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                              Impuesto sobre transacciones financieras en el marco
                              de la cooperación reforzada: la Comisión fija las
                              modalidades
                              "Con la propuesta presentada hoy, todo está dispuesto para que el impuesto sobre transacciones
                              financieras se convierta en una realidad en la Unión Europea". Algirdas Šemeta, Comisario de
                              Fiscalidad




                              Las modalidades del impuesto sobre las transacciones financieras (ITF), que ha de
                              aplicarse en el marco de una cooperación reforzada, se han establecido en una
                              propuesta adoptada hoy por la Comisión. Como han solicitado los 11 Estados miembros1
                              que aplicarán este impuesto, la propuesta de directiva refleja el ámbito de aplicación y los
                              objetivos de la propuesta original de impuesto sobre transacciones financieras presentada
                              por la Comisión en septiembre de 2011 (IP/11/1085). Se mantiene el enfoque consistente
                              en gravar todas las transacciones que tengan un vínculo con la zona en que se aplicará el
                              ITF, así como los tipos del 0,1 % para las acciones y las obligaciones y del 0,01 % para
                              los productos derivados.

                              Una vez aplicado en los 11 Estados miembros, se espera que este impuesto sobre
                              transacciones financieras genere unos ingresos anuales del orden de 30 000 a 35 000
                              millones de euros.

                              La propuesta de ITF adoptada hoy presenta algunos cambios respecto de la propuesta
                              original, con los que se pretende tener en cuenta el hecho de que el impuesto se aplicará
                              a una escala geográfica inferior a la prevista inicialmente. Estos cambios están
                              principalmente encaminados a garantizar la claridad jurídica y reforzar las disposiciones
                              contra la elusión y los abusos en el área fiscal.

                              En palabras de Algirdas Šemeta, Comisario de Fiscalidad: Con la propuesta presentada
                              hoy, todo está dispuesto para que el impuesto sobre transacciones financieras se
                              convierta en una realidad en la Unión Europea.

                              Sobre la mesa tenemos un impuesto indiscutiblemente equitativo y técnicamente sólido,
                              que reforzará nuestro mercado único y moderará el comportamiento irresponsable de
                              algunos operadores del mercado. Once Estados miembros solicitaron esta propuesta, con
                              el fin de poder avanzar hacia el establecimiento del ITF en el marco de una cooperación
                              reforzada. Hago un llamamiento a estos mismos Estados miembros para que prosigan su
                              empeño con ambición, mostrando el camino para adoptar y aplicar el primer ITF regional
                              del mundo.

                              La propuesta de hoy es la continuación del acuerdo alcanzado por los ministros de
                              Hacienda de la UE el mes pasado para permitir a los 11 Estados miembros establecer un
                              ITF en el marco de la cooperación reforzada (IP/12/1138).

                              El ITF persigue tres objetivos principales. En primer lugar, reforzará el mercado único
                              reduciendo el número de enfoques nacionales divergentes en materia de imposición de
                              las transacciones financieras. En segundo lugar, garantizará que el sector financiero
                              contribuya de forma equitativa y substancial a los ingresos públicos. Por último, el IFT
                              respaldará las medidas de regulación del mercado, alentando al sector financiero a
                              realizar actividades más responsables, orientadas a la economía real.
                              Al igual que en la propuesta original, el IFT tendrá tipos bajos, una amplia base imponible
                              y redes de seguridad frente a la posibilidad de relocalización del sector financiero. Al igual
                              que antes, será aplicable el «principio de residencia», que implica el devengo del
                              impuesto si alguna de las partes de una transacción está establecida en un Estado
miembro participante, con independencia del lugar en donde se realiza la transacción.
       Esto ocurre, tanto si la entidad financiera que participa en la transacción está establecida
       en la zona de aplicación del IFT, como si actúa en nombre de una parte establecida en
       dicha zona.
       Como garantía adicional frente a la elusión del impuesto, la propuesta de hoy también
       añade el «principio del lugar de emisión». Según dicho principio, los instrumentos
       financieros emitidos en los 11 Estados miembros serán gravados cuando sean objeto de
       negociación, incluso si los negociadores implicados no están establecidos en la zona de
       aplicación del IFT. Por otra parte, ahora se incluyen disposiciones explícitas contra las
       prácticas abusivas.

       Del mismo modo que en la propuesta original, el IFT no se aplicará a las actividades
       financieras diarias de los ciudadanos y las empresas (por ejemplo, préstamos, pagos,
       seguros, depósitos, etc.), a fin de proteger a la economía real. Tampoco se aplicará a las
       tradicionales actividades bancarias de inversión en el contexto de la captación de
       capitales ni a las transacciones financieras efectuadas en el marco de operaciones de
       reestructuración.

       La propuesta también excluye las actividades de refinanciación, la política monetaria y la
       gestión de la deuda pública. Por consiguiente, quedarán exentas del impuesto las
       transacciones con los bancos centrales y el BCE, con la Facilidad Europea de
       Estabilización Financiera y el Mecanismo Europeo de Estabilidad y con la Unión Europea.

       Próximas etapas

       La propuesta de directiva será debatida ahora por los Estados miembros, con vistas a su
       aplicación en el marco de una cooperación reforzada. Los 27 Estados miembros pueden
       participar en los debates sobre esta propuesta. Sin embargo, solo los Estados miembros
       participantes en la cooperación reforzada tendrán derecho de voto, y deberán llegar a un
       acuerdo por unanimidad antes de poder proceder a la aplicación. También se consultará
       al Parlamento Europeo.

       Antecedentes

       En septiembre de 2011, la Comisión presentó una propuesta de sistema común de
       impuesto sobre transacciones financieras, con los objetivos de garantizar un enfoque
       coherente de la tributación de este sector en el mercado único y una contribución
       equitativa del sector financiero a las finanzas públicas y de contribuir a que las
       negociaciones del sector financiero fomenten más la eficiencia y el bienestar.

       Tras intensos debates sobre este tema, en las reuniones del Consejo EcoFin del verano
       de 2012 se llegó a un consenso en el sentido de que no podría alcanzarse la unanimidad
       entre los 27 Estados miembros dentro de un periodo de tiempo razonable. No obstante,
       algunos Estados miembros manifestaron su firme voluntad de avanzar hacia la
       implantación del ITF. Por ello, en el otoño de 2012, once Estados miembros se dirigieron
       por escrito a la Comisión, solicitando oficialmente que se autorizase una cooperación
       reforzada en el ámbito del impuesto sobre transacciones financieras, sobre la base de la
       propuesta de la Comisión de 2011.

       La Comisión evaluó detenidamente estas solicitudes a la luz de los criterios de la
       cooperación reforzada recogidos en los Tratados. En particular, se estableció que la
       cooperación reforzada sobre el ITF no afectaría negativamente al mercado único ni a las
       obligaciones, derechos o competencias de los Estados miembros no participantes.
       Partiendo de esta evaluación, en octubre de 2012, la Comisión propuso una Decisión
       encaminada a permitir una cooperación reforzada en relación con el ITF. Esta Decisión
       fue respaldada por el Parlamento Europeo en diciembre y aprobada por los ministros de
       Hacienda europeos en la reunión del Consejo EcoFin celebrada en enero de 2013.

       Una vez obtenida la luz verde para la cooperación reforzada, la Comisión ha podido
       estudiar las modalidades de aplicación del ITF en los 11 Estados miembros, que ha
       presentado hoy.

            Tags: Nacionales Internacionales Políticas Economía




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2023.
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  • 1. A A A Estás en: Inicio Prensa Noticias Impuesto sobre transacciones financieras en el marco de la cooperación reforzada: la Comisión fija las modalidades Imprimir Enviar a un amigo Recursos relacionados Noticia Volver a la lista de noticias Para más información véase también MEMO/13/98 Http://ec.europa.eu/taxation_customs/taxation/other_taxes/financial_sec Sitio web del Comisario Šemeta Economía 18/02/2013 Impuesto sobre transacciones financieras en el marco de la cooperación reforzada: la Comisión fija las modalidades "Con la propuesta presentada hoy, todo está dispuesto para que el impuesto sobre transacciones financieras se convierta en una realidad en la Unión Europea". Algirdas Šemeta, Comisario de Fiscalidad Las modalidades del impuesto sobre las transacciones financieras (ITF), que ha de aplicarse en el marco de una cooperación reforzada, se han establecido en una propuesta adoptada hoy por la Comisión. Como han solicitado los 11 Estados miembros1 que aplicarán este impuesto, la propuesta de directiva refleja el ámbito de aplicación y los objetivos de la propuesta original de impuesto sobre transacciones financieras presentada por la Comisión en septiembre de 2011 (IP/11/1085). Se mantiene el enfoque consistente en gravar todas las transacciones que tengan un vínculo con la zona en que se aplicará el ITF, así como los tipos del 0,1 % para las acciones y las obligaciones y del 0,01 % para los productos derivados. Una vez aplicado en los 11 Estados miembros, se espera que este impuesto sobre transacciones financieras genere unos ingresos anuales del orden de 30 000 a 35 000 millones de euros. La propuesta de ITF adoptada hoy presenta algunos cambios respecto de la propuesta original, con los que se pretende tener en cuenta el hecho de que el impuesto se aplicará a una escala geográfica inferior a la prevista inicialmente. Estos cambios están principalmente encaminados a garantizar la claridad jurídica y reforzar las disposiciones contra la elusión y los abusos en el área fiscal. En palabras de Algirdas Šemeta, Comisario de Fiscalidad: Con la propuesta presentada hoy, todo está dispuesto para que el impuesto sobre transacciones financieras se convierta en una realidad en la Unión Europea. Sobre la mesa tenemos un impuesto indiscutiblemente equitativo y técnicamente sólido, que reforzará nuestro mercado único y moderará el comportamiento irresponsable de algunos operadores del mercado. Once Estados miembros solicitaron esta propuesta, con el fin de poder avanzar hacia el establecimiento del ITF en el marco de una cooperación reforzada. Hago un llamamiento a estos mismos Estados miembros para que prosigan su empeño con ambición, mostrando el camino para adoptar y aplicar el primer ITF regional del mundo. La propuesta de hoy es la continuación del acuerdo alcanzado por los ministros de Hacienda de la UE el mes pasado para permitir a los 11 Estados miembros establecer un ITF en el marco de la cooperación reforzada (IP/12/1138). El ITF persigue tres objetivos principales. En primer lugar, reforzará el mercado único reduciendo el número de enfoques nacionales divergentes en materia de imposición de las transacciones financieras. En segundo lugar, garantizará que el sector financiero contribuya de forma equitativa y substancial a los ingresos públicos. Por último, el IFT respaldará las medidas de regulación del mercado, alentando al sector financiero a realizar actividades más responsables, orientadas a la economía real. Al igual que en la propuesta original, el IFT tendrá tipos bajos, una amplia base imponible y redes de seguridad frente a la posibilidad de relocalización del sector financiero. Al igual que antes, será aplicable el «principio de residencia», que implica el devengo del impuesto si alguna de las partes de una transacción está establecida en un Estado
  • 2. miembro participante, con independencia del lugar en donde se realiza la transacción. Esto ocurre, tanto si la entidad financiera que participa en la transacción está establecida en la zona de aplicación del IFT, como si actúa en nombre de una parte establecida en dicha zona. Como garantía adicional frente a la elusión del impuesto, la propuesta de hoy también añade el «principio del lugar de emisión». Según dicho principio, los instrumentos financieros emitidos en los 11 Estados miembros serán gravados cuando sean objeto de negociación, incluso si los negociadores implicados no están establecidos en la zona de aplicación del IFT. Por otra parte, ahora se incluyen disposiciones explícitas contra las prácticas abusivas. Del mismo modo que en la propuesta original, el IFT no se aplicará a las actividades financieras diarias de los ciudadanos y las empresas (por ejemplo, préstamos, pagos, seguros, depósitos, etc.), a fin de proteger a la economía real. Tampoco se aplicará a las tradicionales actividades bancarias de inversión en el contexto de la captación de capitales ni a las transacciones financieras efectuadas en el marco de operaciones de reestructuración. La propuesta también excluye las actividades de refinanciación, la política monetaria y la gestión de la deuda pública. Por consiguiente, quedarán exentas del impuesto las transacciones con los bancos centrales y el BCE, con la Facilidad Europea de Estabilización Financiera y el Mecanismo Europeo de Estabilidad y con la Unión Europea. Próximas etapas La propuesta de directiva será debatida ahora por los Estados miembros, con vistas a su aplicación en el marco de una cooperación reforzada. Los 27 Estados miembros pueden participar en los debates sobre esta propuesta. Sin embargo, solo los Estados miembros participantes en la cooperación reforzada tendrán derecho de voto, y deberán llegar a un acuerdo por unanimidad antes de poder proceder a la aplicación. También se consultará al Parlamento Europeo. Antecedentes En septiembre de 2011, la Comisión presentó una propuesta de sistema común de impuesto sobre transacciones financieras, con los objetivos de garantizar un enfoque coherente de la tributación de este sector en el mercado único y una contribución equitativa del sector financiero a las finanzas públicas y de contribuir a que las negociaciones del sector financiero fomenten más la eficiencia y el bienestar. Tras intensos debates sobre este tema, en las reuniones del Consejo EcoFin del verano de 2012 se llegó a un consenso en el sentido de que no podría alcanzarse la unanimidad entre los 27 Estados miembros dentro de un periodo de tiempo razonable. No obstante, algunos Estados miembros manifestaron su firme voluntad de avanzar hacia la implantación del ITF. Por ello, en el otoño de 2012, once Estados miembros se dirigieron por escrito a la Comisión, solicitando oficialmente que se autorizase una cooperación reforzada en el ámbito del impuesto sobre transacciones financieras, sobre la base de la propuesta de la Comisión de 2011. La Comisión evaluó detenidamente estas solicitudes a la luz de los criterios de la cooperación reforzada recogidos en los Tratados. En particular, se estableció que la cooperación reforzada sobre el ITF no afectaría negativamente al mercado único ni a las obligaciones, derechos o competencias de los Estados miembros no participantes. Partiendo de esta evaluación, en octubre de 2012, la Comisión propuso una Decisión encaminada a permitir una cooperación reforzada en relación con el ITF. Esta Decisión fue respaldada por el Parlamento Europeo en diciembre y aprobada por los ministros de Hacienda europeos en la reunión del Consejo EcoFin celebrada en enero de 2013. Una vez obtenida la luz verde para la cooperación reforzada, la Comisión ha podido estudiar las modalidades de aplicación del ITF en los 11 Estados miembros, que ha presentado hoy. Tags: Nacionales Internacionales Políticas Economía Condiciones generales de uso Política de privacidad Aviso de seguridad Accesibilidad Mapa Web Contacto