2. SIGNIFICADO DE LA PALABRA
ADMINISTRACION
Etimológicamente
"Administración"' se forma del
prefijo "ad" hacia y de
"ministrativo", palabra que a su vez
viene de "minister" que expresa
subordinación u obediencia.
3. PRINCIPIOS DE LA
ADMINISTRACIÓN
División Del Trabajo – diferencias ind.
Autoridad – mandar: estatutaria y
personal.
Disciplina – ley, costumbre.
Unidad de Mando -
Unidad de Dirección
Subordinación del Interés Particular al
Interés General
Remuneración del Personal
4. Centralización
Cadena Escalar o Línea de Autoridad
Orden
Iniciativa
Estabilidad del Personal
Espíritu de Trabajo
5. ESTADO DE DERECHO
Forma de Estado en que se
reconocen y tutelan los derechos
públicos subjetivos de los ciudadanos,
mediante el sometimiento de la
Administración a la ley.
6. En el Estado de Derecho se ubica a la
Administración como esencialmente
ejecutiva, encontrando en la ley su
fundamento y el límite de su acción.
Es una Administración sometida al
Derecho y, aunque está habilitada
para dictar reglas generales, éstas
están subordinadas a la ley.
7. ADMINISTRACION PÚBLICA
Desde una perspectiva jurídica, es de
observar que el Estado tiene la facultad de
imponer su voluntad a los administrados o
ciudadanos, independientemente de la
voluntad de estos, lo que se denomina el
Jus Imperium, todo ello sobre la base del
interés público.
8. OBJETIVO DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Interés Público
La motivación de los particulares es la
búsqueda de la ventaja personal
Mientras que la administración pública
busca un interés general o de utilidad
pública
10. CARACTERÍSTICAS DEL
DERECHO ADMINISTRATIVO
Común: Es un derecho que, al igual que el
derecho civil,, es común a todas las
actividades (municipales, tributarias, etc.)
y sus principios son aplicables a todas
esas materias.
Autónomo: Es una rama autónoma del
Derecho, tiene sus propios principios
generales, se autoabastece; es decir es un
sistema jurídico autónomo paralelo al
derecho privado.
11. PERSONALIDAD DEL
ESTADO
La doctrina moderna señala que el
Estado posee una personalidad única
(siempre pública), cuya actividad
puede ser regulada por el derecho
público o por el derecho privado
12. FUENTES DEL DERECHO
ADMINISTRATIVO
Costumbre: constituido por los actos
constantes y duraderos que se repiten en
el tiempo
El Estado de Necesidad: el optar por una
decisión inmediata, pues la perdida de
tiempo lo torna irreversible la situación
Doctrina: conjunto de opiniones,
dictámenes de los estudiosos del derecho
o de una disciplina jurídica
13. Jurisprudencia: conjunto de sentencias o
resoluciones que emiten los jueces
Principios Generales del Derecho
Derecho Comparado
14. PRINCIPIOS DEL DERECHO
ADMINISTRATIVO
Principio del Interés Público: busca el bien
común para el desarrollo equilibrado de la
sociedad
Principio de Legalidad: Debe de actuar en
cumplimiento del derecho, conforme a ley
y no de manera arbitraria, este principio
imita el poder administrativo
15. Principio de Oficialidad: facultad de la
autoridad para iniciar o mantener la
dinámica de los procedimientos, impulso
oficial
Principio de Gratuidad
Principio de Publicidad: en cuanto a la
información que se brinda a las partes y a
sus abogados
16. Principio de Tuitividad: como forma de
protección a la parte mas débil de la
relación jurídica, en la que el funcionario
tiene la obligación que dentro del proceso
administrativo se hagan valer
oportunamente los derechos que
correspondan a los administrados
Principio de la Doble Instancia: para que
las resoluciones puedan ser revisadas por
el superior jerárquico en caso de
desacuerdo
17. Principio de la Eliminación de Exigencias y
Formalidades: desaparecer costos
económicos que excedan a los beneficios
Principio de la participación de los
Ciudadanos en ele Control de la prestación
de los servicios públicos: los administrados
pueden formular quejas o sugerencias en
relación a deficiencias
18. EL SILENCIO EN EL DERECHO
ADMINISTRATIVO
El Silencio en el Derecho Romano: No
se concebía que el ciudadano dejara de
manifestar su voluntad, el que calla es
cierto que no confiesa, pero también es
verdad que no niega. Es decir, el que calla
no dice nada.
19. El Silencio en el Derecho Canónico: El
que calla parece que consiente. El que
calla otorga.
El Silencio en la Época
Contemporánea: El silencio, tiene
eficacia jurídica y no sólo puede ser tenido
como consentimiento sino como renuncia.
20. NATURALEZA JURÍDICA DEL
SILENCIO DE LA
ADMINISTRACION
El silencio como acto administrativo se
trataría de un acto negativo equivalente a
una manifestación tácita de voluntad.
El silencio como hecho o como ficción
legal sería considerado como un hecho al
que la Ley otorga efectos jurídicos o como
una ficción legal que tiene efectos
puramente procesales.
21. Las consecuencias que pueden derivarse
de la adopción de uno u otro criterio son:
Si se tratara de un acto presunto resultaría
predicable que esta categoría de actos
desestimatorios puedan llegar a ser
definitivos, firmes y consentidos; si los
considera como una ficción legal de
efectos exclusivamente procesales, la
aplicación de dichos plazos perentorios no
alcanzará a los casos en los que medie
inactividad formal de la administración.
22. FUNCIONARIO PÚBLICO
Persona que en mérito de designación
especial y legal como consecuencia de un
nombramiento o de una elección y de una
manera continua, bajo normas y
condiciones determinadas en una
delimitada esfera de competencia ejecuta
la voluntad del Estado en virtud de un fin
público.
23. EMPLEADO PÚBLICO
Persona técnica o profesional que presta
su actividad para la realización de los fines
de interés público, cumpliéndolos de
hecho o ayudando a su realización, a
cambio de ciertos derechos exigibles a la
administración