2. 0. INTRODUCCIÓN
1. ¿QUÉ ES LA MEDIACIÓN?
2. ¿PARA QUÉ SIRVE?
3. FASES DE LA MEDIACIÓN
4. ¿POR QUÉ LA MEDIACIÓN EN LOS CENTROS?
5. LA FIGURA DEL MEDIADOR
ÍNDICE
4. Utilizar la mediación para resolver pacíficamente los
conflictos.
Utilizar la mediación como medida de prevención de los
problemas.
Aparece cuando las partes no son capaces de resolver
ellos mismos el conflicto.
7. RAE: Actividad desarrollada por
una persona de confianza de
quienes sostienen intereses
contrapuestos, con el fin de
evitar o finalizar un litigio.
9. Un mediador que será una persona ajena al
conflicto, y por tanto objetiva, trata de
acercar a las partes en conflicto con el fin de
llegar a un acuerdo en implementando una
solución acordada por ambas partes.
11. El objeto que persigue la mediación es trabajar con el
otro y no contra el otro, en busca de una vía pacífica y
equitativa para afrontar conflictos.
LAS CLAVES: Aceptación del otro. Respeto mutuo.
Aprender. Empatía.
13. 1. IDENTIFICAR EL CONFLICTO: Saber qué
personas solicitan una mediación y por qué.
2. ESPACIO IDEAL:
Se prepara el espacio donde se va a desarrollar
la mediación. Crear un clima basado en la
confianza mutua.
14. 3. COMPARTIR LAS DISTINTAS VISIONES DEL
CONFLICTO:
Se escucha de forma activa a las personas
afectadas y sin tomar posición por alguna parte.
4. IDENTIFICAR LOS INTERESES:
Se profundiza en la naturaleza del conflicto desde
diversos puntos de vista. El mediador debe tratar
que ambas partes se pongan en el lugar del otro.
15. 5. CREAR OPCIONES A PARTIR DEL CONFLICTO:
Se pone encima de la mesa las ideas que han
ido surgiendo durante la mediación y se eligen
las que pueden favorecer la resolución del
conflicto.
6. PACTAR:
Se verbalizan los acuerdos alcanzados y se marca
una hoja de ruta y sus revisiones.
16. 7. CERRAR LA MEDIACIÓN:
En un tiempo prudencial el mediador
y las partes se reúnen para valorar en
qué momento se encuentra el
conflicto. Se incide en lo que ha
funcionado y lo que no y si cabe, se
plantean otras pautas.
18. La mediación tiene beneficios si
se enseña a los niños y
adolescentes. No solo evita y
soluciona conflictos de forma
pacífica, sino también porque
desarrolla valores y habilidades de
gran utilidad para su vida diaria.
20. La Ley Orgánica 8/2021 establece que los
centros deberán tener un Coordinador/a
de bienestar y protección del alumnado
(art. 35.2).
Las administraciones educativas
competentes determinarán los requisitos y
funciones de esta figura.
El Coordinador deberá fomentar entre el
personal del centro y el alumnado,
métodos alternativos en la resolución de
conflictos.