El matrimonio civil se formalizó en la Bolivia con la formación del Registro Civil
esto ocurrió en la década de los cuarenta, pues antes de ello, las personas
solo contraían matrimonio de forma religiosa, otros optaban por la unión libre.
DIVISION DE BIENES EN CASO DE RUPTURA UNILATERAL DE LA UNION CONYUGAL LIBRE
1. San Ignacio de Velasco - Santa Cruz – Bolivia Febrero – 2012 “ DIVISION DE BIENES EN CASO DE RUPTURA UNILATERAL DE LA UNION CONYUGAL LIBRE” Presentado por : Einar Martin Montero Aguilar “ DIPLOMADO EN EDUCACION SUPERIOR” UNIVERSIDAD AUTONOMA GABRIEL RENE MORENO FAICHI Métodos de Enseñanza
2. INTRODUCCION IDEA DESCRIPCION DEL CONTEXTO PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA ALCANCE DE LA INVESTIGACION HIPOTESIS DE LA INVESTIGACION
3. La unión libre es una relación normal que sucede en nuestro país, especialmente en nuestro medio, urbano y mucho más frecuente en el área rural. El matrimonio civil se formalizó en la Bolivia con la formación del Registro Civil esto ocurrió en la década de los cuarenta, pues antes de ello, las personas solo contraían matrimonio de forma religiosa, otros optaban por la unión libre. leyes en nuestro país que reconocían este tipo de unión La ley general del trabajo de 1944 Actual Constitución Política del Estado de 2009 Art. 63. II Actual Código de Familia Art. 158 INTRODUCCION
4. FIN DE LAS UNIONES LIBRES O DE HECHO POR MUERTE DE UNO DE LOS CONYUGUES DECISION UNILATERAL DE UNO DE LOS CONYUGUES N°1 En caso de ruptura unilateral, el otro conviviente puede pedir inmediatamente la división de los bienes comunes y la entrega de la parte que le corresponde, y si no hay infidelidad u otra culpa grave de su parte, puede obtener, careciendo de medios suficientes para subsistir, se le fije una pensión de asistencia para sí y en todo caso para los hijos que queden bajo su guarda. Si la unión termina por muerte estará a lo que dispone el código civil en materia de sucesiones EFECTOS SIMILARES AL DEL MATRIMONIO N°2 si la ruptura se realiza con el propósito de contraer enlace con tercera persona, el conviviente abandonado puede oponerse al matrimonio y exigir que previamente se provea a los puntos anteriormente referidos. Salvo, en todos los casos, los arreglos precisos que con intervención fiscal haga el autor de la ruptura, sometiéndolos a la aprobación del juez. INTRODUCCION
5. IDEA DESCRIPCION DEL CONTEXTO “ La ruptura unilateral en la unión libre o de hecho normalmente la realiza el varón, quien también posee a su nombre bienes propios y los bienes comunes. En tal circunstancia al momento de la separación la mujer tendría que pedir inmediatamente la división por igual de los bienes comunes, considerando que la pretensión final es la división de los bienes comunes obtenidos durante la vigencia de la unión conyugal, surgen varias interrogantes: ¿ante que instancia Judicial debe acudir, ante el juez de partido o al juez de instrucción en materia familiar; podrá acudir directamente a pedir la división de bienes por ruptura unilateral o previamente tendrá que obtener la declaración judicial reconociendo la unión libre; de qué modo se podrá paralizar inmediatamente la capacidad de disposición de los bienes comunes que se encuentran a nombre del ex- concubino, que permita asegurar que todos los bienes sean divididos entre ambos?” A qué instancia judicial se debe acudir para pedir la división y protección de los bienes Mancomunados en caso de ruptura unilateral de la unión conyugal libre o de hecho.
6. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA Problemas Objetivos (PP) ¿ Cuál es la instancia Judicial que corresponde para pedir la protección de la división de los bienes comunes? ¿Se necesita orden judicial reconociendo la unión para pedir la división de los bienes? (OP) Determinar la instancia Judicial que tiene competencia para conocer los asuntos de división de los bienes en caso de ruptura unilateral de la unión conyugal libre o de hecho . (PS1) Desconocimiento de la norma que regula este acto. (OS1) ) Verificar si existe jurisprudencia constitucional vinculada relativa a la unión conyugal libre y a su ruptura unilateral. (PS2) Vacío legal con relación a la unión conyugal libre. (OS2) Realizar un estudio de legislación comparada, de los Códigos pertenecientes a los países vecinos, en cuanto se refiere al reconocimiento de la unión libre o de hecho.
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8. Lic. Einar M. Montero Aguilar ABOGADO Cel. ( 591)03-60845830 GRACIAS