Este documento describe una estrategia para implementar juegos deportivos en la educación inicial a través de la Unidad Educativa Experimental "Fundación 5 de Julio". Propone que los juegos deportivos permiten mejorar las habilidades motoras de los niños y detectar posibles dificultades, citando teorías y bases legales que apoyan la participación de niños de 4 y 5 años en estas actividades. También menciona marcos de referencia como la teoría constructivista de Piaget y bases legales nacionales e internacionales que respaldan la educación fís
1. ESTRATEGIA ORGANIZACIONALA
TRAVÉS DE JUEGOS DEPORTIVOS EN
EL NIVEL DE EDUCACIÓN INICIAL
CON LA U.E.E “FUNDACIÓN 5 DE
JULIO”
Autoras: Anny Carpio
Montilla Yuraima
Tutora: Valentina Veliz
Marzo, 2017
2. Por otro lado la educación física, el deporte y la recreación en distintas
partes de Venezuela se ha centrado en los últimos años hacia la realización de
juegos deportivos escolares. Juegos que permiten la participación de niños de
9 a 12 años exclusivamente, dejando excluidos a los niños de la Educación
Inicial, los cuales según diferentes teorías y basamentos legales afirman que,
ya un infante de 4 y 5 años de edad. ya están aptos para tener participación en
actividades de esta índole, donde puede muy bien demostrar sus destrezas y
competitividad.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Mundialmente la Educación Física el Deporte y la Recreación en la
Educación Inicial es un factor determinante que contribuye a mejorar el
aspecto motriz, habilidades motrices, descubrir potencialidades, recrear, así
como también, a detectar cualquier dificultad que posee el niño y la niña y
tratar de corregirlo a tiempo y esto es importante para los primeros años de
vida del infante.
3. Organizaciones como la UNESCO plantean lo siguientes puntos apoyando esta idea y reconoce
en Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte (1978), y revisada en noviembre del
2015 lo siguiente:
Recordando que en la Carta de las Naciones Unidas los pueblos proclamaron su fe en los derechos fundamentales del hombre y
en la dignidad y el valor de la persona humana, y afirmaron estar resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de
vida.
Recordando que, según lo dispuesto en la Declaración Universal de Derechos Humanos, toda persona tiene todos los derechos y
libertades proclamados en ella, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra
índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Convencida de que una de las condiciones del ejercicio de los derechos humanos es que todas las personas dispongan de la
libertad y la seguridad para desarrollar y preservar su bienestar y sus capacidades físicas, psicológicas y sociales,
Haciendo hincapié en que los recursos, el poder y la responsabilidad de la educación física, la actividad física y el deporte deben
asignarse sin discriminación alguna, ya sea esta sexista o fundada en la edad o la discapacidad, o de cualquier otro tipo, a fin de
superar la exclusión experimentada por los grupos vulnerable o marginados.
Reconociendo que la diversidad cultural de la educación física, la actividad física y el deporte pertenece al patrimonio
inmaterial de la humanidad y comprende el juego físico, el esparcimiento, la danza, así como los deportes y juegos organizados,
informales, competitivos, tradicionales e indígenas
Reconociendo también que la educación física, la actividad física y el deporte pueden reportar diversos beneficios individuales y
sociales, como la salud, el desarrollo social y económico, el empoderamiento de los jóvenes, la reconciliación y la paz,
Destacando que la oferta de educación física, actividad física y deporte de calidad es esencial para realizar plenamente su
potencial de promoción de valores como el juego limpio, la igualdad, la probidad, la excelencia, el compromiso, la valentía, el
trabajo en equipo, el respeto de las normas y las leyes, la lealtad, el respeto por sí mismo y por los demás participantes, el
espíritu comunitario y la solidaridad, así como la diversión y la alegría.
5. (Teoría Constructivista de Jean Piaget 1947)
Expresan que surge de las diferencias cualitativas entre el pensar infantil y el
pensar adulto, más aún, diferencias cualitativas en diferentes momentos o etapas de
la infancia. Según el, la capacidad cognitiva y la inteligencia se encuentran
estrechamente ligadas al medio social y físico. Mantiene que los procesos que
caracterizan la evolución y adaptación del psiquismo humano son los de
asimilación y acomodación. Ambas son capacidades innatas que por factores
genéticos, se van desplegando ante determinados estímulos en muy determinadas
etapas o estadios del desarrollo del ser humano.
6. Aspectos Conceptuales
Educación Inicial
Según el Subsistema de Educación Inicial Bolivariana:
Brinda atención educativa al niño y la niña entre cero (0) y seis (6) años de edad, o hasta su ingreso al subsistema siguiente, concibiéndolo como
sujeto de derecho y ser social integrante de una familia y de una comunidad, que posee características personales, sociales, culturales y
lingüísticas propias y que aprende en un proceso constructivo e integrado en lo afectivo, lo lúdico y la inteligencia, a fin de garantizar su
desarrollo integral.
Juego
Para Karl Groos (1902), filósofo y psicólogo
El juego es objeto de una investigación psicológica especial, siendo el primero en constatar el papel del juego como fenómeno de desarrollo del
pensamiento y de la actividad. El juego es pre ejercicio de funciones necesarias para la vida adulta, porque contribuye en el desarrollo de
funciones y capacidades que preparan al niño para poder realizar las actividades que desempeñará cuando sea grande.
Deporte
En cambio, consiste en la realización de una actividad física, donde también se respeta un conjunto de reglas. La diferencia con los juegos es que, en
el ámbito deportivo, siempre existe el afán competitivo. Los juegos deportivos, en conclusión, son actividades que combinan, en mayor o menor
medida, distintas facetas de los juegos y del deporte, como el entretenimiento, el desarrollo físico, el estímulo mental y la competencia.
7. BASES LEGALES
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ARTICULOS: 103/111
Ley Orgánica de Educación (2009). ARTÍCULO:16
Ley Orgánica de deporte, actividad física y educación física (2011). ARTÍCULO:8
Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física "Sistema Educativo
Nacional (2011). ARTÍCULO: 56
8. MARCO METODOLÓGICO
PARADIGMA: Cuantitativo/Positivista
DISEÑO DE INVESTIGACIÓN: No Experimental
MODALIDAD: Proyecto Especial
9. “
"Para los niños trabajamos, porque los niños son los que
saben querer, porque los niños son la esperanza del mundo"
José Martí