SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 6
Descargar para leer sin conexión
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES FIANCIERAS Y
ADMINISTRATIVAS
ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD
ASIGANATURA : CONTABILIDAD DE TRIBUTOS
DOCENTE : CPCC- ABOGADO ANTONIO PAJUELO LOPEZ
TEMA : TAREA 01
CICLO : VIII
AÑO : 2016 - I
ESTUDIANTES :
 HUAYTA HUANÉ JEAN
 HUAMALIANO FLORES ÁNGEL
 GUTIERREZ CHAUCA ROSIMARY
HUARAZ –2016
INAFECTACIÓN Y EXONERACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA
La potestad de desgravar viene a constituir la consecuencia del poder de
gravar del que goza el Estado. Con las inafectaciones y exoneraciones el
legislador procura cumplir ciertos objetivos de política fiscal, económica y
social que nunca deben representar privilegios injustos. Las
exoneraciones se dan para promover determinados sectores, actividades,
grupo de sujetos, propiciar inversiones de capital, radicación de capitales
extranjeros o fomentar la instalación de industrias nuevas.
Rentas Inafectas:
La inafectación (criterio de no sujeción o exclusión) se relaciona a la
renta que no fue incluida dentro de la hipótesis de incidencia del
impuesto, en donde en ocasiones se complementa con exclusiones
expresas para efectos de precisión o mejor delimitación de lo que no esta
gravado. Cabe señalar que no es necesario que expresamente se
reconozca una inafectación para que ésta opere como tal.
Es importante establecer la diferencia entre inafectación y exoneración
teniendo en cuenta que esta distinción es importante en algunos
sistemas tributarios como por ejemplo en la Ley de Renta de Chile en
donde el Impuesto Global Complementario sobre la renta imponible,
incluye como renta bruta global las rentas exoneradas sólo para los
efectos de aplicar la escala progresiva de dicho impuesto.
Rentas Exoneradas:
Son aquellas que siendo operaciones gravadas que constituyen hecho
imponible del impuesto son sujetas a una dispensa por parte de otra
disposición legal, esta es la definición generalmente aceptada y utilizada
en el presente trabajo. Cabe precisar que algunos autores consideran
como exoneraciones las deducciones a la renta neta para llegar a la renta
neta imponible, incluso Dino Jarach acercando los conceptos de
exoneración y exclusión indicó “la exención (en este caso exoneración)
es una exclusión calificada por su motivación ideológica o de política
económica social...las exclusiones son el género, las exenciones son la
especie.”. La doctrina distingue las siguientes exoneraciones:
Exoneración Subjetiva:
Denominada también exoneración personal, esta ligada a la persona o
preceptor de la renta y son las que se conceden en virtud de ciertas
condiciones del contribuyente. Dino Jarach señala que las exoneraciones
subjetivas “son aquellas en que determinados hechos imponibles se
atribuyen a sujetos que resultarían contribuyentes, pero, por su
naturaleza especial, y atendiendo a fines de distinto índole, como de
fomento, de favorecimiento, etc, quedan exentos del impuesto”
Esta exoneración normalmente da lugar a una simple declaración de
ingresos brutos, o más frecuentemente, a la dispensa de presentar
declaración, salvo pedido expreso de la Administración.
Exoneración Objetiva:
Denominada también exoneración real, está vinculada a la naturaleza del
acto productor de rentas o al destino que se ha de dar a una renta,
independientemente de su origen; es la que se concede atendiendo
normalmente a objetivos de política económica social o cultural. Flores
Polo indica sobre este tipo de exoneraciones “son aquellas en las que la
situación neutralizante del tributo esta directamente vinculada con los
bienes o rentas que constituyen la materia imponible,
independientemente del sujeto pasivo.”
Incentivo Tributario:
Son medidas que disminuyen los impuestos con el fin de lograr un
objetivo económico, social, político u otro. Las rentas exentas es una
modalidad de incentivos tributarios.
Gasto Tributario:
Según el Marco Macroeconómico Multianual 2005-2007, emitido por el
Ministerio de Economía y Finanzas los gastos tributarios son las
concesiones tributarias o desviaciones de un sistema tributario base, que
los gobiernos utilizan para alcanzar determinados objetivos económicos y
sociales. Pueden ser considerados como tales una variedad de
instrumentos tributarios como créditos, exoneraciones, inafectaciones,
reducciones de tasa, deducciones, diferimientos y devoluciones, entre
otros. Sin embargo, debe precisarse que en la literatura y práctica
internacional no existe consenso sobre la determinación de qué debe
considerarse como gasto tributario, la práctica francesa entiende como
gasto tributario cualquier medida tributaria que resulte en una pérdida de
ingresos tributarios para el Estado y la correspondiente reducción de la
carga tributaria para el contribuyente, las cuales no hubiesen ocurrido
bajo la aplicación de una ley tributaria general.
RENTAS EXONERADAS
Para un mayor análisis revisemos los comentarios más relevantes sobre
este tema publicados en el trabajo del Dr. ROQUE GARCIA MULLIN
Impuesto sobre la Renta – Teoría y Técnica del Impuesto:
“Las rentas no abarcadas en la definición de renta (no incidencia) no
tendrían ni siquiera por qué ser objeto de declaración (las inafectas) en
tanto que las exoneradas, como en principio están gravadas, podrían
someterse a obligación de declaración, para luego dispensarlas al
proporcionarse a la Administración los elementos que le permitan
cerciorarse de que se está frente a la hipótesis prevista en la ley; por
consiguiente, ellas podrían aparecer involucradas en el primer cálculo de
la renta bruta, siendo necesario depurarlas en un segundo momento”.
La exclusión de las rentas exoneradas, puede ser ubicado, o al comienzo
del proceso o en relación a cada categoría de rentas o al final, cuando se
haya producido la suma de los resultados parciales de categorías,
dependiendo de la técnica de determinación y de las características que
tenga la exoneración.
Las exoneraciones subjetivas frecuentemente dan lugar a depuraciones a
nivel de determinación de renta neta de categoría y ello es lógico, por
cuanto estando vinculadas a una cierta fuente, es en la determinación de
las rentas de esa fuente que se autoriza su deducción.
Las exoneraciones objetivas, pueden vincularse al origen de la renta
(reinversiones en la empresa, compra de fertilizantes en explotaciones
agropecuarias) en cuyo caso operarán a nivel de categoría, pero también
es posible que carezcan de tal vinculación con una fuente determinada
(exoneración de las rentas que se dediquen a adquirir acciones de ciertas
sociedades anónimas), en cuyo caso es más lógico depurarlas luego de
haber hecho la compensación de los resultados cedulares. Y
eventualmente el mismo resultado final dispensatorio puede obtenerse si
se reemplaza la deducción de la base imponible de las rentas exoneradas
por un crédito, porcentual o fijo, contra el impuesto liquidado o por una
reducción del impuesto liquidado. Lo precedente no implica que sean
exactamente los mismos los resultados de una rebaja en la base que una
rebaja en el impuesto, pero sí que el resultado final puede ser igual,
razón por la cual uno y otro procedimiento se presentan como
alternativos para la obtención de una misma finalidad.
En resumen, podría decirse que la decisión legislativa de exonerar una
cierta renta, podría jugar: o en el momento pre-legislativo
(determinando una especial definición de renta gravada, que la excluya,
y estaríamos hablando de una inafectación) o como típica dispensa
excluyendo al sujeto; o a nivel de renta bruta (excluyendo la renta del
ámbito gravado) o a nivel de renta de categoría; o en ocasión del cálculo
de la renta neta total, o incluso, luego de calculado el impuesto,
operando como crédito contra el impuesto o, como reducción del mismo.
BIBLIOGRAFÍA
 SUNAT (2016) CAPITULO IV DE LAS INAFECTACIONES Y
EXONERACIONES. Recuperado de
http://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/regla/cap4.htm
 http://tributacionenelperu.blogspot.pe (2008) INAFECTACIONES Y
EXONERACIONES Recuperado de :
http://tributacionenelperu.blogspot.pe/2008/03/inafectaciones-y-
exoneraciones.html

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Hecho imponible lisa
Hecho imponible lisaHecho imponible lisa
Hecho imponible lisamayer15
 
Actividad 7 DERECHO TRIBUTARIO
Actividad 7 DERECHO TRIBUTARIOActividad 7 DERECHO TRIBUTARIO
Actividad 7 DERECHO TRIBUTARIOcarmenhm80
 
Actividad 7 Karen Ortega Derecho Tributario
Actividad 7 Karen Ortega Derecho TributarioActividad 7 Karen Ortega Derecho Tributario
Actividad 7 Karen Ortega Derecho Tributariokarenortega88
 
Mapa conceptual hecho imponible
Mapa conceptual hecho imponibleMapa conceptual hecho imponible
Mapa conceptual hecho imponibleGiselaColmenares2
 
Derecho fiscal Relación Jurídico Tributaria y Crédito Fiscal
Derecho fiscal Relación Jurídico Tributaria y Crédito FiscalDerecho fiscal Relación Jurídico Tributaria y Crédito Fiscal
Derecho fiscal Relación Jurídico Tributaria y Crédito FiscalElyza Kazami
 
Hecho imponible
Hecho imponibleHecho imponible
Hecho imponiblehpprovo
 
Presentacion de hecho imponible
Presentacion de hecho imponiblePresentacion de hecho imponible
Presentacion de hecho imponibleSaraiGarate
 
mapa conceptual Hecho imponible
mapa conceptual Hecho imponible mapa conceptual Hecho imponible
mapa conceptual Hecho imponible andres_martinez_123
 
losINGRESOSYSUCRONOLOGÍA_dofiscal.pdf
losINGRESOSYSUCRONOLOGÍA_dofiscal.pdflosINGRESOSYSUCRONOLOGÍA_dofiscal.pdf
losINGRESOSYSUCRONOLOGÍA_dofiscal.pdfFCOINTIPR
 
Trabajo 4. hecho imponible, mapa c
Trabajo 4. hecho imponible, mapa cTrabajo 4. hecho imponible, mapa c
Trabajo 4. hecho imponible, mapa cNatashaMedina13
 
Trabajo de seminario de actualizacion aduanera y tributaria
Trabajo de seminario de actualizacion aduanera y tributaria Trabajo de seminario de actualizacion aduanera y tributaria
Trabajo de seminario de actualizacion aduanera y tributaria Angel Zambrano
 
Mapa conceptual hecho imponible
Mapa conceptual hecho imponibleMapa conceptual hecho imponible
Mapa conceptual hecho imponibleyessenia1969
 
Mapa derecho tributario
Mapa  derecho tributarioMapa  derecho tributario
Mapa derecho tributarioyumana naime
 
Materialimpuestos7 lae
Materialimpuestos7 laeMaterialimpuestos7 lae
Materialimpuestos7 laeinvermoot
 
Mapa Conceptual Hecho Imponible
Mapa Conceptual Hecho ImponibleMapa Conceptual Hecho Imponible
Mapa Conceptual Hecho ImponiblePastorabet
 

La actualidad más candente (20)

Hecho imponible lisa
Hecho imponible lisaHecho imponible lisa
Hecho imponible lisa
 
Hecho imponible
Hecho imponibleHecho imponible
Hecho imponible
 
Actividad 7 DERECHO TRIBUTARIO
Actividad 7 DERECHO TRIBUTARIOActividad 7 DERECHO TRIBUTARIO
Actividad 7 DERECHO TRIBUTARIO
 
Actividad 7 Karen Ortega Derecho Tributario
Actividad 7 Karen Ortega Derecho TributarioActividad 7 Karen Ortega Derecho Tributario
Actividad 7 Karen Ortega Derecho Tributario
 
Mapa conceptual hecho imponible
Mapa conceptual hecho imponibleMapa conceptual hecho imponible
Mapa conceptual hecho imponible
 
Hecho Imponible
Hecho ImponibleHecho Imponible
Hecho Imponible
 
Ensayo.anao
Ensayo.anaoEnsayo.anao
Ensayo.anao
 
Derecho fiscal Relación Jurídico Tributaria y Crédito Fiscal
Derecho fiscal Relación Jurídico Tributaria y Crédito FiscalDerecho fiscal Relación Jurídico Tributaria y Crédito Fiscal
Derecho fiscal Relación Jurídico Tributaria y Crédito Fiscal
 
Hecho imponible
Hecho imponibleHecho imponible
Hecho imponible
 
Planeación fiscal para personas morales
Planeación fiscal para personas moralesPlaneación fiscal para personas morales
Planeación fiscal para personas morales
 
Presentacion de hecho imponible
Presentacion de hecho imponiblePresentacion de hecho imponible
Presentacion de hecho imponible
 
mapa conceptual Hecho imponible
mapa conceptual Hecho imponible mapa conceptual Hecho imponible
mapa conceptual Hecho imponible
 
Hecho imponible
Hecho imponibleHecho imponible
Hecho imponible
 
losINGRESOSYSUCRONOLOGÍA_dofiscal.pdf
losINGRESOSYSUCRONOLOGÍA_dofiscal.pdflosINGRESOSYSUCRONOLOGÍA_dofiscal.pdf
losINGRESOSYSUCRONOLOGÍA_dofiscal.pdf
 
Trabajo 4. hecho imponible, mapa c
Trabajo 4. hecho imponible, mapa cTrabajo 4. hecho imponible, mapa c
Trabajo 4. hecho imponible, mapa c
 
Trabajo de seminario de actualizacion aduanera y tributaria
Trabajo de seminario de actualizacion aduanera y tributaria Trabajo de seminario de actualizacion aduanera y tributaria
Trabajo de seminario de actualizacion aduanera y tributaria
 
Mapa conceptual hecho imponible
Mapa conceptual hecho imponibleMapa conceptual hecho imponible
Mapa conceptual hecho imponible
 
Mapa derecho tributario
Mapa  derecho tributarioMapa  derecho tributario
Mapa derecho tributario
 
Materialimpuestos7 lae
Materialimpuestos7 laeMaterialimpuestos7 lae
Materialimpuestos7 lae
 
Mapa Conceptual Hecho Imponible
Mapa Conceptual Hecho ImponibleMapa Conceptual Hecho Imponible
Mapa Conceptual Hecho Imponible
 

Destacado

Fit2015@愛媛大学(ss用)
Fit2015@愛媛大学(ss用)Fit2015@愛媛大学(ss用)
Fit2015@愛媛大学(ss用)Ritsuko Nishibata
 
CONSULTING ADVICE- CIBC CUSTOMER SERVICE STRATEGY
CONSULTING ADVICE- CIBC CUSTOMER SERVICE STRATEGYCONSULTING ADVICE- CIBC CUSTOMER SERVICE STRATEGY
CONSULTING ADVICE- CIBC CUSTOMER SERVICE STRATEGYFayoke banjo
 
2013/10: Q con shanghai2013-davidko-如何利用 kanban让 scrum 更完美
2013/10: Q con shanghai2013-davidko-如何利用 kanban让 scrum 更完美2013/10: Q con shanghai2013-davidko-如何利用 kanban让 scrum 更完美
2013/10: Q con shanghai2013-davidko-如何利用 kanban让 scrum 更完美AgileCommunity
 
Agile Tour Taipei 2014 - 趨勢科技的 agile 之旅
Agile Tour Taipei 2014 - 趨勢科技的 agile 之旅Agile Tour Taipei 2014 - 趨勢科技的 agile 之旅
Agile Tour Taipei 2014 - 趨勢科技的 agile 之旅AgileCommunity
 
2014/02: 嵌入式測試驅動開發
2014/02: 嵌入式測試驅動開發2014/02: 嵌入式測試驅動開發
2014/02: 嵌入式測試驅動開發AgileCommunity
 
More with Less - Agile Meetup 2014/9/18
More with Less - Agile Meetup 2014/9/18More with Less - Agile Meetup 2014/9/18
More with Less - Agile Meetup 2014/9/18AgileCommunity
 
Agile tour 2014 - Coding Dojo with C# and TDD
Agile tour 2014 - Coding Dojo with C# and TDDAgile tour 2014 - Coding Dojo with C# and TDD
Agile tour 2014 - Coding Dojo with C# and TDDAgileCommunity
 
RESUMING INTERNATIONALIZATION OF STARBUCKS
RESUMING INTERNATIONALIZATION OF STARBUCKSRESUMING INTERNATIONALIZATION OF STARBUCKS
RESUMING INTERNATIONALIZATION OF STARBUCKSFayoke banjo
 
從Agile到Lean Startup:趨勢的軟體開發之旅
從Agile到Lean Startup:趨勢的軟體開發之旅從Agile到Lean Startup:趨勢的軟體開發之旅
從Agile到Lean Startup:趨勢的軟體開發之旅AgileCommunity
 
Project GATE 的敏捷實踐之路
Project GATE 的敏捷實踐之路Project GATE 的敏捷實踐之路
Project GATE 的敏捷實踐之路AgileCommunity
 
A journey about how’s high performance teams forming and develop Mobile appli...
A journey about how’s high performance teams forming and develop Mobile appli...A journey about how’s high performance teams forming and develop Mobile appli...
A journey about how’s high performance teams forming and develop Mobile appli...AgileCommunity
 

Destacado (18)

Fit2015@愛媛大学(ss用)
Fit2015@愛媛大学(ss用)Fit2015@愛媛大学(ss用)
Fit2015@愛媛大学(ss用)
 
Valenzuela moro 2 3
Valenzuela moro 2 3Valenzuela moro 2 3
Valenzuela moro 2 3
 
Agile tour dojo c++
Agile tour dojo c++Agile tour dojo c++
Agile tour dojo c++
 
2014/10/3 Ux in china
2014/10/3 Ux in china2014/10/3 Ux in china
2014/10/3 Ux in china
 
CONSULTING ADVICE- CIBC CUSTOMER SERVICE STRATEGY
CONSULTING ADVICE- CIBC CUSTOMER SERVICE STRATEGYCONSULTING ADVICE- CIBC CUSTOMER SERVICE STRATEGY
CONSULTING ADVICE- CIBC CUSTOMER SERVICE STRATEGY
 
Coding dojo初體驗
Coding dojo初體驗Coding dojo初體驗
Coding dojo初體驗
 
2013/10: Q con shanghai2013-davidko-如何利用 kanban让 scrum 更完美
2013/10: Q con shanghai2013-davidko-如何利用 kanban让 scrum 更完美2013/10: Q con shanghai2013-davidko-如何利用 kanban让 scrum 更完美
2013/10: Q con shanghai2013-davidko-如何利用 kanban让 scrum 更完美
 
Agile Tour Taipei 2014 - 趨勢科技的 agile 之旅
Agile Tour Taipei 2014 - 趨勢科技的 agile 之旅Agile Tour Taipei 2014 - 趨勢科技的 agile 之旅
Agile Tour Taipei 2014 - 趨勢科技的 agile 之旅
 
Bitcoin
BitcoinBitcoin
Bitcoin
 
2014/02: 嵌入式測試驅動開發
2014/02: 嵌入式測試驅動開發2014/02: 嵌入式測試驅動開發
2014/02: 嵌入式測試驅動開發
 
More with Less - Agile Meetup 2014/9/18
More with Less - Agile Meetup 2014/9/18More with Less - Agile Meetup 2014/9/18
More with Less - Agile Meetup 2014/9/18
 
Agile tour 2014 - Coding Dojo with C# and TDD
Agile tour 2014 - Coding Dojo with C# and TDDAgile tour 2014 - Coding Dojo with C# and TDD
Agile tour 2014 - Coding Dojo with C# and TDD
 
Manymo Tool Review
Manymo Tool ReviewManymo Tool Review
Manymo Tool Review
 
RESUMING INTERNATIONALIZATION OF STARBUCKS
RESUMING INTERNATIONALIZATION OF STARBUCKSRESUMING INTERNATIONALIZATION OF STARBUCKS
RESUMING INTERNATIONALIZATION OF STARBUCKS
 
從Agile到Lean Startup:趨勢的軟體開發之旅
從Agile到Lean Startup:趨勢的軟體開發之旅從Agile到Lean Startup:趨勢的軟體開發之旅
從Agile到Lean Startup:趨勢的軟體開發之旅
 
Project GATE 的敏捷實踐之路
Project GATE 的敏捷實踐之路Project GATE 的敏捷實踐之路
Project GATE 的敏捷實踐之路
 
A journey about how’s high performance teams forming and develop Mobile appli...
A journey about how’s high performance teams forming and develop Mobile appli...A journey about how’s high performance teams forming and develop Mobile appli...
A journey about how’s high performance teams forming and develop Mobile appli...
 
練出精實ux
練出精實ux練出精實ux
練出精實ux
 

Similar a Tarea producción 01

Ensayo impuesto al valor agregado oriana teran
Ensayo impuesto al valor agregado oriana teranEnsayo impuesto al valor agregado oriana teran
Ensayo impuesto al valor agregado oriana teranOriana Terán Lucena
 
Tipos de impuestos 1-
Tipos de impuestos 1-Tipos de impuestos 1-
Tipos de impuestos 1-ariel2504
 
Teoria de contribuciones parafiscales venezuela colombia
Teoria de contribuciones parafiscales venezuela colombiaTeoria de contribuciones parafiscales venezuela colombia
Teoria de contribuciones parafiscales venezuela colombiaJoisy Rojas
 
Hecho imponible
Hecho imponibleHecho imponible
Hecho imponibleLeidymar19
 
ensayo impuesto al valor agregado
ensayo impuesto al valor agregadoensayo impuesto al valor agregado
ensayo impuesto al valor agregadomariatraviezo
 
Practica de word
Practica de wordPractica de word
Practica de wordedwin2011
 
Unidad III Sistema Tributario Peruano y Ley General de Aduanas Sesión V
Unidad III Sistema Tributario Peruano y Ley General de Aduanas   Sesión VUnidad III Sistema Tributario Peruano y Ley General de Aduanas   Sesión V
Unidad III Sistema Tributario Peruano y Ley General de Aduanas Sesión VMitzi Linares Vizcarra
 
impuesto adicional
impuesto adicionalimpuesto adicional
impuesto adicionalgerman1979
 
Diapositvas retencion
Diapositvas retencionDiapositvas retencion
Diapositvas retencionyerlyvela
 
206324377 regimen-general-del-impuesto-a-la-renta (2)
206324377 regimen-general-del-impuesto-a-la-renta (2)206324377 regimen-general-del-impuesto-a-la-renta (2)
206324377 regimen-general-del-impuesto-a-la-renta (2)jazminyallicoherrera
 
El tributo derecho tributario
El tributo derecho tributarioEl tributo derecho tributario
El tributo derecho tributarioDIEGO MOLINA
 
Triburario presupuestos
Triburario presupuestosTriburario presupuestos
Triburario presupuestosErika Cruz
 
Triburario presupuestos
Triburario presupuestosTriburario presupuestos
Triburario presupuestosErika Cruz
 

Similar a Tarea producción 01 (20)

Impuesto al valor agregado (iva)
Impuesto al valor agregado (iva)Impuesto al valor agregado (iva)
Impuesto al valor agregado (iva)
 
Ensayo impuesto al valor agregado oriana teran
Ensayo impuesto al valor agregado oriana teranEnsayo impuesto al valor agregado oriana teran
Ensayo impuesto al valor agregado oriana teran
 
Retencion en la fuente
Retencion en la fuenteRetencion en la fuente
Retencion en la fuente
 
Tipos de impuestos 1-
Tipos de impuestos 1-Tipos de impuestos 1-
Tipos de impuestos 1-
 
Fuentes del derecho tributario
Fuentes del derecho tributarioFuentes del derecho tributario
Fuentes del derecho tributario
 
Codigo tributario-peru
Codigo tributario-peruCodigo tributario-peru
Codigo tributario-peru
 
Teoria de contribuciones parafiscales venezuela colombia
Teoria de contribuciones parafiscales venezuela colombiaTeoria de contribuciones parafiscales venezuela colombia
Teoria de contribuciones parafiscales venezuela colombia
 
Hecho imponible
Hecho imponibleHecho imponible
Hecho imponible
 
Ensayo actividad 09
Ensayo actividad 09Ensayo actividad 09
Ensayo actividad 09
 
ensayo impuesto al valor agregado
ensayo impuesto al valor agregadoensayo impuesto al valor agregado
ensayo impuesto al valor agregado
 
Practica de word
Practica de wordPractica de word
Practica de word
 
Unidad III Sistema Tributario Peruano y Ley General de Aduanas Sesión V
Unidad III Sistema Tributario Peruano y Ley General de Aduanas   Sesión VUnidad III Sistema Tributario Peruano y Ley General de Aduanas   Sesión V
Unidad III Sistema Tributario Peruano y Ley General de Aduanas Sesión V
 
Act. 2 impuestos
Act. 2 impuestosAct. 2 impuestos
Act. 2 impuestos
 
impuesto adicional
impuesto adicionalimpuesto adicional
impuesto adicional
 
Diapositvas retencion
Diapositvas retencionDiapositvas retencion
Diapositvas retencion
 
206324377 regimen-general-del-impuesto-a-la-renta (2)
206324377 regimen-general-del-impuesto-a-la-renta (2)206324377 regimen-general-del-impuesto-a-la-renta (2)
206324377 regimen-general-del-impuesto-a-la-renta (2)
 
Retencion en la fuente
Retencion en la fuenteRetencion en la fuente
Retencion en la fuente
 
El tributo derecho tributario
El tributo derecho tributarioEl tributo derecho tributario
El tributo derecho tributario
 
Triburario presupuestos
Triburario presupuestosTriburario presupuestos
Triburario presupuestos
 
Triburario presupuestos
Triburario presupuestosTriburario presupuestos
Triburario presupuestos
 

Último

Una nueva metodología para vender más. Un modelo nuevo basado en el éxito de...
Una nueva metodología para vender más.  Un modelo nuevo basado en el éxito de...Una nueva metodología para vender más.  Un modelo nuevo basado en el éxito de...
Una nueva metodología para vender más. Un modelo nuevo basado en el éxito de...Nicola Origgi
 
La Cabaña Del Encanto Colombiaaaaaa.pptx
La Cabaña Del Encanto Colombiaaaaaa.pptxLa Cabaña Del Encanto Colombiaaaaaa.pptx
La Cabaña Del Encanto Colombiaaaaaa.pptxCamilaCardona39
 
21 Hacks de Analitica Web - Fernando Rubio Ahumada WAW Congress
21 Hacks de Analitica Web - Fernando Rubio Ahumada WAW Congress21 Hacks de Analitica Web - Fernando Rubio Ahumada WAW Congress
21 Hacks de Analitica Web - Fernando Rubio Ahumada WAW CongressFernando Rubio Ahumada
 
Pedro Alfonso Calderon Orejuela Inteligencia Artificial Marketing(1).pdf
Pedro Alfonso Calderon Orejuela Inteligencia Artificial Marketing(1).pdfPedro Alfonso Calderon Orejuela Inteligencia Artificial Marketing(1).pdf
Pedro Alfonso Calderon Orejuela Inteligencia Artificial Marketing(1).pdfPedro Alfonso Calderón Orejuela
 

Último (6)

Cómo comenzar tu marca personal desde cero
Cómo comenzar tu marca personal desde ceroCómo comenzar tu marca personal desde cero
Cómo comenzar tu marca personal desde cero
 
Una nueva metodología para vender más. Un modelo nuevo basado en el éxito de...
Una nueva metodología para vender más.  Un modelo nuevo basado en el éxito de...Una nueva metodología para vender más.  Un modelo nuevo basado en el éxito de...
Una nueva metodología para vender más. Un modelo nuevo basado en el éxito de...
 
La Cabaña Del Encanto Colombiaaaaaa.pptx
La Cabaña Del Encanto Colombiaaaaaa.pptxLa Cabaña Del Encanto Colombiaaaaaa.pptx
La Cabaña Del Encanto Colombiaaaaaa.pptx
 
21 Hacks de Analitica Web - Fernando Rubio Ahumada WAW Congress
21 Hacks de Analitica Web - Fernando Rubio Ahumada WAW Congress21 Hacks de Analitica Web - Fernando Rubio Ahumada WAW Congress
21 Hacks de Analitica Web - Fernando Rubio Ahumada WAW Congress
 
Pedro Alfonso Calderon Orejuela Inteligencia Artificial Marketing(1).pdf
Pedro Alfonso Calderon Orejuela Inteligencia Artificial Marketing(1).pdfPedro Alfonso Calderon Orejuela Inteligencia Artificial Marketing(1).pdf
Pedro Alfonso Calderon Orejuela Inteligencia Artificial Marketing(1).pdf
 
Portadas Nacionales 15-Mayo-2024.pdf....
Portadas Nacionales 15-Mayo-2024.pdf....Portadas Nacionales 15-Mayo-2024.pdf....
Portadas Nacionales 15-Mayo-2024.pdf....
 

Tarea producción 01

  • 1. FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES FIANCIERAS Y ADMINISTRATIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD ASIGANATURA : CONTABILIDAD DE TRIBUTOS DOCENTE : CPCC- ABOGADO ANTONIO PAJUELO LOPEZ TEMA : TAREA 01 CICLO : VIII AÑO : 2016 - I ESTUDIANTES :  HUAYTA HUANÉ JEAN  HUAMALIANO FLORES ÁNGEL  GUTIERREZ CHAUCA ROSIMARY
  • 2. HUARAZ –2016 INAFECTACIÓN Y EXONERACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA La potestad de desgravar viene a constituir la consecuencia del poder de gravar del que goza el Estado. Con las inafectaciones y exoneraciones el legislador procura cumplir ciertos objetivos de política fiscal, económica y social que nunca deben representar privilegios injustos. Las exoneraciones se dan para promover determinados sectores, actividades, grupo de sujetos, propiciar inversiones de capital, radicación de capitales extranjeros o fomentar la instalación de industrias nuevas. Rentas Inafectas: La inafectación (criterio de no sujeción o exclusión) se relaciona a la renta que no fue incluida dentro de la hipótesis de incidencia del impuesto, en donde en ocasiones se complementa con exclusiones expresas para efectos de precisión o mejor delimitación de lo que no esta gravado. Cabe señalar que no es necesario que expresamente se reconozca una inafectación para que ésta opere como tal. Es importante establecer la diferencia entre inafectación y exoneración teniendo en cuenta que esta distinción es importante en algunos sistemas tributarios como por ejemplo en la Ley de Renta de Chile en donde el Impuesto Global Complementario sobre la renta imponible, incluye como renta bruta global las rentas exoneradas sólo para los efectos de aplicar la escala progresiva de dicho impuesto. Rentas Exoneradas: Son aquellas que siendo operaciones gravadas que constituyen hecho imponible del impuesto son sujetas a una dispensa por parte de otra disposición legal, esta es la definición generalmente aceptada y utilizada en el presente trabajo. Cabe precisar que algunos autores consideran como exoneraciones las deducciones a la renta neta para llegar a la renta neta imponible, incluso Dino Jarach acercando los conceptos de exoneración y exclusión indicó “la exención (en este caso exoneración)
  • 3. es una exclusión calificada por su motivación ideológica o de política económica social...las exclusiones son el género, las exenciones son la especie.”. La doctrina distingue las siguientes exoneraciones: Exoneración Subjetiva: Denominada también exoneración personal, esta ligada a la persona o preceptor de la renta y son las que se conceden en virtud de ciertas condiciones del contribuyente. Dino Jarach señala que las exoneraciones subjetivas “son aquellas en que determinados hechos imponibles se atribuyen a sujetos que resultarían contribuyentes, pero, por su naturaleza especial, y atendiendo a fines de distinto índole, como de fomento, de favorecimiento, etc, quedan exentos del impuesto” Esta exoneración normalmente da lugar a una simple declaración de ingresos brutos, o más frecuentemente, a la dispensa de presentar declaración, salvo pedido expreso de la Administración. Exoneración Objetiva: Denominada también exoneración real, está vinculada a la naturaleza del acto productor de rentas o al destino que se ha de dar a una renta, independientemente de su origen; es la que se concede atendiendo normalmente a objetivos de política económica social o cultural. Flores Polo indica sobre este tipo de exoneraciones “son aquellas en las que la situación neutralizante del tributo esta directamente vinculada con los bienes o rentas que constituyen la materia imponible, independientemente del sujeto pasivo.” Incentivo Tributario: Son medidas que disminuyen los impuestos con el fin de lograr un objetivo económico, social, político u otro. Las rentas exentas es una modalidad de incentivos tributarios. Gasto Tributario: Según el Marco Macroeconómico Multianual 2005-2007, emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas los gastos tributarios son las concesiones tributarias o desviaciones de un sistema tributario base, que los gobiernos utilizan para alcanzar determinados objetivos económicos y sociales. Pueden ser considerados como tales una variedad de instrumentos tributarios como créditos, exoneraciones, inafectaciones, reducciones de tasa, deducciones, diferimientos y devoluciones, entre
  • 4. otros. Sin embargo, debe precisarse que en la literatura y práctica internacional no existe consenso sobre la determinación de qué debe considerarse como gasto tributario, la práctica francesa entiende como gasto tributario cualquier medida tributaria que resulte en una pérdida de ingresos tributarios para el Estado y la correspondiente reducción de la carga tributaria para el contribuyente, las cuales no hubiesen ocurrido bajo la aplicación de una ley tributaria general. RENTAS EXONERADAS Para un mayor análisis revisemos los comentarios más relevantes sobre este tema publicados en el trabajo del Dr. ROQUE GARCIA MULLIN Impuesto sobre la Renta – Teoría y Técnica del Impuesto: “Las rentas no abarcadas en la definición de renta (no incidencia) no tendrían ni siquiera por qué ser objeto de declaración (las inafectas) en tanto que las exoneradas, como en principio están gravadas, podrían someterse a obligación de declaración, para luego dispensarlas al proporcionarse a la Administración los elementos que le permitan cerciorarse de que se está frente a la hipótesis prevista en la ley; por consiguiente, ellas podrían aparecer involucradas en el primer cálculo de la renta bruta, siendo necesario depurarlas en un segundo momento”. La exclusión de las rentas exoneradas, puede ser ubicado, o al comienzo del proceso o en relación a cada categoría de rentas o al final, cuando se haya producido la suma de los resultados parciales de categorías, dependiendo de la técnica de determinación y de las características que tenga la exoneración. Las exoneraciones subjetivas frecuentemente dan lugar a depuraciones a nivel de determinación de renta neta de categoría y ello es lógico, por cuanto estando vinculadas a una cierta fuente, es en la determinación de las rentas de esa fuente que se autoriza su deducción. Las exoneraciones objetivas, pueden vincularse al origen de la renta (reinversiones en la empresa, compra de fertilizantes en explotaciones agropecuarias) en cuyo caso operarán a nivel de categoría, pero también es posible que carezcan de tal vinculación con una fuente determinada (exoneración de las rentas que se dediquen a adquirir acciones de ciertas sociedades anónimas), en cuyo caso es más lógico depurarlas luego de haber hecho la compensación de los resultados cedulares. Y eventualmente el mismo resultado final dispensatorio puede obtenerse si
  • 5. se reemplaza la deducción de la base imponible de las rentas exoneradas por un crédito, porcentual o fijo, contra el impuesto liquidado o por una reducción del impuesto liquidado. Lo precedente no implica que sean exactamente los mismos los resultados de una rebaja en la base que una rebaja en el impuesto, pero sí que el resultado final puede ser igual, razón por la cual uno y otro procedimiento se presentan como alternativos para la obtención de una misma finalidad. En resumen, podría decirse que la decisión legislativa de exonerar una cierta renta, podría jugar: o en el momento pre-legislativo (determinando una especial definición de renta gravada, que la excluya, y estaríamos hablando de una inafectación) o como típica dispensa excluyendo al sujeto; o a nivel de renta bruta (excluyendo la renta del ámbito gravado) o a nivel de renta de categoría; o en ocasión del cálculo de la renta neta total, o incluso, luego de calculado el impuesto, operando como crédito contra el impuesto o, como reducción del mismo.
  • 6. BIBLIOGRAFÍA  SUNAT (2016) CAPITULO IV DE LAS INAFECTACIONES Y EXONERACIONES. Recuperado de http://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/regla/cap4.htm  http://tributacionenelperu.blogspot.pe (2008) INAFECTACIONES Y EXONERACIONES Recuperado de : http://tributacionenelperu.blogspot.pe/2008/03/inafectaciones-y- exoneraciones.html