Los actos procesales se refieren a los actos generados dentro de un procedimiento legal que modifican o extinguen derechos procesales. Pueden clasificarse como hechos procesales o actos procesales dependiendo de si son voluntarios o no. Los actos procesales incluyen los actos del tribunal, las partes y terceros. Los actos del tribunal se subdividen en actos de decisión, comunicación y documentación. Los actos de las partes incluyen actos de obtención como petición, afirmación y prueba, y actos dis
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
LOS ACTOS PROCESALES
SÍNTESIS
PROFESORA: DOCTORA. JOANNA ROSARIO MANEIRO
CÁTEDRA: DERECHO PROCESAL CIVIL I
UBICACIÓN: 2014/B SECCIÓN SAIA A
ESTUDIANTE: JULIÁN NICOLÁS GONZÁLEZ GONZÁLEZ.
SAN FELIPE; 19 DE MARZO DE 2.015
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Los Actos Procesales
Se propone presentar un resumen sobre los Actos Procesales, en tal
sentido se puede Definir como los Actos generados dentro del
Procedimiento, de ellos se desprenden de la tramitación de los órganos
jurisdiccionales, las partes o terceros. Los cuales modifican o extinguen
derechos de orden procesal, de acuerdo a los Artículos del Número 183
hasta el Número 241, ambos inclusive. Con respecto a su Clasificación,
pueden ser Hechos Procesales y actos procesales. En cuanto a los Hechos
Procesales, son ajenos a la voluntad humana, Ejemplos: los Terremotos, las
Inundaciones, los Nacimiento de personas, el deceso de personas, la pérdida
de la capacidad de una de las partes, la pérdida de la memoria de un testigo,
la destrucción involuntaria de parte del proceso escrito o pérdida total da del
proceso escrito.
Es importante enunciar que los Actos procesales dependen de la
voluntad, Ejemplos: la trasmisión de la propiedad entre seres vivos de
acuerdo a la Legislación, la presentación de la demanda, la notificación del
demandado, la declaración de un testigo, la suscripción de la sentencia por el
juez. Con respecto a los Tipos de Actos Procesales, puedo enunciar los
siguientes: los Actos del Tribunal, los Actos de las partes, y los Actos de los
terceros. En primer lugar los Actos del Tribunal, son emanados de los
agentes de la jurisdicción, tal como los jueces y sus auxiliares. En segundo
lugar los Actos de las partes, que son el accionar del demandante y el
demandado, en vías de obtener pretensiones. En tercer lugar los Actos de
los terceros, que proyectan sus efectos sobre el proceso; ejemplo, la
declaración de un testigo, el informe del perito, la actividad del agente de
seguridad pública.
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Así mismo los Actos del Tribunal se Clasifican, en Actos de decisión,
Actos de comunicación, y Actos de documentación. A continuación se
describen: Primero, los Actos de decisión, que son providencias judiciales
dirigidas a resolver el proceso. Segundo, los Actos de comunicación,
dirigidos a notificar a las partes y a otras autoridades, los actos de decisión.
Tercero, los Actos de documentación, que son los documentos escritos, de
los actos procesales de las partes, del tribunal o de los terceros. Abordando
nuevamente el tipo de acto procesal denominado los Actos de las partes,
podemos adicionar qu se estudian dos Distinciones a saber: los Actos de
obtención y los actos dispositivos. Por lo que se refiere a los Actos de
obtención, están inclinados a la satisfacción de la pretensión hecha valer en
el proceso.
También existe en el medio Jurídico, una Sub-clasificación actos de
obtención, denominados Actos de petición, Actos de afirmación y Actos de
prueba. Con respecto a los Actos de petición, que contiene la pretensión,
ejemplos: la pretensión de demanda, la pretensión de defensa, la admisión
de un escrito, el rechazo de una prueba. En cuanto a los Actos de afirmación,
son contentivos del conocimiento requerido por el petitorio, asimismo
impulsan las participaciones de conocimiento o saber jurídico, y las
participaciones de voluntad o querer jurídico. Concerniente a los Actos de
prueba, son acciones para la incorporación al proceso de objetos o
documentos, y de relatos o declaraciones reconstruidas en el proceso y
escrito mediante actas. Ahora bien, en relación con los Actos dispositivos, se
utilizan para crear, modificar o extinguir situaciones procesales. Y pueden ser
el Allanamiento, el Descimiento, y la Transacción.
En el caso del Allanamiento es un acto de disposición del demandado,
mediante el cual éste se somete a la pretensión del demandante. En cuanto
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al Descimiento es la renuncia del proceso promovido o del demandado a la
reconvención, y la Transacción es la doble renuncia o desistimiento; donde el
actor desiste de la pretensión y el demandado renuncia a su derecho a
obtener una sentencia. El siguiente punto va dirigido a los Deberes
administrativos de los magistrados y los colaboradores, que tienen como
deber inicial Asistir diariamente a las labores. Esto engrana con los
Imperativos jurídicos, que se Clasificación como sigue: Deberes,
Obligaciones y Cargas. Primero, los Deberes están inmersos en el interés de
la comunidad. Segundo, las Obligaciones están presentes en el interés del
acreedor, y Tercero, las Cargas, están en el interés de la persona que realiza
el acto.
En lo referente a los Deberes procesales, abarcan a Todas las personas
que intervienen en el proceso, y deben lograr la correcta realización del
proceso, considerando en todo momento el interés colectivo por encima del
interés individual del litigante. También las partes deben actuar con probidad
y decir la verdad. Con respecto al litigante, No debe desconocer un
documento privado, sabiendo que fue suscrito por su representado.
Asimismo No debe hacer transcripciones obviando palabras o frases del
texto para que lo planteado en la cita tenga un sentido distinto. En cuanto al
Juez o la Jueza y el secretario o secretaria, deben cumplir el horario de
trabajo, de acuerdo a las horas de audiencia, horas de despacho y horas
administrativas fijadas en el cartel. Es imperante para la justicia que el juez
debe sentenciar, sin dilaciones indebidas.
En el caso de los deberes principales de Los terceros, es vital que los
testigos y los peritos cumplan sus deberes establecidos en la ley. Podemos
agregar en este resumen al El dolo procesal que se caracteriza en las formas
siguientes: el fraude, la colusión, la simulación, el abuso de derecho y la
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prevaricación. Es importante resaltar que las Obligaciones procesales,
también denominadas responsabilidad procesal, es la condena en costas a la
parte perdidosa, así como pagar costas en caso de desistimiento y del
convenimiento. Además las Cargas procesales, permite a la parte actuar con
libertad de cumplir o no, pero si no cumple, enerva un interés propio, y crea
un perjuicio o desventaja en su contra, por no asumir por no asumir la
conducta establecida en la Ley.
Es oportuno destacar que los jueces y Juezas, no tiene cargas solo tiene
deberes y obligaciones. Acerca de los actos de impulso procesal son los que
se realizan con la finalidad de ir avanzando en el proceso hasta llegar a la
sentencia. Otro punto a enunciar son las sentencias en los Actos Procesales,
como la sentencia interlocutoria, que decide en materia con alto grado de
dificultad, y las sentencias definitivas, que deciden el asunto principal
después de agotados los trámites del proceso. Por otra parte el Principio
finalista, proyecta una doctrina hacia los Jueces y Juezas, para que procuren
la estabilidad de los juicios, evitando o corrigiendo las faltas que puedan
anular cualquier acto procesal. Apegados al Artículo Número 206 del Código
de Procedimiento Civil. Asimismo el Principio de protección, profesa que la
parte que ha dado causa a la nulidad que sólo puede declarase a instancia
de parte, o que la hubiese consentido expresa o tácitamente, no podrá
impugnar la validez del procedimiento. Artículo Número 214 del Código de
Procedimiento Civil.