1. Universidad Fermín Toro
Vice-Rectorado Académico
Facultad De Ciencias Jurídicas Y Políticas
Escuela De Derecho
PROCEDIMIENTOS PENALES ESPECIALES
Autor:
Br. Maria Luisa Parra
C.I. V- 18.103.800
SAIA – A
2. Acto por
el cual un
Estado,
en el cual
se
encuentr
a un
sujeto
reclamad
o por la
comisión
de un
delito, lo
entrega a
otro
Estado
que lo
requiere
por tener
competen
cia para
juzgarlo o
para la
ejecución
de una
pena
impuesta.
No
Procede
Fuentes
Activa:
Pasiva
Cuando el Gobierno extranjero
solicita la extradición de alguna
persona, que se encuentre en el
territorio de la República
Bolivariana de Venezuela, el Poder
Ejecutivo remitirá la solicitud al
Tribunal Supremo de Justicia con la
documentación recibida
Cuando el Ministerio Público
tuviere noticias de que un
imputadooimputadaal cual le
ha sido acordada medida
cautelar de privación de
libertad, se halla en país
extranjero, solicitará al Juez o
Jueza de Control inicie el
procedimiento de la
extradición activa
Tramitación
. -Sesenta (60) días es el plazo máximo
Que tiene el Ministerio Popular Para las
Relaciones Exteriores para presentar tal
solicitud ante el gobierno extranjero
El Ministerio Popular Para las Relaciones Exteriores es el
órgano encargado de tramitar por vía diplomática la
solicitud de extradición, debe certificar y hacer las
traducciones cuandocorresponda,y presentartalsolicitud
ante el gobierno extranjero.
COPP: Título VI del Libro Tercero.
-Los Tratados, Convenios Y
Acuerdos Internacionales
Suscritos Por Venezuela. -
Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela
Motivada en delitos políticos, puramente militares o que tuvieren pena de muerte y el Estado
requirente nodiere seguridadesde que noseráaplicada• Motivadaen procesosque tramitanante
comisiones especiales, tribunales de excepción o que evidencien motivos persecutorios • Que
medienmotivos fundadosparasuponerque las personasinvolucradasenel proceso que originala
solicitud serán sometidas a torturas o penas crueles. • La existencia de especiales razones de
soberanía nacional, seguridad u orden público u otros intereses esenciales para Venezuela
.
Si no está completa la documentación, el lapso de
espera no puede exceder de los 60 días para
consignarlos. No siendo impedimento para la
aprehensión del investigado. Sin que se remita la
documentación ofrecida, el Tribunal Supremo de
Justicia ordenará la libertad del aprehendido
Verificada la aprehensión del solicitado este debe ser
presentado ante el juez que la ordenó, dentro de las cuarenta
y ocho horas siguientes. Para decidir sobre la solicitud de
extradición, el Tribunal Supremo de Justicia debe convocar a
una audiencia oral dentro de los treinta días siguientes a la
notificación del solicitado. Concluida la audiencia, el Tribunal
Supremo de Justicia debe decidir en un plazo de quince días
Debe asistir imputado
y su defensor. Si el
estado solicitante
envía o no su
representante no será
impedimento la
celebración de la
audiencia.
. En caso de fuga, el trámite le corresponde
al Juez de Juicio, de quien esté cumpliendo
condena, prevé el COPP que el trámite ante
la Corte debe iniciarlo el Juez de Ejecución,
Medidas Precautelativas: El Ejecutivo Nacional podrá
requerir al país donde se encuentre la persona
solicitada, la detención preventiva y la retención de los
objetos que provengan del delito, con fundamento en
la solicitud hecha ante el TSJ
Vencido el Lapso, el TSJ ordenará
la libertad del aprehendido si no
se produjo la documentación
ofrecida. No se acordará la
privación de libertad si
posteriormente recibe dicha
documentación
-Treinta (30) días es el plazo para
que el Tribunal Supremo de
Justicia decida sobre la
procedencia o node la solicitudde
extradición, contados a partir del
recibo de la documentación
pertinente. En caso de que la
declarare procedente debe remitir
copia de lo actuado al Ejecutivo
Nacional.
3. OBJETO
SUJETOS
PROCESALES
AMBITO DE
APLICACIÓN
Prevenir, investigar, perseguir, tipificar y sancionar los delitos
relacionados con la delincuencia organizada y el financiamiento al
terrorismode conformidadconlodispuestoenlaConstituciónde la
República y los tratados internacionales relacionados con la
materia, suscritos y ratificados por la República Bolivariana de
Venezuela
Son el imputado,asistidode sudefensorodefensores,comoparte
acusada, y el Ministerio Público y la víctima de delito, con sus
abogados, como partes acusadoras
A los venezolanos o extranjeros Al sospechoso o investigado que se
encuentre en la República Bolivariana de Venezuela y haya cometido
alguno de los delitos tipificados en esta Ley, o si parte del delito se ha
cometido en el territoriode la República Bolivariana de Venezuela, en el
mar extraterritorial o en el espacio aéreo internacional
PROCEDIMIENTO
SANCIONES
Cuando los delitos previstos en la LOCDO y el COPP y demás leyes sean
cometidos por un grupo de delincuencia organizada la sanción
incrementara en la mitad de la pena aplicable
El procedimientoseiniciapordenunciaoporquerelladelaparte
agraviada ante los órganos o entes de control dando paso al
procedimiento penal ordinario.
PRESCRIPCIÓN
No prescribe la acción penal de los delitos contra el patrimonio público,
ni los relacionados con el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias
psicotrópicas, así como los delitos previstos en la LOCDO
Serán penados con esta ley los venezolanos y Extranjeros que
cometan delitos que atenten contra la Seguridad de la República
JURISDICCIÓN
INTERNACIONAL
Las autoridades competentes
por intermedio del Ministerio
Público podrán aplicar las
siguiente medidas especiales
Medidas
Especiales
Intercepción de las comunicaciones
Inmovilización de cuentas bancarias
Pruebas de ADN, biométricas, antropométrica,
evaluaciones médico psiquiátricas
4. Inicia de oficio,
con la denuncia
o mediante
querella
La formula: La mujer, parientes consanguíneos, personal de instituciones públicas y
privadas, defensorías, consejos comunales y otras organizaciones sociales. Cualquier otra
personao instituciónque tuviereconocimientode los hechos punibles previsto en la ley
Denuncia
ante los
Órganos
MinisterioPúblico.Juzgadode paz,prefecturasciviles,divisiónde Protección
en materia de niño, niña y adolescente, mujer y familia del cuerpo de
investigaciónconcompetenciaenlamateria,órganosde policía,unidadesde
comando fronterizas, tribunales de municipios en localidades donde no
existan órganos anteriormente nombrados, cualquier otro que atribuya
competencia.
Objeto
Garantizar y Promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, creando
condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en
cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, impulsando cambios en los patrones
socioculturales que sostienen desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las
mujeres, para favorecer la construcción de una sociedad justa y democrática, participativa y
protagónica
El órgano que reciba la denuncia deberá practicar
lasdiligenciasnecesariasysustanciarel expediente,
aun si faltare algunode losrecaudos,y responderá
por su omisión o negligencia, civil, penal o
administrativamente
Fases
Concluidalafase de investigaciónconforme a loprevistoenlaleyoessupuestoespecialenel
artículo 103 el MinisterioPúblicoprocederáadictarel acto conclusivo.Laaudienciase fijapara
oía a laspartesdentrode losdiezdíashábilessiguientes,antesdel vencimientode este plazolas
partesprocederána ofrecerlaspruebasque seránevacuadasenlasbasesde juiciooral y oponer
excepcionesque se estimenprocedentes
Investigación
Juicio
Oral: Recibida las actuaciones el tribunal de juicio fijara la fecha
para lacelebraciónde laaudienciaoral ypública,plazonomenos
de 10 días ni mayor de 20
Audienciade
Juicio oral
Actuará solo unJuez, el debateserá oral y
público, pudiendo total o parcialmente a
puerta cerrada por protección de la moral
y las buenas costumbres de la víctima se
debe celebrar en unsolo día y si no fuese
posible se continuará en el menor
número de días hábiles posibles
Ejecución
Finalizado el debate se levantara acta de todo lo acontecido, el
juez pasa a sentenciar en la sala destinada para tal efecto, la
sentenciaserádictadael mismodía precediéndose asulecturay
quedando así notificada a las partes
5. Objeto
Garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes, que se
encuentren en el territorio nacional, el ejercicio y el disfrute pleno
y efectivo de sus derechos y garantías, a través de la protección
integral que el Estado, la sociedad y a familia deben brindarles
desde el momento de su concepción.
Procedimiento
Tiene por objeto confirmar o descartar la sospecha fundada de la
existencia de un hecho punible y determinar, en el primer caso,
si un o una adolescente concurrió en su perpetración
Competencia
El Fiscal del MinisterioPúblicodirigirálainvestigaciónconauxiliode
los cuerpos policiales notificando de inmediatoal juez de control
sobre la apertura de la investigación.
Alcance
El Fiscal del Ministerio Público deberá investigar la totalidadde los
hechospara esclarecerlainvestigación,incluyendolosque obre en
favor el adolescente
Control
Corresponde al juezde control autorizar los anticiposde pruebasy
acordar medidas de coerción personal
El adolescente detenido en flagrancia debe ser conducido ante el
fiscal del ministerio público para que este lo presente dentro de
las 24 horasante el juezde controly le expondrá como se produjo
la aprehensión.
Flagrancia
El juez resolverá en la misma audiencia si
convoca para juicio oral dentro de los 10 días
siguientes, el fiscal del ministerio público en su
posición de querellante presentará acusación
directamente en la audiencia de juicio oral y
seguirá en lo demás a las reglas del
procedimiento ordinario. El juez podrá dictar
medidas cautelares en la audiencia de
presentación del detenido en flagrancia
pudiendo decretar la prisión preventiva en los
casos dispuestos en la ley
Finde la
Investigación
Solicitar sobreseimiento definitivoo provisionalsegúnsea el caso.
Solicitar la remisión en los casos en los que proceda
Ejercer la acción penal pública, presentando la acusación
Solicitar la suspensión del proceso a prueba si se ha logrado un
acuerdo preconciliatorio
Si dentro del año de
dictado el
sobreseimiento
provisional no se
reapertura el
procedimiento queda
sobreseído
definitivamente