1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RETORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO CIVIL: LA PROPIEDAD
INTEGRANTE:
ARACELIS FERNANDEZ
C.I: 24.386.668
BARQUISIMETO, OCTUBRE 2015
2. La Propiedad
La propiedad es el derecho de usar, gozar
y disponer de las cosas del modo más
absoluto con tal que no haga de ellos un
uso prohibido la Ley o los reglamentos.
3. Los derechos reales, que
consisten en los diferentes
beneficios que el hombre
puede obtener de una cosa,
son en numero limitado.
Las legislaciones modernas no han
aumentado su lista, quedando, sobre
poco mas o menos, los mismos que
habían en derecho romano.
Unos han sido organizados
por el derecho civil , y los
otros han sido admitidos y
sancionados por el derecho
pretoriano.
Generalidades
4. Fundamentos
El tipo fundamental, el
tipo dominante de los
derechos reales es la
propiedad. No solo la
propiedad material como
creen los alemanes sino
también la llamada
propiedad inmaterial
(incorporal).
Algunos seres
humanos nunca han
tenido que ver con una
hipoteca o un
usufructo, pero no hay
probablemente uno
solo a quien le sea
extraña la propiedad.
5. Fundamentos
Como sostiene Justus Wilhelm Hedemann:
"el mismo mendigo es dueño de los harapos
que lo cubren y del cayado en que se apoya".
Para comprender el significado profundamente
humano de los derechos reales agrega el
jurista alemán:"nos basta pensar en la
propiedad, como en una forma elemental,
referida a lo cual es aquel un concepto vulgar”.
7. Veamos ahora cada uno
de los elementos:
Muebles
Presentes Consumibles
Genérico
Compuesto
Divisibles
8. CONTENIDO DE DERECHO
DE PROPIEDAD
El Derecho de Propiedad está protegido por la
Constitución a través de las formas de propiedad, la
expropiación forzosa, la confiscación y la existencia
de los tribunales que pueden declarar y hacer
cumplir los derechos (artículos 129, 130, 131 y 132
del C.C. facultades del Derecho de Propiedad).