1. P A R T I C I P A N T E :
D A R L Y S M A R Í A H E R N Á N D E Z
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P R O C E D I M I E N T O P E N A L O R D I N A R I O
Revista III Unidad
2. Principios que Rigen la Prueba
Carga de la Prueba: en la carga de la prueba son las partes las que deben
suministrar la prueba de ciertos hechos, sea porque los invoca en su favor o de
ellos se deduce lo que pide, o por lo opuesto goza de presunción o de notoriedad o
porque es una negación indefinida.
libertad de prueba
El principio de prueba libre es aquel según el cual, en el proceso es admisible todo
tipo de prueba, y todo hecho relacionado con el juzgamiento puede ser objeto de
prueba.
Legalidad de la prueba
El principio de la legalidad de las pruebas que se encuentra recogido en el artículo
181 del COPP venezolano, consiste en que solo serán admisibles como medios de
prueba aquellos cuya obtención se haya producido conforme a las reglas del código
o de legislaciones particulares que, como en el caso de las comunicaciones
telefónicas, están sujetas a regulaciones especificas en leyes especificas.
3. comunidad de la prueba
Toda evidencia recabada durante la investigación preliminar o fase preparatoria es
acervo común de las partes, en tanto así lo manifiesten y la promuevan.
libre convicción
Es sabido que el viejo y derogado código de enjuiciamiento criminal se basa en el
sistema de la prueba legal. A su vez se considera que es importante señalar que todo
nuestro proceso penal tiene que ser fundamentado, siempre sobre la base de
conocimientos científicos, máximas de experiencias y razonamientos lógicos.
de la lealtad probidad o veracidad de la prueba
Si la prueba es común si tiene su unidad y su función de intereses generales, no
debe usarcé para ocultar o deformar la realidad para tratar de inducir al juez a
engaño, sino con lealtad y probidad o veracidad, sea que provenga de la iniciativa
de las partes o de la actividad inquisitiva del juez.
Principios que Rigen la Prueba
4. LA OBTENCION COACTIVA DE LA PRUEBA
Permite al juez el ejercicio de su autoridad para obtener la prueba (allanamiento,
acceso a los archivos públicos, cierta coacción para que comparezcan testigos,
suministro de libros y documentos).
LA INMACULACION DE LA PRUEBA
Por razones de economía procesal, debe procurarse que los medios de prueba
aportados al proceso, estén libres de vicios intrínsecos y extrínsecos que los hagan
ineficaces y nulos.
LA ORIGINALIDAD DE LA PRUEBA
Significa que la prueba en lo posible debe referirse al hecho por probar en forma
directa, para que sea prueba de este, pues eso se refiere a los hechos relacionados
con aquel, se trata de pruebas de otras pruebas.
Principios que Rigen la Prueba
5. Principios Rectores de la Fase de JuicioOralidad
Este principio está
previsto en el
artículo 14 COPP.,
como en su
momento
estudiamos.
Artículo 14 COPP.
• “El juicio será oral y
sólo se apreciarán las
pruebas incorporadas
en la audiencia,
conforme a las
disposiciones de este
Código”.
Publicidad
Este principio está
previsto en el
artículo 15 COPP.,
como en su
momento
estudiamos.
Artículo 15 COPP.
• “El juicio oral tendrá
lugar en forma
pública”.
IgualdaddelasPartes
Este principio está
consagrado en el
artículo 12 COPP.
• “La defensa es un
derecho inviolable en
todo estado y grado del
proceso.
6. Principios Rectores de la Fase de JuicioConcentracióny
Continuidad
Este principio, como
antes estudiamos está
consagrado en el
artículo 17 COPP.
• “Iniciado el debate, éste
debe continuar en el mismo
día. Si ello no fuere posible,
continuará durante el
menor número de días
consecutivos.”.
Inmediación
Este principio, está
previsto en el artículo 16
COPP.
• “Los jueces que han de
pronunciar la sentencia
deben presenciar,
ininterrumpidamente, el
debate y la incorporación
de las pruebas de las cuales
obtienen su
convencimiento.”.
El principio de
inmediación es uno de
los pilares esenciales
Concentración
El principio de
contradicción está
estrechamente ligado al
principio de igualdad de
partes, puesto que no
puede concebirse su
participación en los
actos procesales, sino
sobre la base de una
absoluta igualdad de
oportunidades, ya que
lo contrario sería lesivo
al derecho a la defensa
como expresión
suprema de legalidad
del proceso.
7. Fase de Juicio Oral
El juicio oral constituye el momento
decisivo del proceso penal, porque
allí donde existe un sistema
acusatorio verdadero, nadie puede
ser condenado contra su voluntad, a
menos que su responsabilidad y
culpabilidad sean demostradas en un
debate oral y preferentemente
público
los Jueces y las partes
presencien la práctica de la
prueba y decidan
exclusivamente sobre la base
de lo que visto y escuchado en
las audiencias de dicho debate.
En un sistema acusatorio, la
única manera de que una
persona sea condenada sin un
juicio oral y público, es que se
declare culpable u admita los
hechos en una Audiencia
Preliminar.
De igual manera, nadie puede
ser condenado, a menos que
admita los hechos y se declare
culpable, sobre la base de
evidencias que no hayan sido
expuestas en juicio oral.
8. Fase de Juicio Oral
Es en la fase del juicio donde se concretan con mayor
esplendor los principios del procedimiento que rigen
el sistema procesal desarrollado por el COPP:
ORALIDAD, PUBLICIDAD, INMEDIACION Y
CONCENTRACION, al igual que algunos principios
del proceso, como la libre valoración d las pruebas y
la participación ciudadana activa y pasiva en la
administración de justicia.
En atención al principio de la
ORALIDAD todos los actos de
debate deben efectuarse en
forma verbal, admitiéndose
solo por excepción la
incorporación de pruebas a
través de su lectura
la INMEDIACION, como
principio probatorio supone
que el Tribunal llamado a
decidir debe haber presenciado
las pruebas en las cuales habrá
de fundar tal decisión, este
principio conlleva a la
identidad física del juzgador
la PUBLICIDAD, se entiende
como la garantía de que a los
actos del debate pueda asistir
quien tenga interés en hacerlo,,
situación ésta que permitiría
establecer un control popular
sobre la administración de
justicia, dada la intervención
pasiva de la ciudadanía