1. UNIVERSIDAD YACAMBU
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
Alumno: Miguelángel Rojas
Curso: Procedimientos Especiales Penales y Simulación de Audiencia.
Profesora : Eleana Carol Santander Ladera
MAPAS CONCEPTUALES:
Extradición
Procedimiento en los delitos de acción dependiente de instancia de parte
Procedimiento para la aplicación de medidas de seguridad
Procedimiento para la reparación del daño y la indemnización de perjuicios.
Barquisimeto, Marzo 2021
2. La Extradición
Como un
procedimiento penal
especial de
asistencia
internacional
Un Estado requirente
hace la petición de un
sujeto delincuente a
un Estado Requerido.
De juzgarlo bajo su
jurisdicción.
En el sistema Jurídico
Venezolano mediante los
siguientes principios :
Principio de No entrega a los
Nacionales. (Art 69
C.R.B.V)
Principios de No Extradición
por delitos Políticos.
(Articulo 6 Código Penal)
Principio de Doble
incriminación: El delito ha de
ser punible en el estado
Requirente y Estado Requerido.
Principio aut dedere aut iudicare
(o Extraditar o Juzgar): Según la Corte
Internacional de Justicia da opciones
alternativas a los estados Requirente y
Requerido para hacer justicia.
Se establecen los siguientes
procedimientos según el
C.O.P.P
Tramitación: El Ministerio del Poder
Popular con competencia en materia de
Relaciones Exteriores certificará y hará las
traducciones cuando corresponda, y
presentará la solicitud ante el gobierno
extranjero en el plazo máximo de sesenta días.
Art 384 C.O.P.P
Una Vez aprehendido un sujeto en el
Territorio que tenga solicitud de
Extradición , será presentado ante el Juez
en 48 horas y este Tribunal remitirá lo
actuado al T.S.J para la presentación de la
documentación. Art 387 .C.O.P.P
Procederá solo cuando conste de la
documentación necesaria presentada por el país
requirente, convocando una audiencia oral en 30
dias y decidira en un plazo de 15 dias. Art 390
.C.O.P.P.
Se define
En el cual
Con la Finalidad
Se Fundamenta
En el Derecho internacional
Según el C.O.P.P
3. El Procedimiento en los delitos de acción
dependiente de instancia de parte
Jurídica y procedimentalmente
en que «No podrá procederse al
juicio respecto de delitos de
acción dependiente de acusación
o instancia de parte agraviada..
Mediante acusación privada de la
víctima ante el tribunal
competente conforme a lo
dispuesto en este Título»
(Art 391 C.O.P.P)
Las siguientes formalidades,
según el articulo 392 del
C.O.P.P
1. El nombre, apellido, edad, estado,
profesión, domicilio o residencia del
acusador..
2. Datos de identificación y ubicación con del
acusado..
3. El delito que se le imputa, y del lugar, día y
hora aproximada de su perpetración.
4. Relación de todas las circunstancias
esenciales del hecho.
5. Los elementos de convicción en los que se
funda la acusación. .
6. La justificación de la condición de víctima.
7. La firma del acusador o acusadora o de su
apoderado o apoderada con poder especial.
Mediante Resolución del Juez
según el articulo 394 del
C.O.P.P
Se trate efectivamente de un
delito de acción privada
ordenara las diligencias al
Ministerio Publico.
La acusación será declarada
inadmisible por el Juez o Jueza de
Juicio cuando: El hecho no revista
carácter penal, cuando este
prescrita, cuando sea un delito de
acción publica o falte un requisito.
Sino
Se Fundamenta
Contiene
Así como:
Procederá
Ahora bien,
En tanto,
4. El Procedimiento para la aplicación de medidas de
seguridad
Cuando el Ministerio Publico en razón
de inimputabilidad de un sujeto estime
aplicar medidas de seguridad.
La solicitud contendrá los requisitos
de una acusación
Las siguientes reglas especiales
según Articulo 411 C.O.P.P
*Cuando el imputado incapaz podrá ser
representado, en este caso no se exigirá
declaración previa del imputado.
*El procedimiento no se tramitara en conjunto
con uno ordinario.
*El juicio se realizara sin la presencia del
imputado.
*No serán aplicables las reglas del
procedimiento abreviado ni suspensión
condicional.
.
La sentencia absolverá u ordenara una medida
de seguridad
Según el articulo 412 del C.O.P.P
El Tribunal estime que el
investigado o investigada no
es inimputable ordenara la
aplicación del procedimiento
ordinario.
Contiene
Es importante destacar
que,
Por ultimo,
Procederá No procederá
Cuando,
5. El Procedimiento para la reparación y la indemnización
de perjuicios
Toda vez que este Firme la sentencia
condenatoria. Quienes estén
legitimados para la acción civil podrán
demandar la reparación de daños e
indemnización. Art. 413. C.O.P.P
Los siguientes requisitos según
Articulo 414C.O.P.P
* Datos del demandante o en su caso
representante.
*Datos del demandado, en caso de ser
persona jurídica los datos de la empresa.
La expresión de los daños y vinculo con
el hecho punible.
*La reparación deseada
*la prueba a incorporar a la audiencia
.
El Articulo 415. C.O.P.P, El juez se pronunciara
sobre admisión o rechazo tres días siguientes a
su presentación.
Mediante admisibilidad de la
demanda en donde el Juez
decidirá sobre la reparación del
daño. Art- 417 C.O.P.P
* Los datos del demandante y
demandado.
La orden de repara daños,
monto de indemnización.
La intimación a cumplir la
reparación
La orden de embargo de
bienes
Si se han formulado
objeciones el Juez citara a
las partes a una Audiencia
de Conciliación. Art 419.
C.O.P.P
Procederá Contiene
Según,
Se concreta
Esta decisión contendrá,
Ahora bien,