El documento define el hecho imponible como el presupuesto establecido por la ley para tipificar un tributo y cuya realización origina la obligación tributaria. Describe los elementos que lo configuran como el espacial, subjetivo, objetivo y temporal. Además, indica en qué tributos se refleja como el IVA, ISLR e impuestos sobre sucesiones y donaciones. Finalmente, menciona las obligaciones lícitas e ilícitas que genera el hecho imponible.
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Hecho Imponible: Definición, elementos y situaciones en Derecho Tributario
1. U N I V E R S I D A D F E R M I N T O R O
V I C E R E C T O R A D O A C A D E M I C O
F A C U L T A D D E C I E N C I A S J U R Í D I C A S
Y P O L Í T I C A S
E S C U E L A D E D E R E C H O
D E R E C H O T R I B U T A R I O
HECHO IMPONIBLE
P A R T I C I P A N T E :
I N G . V Í C T O R D O M Í N G U E Z O C H O A
C . I . V - 1 0 . 8 5 8 . 1 4 1
S A I A E
2. Hecho Imponible o Presupuesto de Hecho
Según lo establecido en el Código Orgánico Tributario, Gaceta Oficial Nº 37.305 del 2001, en su Capítulo IV Del Hecho
Imponible, específicamente en el Artículo 36. El hecho imponible es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo y
cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.
HechoImponible
Definición,entorno
Presupuesto real de carácter jurídico y económico que
la Ley establece para configurar cada tributo
Devengar el impuesto.
Nacimiento de obligaciones tributarias.
Que acarrea
Elementos que la configuran
Elemento espacial: Determinación del territorio en el que despliega su
eficacia.
Elemento subjetivo: Sujeto a quien se atribuyen los efectos fiscales.
Elemento objetivo: Circunstancias económicas o jurídicas contempladas.
Elemento temporal : Concreción del momento en que se consideran
producidos los efectos fiscales.
Donde se refleja
Las tasas, los impuestos especiales de fabricación, l impuesto sobre el patrimonio,
impuesto sobre sucesiones, actos jurídicos documentados, adquisiciones
intracomunitarias de bienes, entregas de bienes, importaciones de bienes,
operaciones societarias, transmisiones patrimoniales
3. Si existe corión
SituacionesdelHecho
Imponible
A quien obliga
Personas y Empresas,
ante la Ley son los
obligados tributarios
Impuestos o Tasas
Por su similitud , puede originar
dos tributos, en la Ley se
establece que dos impuestos no
pueden gravar o tributar por el
mismo hecho imponible.
Que pagan
Un individuo que es persona
física, que por lo general
tributan sus ingresos por IRPF,
obtiene una donación que
tributará por la ley sobre
Donaciones, y no por IRPF. En
cambio, si es una sociedad la
que obtiene una donación, esta
renta tributará por el Impuesto
sobre Sociedades.
ejemplo
Determina el sujeto
pasivo y la prestación
a que está obligado.
Se origina
1) La Ley, sin condicionarse con algún hecho jurídico .
2) La Ley por sí misma, pero condicionado a un hecho jurídico (obligación ex lege)
3) La voluntad de las partes (obligaciones voluntarias); nace cuando se realiza el
hecho previsto en la Ley, como generador de dicha obligación, siendo esta una
Obligación Ex Lege porque su nacimiento está condicionado a la realización o no de
un hecho jurídico (hecho imponible) con trascendencia tributaria.
Artículo 37, 38. COT , Exigibilidad del Hecho Imponible.
4. HechoImponible
Marcadoenalgunosimpuestos
Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) el hecho imponible se origina con las entregas de bienes y prestaciones
de servicios.
Impuesto sobre Sociedades o el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), determina que la
obligación del contribuyente nace cuando éste obtiene una renta (es decir, unos ingresos).
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones tiene su hecho imponible en la adquisición por herencia, legado o
donación, o acontecimientos similares, de bienes o derechos.
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) nace la obligación tributaria por la propiedad de bienes inmuebles, ya sean
viviendas o locales comerciales.
tasas que tienen su hecho imponible en la utilización de un servicio público o el aprovechamiento de un espacio
público.
Ante un
sujeto pasivo
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles están exentos los bienes
propiedad de la Iglesia.
Elemento
Subjetivo
Cuando la exención recae sobre un bien u objeto, en el IRPF, los ingresos procedentes
de prestaciones por incapacidad permanente absoluta o gran incapacidad reconocidas
por la Seguridad Social.
Elemento
Objetivo
5. 1-
.
HechoImponible
Obligacioneslicitaseilícitas
Licitas
Deberes por los cuales el contribuyente debe responder, a consecuencia de una deficiencia
en el desarrollo y trabajo de los tributos, o por el simple hecho de que todo ciudadano debe
de alguna manera contribuir con lo que es el desarrollo y bienestar del Estado
Artículo 133 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
1. Llevar buena contabilidad legal
2- Inscribirse en los registros pertinentes
3- Emitir los documentos exigidos por las leyes tributarias especiales, dentro de los cuales
incluimos las facturas y los comprobantes de retención.
4- Exhibir y conservar en forma ordenada los libros de comercio, los libros y registros
especiales, los documentos y antecedentes de las operaciones o situaciones que
constituyan hechos imponibles.
5- Contribuir con los funcionarios autorizados en la realización de las inspecciones y
fiscalizaciones
6- Exhibir en las oficinas o ante los funcionarios autorizados, las declaraciones, informes,
documentos, comprobantes de legítima procedencia de mercancías..
7- Comunicar cualquier cambio en la situación que pueda dar lugar a la alteración de su
responsabilidad tributaria.
8- Comparecer ante las oficinas de la Administración Tributaria cuando su presencia sea
requerida.
9- Dar cumplimiento a las resoluciones, órdenes, providencias y demás decisiones dictadas
por los órganos y autoridades tributarias, debidamente notificada
6. HechoImponible
Obligacioneslicitaseilícitas
Ilícitas
Violación del ordenamiento jurídico, que van contraria a la Ley y a
las buenas costumbres
1- La no declaración de impuestos IVA, ISLR, Retenciones de ISLR, entre otros.
2- Evasión de impuesto, el no cumplir con los requisitos de forma y de fondo que
establece la Ley en cuanto a los libros de compra y venta.
3- El retraso u omisión en el pago de tributo o de sus porciones.
4- El retraso u omisión en el pago de anticipos.
5- El incumplimiento de la obligación de retener o percibir.
6- La obtención de devoluciones o reintegros indebidos.
7- No emitir Factura o Retenciones.
8- No exhibir los libros, registros u otros documentos que ésta solicite.
9- Producir, circular o comercializar productos o mercancías gravadas sin el signo
de control visible exigido por las normas tributarias o sin las facturas o
comprobantes de pago que acrediten su adquisición.
10- No mantener en condiciones de operación los soportes portadores de micro
formas. grabadas y los soportes magnéticos utilizados en las aplicaciones que
incluyen datos. Vinculados con la materia imponible, cuando se efectúen
registros mediante micro archivos o sistemas computarizados.
11- No exhibir, ocultar o destruir carteles, señales y demás medios utilizados,
exigidos o distribuidos por la Administración Tributaria.
12- No facilitar a la Administración Tributaria los equipos técnicos de recuperación
visual.
7. Cuál sonlos Efectos del acaecimiento:a) obligaciones condicionadas,b) a plazo,c) prorroga.Exenciones,
exoneraciones,beneficios tributarios y privilegios. Base Imponible
Sección Tercera De los Responsables, Artículo 25. Responsables son los sujetos pasivos que sin tener el carácter de
contribuyentes deben, por disposiciónexpresa de la ley, cumplir las obligaciones atribuidas a éstos.
Artículo 44. La Administración Tributaria y los sujetos pasivos o terceros, al pagar las obligaciones tributarias, deberán imputar
el pago, en todos los casos, al concepto de lo adeudado según sus componentes, en el orden siguiente:
1. Sanciones.
2. Intereses moratorios.
3. Tributo del período correspondiente.
Parágrafo Primero: La Administración Tributaria podrá imputar cualquier pago a la deuda más antigua,
contenida en un acto definitivamente firme, sobre la que se haya agotado el cobro extrajudicial previsto
en este Código.
Parágrafo Segundo: Lo previsto en este artículo no será aplicable a los pagos efectuados por los
agentes de retención y de percepción en su carácter de tales. Tampoco será aplicable en los casos a
que se refieren los artículos 45, 46 y 47 de este Código.
Artículo 46. Las prórrogas y demás facilidades para el pago de obligaciones no vencidas, podrán ser acordadas con carácter
excepcional en casos particulares.
15 días días hábiles antes del vencimiento del plazo para el pago.
8. sólo podrán ser concedidas cuando a juicio de la Administración Tributaria se justifiquen las causas que
impiden el cumplimiento normal de la obligación.
Diez (10) hábiles a la presentación de la solicitud, para que la Administración Tributaria responda.
Base Imponible: La expresión numérica y cifrada del hecho imponible. Una magnitud representativa de la capacidad económica
del sujeto pasivo en cada hecho imponible sobre la que se parte para calcular la cuota tributaria. La base imponible tiene que venir
determinada por la ley. Artículo 127 del COT.
Beneficios y privilegios tributarios en Venezuela: Establecidos en los artículos 1, 3.3, 4, 5, 6, 13, 40, 68, 72, 77, 111, 114 del
COT.
Referencias bibliográficas
1.- Código Orgánico Tributario Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.152 del 18 de Noviembre de
2014.
2.- Seijas M, (2017); El Hecho Imponible, Venezuela – Barquisimeto.
3.- Ramírez E, (2018); Tema 2 Hecho Imponible, Derecho Tributario - 2018/B – SAIA.
4.- Moya, E, (2006); Elementos de Finanzas Publicas y Derecho Tributario, 5ta Ed. Mobilibros, Caracas - Venezuela.