Unidad 1. Capacitación y desarrollo de recursos humanos
1.
2. Aunque en las organizaciones actuales se habla mucho de
capacitación, la mayoría de quienes tienen a su cargo implantar
estos programas en las organizaciones se enfrentan a una labor
difícil, que abarca desde:
• ¿cuánto presupuesto tienen?
• escoger el tipo de capacitación que darán
• ¿quiénes deben tomarla?
• hasta si estará ligada con algún incentivo económico o
motivacional.
3. La capacitación (el desarrollo
de habilidades técnicas,
operativas y administrativas
para todos los niveles del
personal) auxilia a los
miembros de la organización a
desempeñar su trabajo actual,
sus beneficios pueden
prolongarse durante toda su
vida laboral y pueden ayudar
en el desarrollo de la persona
para cumplir futuras
responsabilidades.
4. Se entiende por desarrollo del recurso humano los programas
dirigidos en especial a niveles de mandos medios y superiores,
a corto, mediano y largo plazos. El desarrollo consiste en
educar a los ejecutivos de acuerdo con la visión y los objetivos
de la organización, incluye programas con una formación
integral.
5. Diferencia entre capacitación y entrenamiento.
Entrenamiento: El entrenamiento es un proceso educativo de
corto plazo, orientado a las personas que laboran en un puesto
para que desarrollen destrezas y habilidades, asimismo
adquieren aptitudes y actitudes adecuadas para el cargo de la
organización.
Entre ambos conceptos existe una leve diferencia, la
capacitación se centra en dotar de conocimientos y el
entrenamiento en desarrollar de habilidades.
6. Objetivos de capacitación
1.Preparar a las personas para la realización inmediata de diversas
tareas del puesto.
2. Brindar oportunidades para el desarrollo personal continuo y no
sólo en sus puestos actuales, sino también para otras funciones
más complejas y elevadas.
3. Cambiar la actitud de las personas, sea para crear un clima más
satisfactorio entre ellas o para aumentarles la motivación y
volverlas más receptivas a las nuevas tendencias de la
administración.
7. La capacitación como obligación legal.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA MEXICANA
Artículo 123. Toda persona tiene
derecho al trabajo digno y
socialmente útil; al efecto, se
promoverán la creación de empleos y
la organización social para el trabajo,
conforme a la ley.
Apartado “A” fracción XIII. Las
empresas, cualquiera que sea su
actividad, estarán obligadas a
proporcionar a sus trabajadores,
capacitación o adiestramiento para el
trabajo. La ley reglamentara,
determinará los sistemas, métodos y
procedimientos conforme a los
cuales deberán cumplir con dicha
obligación.
8. LEY FEDERAL DE TRABAJO
El 28 de abril de 1978 se publica
en el Diario Oficial de la
Federación el decreto de reforma
a la Ley Federal del Trabajo.
Artículo 3. El trabajo es un
derecho y un deber social. No es
artículo de comercio, exige
respeto para las libertades y
dignidad de quien lo presta y debe
efectuarse en condiciones que
aseguren la vida, la salud y un
nivel económico decoroso. Así
mismo, es de interés social
promover y vigilar la capacitación
y el adiestramiento de los
trabajadores.
9. LEY FEDERAL DE TRABAJO
Artículo 25. El escrito en que
conste las condiciones de trabajo
deberá contener
VIII. La indicación de que el
trabajador será capacitado o
adiestrado en los términos de los
planes y programas establecidos o
que se establezcan en la empresa,
conforme a lo dispuesto en esta
ley.
10. Artículo 132 Son obligaciones de
los patrones:
Fracción XV Proporcionar
capacitación y adiestramiento a
sus trabajadores, en los términos
del Capítulo III Bis de este titulo.
Fracción XXVIII. Participar en la
integración y funcionamiento de
las comisiones que deban
formarse en cada centro de
trabajo, de acuerdo con lo
establecido por esta ley.
11. Capítulo III Bis de la Capacitación y
Adiestramiento de los
Trabajadores
Artículo 153-A: Todo trabajador
tiene el derecho a que su patrón
le proporcione capacitación o
adiestramiento en su trabajo que
le permita elevar su nivel de vida y
productividad, conforme a los
planes y programas formulados de
común acuerdo por el patrón y el
sindicato o sus trabajadores y
aprobados por la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social.
12. Artículo 153 B Para dar
cumplimiento a la obligación que
conforme al artículo anterior les
corresponde, los patrones podrán
convenir con los trabajadores en
que la capacitación o
adiestramiento se proporcione a
éstos dentro de la misma empresa
o fuera de ella, por conducto del
personal propio, instructores
especialmente contratados,
instituciones, escuelas u
organismos especializados o bien
mediante adhesión a los sistemas
generales que se establezcan y
que registre la STPS
13. Artículo 153 C. Las instituciones
o escuelas que desee impartir
capacitación o adiestramiento,
así como su personal docente
deberán estar autorizados y
registrados por STPS.
Artículo 153 D. Los cursos y
programas de capacitación,
podrán formularse respecto a
una rama industrial o actividad
determinada
14. Articulo 153 E. La capacitación o
adiestramiento a que se refiere el
artículo 153 A deberá impartirse al
trabajador durante las horas de su
jornada de trabajo, salvo que,
atendiendo a la naturaleza de los
servicios, el patrón y trabajadores
convengan que podrán impartirse
de otra manera; así como en el
caso en que el trabajador desee
capacitarse en una actividad
distinta a la de su ocupación que
desempeñe, en cuyo caso
supuesto, la capacitación se
realizará fuera de la jornada de
trabajo
15. Artículo 153 F. La capacitación y el
adiestramiento deberán tener por
objeto:
I- Actualizar y perfeccionar los
conocimientos y habilidades del
trabajador en su actividad; así
como proporcionarle información
sobre la aplicación de nuevas
tecnologías en ella.
II- Preparar al trabajador para
ocupar una vacante o puesto de
nueva creación.
III- Prevenir riesgos de trabajo.
IV- Incrementar la productividad
V- En general, mejorar las
aptitudes del trabajador.
16. Artículo 153 G. Durante el tiempo
en que un trabajador de nuevo
ingreso que requiera capacitación
inicial para el empleo que va a
desempeñar reciba ésta, prestará
sus servicios conforme a las
condiciones generales de trabajo
que rijan en la empresa o a la que
se estipule respecto a ella en los
contratos colectivos.
17. Artículo 153 H. Los trabajadores a
quienes se imparte capacitación o
adiestramiento están obligados a:
I Asistir puntualmente a los
cursos, sesiones de grupo y demás
actividades que formen parte del
proceso de capacitación o
adiestramiento.
II Atender las indicaciones de las
personas que impartan la
capacitación o adiestramiento, y
cumplir con los programas
respectivos.
III Presentar los exámenes de
evaluación de conocimientos y
de aptitud que sean requeridos.
18. Artículo 153 I. En cada empresa se
constituirán Comisiones Mixtas de
Capacitación y Adiestramiento.
Integradas por igual número de
representantes de los
trabajadores y del patrón, las
cuales vigilarán la instrumentación
y operación del sistema y de los
procedimientos que se implanten
para mejorar la capacitación y el
adiestramiento de los
trabajadores, y sugerirán las
medidas tendientes a
perfeccionarlos; todo esto
conforme a las necesidades de los
trabajadores y de las empresas
19. Tipos de capacitación.
La capacitación se puede dar de varias maneras:
• en el trabajo
• en clase
• por smartphone
• por medio de computadora
• o por tv satélital.
Los medios son muy variados. Por cuanto se refiere al lugar
donde ocurre, la capacitación puede ser:
• La capacitación en el puesto
• Las técnicas de clase en aula
22. Desarrollo del recurso humano:
Plan de vida y carrera.
La carrera profesional está compuesta por todos los puestos
que desempeña el individuo durante su vida laboral. Es
importante distinguir este término de la carrera académica.
Una persona puede dar los pasos necesarios para obtener un
grado en medicina, ingeniería o administración de empresas,
sin necesariamente dar inicio a su carrera profesional.
23. Desarrollo del recurso humano: Plan de vida y carrera.
La responsabilidad de planear una
carrera profesional corresponde al
interesado.
El departamento de recursos humanos
puede contribuir a resolver algunas
dudas y planear determinado historial
profesional, pero en último término
corresponde al individuo la elección de
adónde quiere llegar.
Dado que la organización necesita
planear sus recursos de capital humano
a futuro, los dirigentes tienden a
impulsar a los individuos que se trazan
metas claras y objetivos definidos.
25. Si la administración de la empresa alienta la planeación de la
carrera, es más probable que los empleados se fijen metas
profesionales, se motiven y trabajen por obtenerlas. Estos
objetivos, a su vez, pueden motivarlos para progresar en su
capacitación, en su formación académica o técnica y en otras
actividades.
El nivel de los empleados de la organización subirá y el
departamento de recursos humanos dispondrá de un conjunto
humano más calificado y mejor motivado para atender las
vacantes que se presenten.