1. oRepública Bolivariana De Venezuela
Ministerio Del Para El Poder Popular Para La Educación Superior
Universidad Fermín Toro
Barquisimeto- estado- Lara
Ensayo argumentativo
Integrantes: Michelle Álvarez
Cedula: 26.668.041
2. Frecuentemente se llama patrimonio al conjunto de bienes o riqueza de una persona, de modo
que sólo se dice que una persona tiene patrimonio cuando tiene fortuna en el sentido material
de la palabra. Muchas veces, especialmente en el lenguaje comercial, se habla de “patrimonio
bruto” para aludir al valor del activo; de “patrimonio neto” para referirse a la diferencia entre
el valor activo y el valor del pasivo, y de “patrimonio pasivo” cuando el valor de este es
superior al activo, no faltan ocasiones en que en el lenguaje común “patrimonio” es
simplemente un conjunto de bienes, la hacienda que alguien ha heredado de sus ascendientes.
Conjunto de los bienes propios adquiridos por cualquier título, el conjunto de los bienes
propios, antes espiritualizados y hoy capitalizados y adscritos a un ordenando, como título
para su ordenación. Conjunto de bienes pertenecientes a una persona natural o jurídica, o
afectos a un fin, susceptibles de estimación económica, por su parte la academia entiende por
patrimonio, además de lo que queda dicho, los bienes propios adquiridos por cualquier título,
en una definición más jurídica, el patrimonio representa una universalidad constituida por el
conjunto de derechos y obligaciones que corresponden a una persona, y que pueden ser
apreciables en dinero.
Dentro de sus elementos se puede destacar, sólo las personas pueden tener patrimonio, pero se
reconoce a los individuos y a las personas abstractas, que toda persona tiene un patrimonio,
así se limite su “activo” a lo que tenga puesto y lo demás sean deudas; la mayor o menor
cantidad y valor de los bienes no afecta a que solo tenga un patrimonio cada persona, aunque
la técnica moderna destaque la existencia excepcional de los patrimonios separados; sólo cabe
transmitirlo íntegramente por causa de muerte; y constituye la prenda tácita y común de todos
los acreedores del titular o de los perjudicados por él, así mismo y en el mismo orden de ideas
se connota que los derecho reales tienen una concepción de la teoría ecléctica de los derechos
reales es allí, el titular adquiere un poder inmediato y directo sobre un bien, que puede ser
ejercitado y hecho valer frente a todos por tal motivo la concepción obligacionista o
personalista y las concepciones unitarias consideran que de los derechos reales deriva un
deber de abstención u obligación pasiva que se impone a todo el mundo.
Por consiguiente Las garantias de la obligaciones constituyen para los romanos una manera de
asegurar el crédito de los acreedores que se veían muchas veces perjudicados con la conducta
3. del deudor, que por un lado no cumplía su obligación y tenían que responder personalmente
con su persona, ya sea como un esclavo o perdiendo la vida al ser abolida esta medida
producto de la “manus iniectuio”, progresivamente se fue creando la garantías de las
obligaciones y ya en Roma se exigían garantías como precaución, existiendo así dos
categorías de seguridades mencionando en primer lugar las garantías personales donde se
conferían al acreedor un derecho de crédito contra un tercero llamado fiador a quien se obliga
con el deudor principal, en esta se plantean una o varias personas donde se comprometen a
cumplir por el deudor si este no satisface la obligación principal y la segunda en mención es
las garantías reales que consistía en la afectación de un determinado (Bien) objeto como
garantía del cumplimiento de la obligación, donde podía ser una prenda o hipoteca o
enajenación con fiducia; adjunto a esto el efecto fundamental de las garantías reales es el de
transformar a los acreedores garantizados en acreedores preferenciales, en tal sentido,
satisfacen su crédito antes que los acreedores desprovistos de garantía, esto es posible
mediante la derogación e inaplicación del principio según el cual todos los acreedores gozan
de derechos iguales sobre los bienes de su deudor común, es decir, que mediante los derechos
reales de garantías se deroga el principio general de igualdad en el pago, consagrado por la
ley, pero es bueno aclarar que el bien o bienes afectados a un crédito siguen siendo la prenda
común de todos los acreedores, porque en caso de incumplimiento del crédito garantizado este
bien o bienes serán rematados para el pago de todos los acreedores, solo que los acreedores
que tienen garantía real cobraran primero que el resto de los acreedores que no tienen
garantías, es decir, que estos acreedores cobraran su crédito de la parte restante que quede
después de haberse satisfecho el pago de los acreedores preferenciales.
La importancia de las garantias resultan ser importante tanto para el deudor como el, para el
deudor por que le resulta más fácil obtener el crédito cuando el concede una garantía; y para
el acreedor por le representa una seguridad, as mismo la garantía es sinónimo de seguridad,
porque ellas refuerzan el cumplimiento de una obligación (deuda), donde toda vez que si la
deuda no es pagada el acreedor ejecuta la garantía, no obstante esto, las garantías son para
beneficio de los acreedores, generalmente las garantías aparecen en contratos accesorios, las
garantías es un tema de vital importancia porque permite conocer que las garantías abarcan
áreas no sólo del derecho civil (específicamente derechos reales y contratos), las mismas son
muy importantes para los consumidores, permiten tener la certeza de que, en caso de vicios o
4. defectos que afecten el correcto funcionamiento del producto, son responsables del
otorgamiento y cumplimiento de la garantía legal los productores, importadores,
distribuidores y vendedores del producto, en conclusión en una sociedad más civilizada, ya
que los derechos en comparación con la antigüedad hoy en día son plenamente valederos,
ahora se puede decir que ha llegado algo lejos en cuanto a derecho. Por ello las garantías
individuales son esenciales para existir como una sociedad civilizada, porque al no respetarse
estaríamos volviendo a la barbarie, en una civilización de puras injusticias que atenten contra
el ser humano.