2. CONCEPTO:
El teletrabajo, entendido como una
modalidad de prestación de servicios de
carácter no presencial en virtud de la
cual un trabajador puede desarrollar
parte de su jornada laboral desde su
propio domicilio mediante el uso de
medios telemáticos, tiene importantes
ventajas para los trabajadores: horario
flexible, más tiempo libre (menor
número de desplazamientos y, en todo
caso, éstos no deben producirse
3. VENTAJAS DEL TELETRABAJO:
Mejora la calidad
de vida.
Ahorra dinero y
tiempo de traslado.
Facilita la inserción
de grupos
vulnerables.
Permite disponer
de mayor tiempo
para otras
actividades extra
laborales.
Es una opción para
evitar la excedencia
y acompañar a la
mujer durante la
lactancia.
Es apta para padres
con hijos pequeños
o para aquellas
personas que por
alguna razón
deben estar más
tiempo en sus
hogares.
Facilita a la mujer
luego de su licencia
por embarazo,
continuar
trabajando y
cuidando a sus
hijos sin hacer uso
de la excedencia y
evitando la pérdida
del ingreso salarial.
Permite retomar el
trabajo y el ingreso
mensual, en los
casos previstos en
los arts. 211 y 212
de la LCT, durante
el período de
conservación del
empleo.
Es una alternativa
ante situaciones de
catástrofes
naturales o
pandemias.
4. ANALISIS DEL REGLAMENTO DE LA
LEY N° 30036
Según la Ley No. 30036, que regula al teletrabajo, este
se caracteriza por el desempeño subordinado de
labores sin la presencia física del
trabajador, denominado teletrabajador, en la empresa
con la que mantiene vínculo laboral a través de medios
informáticos, de telecomunicaciones y análogos,
mediante los cuales se ejercen a su vez el control y la
supervisión de las labores.
La indicada norma señala que el teletrabajo, como todo
trabajo, es libre y voluntario, pudiendo el empleador,
en base a razones sustentadas y previa anuencia del
trabajador, variar la modalidad de prestación de
servicios de este último a la de teletrabajo. Las
5. TELETRABAJO EN LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
El Teletrabajo es el Trabajo que una persona
realiza para una empresa desde un lugar
alejado de la sede de esta (habitualmente su
propio domicilio), por medio de un sistema de
telecomunicación. El término “Teletrabajo” se
considera en la Agenda Digital 2.0. La Agenda
Digital 2.0 contiene la visión y los objetivos
estratégicos del Plan para el Desarrollo de la
Sociedad de la Información y el Conocimiento,
Agenda Digital 2.0, que tiene como objetivo
general, permitir que la sociedad peruana
acceda a los beneficios que brinda el desarrollo
de las tecnologías de la información y
6. CONCLUSIONES
• El teletrabajo se puede
desarrollar de forma completa,
cuando el trabajador presta
servicios fuera del centro de
trabajo (público o privado), o de
manera mixta, cuando asiste
ocasionalmente.
• El desarrollo del teletrabajo
constituirá un elemento impulsor
de la productividad laboral, al
implicar toda una innovación
organizacional, rentable social y