SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 25
Descargar para leer sin conexión
Introducción al Derecho Tributario y su desarrollo
en la ciencias jurídicas
DERECHO TRIBUTARIO GENERAL
Centrar Texto
al sacar el
cuadro negro
Video
Imagen
docente
Contenido general
• Derecho Tributario: definición.
• Derecho tributario y financiero. Relación frente a otras
ramas del derecho.
• Autonomía del Derecho Tributario
• Codificación del derecho tributario.
L O G R O
Al terminar la sesión, los estudiantes reconocen la
autonomía del derecho y ubican su relación con otras
ramas del derecho.
Derecho financiero
• Rama del derecho público interno que regula la actividad “financiera”
del Estado en cuanto a los órganos encargados de la recaudación y
aplicación de ingresos, presupuesto, crédito público y, en general, de
todo lo relacionado directamente con el patrimonio del Estado y su
utilización.
Ossorio. M “Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales”
Terminología
Terminología
Derecho tributario
DERECHO
TRIBUTARIO
Doctrina italiana, española,
brasileña, peruana.
DERECHO
IMPOSITIVO
Doctrina alemana
DERECHO
FISCAL
Doctrina francesa e inglesa
Terminología
• La denominación de “derecho tributario”, por su carácter genérico es
la más utilizada. Sin embargo, al decir de Hector Villegas no hay
inconveniente en utilizar el término “derecho fiscal”.
• La expresión “derecho fiscal” ha adquirido resonancia internacional
por corresponder al nombre de la disciplina en el derecho anglosajón
y a la denominación de una prestigiosa institución: la International
FiscalAssociation (IFA).
Derecho tributario
• Conjunto de normas y principios jurídicos que se refieren y regulan
los tributos.
• H. Villegas. “ Conjunto de normas jurídicas que regulan los tributos en
sus distintos aspectos”.
Derecho tributario
• TRIBUTO:
Sainz de Bujanda:
“Toda prestación económica patrimonial obligatoria – habitualmente
pecuniaria- establecida por ley, a cargo de las personas físicas y
jurídicas que se encuentren en los supuestos de hecho que la propia
ley determine, y que vaya dirigida a dar satisfacción a los fines que al
Estado y a los restantes entes públicos estén encomendados”.
Autonomía científica - Doctrina
• Derecho financiero (doctrina española).
• Derecho administrativo (doctrina brasileña).
• Derecho tributario (doctrina latinoamericana).
Justificación de autonomía
Autonomía estructural Autonomía conceptual
Pertenece al Derecho Público. Crea figuras tributarias a partir de otras
figuras del derecho.
Se origina en el Derecho
Financiero.
Tiene métodos de interpretación
especiales.
Se nutre del Derecho
Administrativo
Justificación
• Héctor Villegas se pronuncia en favor de la autonomía didáctica y
funcional del derecho tributario, pues constituye un conjunto de
normas jurídicas dotadas de homogeneidad que funciona
concatenado a un grupo orgánico y singularizado que a su vez está
unido a todo el sistema jurídico.
• Esa singularidad normativa le permite tener sus propios conceptos e
instituciones o utilizar los de otras ramas del derecho, asignándoles
un significado diferente.
Justificación
• Por ejemplo, la “relación jurídica tributaría” (el más fundamental
concepto de derecho tributario) es sólo una especie de “relación
jurídica” existente en todos los ámbitos del derecho y a cuyos
principios generales debe recurrir. De igual manera, conceptos como
“sujetos”, “deuda”, “crédito”, “pago”, “proceso”, “sanción”, etc., tienen
un contenido jurídico universal y demuestran la imposibilidad de
“parcelar” el derecho.
Potestad Financiera
• Villegas (2005, pp. 80-81) entiende por “potestad financiera” la
posibilidad consagrada por el Derecho para que el Estado capte
ingresos y ejecute sus gastos, que ha sido otorgada por la Sociedad al
Estado a través de una instancia especial conocida como “poder
constituyente” y que se materializa en el texto expreso de la
Constitución en la parte de la regulación de las finanzas públicas
(constitución financiera).
Es la Atribución o potestad atribuida por la
Constitución a los diferentes niveles de gobierno
para crear, modificar, suprimir o exonerar
tributos.
Potestad Tributaria del Estado
Artículo 74°
"Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto
legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante Decreto
Supremo”
Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o
exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la ley. El Estado, al ejercer la potestad
tributaria, debe respetar los principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales
de la persona. Ningún tributo puede tener carácter confiscatorio.
Las leyes de presupuesto y los decretos de urgencia no pueden contener normas sobre materia tributaria.
Las leyes relativas a los tributos de periodicidad anual rigen a partir del primero de enero del año siguiente a su
promulgación.
No surten efecto las normas tributarias dictadas en violación de lo que establece el presente artículo.”
Constitución Política del Estado
Modificado por el Artículo Único de la Ley N° 28390 (17/11/2004)
Titulares del Poder Tributario
(Art. 74° Const.)
a)Gobierno Central (Poder Ejecutivo y
Legislativo)
b) Gobiernos Locales
c) Gobiernos Regionales
Potestad Originaria
Potestad Derivada
Potestad Tributaria del Estado
• El poder tributario es, en palabras de VILLEGAS ([1]): “(…) la facultad
que tiene el Estado de crear, modificar o suprimir unilateralmente
tributos. (…) Implica, por tanto, la facultad de generar normas
mediante las cuales el Estado puede compeler a las personas para que
le entreguen una porción de sus rentas o patrimonios para atender las
necesidades públicas.” Entonces, el poder tributario es la potestad
para crear el marco jurídico a través del cual se materializan los
tributos.
[1] VILLEGAS, HECTOR B. Curso de Finanzas, Derecho Financiero y Tributario. Editorial Astrea, 8va
Edición. Buenos Aires, 2002. Pág. 252
Potestad Tributaria del Estado
• En suma, la función constitucional de los tributos radica, por un lado,
en permitir al Estado financiar el gasto público dirigido a cumplir con
los servicios básicos que la sociedad requiere; y, de otro, en la
realización de valores constitucionales como el de justicia y
solidaridad
LANDA, César (2005) Los principios tributarios en la Constitución de 1993 Una perspectiva
constitucional
División de derecho tributario
Sustantivo o material
•Obligación tributaria
Formal
•Determinación y cobro
Vínculos con otras ramas del derecho
Derecho
penal
tributario
Derecho
tributario
internacional
Derecho
tributario
procesal
Derecho
tributario
constitucional
Derecho
tributario
ambiental
Vinculo entre ramas del derecho
• La autonomía de un sector jurídico no puede concebirse de manera
absoluta, sino que cada rama del derecho forma parte de un conjunto
del cual es porción solidaria.
CIERRE
• D.Financiero: “Conjunto normativo que rige la actividad financiera”.
• Administración Financiera: “Potestad Soberana sobre gastos e
ingresos públicos”.
• D.Tributario: “Es el ordenamiento jurídico que regula los elementos
esenciales del tributo, sus funciones y sus procedimientos”.
• Tributo: “Obligación creada por Ley en el ejercicio del poder estatal”
CIERRE
• Potestad Tributaria: Es la Potestad del Estado para crear Tributos
• PT/Potestad Originaria: Cuando la Ley define quién tiene la
capacidad dentro de los niveles de gobierno para crear cada
tributo.

Más contenido relacionado

Similar a S02. s1 - Autonomia del Derecho Tributario.pdf

Concepto basico tributacion
Concepto basico tributacionConcepto basico tributacion
Concepto basico tributacion
ABBEY0106
 
derecho tributario
derecho tributarioderecho tributario
derecho tributario
EylerJP
 
LEGISLACION TRIBUTARIA- CLASES DE TRIBUTOS
LEGISLACION TRIBUTARIA- CLASES DE TRIBUTOSLEGISLACION TRIBUTARIA- CLASES DE TRIBUTOS
LEGISLACION TRIBUTARIA- CLASES DE TRIBUTOS
mariovaldez59
 

Similar a S02. s1 - Autonomia del Derecho Tributario.pdf (20)

derecho financiero y tributario
derecho financiero y tributarioderecho financiero y tributario
derecho financiero y tributario
 
El tributo
El tributoEl tributo
El tributo
 
Impuesto
ImpuestoImpuesto
Impuesto
 
El tributo
El tributoEl tributo
El tributo
 
Derecho financiero y derecho tributario
Derecho financiero y derecho tributarioDerecho financiero y derecho tributario
Derecho financiero y derecho tributario
 
El derecho financiero_IAFJSR
El derecho financiero_IAFJSREl derecho financiero_IAFJSR
El derecho financiero_IAFJSR
 
El derecho financiero_PDF
El derecho financiero_PDFEl derecho financiero_PDF
El derecho financiero_PDF
 
Derecho Tributario
Derecho TributarioDerecho Tributario
Derecho Tributario
 
Ensayo derecho financiero.pdf
Ensayo derecho financiero.pdfEnsayo derecho financiero.pdf
Ensayo derecho financiero.pdf
 
Actividad nro. 2. derecho tributario
Actividad nro. 2. derecho tributarioActividad nro. 2. derecho tributario
Actividad nro. 2. derecho tributario
 
DERECHO FINANCIERO
DERECHO FINANCIERODERECHO FINANCIERO
DERECHO FINANCIERO
 
Concepto basico tributacion
Concepto basico tributacionConcepto basico tributacion
Concepto basico tributacion
 
derecho tributario
derecho tributarioderecho tributario
derecho tributario
 
Resumen tributario.
Resumen tributario. Resumen tributario.
Resumen tributario.
 
introducción derecho tributario. Derecho tributario
introducción derecho tributario. Derecho tributariointroducción derecho tributario. Derecho tributario
introducción derecho tributario. Derecho tributario
 
Financiero y tributario
Financiero y tributarioFinanciero y tributario
Financiero y tributario
 
Trabajo derecho financiero y tributario
Trabajo derecho financiero y tributarioTrabajo derecho financiero y tributario
Trabajo derecho financiero y tributario
 
Tributario actividad 2
Tributario actividad 2Tributario actividad 2
Tributario actividad 2
 
LEGISLACION TRIBUTARIA- CLASES DE TRIBUTOS
LEGISLACION TRIBUTARIA- CLASES DE TRIBUTOSLEGISLACION TRIBUTARIA- CLASES DE TRIBUTOS
LEGISLACION TRIBUTARIA- CLASES DE TRIBUTOS
 
Ley fiscal
Ley fiscalLey fiscal
Ley fiscal
 

Último

Derechos políticos y civiles EXP.pptx uueueu3737474774
Derechos políticos y civiles EXP.pptx uueueu3737474774Derechos políticos y civiles EXP.pptx uueueu3737474774
Derechos políticos y civiles EXP.pptx uueueu3737474774
jesusdanielmontielar1
 
DERECHO NOTARIAL DE FAMILIA.ppt en nicaragua
DERECHO NOTARIAL DE FAMILIA.ppt en nicaraguaDERECHO NOTARIAL DE FAMILIA.ppt en nicaragua
DERECHO NOTARIAL DE FAMILIA.ppt en nicaragua
AlexGranados20
 
MANUAL-DE-CRIMINOLOGIA teoria del delito del delincuente y la victima.pdf
MANUAL-DE-CRIMINOLOGIA teoria del delito del delincuente y la victima.pdfMANUAL-DE-CRIMINOLOGIA teoria del delito del delincuente y la victima.pdf
MANUAL-DE-CRIMINOLOGIA teoria del delito del delincuente y la victima.pdf
joseph957764
 
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptxConceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
PilarStefannyBuitrag
 

Último (19)

Circular 0069 fuero por acoso laboral.PDF
Circular 0069 fuero por acoso laboral.PDFCircular 0069 fuero por acoso laboral.PDF
Circular 0069 fuero por acoso laboral.PDF
 
Ley General para la Reparación. Integral para las Victimas de Violencia de Gr...
Ley General para la Reparación. Integral para las Victimas de Violencia de Gr...Ley General para la Reparación. Integral para las Victimas de Violencia de Gr...
Ley General para la Reparación. Integral para las Victimas de Violencia de Gr...
 
CONFERENCIA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO CAL.pptx
CONFERENCIA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO CAL.pptxCONFERENCIA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO CAL.pptx
CONFERENCIA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO CAL.pptx
 
246997251-PROCEDIMIENTOS-ESPECIFICOS-EN-EL-PROCESO-PENAL-GUATEMALTECO.pptx
246997251-PROCEDIMIENTOS-ESPECIFICOS-EN-EL-PROCESO-PENAL-GUATEMALTECO.pptx246997251-PROCEDIMIENTOS-ESPECIFICOS-EN-EL-PROCESO-PENAL-GUATEMALTECO.pptx
246997251-PROCEDIMIENTOS-ESPECIFICOS-EN-EL-PROCESO-PENAL-GUATEMALTECO.pptx
 
PPTS- INEJECUCION DE LAS OBLIGACIONES.pdf
PPTS- INEJECUCION DE LAS OBLIGACIONES.pdfPPTS- INEJECUCION DE LAS OBLIGACIONES.pdf
PPTS- INEJECUCION DE LAS OBLIGACIONES.pdf
 
TANATOLOGIA FORENSE - MEDICINA LEGAL - GRUPO 1.pdf
TANATOLOGIA FORENSE - MEDICINA LEGAL - GRUPO 1.pdfTANATOLOGIA FORENSE - MEDICINA LEGAL - GRUPO 1.pdf
TANATOLOGIA FORENSE - MEDICINA LEGAL - GRUPO 1.pdf
 
Villarroel, Eduardo - Juicios de Tránsito y Policía Local (1).pdf
Villarroel, Eduardo - Juicios de Tránsito y Policía Local (1).pdfVillarroel, Eduardo - Juicios de Tránsito y Policía Local (1).pdf
Villarroel, Eduardo - Juicios de Tránsito y Policía Local (1).pdf
 
03 ECOLOGIA.pdf sociologia una puno biodiversidad
03 ECOLOGIA.pdf sociologia una puno biodiversidad03 ECOLOGIA.pdf sociologia una puno biodiversidad
03 ECOLOGIA.pdf sociologia una puno biodiversidad
 
GUIAS PARA LA VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA PERICIAL.pdf
GUIAS PARA LA VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA PERICIAL.pdfGUIAS PARA LA VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA PERICIAL.pdf
GUIAS PARA LA VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA PERICIAL.pdf
 
Derechos políticos y civiles EXP.pptx uueueu3737474774
Derechos políticos y civiles EXP.pptx uueueu3737474774Derechos políticos y civiles EXP.pptx uueueu3737474774
Derechos políticos y civiles EXP.pptx uueueu3737474774
 
Constitución de la Republica de Guatemala con comentarios (2).pdf
Constitución de la Republica de Guatemala con comentarios (2).pdfConstitución de la Republica de Guatemala con comentarios (2).pdf
Constitución de la Republica de Guatemala con comentarios (2).pdf
 
Cronograma DE ACTIVIDADES TECNOLOGIA EN ADSO.docx
Cronograma DE ACTIVIDADES TECNOLOGIA EN ADSO.docxCronograma DE ACTIVIDADES TECNOLOGIA EN ADSO.docx
Cronograma DE ACTIVIDADES TECNOLOGIA EN ADSO.docx
 
DERECHO NOTARIAL DE FAMILIA.ppt en nicaragua
DERECHO NOTARIAL DE FAMILIA.ppt en nicaraguaDERECHO NOTARIAL DE FAMILIA.ppt en nicaragua
DERECHO NOTARIAL DE FAMILIA.ppt en nicaragua
 
MANUAL-DE-CRIMINOLOGIA teoria del delito del delincuente y la victima.pdf
MANUAL-DE-CRIMINOLOGIA teoria del delito del delincuente y la victima.pdfMANUAL-DE-CRIMINOLOGIA teoria del delito del delincuente y la victima.pdf
MANUAL-DE-CRIMINOLOGIA teoria del delito del delincuente y la victima.pdf
 
LA METODOLOGÍA DEL DERECHO O TÉCNICA JURÍDICA.pptx
LA  METODOLOGÍA  DEL  DERECHO  O  TÉCNICA  JURÍDICA.pptxLA  METODOLOGÍA  DEL  DERECHO  O  TÉCNICA  JURÍDICA.pptx
LA METODOLOGÍA DEL DERECHO O TÉCNICA JURÍDICA.pptx
 
gobierno y sistema politico del peru monografia
gobierno y sistema politico del peru monografiagobierno y sistema politico del peru monografia
gobierno y sistema politico del peru monografia
 
Proyecto de Ley para prevenir, investigar, sancionar y reparar la tortura, ti...
Proyecto de Ley para prevenir, investigar, sancionar y reparar la tortura, ti...Proyecto de Ley para prevenir, investigar, sancionar y reparar la tortura, ti...
Proyecto de Ley para prevenir, investigar, sancionar y reparar la tortura, ti...
 
Código de Trabajo Guatemalteco para el año 2024
Código de Trabajo Guatemalteco para el año 2024Código de Trabajo Guatemalteco para el año 2024
Código de Trabajo Guatemalteco para el año 2024
 
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptxConceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
 

S02. s1 - Autonomia del Derecho Tributario.pdf

  • 1. Introducción al Derecho Tributario y su desarrollo en la ciencias jurídicas DERECHO TRIBUTARIO GENERAL
  • 2. Centrar Texto al sacar el cuadro negro Video Imagen docente Contenido general • Derecho Tributario: definición. • Derecho tributario y financiero. Relación frente a otras ramas del derecho. • Autonomía del Derecho Tributario • Codificación del derecho tributario.
  • 3. L O G R O Al terminar la sesión, los estudiantes reconocen la autonomía del derecho y ubican su relación con otras ramas del derecho.
  • 4. Derecho financiero • Rama del derecho público interno que regula la actividad “financiera” del Estado en cuanto a los órganos encargados de la recaudación y aplicación de ingresos, presupuesto, crédito público y, en general, de todo lo relacionado directamente con el patrimonio del Estado y su utilización. Ossorio. M “Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales”
  • 5. Terminología Terminología Derecho tributario DERECHO TRIBUTARIO Doctrina italiana, española, brasileña, peruana. DERECHO IMPOSITIVO Doctrina alemana DERECHO FISCAL Doctrina francesa e inglesa
  • 6. Terminología • La denominación de “derecho tributario”, por su carácter genérico es la más utilizada. Sin embargo, al decir de Hector Villegas no hay inconveniente en utilizar el término “derecho fiscal”. • La expresión “derecho fiscal” ha adquirido resonancia internacional por corresponder al nombre de la disciplina en el derecho anglosajón y a la denominación de una prestigiosa institución: la International FiscalAssociation (IFA).
  • 7. Derecho tributario • Conjunto de normas y principios jurídicos que se refieren y regulan los tributos. • H. Villegas. “ Conjunto de normas jurídicas que regulan los tributos en sus distintos aspectos”.
  • 8. Derecho tributario • TRIBUTO: Sainz de Bujanda: “Toda prestación económica patrimonial obligatoria – habitualmente pecuniaria- establecida por ley, a cargo de las personas físicas y jurídicas que se encuentren en los supuestos de hecho que la propia ley determine, y que vaya dirigida a dar satisfacción a los fines que al Estado y a los restantes entes públicos estén encomendados”.
  • 9. Autonomía científica - Doctrina • Derecho financiero (doctrina española). • Derecho administrativo (doctrina brasileña). • Derecho tributario (doctrina latinoamericana).
  • 10. Justificación de autonomía Autonomía estructural Autonomía conceptual Pertenece al Derecho Público. Crea figuras tributarias a partir de otras figuras del derecho. Se origina en el Derecho Financiero. Tiene métodos de interpretación especiales. Se nutre del Derecho Administrativo
  • 11. Justificación • Héctor Villegas se pronuncia en favor de la autonomía didáctica y funcional del derecho tributario, pues constituye un conjunto de normas jurídicas dotadas de homogeneidad que funciona concatenado a un grupo orgánico y singularizado que a su vez está unido a todo el sistema jurídico. • Esa singularidad normativa le permite tener sus propios conceptos e instituciones o utilizar los de otras ramas del derecho, asignándoles un significado diferente.
  • 12. Justificación • Por ejemplo, la “relación jurídica tributaría” (el más fundamental concepto de derecho tributario) es sólo una especie de “relación jurídica” existente en todos los ámbitos del derecho y a cuyos principios generales debe recurrir. De igual manera, conceptos como “sujetos”, “deuda”, “crédito”, “pago”, “proceso”, “sanción”, etc., tienen un contenido jurídico universal y demuestran la imposibilidad de “parcelar” el derecho.
  • 13. Potestad Financiera • Villegas (2005, pp. 80-81) entiende por “potestad financiera” la posibilidad consagrada por el Derecho para que el Estado capte ingresos y ejecute sus gastos, que ha sido otorgada por la Sociedad al Estado a través de una instancia especial conocida como “poder constituyente” y que se materializa en el texto expreso de la Constitución en la parte de la regulación de las finanzas públicas (constitución financiera).
  • 14. Es la Atribución o potestad atribuida por la Constitución a los diferentes niveles de gobierno para crear, modificar, suprimir o exonerar tributos. Potestad Tributaria del Estado
  • 15. Artículo 74° "Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante Decreto Supremo” Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la ley. El Estado, al ejercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. Ningún tributo puede tener carácter confiscatorio. Las leyes de presupuesto y los decretos de urgencia no pueden contener normas sobre materia tributaria. Las leyes relativas a los tributos de periodicidad anual rigen a partir del primero de enero del año siguiente a su promulgación. No surten efecto las normas tributarias dictadas en violación de lo que establece el presente artículo.” Constitución Política del Estado Modificado por el Artículo Único de la Ley N° 28390 (17/11/2004)
  • 16. Titulares del Poder Tributario (Art. 74° Const.) a)Gobierno Central (Poder Ejecutivo y Legislativo) b) Gobiernos Locales c) Gobiernos Regionales
  • 19. Potestad Tributaria del Estado • El poder tributario es, en palabras de VILLEGAS ([1]): “(…) la facultad que tiene el Estado de crear, modificar o suprimir unilateralmente tributos. (…) Implica, por tanto, la facultad de generar normas mediante las cuales el Estado puede compeler a las personas para que le entreguen una porción de sus rentas o patrimonios para atender las necesidades públicas.” Entonces, el poder tributario es la potestad para crear el marco jurídico a través del cual se materializan los tributos. [1] VILLEGAS, HECTOR B. Curso de Finanzas, Derecho Financiero y Tributario. Editorial Astrea, 8va Edición. Buenos Aires, 2002. Pág. 252
  • 20. Potestad Tributaria del Estado • En suma, la función constitucional de los tributos radica, por un lado, en permitir al Estado financiar el gasto público dirigido a cumplir con los servicios básicos que la sociedad requiere; y, de otro, en la realización de valores constitucionales como el de justicia y solidaridad LANDA, César (2005) Los principios tributarios en la Constitución de 1993 Una perspectiva constitucional
  • 21. División de derecho tributario Sustantivo o material •Obligación tributaria Formal •Determinación y cobro
  • 22. Vínculos con otras ramas del derecho Derecho penal tributario Derecho tributario internacional Derecho tributario procesal Derecho tributario constitucional Derecho tributario ambiental
  • 23. Vinculo entre ramas del derecho • La autonomía de un sector jurídico no puede concebirse de manera absoluta, sino que cada rama del derecho forma parte de un conjunto del cual es porción solidaria.
  • 24. CIERRE • D.Financiero: “Conjunto normativo que rige la actividad financiera”. • Administración Financiera: “Potestad Soberana sobre gastos e ingresos públicos”. • D.Tributario: “Es el ordenamiento jurídico que regula los elementos esenciales del tributo, sus funciones y sus procedimientos”. • Tributo: “Obligación creada por Ley en el ejercicio del poder estatal”
  • 25. CIERRE • Potestad Tributaria: Es la Potestad del Estado para crear Tributos • PT/Potestad Originaria: Cuando la Ley define quién tiene la capacidad dentro de los niveles de gobierno para crear cada tributo.