modelo de flujo maximo unidad 4 en modelos de optimización de recursos
Impuesto Renta guía
1. IMPUESTO A LA RENTA
INTEGRANTES:
Luque Perez, Roberto
Mejia Vasquez, Madeley
Morazzani Sotomayor, Brenda
Mory Pucce, Esteban
Rodriguez Albino, Aracely
2016
CURSO:
Legislación Tributaria
Profesor:
Palomino Sanchez, José
2. IMPUESTO A LA RENTA
RENTA
Primera
Categoría
Segunda
Categoría
Tercera
Categoría
Régimen
Único
Simplificado
Régimen
Especial
Renta
Régimen
General
Cuarta
Categoría
Quinta
Categoría
RENTAS DE TRABAJO
RENTAS EMPRESARIALES
RENTAS DE CAPITAL
La clasificación se basa a como
personas naturales o jurídicas
generan ingresos (rentas).
3. IMP. RENTA – PRIMERA CATEGORIA
Personasnaturales,sucesionesindivisasysociedades
conyugales
(Domiciliadasonodomiciliarias)
Locación o Cesión
(Predios o no predios)
Subarrienden
Arrienden
Cesiones Gratuitas
Renta bruta, es la diferencia
entre la merced conductiva que
se abone al arrendatario y la que
deba abonar al propietario.
Generan una renta Bruta anual
no menor al 8% del valor de
adquisición, producción,
construcción o ingreso.
La renta ficta será el 6% del
autoavalúo correspondiente al
imp. Predial.
Renta bruta no podrá ser inferior
al 6% del valor del predio. Salvo
leyes especificas o al Sector
Público Nacional, museos,
bibliotecas o zoológicos.
Mejoras: No hay obligación de reembolso y se computará para los
tributos municipales.
Desocupación: Comprobando con consumos de luz y/o agua, o
dependiendo la SUNAT.
𝑅𝑒𝑛𝑡𝑎 𝑁𝑒𝑡𝑎 = 𝑅𝑒𝑛𝑡𝑎 𝐵𝑟𝑢𝑡𝑎 𝑥 80%
𝑇𝑎𝑠𝑎 𝑑𝑒 𝑅𝑒𝑛𝑡𝑎 = 6.25%
Ejercicio Gravable: 01 de Enero hasta el 31 de Diciembre
Responsable del Impuesto:
Personas naturales: El contribuyente
Sociedades conyugales: Ambos o especificar un
representante.
Declaración y Pago: Formulario N.° 1683 – Pago Fácil
Rectificación: Formulario N.° 1683 – Pago Fácil
Modificatoria: Formulario Virtual N.° 1693
4. IMP. RENTA – PRIMERA CATEGORIA – CASO PRACTICO
PERSONA NATURAL DOMICILIADA QUE ALQUILA UN INMUEBLE Y CEDE OTRO GRATUITAMENTE
Autoevalúo: S/.350,000
Renta: S/.2,000
Autoevalúo: S/.300,000
Pagos a cta. Mensual:
Monto de Alquiler: S/.2,000
Deducción (20%): -S/.400
Renta Neta: S/.1,600
Pago a Cta. (6.25%): S/.100
Impuesto anual:
Monto anual por Alquiler (2,000 x 12): S/.24,000
Renta según Autoevalúo (350,000 x 6%): S/.21,000
Pagos a cta. Mensual:
No se genera, ya que es un predio cedido
gratuitamente.
Impuesto anual:
Renta según Autoevalúo (300,000 x 6%): S/.18,000
Pago de Regularización
Renta Predio 01: 24,000
Renta Predio 02: 18,000
Total de Renta: 42,000
Descuento (20%): -8,400
Renta Neta: 33,600
Imp. Anual (6.25%): 2,100
Pagos a Cta. (100x12): -1,200
Pago de Reg.: 900
5. IMP. RENTA – SEGUNDA CATEGORIA
TIPO DE
INGRESO
Ganancia por venta de
acciones mobiliarias.
Ganancias por fondos
mutuos o fondos de
inversión.
Dividendos percibidos
MONTO A
PAGAR
6.25% de la Renta Neta
6.25% de la Renta Neta
o 5% de la Renta Bruta
6.8% de los dividendos
percibidos
DECLARACIÓN
Y PAGO
Determinación anual
Retención por el agente
pagador de la renta (no
se incluye en la
declaración anual)
Retención por el agente
pagador de la renta (no
se incluye en la
declaración anual)
Tratándose de Dividendos obtenidos de
distribución de utilidades.
La tasa del impuesto será
6.8% para años 2015 y 2016
8.0% para años 2017-2018
9.3% para 2019 en adelante.
Y la Retención en el momento en que
se percibe el dividendo.
Respecto a otras rentas: intereses,
regalías, derechos etc.
Se efectuará una deducción del 20%
La tasa del impuesto será de 6.25%
Y la Retención en el momento en que
se percibe la renta.
6. IMP. RENTA – SEGUNDA CATEGORIA – CASO PRACTICO
Venta de
Inmuebles
Inmuebles adquiridos
con anterioridad al
01/01/2004
La venta que constituya
casa habitación del
vendedor
El costo de adquisición
es mayor o igual al
precio de venta
Si vendes un inmueble y
no generas rentas
empresariales, la
ganancia que obtengas de
dicha venta, se considera
renta de segunda
categoría.
7. IMP. RENTA – TERCERA CATEGORIA
Se tributa de acuerdo a uno de los 3
Regímenes
Régimen Único Simplificado
(RUS)
Ingresos bruto no debe superar
360,000 así como el mono
anual de las compras no sean
mayores 70,000.
Se emiten boletas , tickets ,
no llevan libros contables , no
se paga IR , IGV . ni impuesto
Promocional a la
municipalidad .
Régimen Especial a la Renta
(RER)
Persona natural con negocio o
persona jurídica .
Ingresos y limites de compras
:s/.525,000 anuales.
Activos fijos : 126,000 cantad.
De trabajadores 10 por turno .
Registro de compras y ventas se
emiten boletas de venta y los
demás permitidos , renta 1.5%
ingresos mensuales IGV: 18%
(promoción municipal) ,
aportación ESSALUD.
Régimen General
(RG)
Persona natural con negocio o
cualquier tipo de persona jurídica
, registro de compras ,y libro
diario simplificado 150 UITMAS DE
1700 UIT de ingresos anuales
llevan contabilidad completa y los
comprobantes que se imiten son
factura , boleta de venta la renta
1.5% IGV. 18%aportacion
ESSALUD 9% ,regularicen por
impuesto a la renta 28%sobre la
unidad neta.
8. IMP. RENTA – CUARTA CATEGORIA
RENTA BRUTA
Es el total de los ingresos afectos a la renta de cuarta
categoría.
RENTA NETA
Para establecer la renta neta de cuarta categoría el
contribuyente podrá deducir de la renta bruta del
ejercicio gravable, por concepto de todo gasto, el 20%
de la misma, hasta el límite de 24 UITs. Dicha deducción
no es aplicable a las rentas percibidas por el desempeño
de funciones de director de empresas, síndico, albacea y
actividades similares, incluyendo el desempeño de las
funciones de regidor municipal o consejero regional.