Bases Legales Vinculadas a la Protección Civil y Administración de Desastres, Marco legal por el cual se rige la Organización de Protección Civil y Administración de Desastres
1. República Bolivariana De Venezuela
Ministerio Del Poder Popular Para La Educación Universitaria,
Ciencia y Tecnología
Fundación Misión Sucre
Aldea: "5 de julio de 1811"
Cumana Edo Sucre
Bases Legales
Tutor: Prof. Gumer Evaristo Triunfadores:
Iosu Mikel Landa Marcano
C.I:12.665.194
Sección: 03
CUMANÁ, MARZO DEL 2017
2. ´Indice
1. Bases Legales Vinculadas a la Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastres 3
1.1. Constituci´on de la Rep´ublica Bolivariana de Venezuela . . . . . . . . . . . . . . . . 3
1.2. Ley de la Organizaci´on Nacional de Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastres
(PCAD) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4
1.3. Ley Org´anica de Seguridad de la Naci´on . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5
1.4. Ley de Coordinaci´on de Seguridad Ciudadana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6
1.5. Ley Org´anica sobre Estados de Excepci´on . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6
1.6. Ley Org´anica De La Fuerza Armada Nacional Bolivariana . . . . . . . . . . . . . . 7
2. Convenios Interinstitucionales y Programas. Mecanismos multilaterales 8
3. Convenios Interinstitucionales y Programas. Mecanismos Regionales 8
Bibliograf´ıa 11
3. Introducci´on
Las bases legales son el respaldo jur´ıdico que tiene una empresa, comercio, instituci´on, entre
otras, es decir el conjunto de leyes, reglamentos, normas, decretos. etc., que establecen el basamen-
to jur´ıdico sobre el cual est´a enmarcado, en este caso Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastres.
Toda Organizaci´on o Instituci´on principalmente se rige por la Constituci´on de la Rep´ublica
Bolivariana de Venezuela (CRBV), seguidamente por las Leyes Org´anicas y Especiales, Leyes
Ordinarias y Decretos de Ley, Reglamentos, Ordenanzas, Convenios y por ´ultimo y no menos
importante las Sentencias.
Esta investigaci´on centra su atenci´on en la interpretaci´on y conocimiento de las Leyes Org´anicas
y Especiales, Leyes Ordinarias y Decretos de Ley por las cuales se rige Protecci´on Civil y Adminis-
traci´on de Desastres (PCAD), las cuales son:
La Constituci´on Bolivariana de Venezuela (CRBV).
Decreto Con Fuerza De Ley De La Organizaci´on Nacional De Protecci´on Civil Y Administra-
ci´on De Desastres (PCAD).
Ley Org´anica De Seguridad De La Naci´on.
Ley De Coordinaci´on De Seguridad Ciudadana.
Ley Org´anica Sobre Estado De Excepci´on.
Ley Org´anica De La Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
Convenios Interinstitucionales. Programas Regionales y Multilaterales.
4. Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastres P´agina 3 de 11
1. Bases Legales Vinculadas a la Protecci´on Civil y Admi-
nistraci´on de Desastres
1.1. Constituci´on de la Rep´ublica Bolivariana de Venezuela
Nuestra Carta Magna establece en 07 art´ıculos, por se˜nalar los m´as directos en referencia a la
protecci´on civil.
Art. 55.“. . . derecho a la protecci´on,. . . frente a situaciones que constituyan ame-
naza, vulnerabilidad o riesgo. . . , la participaci´on de los ciudadanos y ciudadana,. . . ”
Establece nuestro derecho a ser protegidos ante situaciones que constituyan amenaza o riesgo.
Art. 156.“. . . Es de la competencia del Poder P´ublico Nacional: . . . Numeral 9, el
r´egimen de la administraci´on de riesgos y emergencias... ”
Este establece de los 5 poderes p´ublicos nacionales (el Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo,
el Poder Judicial, el Poder Ciudadano y el Poder Electoral de los Ciudadanos), la competencia
nacional sobre la administraci´on de riesgos.
Art. 332.“. . . proteger a los ciudadanos y ciudadanas. . . , Organizar´a: . . . ”, Nume-
ral 4, Una organizaci´on de protecci´on civil y administraci´on de desastres.
Es el m´as recitado, ya que en su numeral 4 establece la creaci´on de la Protecci´on Civil como Or-
ganizaci´on Nacional y anteriormente era Defensa Civil. Tambi´en deja claro el fin de este organismo,
el cual es proteger a los ciudadanos y ciudadanas.
Art. 178.“. . . Son de la competencia del municipio. . . Numeral 4 Protecci´on del
ambiente,. . . y Protecci´on Civil...”.
Este Art´ıculo en su numeral 4 establece la competencia municipal y gubernamental sobre la
administraci´on del ambiente y su protecci´on.
Art. 326.“. . . La seguridad de la Naci´on se fundamenta en la corresponsabilidad
entre el Estado y la sociedad civil,. . . ”.
Este Art´ıculo deja en claro la responsabilidad tanto de lo entes gubernamentales como de
la sociedad civil, sobre la protecci´on integral del Estado, el cumplimiento de los principios de
Iosu Landa Marcano. holygungner@gmail.com Marzo 2017
5. Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastres P´agina 4 de 11
independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia, solidaridad, promoci´on y conservaci´on
ambiental, sobre los ´ambitos econ´omico, social, pol´ıtico, cultural, geogr´afico, ambiental y militar.
Art. 338.“. . . Podr´a Decretar los estados de excepci´on,. . . el estado de alarma cuan-
do se produzca catastrofes, calamidades p´ublicas... estado de conmoci´on interior o
exterior”.
Aqu´ı se establece la potestad y posibilidad que tiene el Estado de decretar estados de excepci´on
o emergencia si se producen cat´astrofes o calamidades p´ublicas.
Art. 339.“. . . El Decreto cumplir´a con las exigencias, principios y garant´ıas esta-
blecidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol´ıticos y en la Convenci´on
Americana sobre Derechos Humanos. . . ”.
Se establece las garant´ıas por parte del Estado que el decreto de estados de excepci´on cumplan
con las garant´ıas y convenios establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol´ıticos
y en la Convenci´on Americana sobre Derechos Humanos.
1.2. Ley de la Organizaci´on Nacional de Protecci´on Civil y Adminis-
traci´on de Desastres (PCAD)
Todos los Art´ıculos de esta presente Ley son de verdadera importancia, pero Tomar´e los m´as
importantes para el desarrollo de ´este trabajo especial.
Art. 1.“. . . Regular la organizaci´on, competencia, integraci´on, coordinaci´on y fun-
cionamiento...en el ´ambito nacional, estadal y municipal...”.
El presente Art´ıculo establece la regulaci´on Organizaci´on Nacional de Protecci´on Civil y sus
competencia en el ´ambito nacional, municipal y estadal.
Art. 3.“. . . La Organizaci´on Nacional de Protecci´on Civil y Administraci´on de
Desastres,. . . Planifica,. . . Promueve, Dise˜na,. . . Establece estrategias,. . . Fortale-
ce,. . . e Integra las actividades inherentes a Protecci´on Civil y Administraci´on de
Desastres”.
En el art´ıculo 3 se se˜nala como uno de los objetivos fundamentales de la Organizaci´on Nacional
de Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastres (PCAD) es el dise˜no de programas de capacita-
ci´on, entrenamiento, planificaci´on de estrategias y formaci´on, dirigidos a promover y afianzar la
Iosu Landa Marcano. holygungner@gmail.com Marzo 2017
6. Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastres P´agina 5 de 11
participaci´on y deberes ciudadanos en los casos de emergencias y desastre.
Art. 15.“. . . gobiernos estadales y municipales deber´an contar con sus propias Or-
ganizaciones de Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastres de conformidad con
el presente Decreto Ley...”.
En el art´ıculo 15 de esta presente Ley se le da potestad a las gobernaciones y alcald´ıas de tener
sus propias Organizaciones de PCAD, sometidos a una Autoridad Nacional (Ministerio del Poder
Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz).
1.3. Ley Org´anica de Seguridad de la Naci´on
Art. 23 “...De acuerdo con lo previsto en la Constituci´on y las leyes, el Ejecutivo
Nacional organizar´a un cuerpo uniformado de polic´ıa nacional, un cuerpo de investiga-
ciones cient´ıficas, penales y criminal´ısticas, un cuerpo de bomberos y una organizaci´on
de protecci´on civil que atender´a las emergencias y desastres, las cuales, sin menoscabo
de las funciones espec´ıficas que se les asignen, deben trabajar coordinadamente a los
fines de garantizar la preservaci´on del orden interno...”.
En concordancia con el Art. 332 de la CBRV, el Ejecutivo Nacional organizar´a, una organizaci´on
de protecci´on civil y administraci´on de desastres. que velar´a por la Seguridad Nacional.
Art. 24 “...El Sistema de Protecci´on Civil se entender´a como una gesti´on social de
riesgo...”.
El Art. 24 Se refiere Al el sistema de Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastres como un
conjunto de estrategias de administraci´on de riesgos.
Art. 25 “...La gesti´on social de riesgo comprende,. . . los aspectos de prevenci´on,
preparaci´on, mitigaci´on, respuesta y recuperaci´on ante eventos de orden natural t´ecni-
co y social,...”.
Este Art 25. Comprende las acciones de planificaci´on y prevenci´on que est´an orientadas a
garantizar la calidad de vida de los ciudadanos promoviendo los aspectos de prevenci´on, preparaci´on,
entrenamiento, y respuesta ante eventos de orden natural, t´ecnico y social que puedan afectar a la
poblaci´on, sus bienes y entorno, en el ´ambito nacional, estadal y municipal.
Iosu Landa Marcano. holygungner@gmail.com Marzo 2017
7. Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastres P´agina 6 de 11
1.4. Ley de Coordinaci´on de Seguridad Ciudadana
En el Art. 2 de la Ley de Coordinaci´on de Seguridad Ciudadana, numeral 6.
“...Son ´organos de seguridad ciudadana: La Organizaci´on de Protecci´on Civil y
Administraci´on de Desastre...”
Este Art´ıculo define a La Organizaci´on de Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastre
(PCAD) como organismos de Seguridad Ciudadana.
En el Art. 15 de la Ley de Coordinaci´on de Seguridad Ciudadana: “...En los casos que la
magnitud de la emergencia rebase la capacidad, . . . ´estos notificar´an a los ´organos de
administraci´on de desastres,. . . donde la capacidad de respuesta local para atender
eficazmente sus consecuencias...”.
Este Art´ıculo se refiere a que en casos en la cual la emergencia sobre pase la capacidad de
respuesta por parte de la La Organizaci´on de Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastres, pues
´estos deben de notificar a los ´organos de administraci´on de desastres, es decir, los Organismo de
Atenci´on Primaria y Atenci´on Secudaria, para dar una respuesta eficaz.
1.5. Ley Org´anica sobre Estados de Excepci´on
Art. 1 “...estado de alarma, ...restablecer la normalidad en el menor tiempo posi-
ble.”
Este Art´ıculo define que son los Estados de Excepci´on y en que circunstancias deben declararse.
Art. 7 “...lo establecido en los art´ıculos 339 de la Constituci´on de la Rep´ublica
Bolivariana de Venezuela, 4.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol´ıticos
y 27.2 de la Convenci´on Americana sobre Derechos Humanos, las garant´ıas de los
derechos a: Numeral 3ero La Protecci´on de la familia...”
Es decir, en este Art´ıculo se refiere a los los Derechos Humanos que no se deben restringir, sobre
todo el derecho a la protecci´on a la familia.
Iosu Landa Marcano. holygungner@gmail.com Marzo 2017
8. Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastres P´agina 7 de 11
Art. 13 “...el estado de conmoci´on interior en caso de conflicto interno...., que im-
pliquen grandes perturbaciones del orden p´ublico interno y que signifiquen un notorio
o inminente peligro para la estabilidad institucional, la convivencia ciudadana, la se-
guridad p´ublica...”
Este Art´ıculo trata sobre el estado de conmoci´on en caso de conflicto interno, que ponga
seriamente en peligro la seguridad de la Naci´on en periodo de 90 d´ıas, para que la Naci´on recupere
su estabilidad.
1.6. Ley Org´anica De La Fuerza Armada Nacional Bolivariana
Art. 4: Ordinal 6 “...Apoyar a los distintos niveles y ramas el poder p´ublico en la
ejecuci´on de tareas, vinculadas a los ´ambitos sociales, pol´ıticos, culturales, geogr´afi-
cos, ambientales, econ´omicos y en operaciones de Protecci´on Civil en situaciones de
desastres en el marco de los planes correspondientes...”
La Fuerza Armada Nacional, tiene el deber de apoyar a los distintos niveles del Gobierno
Nacional en la ejecuci´on de tareas y operaciones de Protecci´on Civil en casos de emergencia y
desastres.
Art.19: “... Corresponde al Comando Estrat´egico Operacional, las siguientes fun-
ciones... Ord.6 Planificar, organizar, coordinar y supervisar el apoyo a los ´organos de
Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastres...”
Le corresponde al Comando Estrat´egico Operacional conjuntamente con las Organizaciones de
Protecci´on Civil, la planificaci´on, organizaci´on y coordinaci´on del apoyo a los ´organos que conforma
PCAD.
Art. 26: “Corresponde a las Regiones Estrat´egicas de Defensa Integral, a las Zonas
de Defensa Integral y a las ´Areas de Defensa Integral: Ord.6; Planificar, organizar,
coordinar y supervisar el apoyo de los ´organos de Protecci´on Civil y Administraci´on
de Desastres...”
Este Art´ıculo deja en claro, en concordancia con el Art. 19 de esta misma Ley, la correspondencia a
las REDIs, ZODIs, planificar, organizar, coordinar y supervisar el apoyo de los ´organos de Protecci´on
Civil.
Iosu Landa Marcano. holygungner@gmail.com Marzo 2017
9. Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastres P´agina 8 de 11
Art. 42: “...Funciones de la Guardia Nacional Bolivariana: Ord.6; Cooperar en la
prevenci´on e investigaci´on de los delitos previstos en la legislaci´on sobre materia... de
orden p´ublico, seguridad ciudadana, investigaci´on penal... y apoyo a los ´Organos de
Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastres...”
Este Art´ıculo establece las funciones de la Guardia Nacional Bolivariana en la prevenci´on de
delito previstos en la Leyes que rigen la materia y apoyo a los ´organos de Protecci´on Civil y
Adminstraci´on de Desastres.
2. Convenios Interinstitucionales y Programas. Mecanis-
mos multilaterales
Programas de Mitigaci´on de los Efectos de los Desastres Naturales y de Recuperaci´on (PNUD)
Marco Estrat´egico para la Prevenci´on y Evaluaci´on de las Emergencias, la Preparaci´on y
Respuesta para casos de Emergencia y la Mitigaci´on de sus consecuencias (PNUMA).
Programa HABITAT, para los asentamientos humanos que incluye en su capitulo IV, Plan
de Acci´on Mundial: denominado “Capacidad de Prevenci´on de Desastres, Mitigaci´on de sus
efectos, Preparaci´on para Casos de Desastres y Rehabilitaci´on Posterior”.
Parlamento Mundial para la Paz y Seguridad Territorial.
3. Convenios Interinstitucionales y Programas. Mecanis-
mos Regionales
Proceso de ratificaci´on del “Acuerdo entre los Pa´ıses Miembros y Miembros Asocia-
dos de la Asociaci´on de Estados del Caribe en materia de Desastres Naturales” .
(AEC).
Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Documento “El Desaf´ıo de los Desastres
Naturales en Am´erica Latina y el Caribe: Plan de Acci´on”.
Comunidad Andina de Naciones (CAN), Creaci´on del Comit´e Andino para la Prevenci´on
y Atenci´on de Desastres (CAPRADE), Fundamentado bajo el Programa Andino para la
Prevenci´on y Mitigaci´on de Riesgos (PREANDINO).
Asociaci´on Iberoamericana de Organismo gubernamentales de Protecci´on / De-
fensa Civil.
Iosu Landa Marcano. holygungner@gmail.com Marzo 2017
10. Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastres P´agina 9 de 11
OEA, Comit´e Interamericano sobre Reducci´on de Desastres Naturales, Comisi´on de Seguridad
Hemisf´erica: Plan Estrat´egico de Reacci´on Frente a Desastres y Reducci´on de la Vulnerabilidad.
AEC, bajo el Comit´e Especial de Desastres Naturales. Proyecto denominado “Fomento del
Intercambio de Cooperaci´on T´ecnica en Atenci´on de Emergencias entre los Pa´ıses Miembros.
Siendo coordinado por la Direcci´on Nacional de Protecci´on Civil y Administraci´on
de Desastres (DNPCAD).
Iosu Landa Marcano. holygungner@gmail.com Marzo 2017
11. Conclusiones
Hemos estudiado las diferentes art´ıculos que conforman el Marco Legal de la organizaci´on de
Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastres (PCAD).Profundizamos cada una de las Leyes
Org´anicas y Especiales, Leyes Ordinarias y Decretos de Ley, Reglamentos, Ordenanzas y Convenios
descritos en este trabajo.
Se profundiz´o en los Art´ıculos que tiene que ver con la Organizaci´on de Protecci´on Civil, y nos
da cuenta de que los cuerpos de seguridad conjuntamente con el Estado Venezolano, aunado al
pueblo civil, todos estamos avocados a planificar, organizar, coordinar y supervisar el apoyo de los
´organos de Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastres (PCAD).
Tambi´en hemos visto y diferenciado los diferentes estados de emergencia o de alarma, cu´ando
se decretan y en cuales circunstancias son decretados los mismos; quienes son los cuerpos que
conjuntamente con la PCAD garantizan el orden y retorno a normalidad cuando se presenta un caso
de conmoci´on, alerta econ´omica; etc. El rol que comprenden los organismo del orden p´ublico, como
por ejemplo la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela y el conjunto de las Fuerzas Armadas
Nacionales, como autoridades garantes de la seguridad nacional, en situaciones que comprometan
el orden interno de naci´on.
Es decir, que tanto El Pueblo como el Poder P´ublico Nacional y las fuerzas de seguridad, todos
somos un conjunto y que estamos en el deber de Cooperar con el Estado a la hora de un desastre
natural o evento antr´opico.
12. Bibliograf´ıa
[ ] Libro Protecci´on Civil y Administraci´on de Desastres P´ag 23-25.
[ ] Ley de Coordinaci´on de Seguridad Ciudadana. (Gaceta Oficial No 37.318
6 de noviembre de 2001).
[ ] Ley Org´anica de Seguridad de la Naci´on (Gaceta Oficial No 37.594 del 18-12-02).
[ ] Ley Org´anica Sobre los Estados de Excepci´on. 14/12/2000.
[ ] Ley Org´anica Ley de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.