
■ Son los periodos de descansos adicionales que se otorgan a los trabajadores en
situaciones especiales o inusuales que pueden afectar su desempeño laboral y
pueden ser otorgados por enfermedad, accidente o fuerza mayor.
■ La duración y las condiciones para otorgar estos descansos pueden variar
según la legislación laboral o los acuerdos establecidos en los convenios
colectivos.
■ Estos descansos eventuales suelen estar
remunerados, pero en la forma en
que se calcula el pago puede depender
de las regulaciones laborales
específicas.
16. Los descansos eventuales
■ Los descansos eventuales están diseñados para proteger la salud y el bienestar
de los trabajadores en situaciones excepcionales que requieren la atención
urgente del trabajador.
■ En las instituciones públicas y privadas, se otorga al trabajador el permiso por
un día o medio día para que pueda atender un conflicto judicial o policial, lo
cual no supone el descuento de su salario.
■ El empleador y sus trabajadores podrán acordar un descanso de medio día en
la semana, días u horas como para la reparación de los equipos, fumigación de
los ambientes, el aniversario de la institución, lo cual no significa que los
problemas personales que se presentan de forma eventuales estén exentos de
los descansos, por ejemplo, un problema de salud (Covid-19 o resfrío).
17. Decretos Supremos
■ DS 4926 del 1ro de mayo de 2023. Los trabajadores estudiantes gozarán de la
licencia para su capacitación y formación profesional.
■ DS 4927 del 1ro de mayo de 2023. Descanso de media jornada laboral por el Día
del Padre y el Día de la Madre boliviana.
■ Ley 252 DS 1496 Se otorga a las trabajadoras la tolerancia de un día al año para
que se sometan a un examen de e Papanicolaou y/o Mamografía
■ DS 1212 1ro de mayo de 2012. Se otorga tres días de tolerancia por paternidad a
los padres, desde el nacimiento de sus hijos para que acompañen a sus esposas o
convivientes en el post parto.
■ DS 1455 9 de enero de 2013. Licencia Especial de tres días a los padres, madres,
tutores y responsables que tengan hijos menores de 12 años que requieran
atención personal por accidente grave o enfermedad grave.
18. Horario de trabajo e
incompatibilidades para médicos y
otros profesionales
■ El artículo 46 de la LGT establece que la jornada de trabajo no excederá las 8
horas por día, las 48 por semana, las siete horas nocturnas y la jornada de las
mujeres no excederá las 40 horas semanales diurnas. Esta norma “exceptúa de
esta disposición el trabajo de las empresas periodísticas, que están sometidas
a reglamentación especial”.
■ No cuenta con una norma específica.
su horario comprende de 08.00
a 20.00 en muchos de los casos.
19. Horario de trabajo e
incompatibilidades para médicos y
otros profesionales
■ Además, se excluye de este artículo “a los empleados u obreros que ocupen
puestos de dirección, vigilancia o confianza, o que trabajen discontinuamente,
o que realicen labores que por su naturaleza no puedan someterse a jornadas
de trabajo”.
■ En este grupo se ubican a los trabajadores en construcción, personal de
empresas de seguridad (hombres de negro) o personas
allegadas a los jefes, quienes no gozan
de una regulación legal con relación
al horario de trabajo, pues pueden trabajar
sábados, domingos o sobrepasar las 8 horas
de labores por día.
20. Horario de trabajo e incompatibilidades
para médicos y otros profesionales
■ DS 9357, del 20 de agosto de 1970, estableció tres formas de jornada de trabajo:
medio tiempo de tres horas; tiempo completo con seis horas; y dedicación
exclusiva.
■ DS 20943, del 26 de julio de 1985, amplía el alcance del DS 9357, a favor del
personal de enfermeras, biotecnólogos y nutricionistas.
■ La normativa permitió a los profesionales en salud desarrollar sus actividades por
seis horas diarias y de lunes a viernes; sin embargo, no se cumple.
■ En estos casos no se acomoda los horarios
de trabajo establecidos por la LGT a este,
sector así como a los que se mencionó.
21. Respaldo constitucional- CPE
■ Art. 46 III. Se prohíbe toda forma de trabajo forzoso y explotación.
■ Art. 48 I. las disposiciones laborales y sociales son de cumplimiento obligatorio
II. Los derechos y beneficios a favor de los trabajadores no pueden
renunciarse y son nulas toda disposición contraria.
Art. 49. I. Se reconoce el derecho a la negociación colectiva. II. La ley
regulará las relaciones laborales relativas a contratos y convenios colectivos;
salarios mínimos generales, sectoriales e incrementos salariales; reincorporación;
descansos remunerados y feriados; cómputo de antigüedad, jornada laboral, horas
extra, recargo nocturno, dominicales; aguinaldos, bonos, primas u otros sistemas
de participación en las utilidades de la empresa; indemnizaciones y desahucios;
maternidad laboral; capacitación y formación profesional, y otros derechos
sociales.
Art. 60/64 I. Es deber del Estado, la sociedad y de los padres la protección y el
socorro de los niños y adolescentes que comprende la protección y el socorro, la
educación y la formación integral
22. Conclusiones
■ No todos los descansos descritos se aplican en Bolivia por sus particularidades
existentes en el ámbito de la relación laboral entre empleados y empleadores,
en los sectores privado o público.
■ A causa de las condiciones laborales y económicas, cada vez se restringen los
tiempos de descanso, lo que ahonda el incumplimiento de la normativa, lo
cual es difícil de identificarlo, debido a que cuenta con el consentimiento del
trabajador.
■ En Bolivia, se aplican en la mayoría de los casos el descanso inglés y el de
entre semanas, aunque en algunos casos, los trabajadores de los municipios o
gobernaciones deben asistir a los actos públicos de sus jefes los domingos, lo
cual no significa que tendrán descanso el lunes. Por ejemplo, las trabajadoras
del hogar que descansan desde el sábado de la tarde hasta el domingo.
23. Conclusiones
■ Existe una debilidad en la fiscalización y control que surge por la falta de una
normativa positiva que se vincule a una nueva LGT, lo cual permita establecer las
reglas claras en la relación empleador-trabajador
■ La Ley General del Trabajo y su reglamento no establecen los descansos en sus
diferentes modalidades en favor de los trabajadores, a diferencia de los días
hábiles y de los feriados.
■ Es menester hacer notar que existe un descanso anual para todos los trabajadores
del sector público o privado que se denomina vacaciones, el cual está normado
por el DS 3150 que fue promulgado el 19 de agosto de 1952, La norma establece
que los trabajadores que desempeñaron funciones de 1 a 5 años de trabajo
tendrán 15 días hábiles de vacación; de 5 años a 10 años de trabajo, 20 días
hábiles y de 10 años adelante de trabajo, 30 días hábiles.