Este documento presenta resúmenes de varios tipos de contratos, incluyendo mutuo, comodato, depósito y prenda. En un contrato de mutuo, una parte entrega cosas consumibles a la otra parte, quien está obligada a devolver la misma cantidad, especie y calidad en el tiempo acordado. Un contrato de comodato involucra el préstamo gratuito de un bien mueble. Un contrato de depósito implica que una persona guarda una cosa de otra persona. Finalmente, un contrato de prenda se usa como garantía para un prést
2. Contrato de mutuo.
El Sr. Rafael se quedas sin azúcar en su abasto y le pide un saco a su vecino
José; esta última está autorizada a consumir, devolviéndole en el tiempo
convenido, igual cantidad de azúcar de la misma marca y cantidad.
Este préstamo se llama mutuo, El contrato de mutuo, en consecuencia, es aquel
en el que una parte entrega a la otra una cantidad de cosas que esta última está
autorizada a consumir, devolviéndole en el lapso pautado en el contrato, igual
cantidad de cosas de la misma especie y cantidad. Es un contrato real que se
perfecciona a partir de la entrega de la cosa. El préstamo de dinero es el típico
ejemplo del contrato de mutuo; se recibe el dinero que habrá de devolverse en
las condiciones que se pacten.
En resumen en un CONTRATO DE MUTUO Una de las partes entrega una
cantidad de cosas consumibles o al menos fungibles y la otra se obliga a
restituir la misma cantidad”.
La parte que recibe las cosas las adquiere en propiedad, está autorizada a
consumirlas siempre que está obligado a devolver en el tiempo convenido igual
cantidad, igual especie, igual calidad. .
Comodato
Claudia compro una tv pantalla plana para su casa , ella no tiene suscripción de
televisión por cable , por lo cual decidió adquirir una suscripción de DIRECTV
para así hacer un buen uso de su nueva TV.
Para hacer uso del Servicio la Sra. Claudia recibirá en COMODATO:
1- Un equipo DIRECTV compuesto por un decodificador estándar IRD para
el caso de DIRECTV Plus y DIRECTV HD, la Sra. Claudia recibirá en
comodato un decodificador DVR), un control remoto, una antena
parabólica, una tarjeta inteligente (smart card), un amplificador de bajo
3. ruido (LNB), cable y los demás accesorios que sean necesarios para poder
acceder al Servicio.
2- En ningún caso podrá la Sra Claudia ceder ni de cualquier otro modo
transferir a terceros los Equipos y/o el Servicio sin el consentimiento
previo y por escrito de DTV, el cual, en todos los casos se entenderá que
está sujeto a que se siga a ese efecto, el procedimiento para
transferencias vigente a ese momento.
Contrato de Deposito
Don Manuel acuerda celebrar un contrato de DEPÓSITO con Don Ramón,
atendiendo a las siguientes:
Don Manuel tiene pautado un viaje al exterior el 05 de julio de 2016, el es
propietario de un aire acondicionado de 12.000 BTU, con un valor de 150.000
Bsf, al momento de entregarle este objeto a el Sr Ramón el Sr Manuel se
constata de el estado de el mismo , por lo cual hace entrega a el Sr Ramon para
que se lo Guarde y lo Restituya en el mismo estado en que se lo entrego al
momento de el pedirle que se lo regrese, el Sr Manuel le entregara a el Sr
Ramon los gastos acarree por guardarle el aire Acondicionado, cabe destacar
que el Sr Ramón no podrá servirse ni utilizar el Aire, el deposito propiamente
dicho se realiza el día 30 de junio de 2016 y le será devuelto el 10 de enero de
2017.
EL DEPÓSITO CONSISTE EN UN CONTRATO REAL, POR EL CUAL UNA
PERSONA LLAMADA DEPOSITANTE ENTREGA A OTRA PERSONA,
LLAMADA DEPOSITARIO, UNA COSA CON EL CARGO DE QUE LA CUIDE EN
FORMA GRATUITA Y SE LA DEVUELVA AL PRIMER REQUERIMIENTO O AL
VENCIMIENTO DEL PLAZO CONVENIDO
4. Contrato de Prenda.
El 06 de enero del presente año Julio Zamora solicito un préstamo a la
compañía FINANCIALOTODO S.A , con numero de RIF J 123456-6 por
1.000.000 de bolivares, el cual ya para la fecha 15 de Junio de 2016 le será
otorgado, préstamo que tiene un 4% de interés pactado. Las partes acordaron
la celebración de un contrato de prenda, declara el Sr Julio Zamora ser
propietario de una camioneta; propiedad que se encuentra en su total y legal
posesión y dominio, propiedad que se encuentra avalada por la factura con
número 12345 de fecha 6 de enero de 2011 que avala a una camioneta de la
marca TOYOTA, modelo 4RUNNER.
Primera.- Como garantía para la deuda contraída con Julio Zamora la parte
deudora, da en prenda los artículos mencionados, de las declaraciones de este
contrato, las cuales se encontrarán en completa disposición, tanto de disfrute
como de manejo de FINANCIALOTODO S.A durante el tiempo que se tarde en
saldarse dicha deuda, quedando marginada las legislaciones que marquen
límites.
Segunda.- JULIO ZAMORA concede y entrega el vehículo a
FINANCIALOTODO S.A quedando JULIO ZAMORA completamente conforme
en que se utilice por parte de El acreedor y que se realicen los gastos para
mantener dicho vehículo en condiciones óptimas.
Tercera.- Quedan conformes las partes, que los frutos o beneficios del uso de
este vehículo, se reducirán de los intereses y deuda que genera el presente
contrato de prenda.
Cuarta.- El deudor puede vender el vehículo objeto de este contrato fuera del
plazo marcado, y para realizar la enajenación deberá completar el costo del
adeudo junto con sus intereses.
Quinta .- en caso de que no se pague la deuda en el plazo fijado, El acreedor
podrá enajenar en forma pública para restituirse el valor de la deuda
correspondiente y en su caso restituir el costo sobrante a “El deudor” no sin