1. Autor:
Concetto Corindia Pisciotta C.I. V.24.339.594
Tutor: Abg. Keydiz Perez
Catedra: Derecho Probatorio
Sección: SAIA-C
Universidad Fermín Toro
Vice-Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas
Escuela de Derecho
2. • Principio de la competencia: Este
principio está relacionado con la
inmediación, es decir, el juez debe llevar
toda la carga probatoria en el proceso.
• Principio de la publicidad: Este
principio se explica por si solo, todos
los actos del proceso deben publicarse.
• Principio de la contradicción: Este
principio establece que si existe una
violación al derecho de contradecir una
prueba, se está violentando el proceso.
3. • Principio de la igualdad probatoria:
Este principio establece que todas las
partes tienen la misma oportunidad de
promover pruebas y tienen los mismos
derechos que las otras.
• Principio de la congruencia: Este
principio establece que todo lo que se
alegue en el proceso debe guardar
relación con las pruebas que se están
presentando.
• Principio de la carga de la prueba:
Este principio establece que todo lo
que se alega debe ser probado.
4. • Principio de la probidad probatoria:
Las pruebas que se presenten deben ser
verdaderas, con el fin de no engañar al
juez con pruebas falsas.
• Principio de la preclusividad: Este
principio establece la perdida de la
oportunidad para promover una
prueba.
• Principio de la libertad probatoria: Las
partes única y exclusivamente se
valdrán de las pruebas promovidas, no
pueden valerse de hechos o alguna otra
cosa que no esté dentro del proceso.
5. • Principio de la inmediación: El juez
mantiene relación con las pruebas
presentadas.
• Principio de la exhaustividad: El juez
está en la obligación de valorar
absolutamente todos los medios
probatorios e incorporarlos al proceso.
• Principio de control de la prueba: Las
partes deben tener la posibilidad de
conocer antes de que sean evacuados, los
medios de pruebas que se van a
promover.
6. • Principio de la comunidad de la prueba:
La prueba que sea evacuada es parte del
proceso.
• Principio de disposición y renunciabilidad
de la prueba: Las partes pueden utilizar
cualquier estrategia o método de prueba
que este a su disposición.
• Principio de la prohibición de aplicar
conocimiento privado del juez sobre los
hechos: Este principio establece que el
juez de la causa debe actuar con
imparcialidad.
7. • Principio del interés publico de la
prueba: La justicia es considerada
servicio público, por consiguiente la
sociedad tiene interés en ella.
• Principio de la formalidad y legitimidad
de las pruebas: La admisibilidad de las
pruebas dependerá de su legitimidad.
• Principio de la imparcialidad: El juez
de la causa aparte de ser imparcial debe
garantizar el derecho a la defensa a
cada una de las partes.
8. • Principio de la gratuidad: Según la
C.R.B.V vigente establece que la justicia
es y será siempre gratuita.
• Principio de la licitud de la prueba y el
respeto a la persona: Las pruebas
evacuadas no pueden ir en contra de la
moral o integridad de la persona contra
quien se opone dicha prueba.
• Principio de inmaculación de la prueba:
Los medios de prueba no pueden tener
vicios, de lo contrario es considerado
nulo.
9. • Principio del deber de las partes de colaborar en la
prueba: Según la C.R.B.V y el C.P.C, la nombrada
colaboración está referida a la cooperación de los
ciudadanos en el funcionamiento de la justicia.
• Principio de la ideonidad y pertenencia de la prueba:
Este principio establece la finalidad de la prueba que
por consiguiente puede ser probar o demostrar.
• Principio de la obtención coactiva de los medios de
prueba: Este principio le permite al juez acceder a
archivos tanto públicos como privados y a todo lo que
tenga que ver con el caso que lleva.