SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 33
 La disolución de la sociedad conyugal
implica, para el futuro la extinción del
régimen de comunidad de ganancias
entre los cónyuges. Se termina con la
condición de ganancialidad respecto
de la adquisiciones , que en los sucesivo
pudiese efectuar cualquiera de los
cónyuges.
 “ La sociedad conyugal se disuelve:
1.- por la separación judicial de bienes,
2.- por declararse nulo el matrimonio;
3.- y por la muerte de alguno de los esposos.” (art.
1291 C.C)
4.- La sentencia se separación personal o divorcio
vincular disuelve la sociedad conyugal con efecto
retroactivo al día de la notificación de la demanda
o de la presentación conjunta de los cónyuges
dejando a salvo los derechos de terceros de buena
fe. (art. 1306 C.C ley 17.711
5.- Ausencia con presunción de fallecimiento
 Uno de los cónyuges puede pedir la
separación judicial de bienes cuando el
concurso o la mala administración del
otro le acarree el peligro de perder su
eventual derecho a los gananciales y
cuando mediare abandono de hecho
de la convivencia matrimonial por parte
del otro cónyuge.(art.1294C.C)
 Elemento objetivo: gestión inepta, ya sea de
bienes propios o gananciales, gastos
excesivos, insolvencia, etc.
 Elemento subjetivo: falta de aptitud,
negligencia o dolo en la gestión de bienes.
 Se debe valorar la administración en su
conjunto no puede ser un acto aislado.
 Se admite toda clase de prueba e incluso el
allanamiento, pero en este supuesto se debe
desprender la mala administración de prueba
acompañada, no se puede desvirtuar el
régimen forzoso de la soc. conyugal
El cónyuge del concursado o quebrado no
puede pretender , a través de la demanda
de separación de bienes, liquidar la
sociedad conyugal para recibir la mitad de
los gananciales que se hallan en la masa
del fallido, se lo trasformaría en una
acreedor de dominio frente a terceros con
privilegio absoluto y preferido.
Además puede verse obligado a aportar el
50% de sus bienes gananciales al concurso
de su esposo.
Interrupción unilateral e injustificada de la
cohabitación por parte de un cónyuge
 Elemento subjetivo: abandono voluntario y
malicioso (art.202 inc.5)
 Otras opciones para el cónyuge
abandonado:
 Presentar divorcio
 Peticionar separación personal
 Esperar y aplicar 1306 C.C al momento de
la disolución de la
 Art.1289. Si por incapacidad, o excusa de
la mujer, se encargare a otra persona la
curaduría del marido, o de los bienes de la
sociedad conyugal, el curador tendrá la
administración de todos los bienes de la
sociedad conyugal, con las obligaciones y
responsabilidades impuestas al marido.
 Art. 1.290. Si la mujer no quisiere someter a
esa administración los bienes de la
sociedad, podrá pedir la separación de
ellos
 Se aplica por analogía el art. 1306 primer
párrafo.
 La sentencia se separación personal o
divorcio vincular disuelve la sociedad
conyugal con efecto retroactivo al día
de la notificación de la demanda o de
la presentación conjunta de los
cónyuges dejando a salvo los derechos
de terceros de buena fe
 Art. 1312 “Si el matrimonio se anulase, se
observará en cuanto a la disolución de
la sociedad, lo dispuesto en los
art.221,222, y223”.
 Sólo para cónyuges de buena fe art.
221 o para el de buena fe que haya
optado art. 222 inc. 3.
 Se disuelve la sociedad conyugal el día del
fallecimiento del cónyuge.
 Art. 1313 “…Disuelta la sociedad conyugal
por muerte de uno de los cónyuges, se
procederá al inventario y división de bines
como lo dispone el Libro Cuarto de este
Código, para la división de herencias”.
 El inventario debe ser hecho dentro de los
tres meses , bajo apercibimiento de no
tener derecho a usufructo de los bienes de
los hijos menores de edad art.296 C.C
 art.30 ley 14.394.-Transcurridos cinco
años desde el día presuntivo del
fallecimiento, u ochenta años desde el
nacimiento de la persona, quedará sin
efecto la pre-notación prescrita
pudiendo desde ese momento
disponerse libremente de los bienes.
Queda concluida y podrá liquidarse la
sociedad conyugal.
 1.- cónyuge presente opta por la
disolución.
 2.- cónyuge presente contrae nuevas
nupcias.
 3.- no concurren ninguna de las
anteriores art. 30 concurren cinco años
de la declaración u ochenta del
nacimiento.
 La disolución de la sociedad conyugal se
produce de pleno derecho, ipso iure
como efecto de la sentencia de
separación personal o divorcio.
 La demanda de separación personal o de
divorcio lleva implícita la de separación de
bienes y hace procedentes las medidas
precautorias arts. 1295 y 233 C.C.
 La disolución se produce con efecto
retroactivo al día de la notificación de la
demanda.
 Muerte fallecimiento
 Ausencia con presunción día fijado por el juez o opción,
nuevo matrimonio o se cumple el plazo
 Nulidad, divorcio o sep. Personal 1306 C.C
 Separación de bienes: Conflicto / Ley 17.711
1ª. Postura: Hay que distinguir
 Mala Administ: Interposición demanda
 Concurso: Decreto por el Juez
 Adm.x 3º: Asunción en el cargo o
 Requerimiento
2ª. Postura: En todos los casos, opera desde el día de la
interposición de la demanda
 Podetti : “Son actos procesales del órgano
jurisdiccional adoptadas en el curso de un
proceso o previamente a él, a pedido de
parte o de oficio, para asegurar bienes,
pruebas o mantener situaciones de hecho o
para la protección de personas o satisfacción
de necesidades urgentes, como un anticipo
que puede o no ser definitivo, de la garantia
jurisdiccional de la defensa de la persona y sus
bienes.”
 Normativa Legal: Art. 233 C.C.
 Normativa Procesal: Art. 112 y cc del CPCMza.
 Pueden solicitarse antes de interpuesta a
demanda de separación de bienes o de
separación personal o divorcio o
conjuntamente.
 Interpuesta la demanda no se debe
acreditar peligro en la demora
 Antes si se debe acreditar .
 NO requieren contracautela
 art. 233 y 1295 C.C
1. Embargo
2. Inhibición general
3. Inventario
4. Compulsa de libros
5. Intervención judicial
6. Prohibición de contratar o innovar
7. Depósito y secuestro de bienes
8. Sustitución en la adminsitración
9. Etc.
 Art. 1298 C.C “ La mujer podrá argüir de
fraude cualquier acto o contrato del
marido, anterior a la separación de
bienes, en conformidad con lo que está
dispuesto respecto a los hechos en
fraude de los acreedores.”
Se puede
ejercer aún
vigente la
sociedad
conyugal no
hace falta
haber
interpuesto la
acción de
divorcio
 Fraude a través de
actos simulados
(conf. Art. 1297)
› Alquilar un bien
después de disuelta la
soc. cony.
› Pago anticipado de
alquileres o deudas
no vencidas
› Venta de bienes
gananciales que no
requieren
asentimiento por
precio vil o bajo la
forma de donación
 Destrucción de bienes
comunes
 Constitución fraudulenta
de sociedades con
bienes gananciales
 Situación jurídica en que se halla la
masa de bienes gananciales desde la
disolución de la sociedad conyugal
hasta la liquidación
 Es una comunidad de derechos
oponibles entre los cónyuges NO ERGA
OMNES.
 Sobre esa masa, los cónyuges poseen
un derecho pro-indiviso por partes
iguales
 a) Universalidad jurídica
 b) Condominio y copropiedad
 c) Zannoni distingue:
disolución por muerte o disolución por
causa distinta
GESTIÓN DE BIENES:
1.-Disolución no causa de muerte:
arts. 1276 y 1277
2.- Disolución por causa de muerte: régimen
de gestión conjunta art-3451 C.C
PASIVO
1.-Subsiste separación de responsabilidades
ar.5 y6 ley 11347 OBLIGACIÓN DE RENDIR
CUENTAS
2.- Unidad de masa se constituye con los
gananciales y propios del premuerto
 Lucas estuvo más de tres años desaparecido
a consecuencia del tsunami en Tailandia
cuando había ido por negocios, su esposa
Elena inició y culminó el proceso por el que se
declaró su muerte presunta. La sociedad
conyugal se disuelve:
1. A la fecha de la demanda.
2. A la fecha de la muerte presunta.
3. A la fecha de la sentencia que declaró su
ausencia con presunción de fallecimiento.
4. Transcurridos 5 años de su muerte presunta.
 Juana abandonó de hecho a Aurelio. Aurelio
sabiendo que ella se fue a vivir con otro
hombre no quiso separarse personalmente ni
divorciarse, sino pedir la separación judicial de
bienes basado en el abandono de hecho, por
cuanto sigue esperezado en que Juana
VUELVA. Sin embargo, sabe que, como posee
bienes gananciales no registrables de su
titularidad y de alto valor adquisitivo, teme
sobre el futuro de la eventual partición común
partible. Se decretó la separación judicial de
bienes por esa causal. La sociedad conyugal
se disuelve :
1. A la fecha de la demanda.
2. A la fecha de abandono.
3. A la fecha de la notificación de la
demanda.
4. A la fecha de la sentencia de
separación judicial.
 Lorena es comerciante y tiene un
negocio de venta de perfumes
importados, Juan es contador y trabaja
en su estudio particular.
 ¿Durante el trámite de divorcio que
medidas precautorias le aconsejaría a
cada uno interponer?
 Juan y Mariana se casaron el 24/06/2002 y tuvieron dos
hijos: Mateo y Sofía. Juan es médico y Mariana abogada.
El día 23/05/2008 solicitaron el divorcio por presentación
conjunta, cuya sentencia se dictó el 12/10/2008. al
momento de la disolución de la sociedad conyugal nos
encontramos con los siguientes bienes:
 un auto que compró Juan en el 2005 con ahorros de su
trabajo
 un terreno en Rosario que Juan en el 2003 recibió por
herencia.
 una flota de 10 camiones que Mariana recibió por
herencia de su padre.
 Una casa construida por Juan e el año 2004 e el terreno
ubicado en Rosario sede del hogar conyugal.
 Una moto comprada por Mariana el 20/07/2008 con los
honorarios cobrados de una clienta el 30/06/2008
 Determine la calidad de los bienes.
 El 20 de julio del 2008 Juna lleva el auto al mecánico
y contrae una deuda de pesos 3000 por los arreglos
¿ PUEDE Mariana ser responsable frene a esa
deuda? Fundamente.
 ¿ Quién y con qué bienes responde por la deuda
contraída por Mariana en enero del 2007 en virtud
de los gastos de mantenimiento y publicidad de la
flota de camiones cuyo rédito benefició a ambos
cónyuges hasta el momento de la presentación del
divorcio? Fundamente. Si la deuda hubiese sido
contraída después de disuelta la sociedad conyugal
cambiaría su respuesta? Fundamente.
 ¿ Puede el acreedor de Juan reclamarle a
Mariana la deuda contraía en diciembre
del 2007 por la instalación de un sistema de
riego por aspersión en el terreno de
Rosario? Y si la deuda hubiese sido
contraída en la misma fecha pero en virtud
del arreglo del tanque de agua de la casa
de Rosario? En este supuesto cambiaría su
respuesta si la deuda hubiese sido
contraída después de disuelta la sociedad
conyugal? Fundamente.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

SOCIEDAD CONYUGAL
SOCIEDAD CONYUGALSOCIEDAD CONYUGAL
SOCIEDAD CONYUGALkathe20160
 
Apuntes sociedad conyugal uda
Apuntes sociedad conyugal udaApuntes sociedad conyugal uda
Apuntes sociedad conyugal udamirtaderecho
 
Obligaciones y derechos entre los cónyuges
Obligaciones y derechos entre los cónyugesObligaciones y derechos entre los cónyuges
Obligaciones y derechos entre los cónyugesdiegopolobonilla
 
Comunidad de gananciales
Comunidad de ganancialesComunidad de gananciales
Comunidad de ganancialesCCarballo84
 
Regimen Economico Matrimonial
Regimen Economico MatrimonialRegimen Economico Matrimonial
Regimen Economico Matrimonialguest4aea48
 
Presentacion sociedad-conyugal-seminario-finis-terrae
Presentacion sociedad-conyugal-seminario-finis-terraePresentacion sociedad-conyugal-seminario-finis-terrae
Presentacion sociedad-conyugal-seminario-finis-terraeFrancisco J. Estrada Vásquez
 
Capítulo tercero. Régimen patrimonial del matrimonio.
Capítulo tercero. Régimen patrimonial del matrimonio.Capítulo tercero. Régimen patrimonial del matrimonio.
Capítulo tercero. Régimen patrimonial del matrimonio.Clases Licenciatura
 
Nti cs sociedad conyugal
Nti cs sociedad conyugalNti cs sociedad conyugal
Nti cs sociedad conyugaljesgiomarza
 
Divorcio y cesacion de efectos civiles en el matrimonio
Divorcio y cesacion de efectos civiles en el matrimonioDivorcio y cesacion de efectos civiles en el matrimonio
Divorcio y cesacion de efectos civiles en el matrimoniomaleja2529
 
ENJ-400: Sucesiones y Liberalidades - MAJE
ENJ-400: Sucesiones y Liberalidades - MAJE ENJ-400: Sucesiones y Liberalidades - MAJE
ENJ-400: Sucesiones y Liberalidades - MAJE ENJ
 

La actualidad más candente (19)

SOCIEDAD CONYUGAL
SOCIEDAD CONYUGALSOCIEDAD CONYUGAL
SOCIEDAD CONYUGAL
 
Sociedad conyugal
Sociedad conyugalSociedad conyugal
Sociedad conyugal
 
Apuntes sociedad conyugal uda
Apuntes sociedad conyugal udaApuntes sociedad conyugal uda
Apuntes sociedad conyugal uda
 
Obligaciones y derechos entre los cónyuges
Obligaciones y derechos entre los cónyugesObligaciones y derechos entre los cónyuges
Obligaciones y derechos entre los cónyuges
 
Comunidad de gananciales
Comunidad de ganancialesComunidad de gananciales
Comunidad de gananciales
 
Capítulo 12 familia y sucesiones - clase 2
Capítulo 12   familia y sucesiones - clase 2Capítulo 12   familia y sucesiones - clase 2
Capítulo 12 familia y sucesiones - clase 2
 
Regimen Economico Matrimonial
Regimen Economico MatrimonialRegimen Economico Matrimonial
Regimen Economico Matrimonial
 
Presentacion sociedad-conyugal-seminario-finis-terrae
Presentacion sociedad-conyugal-seminario-finis-terraePresentacion sociedad-conyugal-seminario-finis-terrae
Presentacion sociedad-conyugal-seminario-finis-terrae
 
Regimenes patrimoniales
Regimenes patrimonialesRegimenes patrimoniales
Regimenes patrimoniales
 
Capítulo tercero. Régimen patrimonial del matrimonio.
Capítulo tercero. Régimen patrimonial del matrimonio.Capítulo tercero. Régimen patrimonial del matrimonio.
Capítulo tercero. Régimen patrimonial del matrimonio.
 
Nti cs sociedad conyugal
Nti cs sociedad conyugalNti cs sociedad conyugal
Nti cs sociedad conyugal
 
La distribucion de la sucesion.
La distribucion de la sucesion.La distribucion de la sucesion.
La distribucion de la sucesion.
 
Fam y suc semana3
Fam y suc semana3Fam y suc semana3
Fam y suc semana3
 
Fam y suc semana 2
Fam y suc semana 2Fam y suc semana 2
Fam y suc semana 2
 
Divorcio y cesacion de efectos civiles en el matrimonio
Divorcio y cesacion de efectos civiles en el matrimonioDivorcio y cesacion de efectos civiles en el matrimonio
Divorcio y cesacion de efectos civiles en el matrimonio
 
Distribucion de la sucesion
Distribucion de la sucesionDistribucion de la sucesion
Distribucion de la sucesion
 
Derecho de familia
Derecho de familiaDerecho de familia
Derecho de familia
 
ENJ-400: Sucesiones y Liberalidades - MAJE
ENJ-400: Sucesiones y Liberalidades - MAJE ENJ-400: Sucesiones y Liberalidades - MAJE
ENJ-400: Sucesiones y Liberalidades - MAJE
 
Grupo IV, Impuestos Sucesorales
Grupo IV, Impuestos SucesoralesGrupo IV, Impuestos Sucesorales
Grupo IV, Impuestos Sucesorales
 

Destacado

Separación personal y Divorcio Vincular
Separación personal y Divorcio VincularSeparación personal y Divorcio Vincular
Separación personal y Divorcio VincularDERECHOFAMILIAUM
 
Disolucion del matrimonio
Disolucion del matrimonioDisolucion del matrimonio
Disolucion del matrimonioligia21
 
De la inactividad, disolucion, reactivacion, liquidacion y cancelacion 359 410
De la inactividad, disolucion, reactivacion, liquidacion y cancelacion 359 410De la inactividad, disolucion, reactivacion, liquidacion y cancelacion 359 410
De la inactividad, disolucion, reactivacion, liquidacion y cancelacion 359 410Favio Meneses
 
El divorcio unilateral
El divorcio unilateralEl divorcio unilateral
El divorcio unilateralUNAM en línea
 
Particion amistosa de los bienes de la comunidad conyugal
Particion amistosa de los bienes de la comunidad  conyugalParticion amistosa de los bienes de la comunidad  conyugal
Particion amistosa de los bienes de la comunidad conyugalLizUrbaez
 
Efectos patrimoniales del Matrimonio
Efectos patrimoniales del MatrimonioEfectos patrimoniales del Matrimonio
Efectos patrimoniales del Matrimonioceciliagarcia1111
 

Destacado (9)

Separación personal y Divorcio Vincular
Separación personal y Divorcio VincularSeparación personal y Divorcio Vincular
Separación personal y Divorcio Vincular
 
Divorcio claudia bermudez
Divorcio claudia bermudezDivorcio claudia bermudez
Divorcio claudia bermudez
 
Disolucion del matrimonio
Disolucion del matrimonioDisolucion del matrimonio
Disolucion del matrimonio
 
Disolución del matrimonio
Disolución del matrimonioDisolución del matrimonio
Disolución del matrimonio
 
De la inactividad, disolucion, reactivacion, liquidacion y cancelacion 359 410
De la inactividad, disolucion, reactivacion, liquidacion y cancelacion 359 410De la inactividad, disolucion, reactivacion, liquidacion y cancelacion 359 410
De la inactividad, disolucion, reactivacion, liquidacion y cancelacion 359 410
 
Clase sobre Ley de Matrimonio
Clase sobre Ley de MatrimonioClase sobre Ley de Matrimonio
Clase sobre Ley de Matrimonio
 
El divorcio unilateral
El divorcio unilateralEl divorcio unilateral
El divorcio unilateral
 
Particion amistosa de los bienes de la comunidad conyugal
Particion amistosa de los bienes de la comunidad  conyugalParticion amistosa de los bienes de la comunidad  conyugal
Particion amistosa de los bienes de la comunidad conyugal
 
Efectos patrimoniales del Matrimonio
Efectos patrimoniales del MatrimonioEfectos patrimoniales del Matrimonio
Efectos patrimoniales del Matrimonio
 

Similar a Disolucion nadia

Régimen de Separación de Patrimonio
Régimen de Separación de Patrimonio Régimen de Separación de Patrimonio
Régimen de Separación de Patrimonio CAEE
 
Reflexiones finales sucesoral
Reflexiones finales sucesoralReflexiones finales sucesoral
Reflexiones finales sucesoralANALAMAS86
 
Divorcio y separacion de cuerpos
Divorcio y separacion de cuerpos Divorcio y separacion de cuerpos
Divorcio y separacion de cuerpos Rosangel Chaparro
 
El divorcio y la separacion_IAFJSR
El divorcio y la separacion_IAFJSREl divorcio y la separacion_IAFJSR
El divorcio y la separacion_IAFJSRMauri Rojas
 
CLASE Regimen de comunidad DISOLUCION.ppt
CLASE Regimen de comunidad DISOLUCION.pptCLASE Regimen de comunidad DISOLUCION.ppt
CLASE Regimen de comunidad DISOLUCION.pptMuriel Cofre
 
Matrimonio derecho civil familia
Matrimonio  derecho civil familiaMatrimonio  derecho civil familia
Matrimonio derecho civil familiaMiguel Arevalo
 
Matrimonio derecho civil familia
Matrimonio  derecho civil familiaMatrimonio  derecho civil familia
Matrimonio derecho civil familiaMiguel Arevalo
 
EL DIP Y EL D SUCESORAL ASPECTOS IMPORTANTESPresentacion tema 16 lista
EL DIP Y EL D SUCESORAL ASPECTOS IMPORTANTESPresentacion tema 16 listaEL DIP Y EL D SUCESORAL ASPECTOS IMPORTANTESPresentacion tema 16 lista
EL DIP Y EL D SUCESORAL ASPECTOS IMPORTANTESPresentacion tema 16 listaMarce Riera
 
Declaración únicos y úniversales de herederos trabajo presentado para optar p...
Declaración únicos y úniversales de herederos trabajo presentado para optar p...Declaración únicos y úniversales de herederos trabajo presentado para optar p...
Declaración únicos y úniversales de herederos trabajo presentado para optar p...GILMA Quintero
 
Presentación de la pre especialización de derecho de familia de la univo (1)
Presentación de la pre especialización de  derecho de familia de la univo (1)Presentación de la pre especialización de  derecho de familia de la univo (1)
Presentación de la pre especialización de derecho de familia de la univo (1)Ginomomo
 
Revista virtual tema 9,10,11
Revista virtual tema 9,10,11Revista virtual tema 9,10,11
Revista virtual tema 9,10,11carminiajrp
 
Observaciones al Código Civil
Observaciones al Código CivilObservaciones al Código Civil
Observaciones al Código Civilmariangel1982
 
Legislacion Familiar semana5 DIvorcio y Concubinato
Legislacion Familiar semana5 DIvorcio y ConcubinatoLegislacion Familiar semana5 DIvorcio y Concubinato
Legislacion Familiar semana5 DIvorcio y ConcubinatoLilianaAdelaEspinoza
 
Union d hechos pdf
Union d hechos pdf Union d hechos pdf
Union d hechos pdf susanalu31
 
La Legitima y La Albacea
La Legitima y La AlbaceaLa Legitima y La Albacea
La Legitima y La Albaceanaibeth garcia
 

Similar a Disolucion nadia (20)

Régimen de Separación de Patrimonio
Régimen de Separación de Patrimonio Régimen de Separación de Patrimonio
Régimen de Separación de Patrimonio
 
Reflexiones finales sucesoral
Reflexiones finales sucesoralReflexiones finales sucesoral
Reflexiones finales sucesoral
 
Divorcio y separacion de cuerpos
Divorcio y separacion de cuerpos Divorcio y separacion de cuerpos
Divorcio y separacion de cuerpos
 
El divorcio y la separacion_IAFJSR
El divorcio y la separacion_IAFJSREl divorcio y la separacion_IAFJSR
El divorcio y la separacion_IAFJSR
 
CLASE Regimen de comunidad DISOLUCION.ppt
CLASE Regimen de comunidad DISOLUCION.pptCLASE Regimen de comunidad DISOLUCION.ppt
CLASE Regimen de comunidad DISOLUCION.ppt
 
Matrimonio derecho civil familia
Matrimonio  derecho civil familiaMatrimonio  derecho civil familia
Matrimonio derecho civil familia
 
Matrimonio derecho civil familia
Matrimonio  derecho civil familiaMatrimonio  derecho civil familia
Matrimonio derecho civil familia
 
Lucas
LucasLucas
Lucas
 
Lucas
LucasLucas
Lucas
 
lUCAS
lUCASlUCAS
lUCAS
 
EL DIP Y EL D SUCESORAL ASPECTOS IMPORTANTESPresentacion tema 16 lista
EL DIP Y EL D SUCESORAL ASPECTOS IMPORTANTESPresentacion tema 16 listaEL DIP Y EL D SUCESORAL ASPECTOS IMPORTANTESPresentacion tema 16 lista
EL DIP Y EL D SUCESORAL ASPECTOS IMPORTANTESPresentacion tema 16 lista
 
Declaración únicos y úniversales de herederos trabajo presentado para optar p...
Declaración únicos y úniversales de herederos trabajo presentado para optar p...Declaración únicos y úniversales de herederos trabajo presentado para optar p...
Declaración únicos y úniversales de herederos trabajo presentado para optar p...
 
Presentación de la pre especialización de derecho de familia de la univo (1)
Presentación de la pre especialización de  derecho de familia de la univo (1)Presentación de la pre especialización de  derecho de familia de la univo (1)
Presentación de la pre especialización de derecho de familia de la univo (1)
 
Revista virtual tema 9,10,11
Revista virtual tema 9,10,11Revista virtual tema 9,10,11
Revista virtual tema 9,10,11
 
Observaciones al Código Civil
Observaciones al Código CivilObservaciones al Código Civil
Observaciones al Código Civil
 
La herencia
La herenciaLa herencia
La herencia
 
Legislacion Familiar semana5 DIvorcio y Concubinato
Legislacion Familiar semana5 DIvorcio y ConcubinatoLegislacion Familiar semana5 DIvorcio y Concubinato
Legislacion Familiar semana5 DIvorcio y Concubinato
 
EL DIVORCIO.pptx
EL DIVORCIO.pptxEL DIVORCIO.pptx
EL DIVORCIO.pptx
 
Union d hechos pdf
Union d hechos pdf Union d hechos pdf
Union d hechos pdf
 
La Legitima y La Albacea
La Legitima y La AlbaceaLa Legitima y La Albacea
La Legitima y La Albacea
 

Más de Fernando Mateo

Unidad 24. legitima hereditaria
Unidad 24. legitima hereditariaUnidad 24. legitima hereditaria
Unidad 24. legitima hereditariaFernando Mateo
 
Unidad 22 division de la herencia 2013
Unidad 22 division de la herencia 2013Unidad 22 division de la herencia 2013
Unidad 22 division de la herencia 2013Fernando Mateo
 
Unidad 23. 2013. sucesión intestada
Unidad 23. 2013. sucesión intestadaUnidad 23. 2013. sucesión intestada
Unidad 23. 2013. sucesión intestadaFernando Mateo
 
Aceptación y renuncia de herencia actualizadoproy2012
Aceptación y renuncia de herencia actualizadoproy2012Aceptación y renuncia de herencia actualizadoproy2012
Aceptación y renuncia de herencia actualizadoproy2012Fernando Mateo
 
Efectos patrimoniales del matrimonio
Efectos patrimoniales del matrimonioEfectos patrimoniales del matrimonio
Efectos patrimoniales del matrimonioFernando Mateo
 
Efectos personales del matrimonio
Efectos personales del matrimonioEfectos personales del matrimonio
Efectos personales del matrimonioFernando Mateo
 

Más de Fernando Mateo (7)

Unidad 24. legitima hereditaria
Unidad 24. legitima hereditariaUnidad 24. legitima hereditaria
Unidad 24. legitima hereditaria
 
Unidad 22 division de la herencia 2013
Unidad 22 division de la herencia 2013Unidad 22 division de la herencia 2013
Unidad 22 division de la herencia 2013
 
Unidad 23. 2013. sucesión intestada
Unidad 23. 2013. sucesión intestadaUnidad 23. 2013. sucesión intestada
Unidad 23. 2013. sucesión intestada
 
Aceptación y renuncia de herencia actualizadoproy2012
Aceptación y renuncia de herencia actualizadoproy2012Aceptación y renuncia de herencia actualizadoproy2012
Aceptación y renuncia de herencia actualizadoproy2012
 
Efectos patrimoniales del matrimonio
Efectos patrimoniales del matrimonioEfectos patrimoniales del matrimonio
Efectos patrimoniales del matrimonio
 
Unidad 7. uch
Unidad 7. uchUnidad 7. uch
Unidad 7. uch
 
Efectos personales del matrimonio
Efectos personales del matrimonioEfectos personales del matrimonio
Efectos personales del matrimonio
 

Disolucion nadia

  • 1.
  • 2.  La disolución de la sociedad conyugal implica, para el futuro la extinción del régimen de comunidad de ganancias entre los cónyuges. Se termina con la condición de ganancialidad respecto de la adquisiciones , que en los sucesivo pudiese efectuar cualquiera de los cónyuges.
  • 3.  “ La sociedad conyugal se disuelve: 1.- por la separación judicial de bienes, 2.- por declararse nulo el matrimonio; 3.- y por la muerte de alguno de los esposos.” (art. 1291 C.C) 4.- La sentencia se separación personal o divorcio vincular disuelve la sociedad conyugal con efecto retroactivo al día de la notificación de la demanda o de la presentación conjunta de los cónyuges dejando a salvo los derechos de terceros de buena fe. (art. 1306 C.C ley 17.711 5.- Ausencia con presunción de fallecimiento
  • 4.  Uno de los cónyuges puede pedir la separación judicial de bienes cuando el concurso o la mala administración del otro le acarree el peligro de perder su eventual derecho a los gananciales y cuando mediare abandono de hecho de la convivencia matrimonial por parte del otro cónyuge.(art.1294C.C)
  • 5.  Elemento objetivo: gestión inepta, ya sea de bienes propios o gananciales, gastos excesivos, insolvencia, etc.  Elemento subjetivo: falta de aptitud, negligencia o dolo en la gestión de bienes.  Se debe valorar la administración en su conjunto no puede ser un acto aislado.  Se admite toda clase de prueba e incluso el allanamiento, pero en este supuesto se debe desprender la mala administración de prueba acompañada, no se puede desvirtuar el régimen forzoso de la soc. conyugal
  • 6. El cónyuge del concursado o quebrado no puede pretender , a través de la demanda de separación de bienes, liquidar la sociedad conyugal para recibir la mitad de los gananciales que se hallan en la masa del fallido, se lo trasformaría en una acreedor de dominio frente a terceros con privilegio absoluto y preferido. Además puede verse obligado a aportar el 50% de sus bienes gananciales al concurso de su esposo.
  • 7. Interrupción unilateral e injustificada de la cohabitación por parte de un cónyuge  Elemento subjetivo: abandono voluntario y malicioso (art.202 inc.5)  Otras opciones para el cónyuge abandonado:  Presentar divorcio  Peticionar separación personal  Esperar y aplicar 1306 C.C al momento de la disolución de la
  • 8.  Art.1289. Si por incapacidad, o excusa de la mujer, se encargare a otra persona la curaduría del marido, o de los bienes de la sociedad conyugal, el curador tendrá la administración de todos los bienes de la sociedad conyugal, con las obligaciones y responsabilidades impuestas al marido.  Art. 1.290. Si la mujer no quisiere someter a esa administración los bienes de la sociedad, podrá pedir la separación de ellos
  • 9.  Se aplica por analogía el art. 1306 primer párrafo.  La sentencia se separación personal o divorcio vincular disuelve la sociedad conyugal con efecto retroactivo al día de la notificación de la demanda o de la presentación conjunta de los cónyuges dejando a salvo los derechos de terceros de buena fe
  • 10.  Art. 1312 “Si el matrimonio se anulase, se observará en cuanto a la disolución de la sociedad, lo dispuesto en los art.221,222, y223”.  Sólo para cónyuges de buena fe art. 221 o para el de buena fe que haya optado art. 222 inc. 3.
  • 11.  Se disuelve la sociedad conyugal el día del fallecimiento del cónyuge.  Art. 1313 “…Disuelta la sociedad conyugal por muerte de uno de los cónyuges, se procederá al inventario y división de bines como lo dispone el Libro Cuarto de este Código, para la división de herencias”.  El inventario debe ser hecho dentro de los tres meses , bajo apercibimiento de no tener derecho a usufructo de los bienes de los hijos menores de edad art.296 C.C
  • 12.  art.30 ley 14.394.-Transcurridos cinco años desde el día presuntivo del fallecimiento, u ochenta años desde el nacimiento de la persona, quedará sin efecto la pre-notación prescrita pudiendo desde ese momento disponerse libremente de los bienes. Queda concluida y podrá liquidarse la sociedad conyugal.
  • 13.  1.- cónyuge presente opta por la disolución.  2.- cónyuge presente contrae nuevas nupcias.  3.- no concurren ninguna de las anteriores art. 30 concurren cinco años de la declaración u ochenta del nacimiento.
  • 14.  La disolución de la sociedad conyugal se produce de pleno derecho, ipso iure como efecto de la sentencia de separación personal o divorcio.  La demanda de separación personal o de divorcio lleva implícita la de separación de bienes y hace procedentes las medidas precautorias arts. 1295 y 233 C.C.  La disolución se produce con efecto retroactivo al día de la notificación de la demanda.
  • 15.  Muerte fallecimiento  Ausencia con presunción día fijado por el juez o opción, nuevo matrimonio o se cumple el plazo  Nulidad, divorcio o sep. Personal 1306 C.C  Separación de bienes: Conflicto / Ley 17.711 1ª. Postura: Hay que distinguir  Mala Administ: Interposición demanda  Concurso: Decreto por el Juez  Adm.x 3º: Asunción en el cargo o  Requerimiento 2ª. Postura: En todos los casos, opera desde el día de la interposición de la demanda
  • 16.
  • 17.  Podetti : “Son actos procesales del órgano jurisdiccional adoptadas en el curso de un proceso o previamente a él, a pedido de parte o de oficio, para asegurar bienes, pruebas o mantener situaciones de hecho o para la protección de personas o satisfacción de necesidades urgentes, como un anticipo que puede o no ser definitivo, de la garantia jurisdiccional de la defensa de la persona y sus bienes.”  Normativa Legal: Art. 233 C.C.  Normativa Procesal: Art. 112 y cc del CPCMza.
  • 18.  Pueden solicitarse antes de interpuesta a demanda de separación de bienes o de separación personal o divorcio o conjuntamente.  Interpuesta la demanda no se debe acreditar peligro en la demora  Antes si se debe acreditar .  NO requieren contracautela  art. 233 y 1295 C.C
  • 19. 1. Embargo 2. Inhibición general 3. Inventario 4. Compulsa de libros 5. Intervención judicial 6. Prohibición de contratar o innovar 7. Depósito y secuestro de bienes 8. Sustitución en la adminsitración 9. Etc.
  • 20.  Art. 1298 C.C “ La mujer podrá argüir de fraude cualquier acto o contrato del marido, anterior a la separación de bienes, en conformidad con lo que está dispuesto respecto a los hechos en fraude de los acreedores.”
  • 21. Se puede ejercer aún vigente la sociedad conyugal no hace falta haber interpuesto la acción de divorcio
  • 22.  Fraude a través de actos simulados (conf. Art. 1297) › Alquilar un bien después de disuelta la soc. cony. › Pago anticipado de alquileres o deudas no vencidas › Venta de bienes gananciales que no requieren asentimiento por precio vil o bajo la forma de donación  Destrucción de bienes comunes  Constitución fraudulenta de sociedades con bienes gananciales
  • 23.  Situación jurídica en que se halla la masa de bienes gananciales desde la disolución de la sociedad conyugal hasta la liquidación  Es una comunidad de derechos oponibles entre los cónyuges NO ERGA OMNES.  Sobre esa masa, los cónyuges poseen un derecho pro-indiviso por partes iguales
  • 24.  a) Universalidad jurídica  b) Condominio y copropiedad  c) Zannoni distingue: disolución por muerte o disolución por causa distinta
  • 25. GESTIÓN DE BIENES: 1.-Disolución no causa de muerte: arts. 1276 y 1277 2.- Disolución por causa de muerte: régimen de gestión conjunta art-3451 C.C PASIVO 1.-Subsiste separación de responsabilidades ar.5 y6 ley 11347 OBLIGACIÓN DE RENDIR CUENTAS 2.- Unidad de masa se constituye con los gananciales y propios del premuerto
  • 26.
  • 27.  Lucas estuvo más de tres años desaparecido a consecuencia del tsunami en Tailandia cuando había ido por negocios, su esposa Elena inició y culminó el proceso por el que se declaró su muerte presunta. La sociedad conyugal se disuelve: 1. A la fecha de la demanda. 2. A la fecha de la muerte presunta. 3. A la fecha de la sentencia que declaró su ausencia con presunción de fallecimiento. 4. Transcurridos 5 años de su muerte presunta.
  • 28.  Juana abandonó de hecho a Aurelio. Aurelio sabiendo que ella se fue a vivir con otro hombre no quiso separarse personalmente ni divorciarse, sino pedir la separación judicial de bienes basado en el abandono de hecho, por cuanto sigue esperezado en que Juana VUELVA. Sin embargo, sabe que, como posee bienes gananciales no registrables de su titularidad y de alto valor adquisitivo, teme sobre el futuro de la eventual partición común partible. Se decretó la separación judicial de bienes por esa causal. La sociedad conyugal se disuelve :
  • 29. 1. A la fecha de la demanda. 2. A la fecha de abandono. 3. A la fecha de la notificación de la demanda. 4. A la fecha de la sentencia de separación judicial.
  • 30.  Lorena es comerciante y tiene un negocio de venta de perfumes importados, Juan es contador y trabaja en su estudio particular.  ¿Durante el trámite de divorcio que medidas precautorias le aconsejaría a cada uno interponer?
  • 31.  Juan y Mariana se casaron el 24/06/2002 y tuvieron dos hijos: Mateo y Sofía. Juan es médico y Mariana abogada. El día 23/05/2008 solicitaron el divorcio por presentación conjunta, cuya sentencia se dictó el 12/10/2008. al momento de la disolución de la sociedad conyugal nos encontramos con los siguientes bienes:  un auto que compró Juan en el 2005 con ahorros de su trabajo  un terreno en Rosario que Juan en el 2003 recibió por herencia.  una flota de 10 camiones que Mariana recibió por herencia de su padre.  Una casa construida por Juan e el año 2004 e el terreno ubicado en Rosario sede del hogar conyugal.  Una moto comprada por Mariana el 20/07/2008 con los honorarios cobrados de una clienta el 30/06/2008
  • 32.  Determine la calidad de los bienes.  El 20 de julio del 2008 Juna lleva el auto al mecánico y contrae una deuda de pesos 3000 por los arreglos ¿ PUEDE Mariana ser responsable frene a esa deuda? Fundamente.  ¿ Quién y con qué bienes responde por la deuda contraída por Mariana en enero del 2007 en virtud de los gastos de mantenimiento y publicidad de la flota de camiones cuyo rédito benefició a ambos cónyuges hasta el momento de la presentación del divorcio? Fundamente. Si la deuda hubiese sido contraída después de disuelta la sociedad conyugal cambiaría su respuesta? Fundamente.
  • 33.  ¿ Puede el acreedor de Juan reclamarle a Mariana la deuda contraía en diciembre del 2007 por la instalación de un sistema de riego por aspersión en el terreno de Rosario? Y si la deuda hubiese sido contraída en la misma fecha pero en virtud del arreglo del tanque de agua de la casa de Rosario? En este supuesto cambiaría su respuesta si la deuda hubiese sido contraída después de disuelta la sociedad conyugal? Fundamente.