El documento describe la teoría del equilibrio de poder en Europa y cómo se desarrolló a lo largo de la historia. Se introdujo formalmente en 1648 con la Paz de Westfalia para impedir el dominio de un solo estado. Luis XIV amenazó romper este equilibrio con la expansión de Francia, lo que llevó al Tratado de Utrecht en 1713 para restaurar el equilibrio entre los estados europeos.
Equilibrio de poder en Europa y surgimiento de la diplomacia moderna
1. 1
Introducción
Cuando el sueño medieval de un imperio cristiano europeo y a ser posible universal se demostró imposible, en Europa aparecieron una serie de estados de fuerza pareja. Las viejas naciones de Europa, una tras otra, intentaron reconstruir esa caduca idea del imperio, y el resto se coaliaba contra la que amenazaba su supervivencia y libertad.
El equilibrio de poder aparece en la Europa Moderna después de la derrota de los Habsburgo y la firma de la Paz de Westfalia 1648. Consistía en un determinado número de estados con fuerzas equiparables que impedían entre todos el dominio de uno.
2. 2
1 - La Teoría del Equilibrio Europeo
Europa es considerada el centro del mundo. A partir del renacimiento y por herencia italiana, régimen pluralista de las formaciones políticas y la técnica diplomática, basadas en el cálculo de fuerzas, se ha establecido lo que se dio en llamar “SISTEMA DE BALANZA DEL PODER” en el siglo XVI. Es la voluntad del Poder de Estado de las partes, siempre que no atente contra los Derechos Vitales.
Sus formas de aplicación fueron las siguientes: apoyo a la segunda potencia contra la primera; coalición de estados secundarios contra la primera potencia; pretensión de ser fiel de la balanza, que es la política tradicional inglesa.
Sus consecuencias fueron: se convirtió en un sistema de alianzas cambiantes y fluctuantes; una acción necesaria, inevitable e imprescindible de la diplomacia.
Por ello la diplomacia desempeña un papel principal, proporcionando métodos que dieron más tarde nacimiento al Derecho Diplomático Moderno.
2 - LUIS XIV: Rompimiento del Equilibrio
RICHELIEU, preparo el camino para el Gran Reinado de LUIS XIV (1638 a 1715), no obstante, fue MAZARINO (astuto sucesor del cardenal) quien completo la tarea. Con el trabajo de ambos, el REY SOL inauguro en 1643 un Gobierno en el cual logro realizar en su persona el ideal absoluto de la Monarca y también concretar el Orden, la Paz y la Prosperidad de su Nación. LUIS XIV fue Rey de Francia durante unos 70 años y a quien se le atribuye que dijera aun siendo niño El Estado Soy Yo. Francia se fue convirtiendo en una potencia que amenazaba con sobrepasar a las demás, quebrantando el acordado Equilibrio Europeo.
LUIS XIV era extremadamente meticuloso en la elección de los diplomáticos, atendiendo a la experiencia y a la formación intelectual del aspirante. A los
3. 3
Embajadores se les aseguraba la inviolabilidad personal del local, las Franquicias Diplomáticas (pasar por Aduanas sin revisar equipajes) y el Derecho de Capilla (tener una capilla de su credo) estuvieron consagrados en Francia.
3 - El Tratado de Utrecht (1713)
El tratado de Utrecht, ratificador del Equilibrio Político Acordado en wstfalia, se firmó tras largas, sucesivas y sangrientas guerras. Lo suscribieron Francia, Inglaterra, Holanda, Saboya y Prusia y recién más tarde (en Rastadt) España y el Emperador de Alemania.
Se propugnaba un justo equilibrio de poder, solido fundamento de amistad y acuerdo. El equilibrio de poder significaba, sencillamente una situación política entre los estados en la que ninguno de ellos alcance un poderío tan superior al de los otros que ponga en peligro la independencia política de los demás.
4 - La Legación Permanente
Como antecedentes tenemos 2 misiones permanentes:
APOCRISARIOS PONTIFICIALES: fueron los Representantes del Papa ante el Emperador Bizantino (Siglos V al VIII). El nombre responde al Mensajero en Griego.
PROCURATORES IN ROMANAN CURIAM: Juristas de carácter Irreprochable, aparecen en los Siglos XIII y XIV, en Roma. No obstante, con posterioridad al siglo XV, Por casi toda Europa fue una práctica usual la Acreditación Permanente.
5 - Condición de los Ríos, Estrechos y Mares
Si bien existen Tratados Bilaterales sobre la libre Navegación, el Sistema Económico del Mercantilismo impidió la aplicación de los Principios acordados en
4. 4
aquellos Tratados. En la Edad Media, la LIBERTAD DE NAVEGACION era prácticamente inexistente, ya que los Derechos de Peaje cobrados por los Señores Feudales imposibilitaban la circulación de naves por los Ríos.
Recién a fines del Siglo XVIII, Estados Unidos reivindica el Principio de la Libertad de Navegación en virtud de las negociaciones sobre el Mississippi y el San Lorenzo.
Los Estados Unidos sostuvieron el principio de derecho natural de que a un Estado situado en el curso alto de un río no se le puede lícitamente impedir navegación hasta el mar y viceversa.
6 - El Acta de Navegación
La Ley de Navegación o Navigation Act. (Cromwell 1651) dictada en principio en contra de los Países Bajos, limitaba las importaciones a Inglaterra, de las mercaderías que llegaran en barcos ingleses, Excepto aquellos productos que pudieran ser transportados en embarcaciones pertenecientes a los nacionales del país productor. En su aspecto positivo, esta Acta guarda relación sobre la validez del principio de la libertad de comercio dentro del Derecho Internacional y Constituye el precedente de Tratados posteriores ingleses que aliviaron sus duras disposiciones.
5. 5
Conclusión
A través del trabajo realizado pudimos constatar que la teoría del equilibrio marca una singularidad decisiva en la historia de la humanidad, al señalar la posibilidad de que las naciones, independientemente de su tamaño, puedan existir; siendo esta idea un principio inamovible de las relaciones internacionales y que conforma nuestro mundo.
Utrecht es el gran hilo conductor para comprender la evolución de las relaciones internacionales en un gran proceso histórico, en el cual, los procesos históricos no están desligados los unos de los otros y deben de ser entendidos en un gran proceso de evolución.