cruza dihíbrida y problemas de dominancia completa
Evolución del Derecho Agrario en Venezuela desde la Ley de las XII Tablas hasta la Reforma de 2010
1.
2. LEY DE LAS XII TABLAS
En el Derecho Romano se denominó a la Ley de las Doce Tablas
como el primer código agrario del mundo, incluso en esta época
existían unos contratos agrarios especiales llamados “COLONATOS”
que se celebraban para el desarrollo de las tierras públicas rurales.
3. EDAD MEDIA
SIGLO XIX
En este siglo se frótale la clase terrateniente sin que se produzcan cambios estructurales
en la economía, la cual continuaba descansando en el régimen latifundista y el Código
Napoleónico estaba destinado a regir a las sociedades rurales, por lo tanto se veía al
Derecho Agrario como un derecho estático, pues se le conceptuaba como el derecho de
la agricultura con lo cual simplemente se estaban postulando normas destinadas a
regular las labores agrícolas en los predios.
Nace el concepto de Villa o Distrito Rural.
AÑO 1936
En este año se reúne un grupo de hombres con la intención de buscar una solución
democrática al problema agrario. Buscando una base ideológica para trabajar “Con y
para” los campesinos ante la precaria situación de la producción agrícola.
4. LEY DE REFORMA AGRARIA DE 1945
Para 1945 se reforma la Ley Agraria lo que genero en ese tiempo los primeros adelantos
en dicha materia siendo lo mas resaltante la incorporación del campesino en las
actividades agrarias, procediéndose a entregarle las tierras de forma gratuita. En fin se
buscó orientar la actividad agraria en el aspecto que resultara anti-latifundista, asumiendo
el Estado todas las decisiones en cuanto a esta materia.
LEY AGRARIA DE 1948
En el año 1948 continúan las modificaciones y
avance del derecho agrario en Venezuela con la Ley
Agraria de 1948 donde se indica y se genera un
hecho innovador para ese entonces como lo fue la
prohibición de que la tierra pudiera ser expropiada
cuando estuviese en producción, es decir, mientras
la tierra fuese trabajada y estuviese produciendo no
podía ser quitada a sus poseedores.
5. ESTATUTO AGRARIO DE 1949
La Inexpropiabilidad basada en un criterio de productividad contemplada en la
anterior Ley Agraria perdió su vigencia al ser remplazada por el Estatuto Agrario del
28 de junio de 1949, pronunciado por la Junta Militar constituyendo un paso
retrógrado en el proceso agrario.
LEY DE REFORMA AGRARIA DE 1960
El 5 de marzo de 1960 el Presidente de la República Rómulo Betancourt, convocó al
pueblo para que presenciase el acto de “ejecútese” a la ley de la Reforma Agraria, la
cual estaba dirigida a solucionar en forma definitiva el problema de la tenencia de la
tierra, de la que siempre han carecido nuestros campesinos, aquí la ley basaba toda
su tesis en la teoría de la función social y el derecho del campesino a la propiedad
de la tierra, así como la dotación local, la mejor tenencia y la protección de los
recursos naturales renovable. La transformación de la estructura agraria en
Venezuela para que la riqueza fuese distribuida de manera equitativa.
6. DECRETO CON FUERZA DE LEY DE TIERRAS Y
DESARROLLO AGRARIO (2001)
Fue promulgada el 13 de Noviembre de 2001 y entró en vigencia el 10 de Diciembre de
ese mismo año, cuyo objetivo principal es establecer las bases del desarrollo rural,
integral y sustentable, así como la eliminación del latifundio como sistema contrario al
interés social y a la armonía de toda la actividad en el campo. Aquí también se logra
contemplar los principios de seguridad alimentaria y de función social de las tierras.
LEY DE TIERRAS Y DESARROLLO AGRARIO DEL 18
DE MAYO DE 2005
Tiene el mismo objeto que la Ley anterior. Fueron modificados los siguientes aspectos:
I. Definición de latifundio, articulo 7 de la Ley.
II. Obligación de inscribirse en el Registro Agrario.
III. Se suprime el término de Poligonales Rurales por el de tierras con vocación de uso
agrario.
2010
El 29 de Julio del año 2010 se promulga la Reforma de la ley de Tierras y Desarrollo
Agrario, incorporando a su objeto, además de la eliminación del latifundio, la eliminación
de la tercerización como el sistema contrario al interés social y a la paz en el campo, y las
tierras ya son de uso agrario sino tierra de uso agrícola.