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Mediación en el ámbito hipotecario
1. Mediaciónen el ámbito Hipotecario.
Dentro del ámbito de la Mediación y de la resolución de conflictos por vía extrajudicial, cada
vez va tomando más fuerza (aunque aún queda mucho camino que recorrer y muchas normas
que modificar): “La Mediación Hipotecaria” como vía para la resolución de conflictos de
manera pacífica con la ayuda siempre de un tercero imparcial, que es el Mediador y siempre
que se den las circunstancias que he tratado en otros artículos sobre mediación:
Debe de existir entre las partes una verdadera intención de solucionar el conflicto:
Voluntariedad.
Debe de existir una Comunicación entre todas las partes intervinientes.
Debe de existir Confidencialidad por parte del Mediador y debe comprometerse con
las partes antes del inicio del proceso.
Por desgracia, la actual Crisis Económica,ha provocado que muchas familias se encuentren sin
trabajo y, por ende, sin ingresos. Muchos autónomos han puesto el cerrojo a sus negocios y
muchos se encuentran con una vivienda (normalmente la vivienda habitual) con una deuda
garantizada con un préstamo hipotecario que cada vez les resulta más difícil pagar.
Lo que le sigue a esto es la pérdida de lo que hasta entonces era su vivienda tras un proceso de
ejecución hipotecaria, subasta del bien y adjudicación de la vivienda (por lo general para la
entidad bancaria).
El último paso, el peor de todos, es el Deshaucio de los propietarios de la vivienda.
Es por ello que a través de las Administraciones (ya están operativos en muchos
Ayuntamientos, Colegios de Abogados…) y las Entidades Bancarias,se pueda paliar este
drama social,adaptándose a la nueva realidad.
El Mediador que como ya hemos comentado en otras ocasiones, no podrá dar su opinión, pero
sí deberá de dirigir el proceso entre las partes,deberá buscar un equilibrio sobre todo aquí
donde precisamente la balanza no es precisamente muy equilibrada, al existir un poder superior
por parte de las entidades bancarias.
Se trata de que los deudores conserven sus viviendas y que las entidades bancarias eviten los
elevados costes de las ejecuciones y que reduzcan los préstamos no productivos. Para ello,
como he comentado, debe existir voluntad y flexibilidad entre las partes de querer encontrar
una alternativa consensuada (hay muchas posibilidades), que deberá quedar plasmada en un
acuerdo o acta final.
Ojalá se extienda esta manera de dirimir este tipo de conflictos que desde luego aliviará muchas
cargas personales y familiares.
De Legalis Consultores(Ignacio Puig Carles)