Cómo impugnar una resolución de cobranza que requiere el reembolso del costo de prestaciones otorgadas por essalud modelo de recurso de reconsideración
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CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
Cómo impugnar una resolución de cobranza que requiere el reembolso del costo de prestaciones otorgadas por essalud modelo de recurso de reconsideración
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¿CÓMO IMPUGNAR UNA RESOLUCIÓN DE COBRANZA QUE REQUIERE EL
REEMBOLSO DEL COSTO DE PRESTACIONES OTORGADAS POR
ESSALUD? MODELO DE RECURSO DE RECONSIDERACIÓN
Por José María Pacori Cari
Catedrático de Derecho de la UJCM
ÁREA: SEGURIDAD SOCIAL
LÍNEA: COBRANZA COACTIVA
Bueno, este me parece un caso especial y poco común, sin embargo, puede
servirle a alguien, se trata de un supuesto en el cual un empleador no habría
cumplido con realizar los pagos por contribuciones al Seguro Social de Salud
(ESSALUD), y sus trabajadores, pese a esto, han sido beneficiados con
prestaciones, entonces el Seguro Social de Salud los requiere a través de una
resolución cumplan con pagar el costo de las prestaciones otorgadas; si tiene
prueba que pago lo necesario, tendrá que realizar un recurso de
reconsideración con firma de Abogado. De no contar con pruebas puede
presentar un recurso de apelación. En caso que el pago que se requiere es
correcto se sugiere ir a las instalaciones del Seguro Social de salud
(ESSALUD) y buscar el fraccionamiento de la deuda, puesto que de no tener
la razón los recursos lo único que darán es tiempo pero se incrementaran los
intereses por la deuda pendiente (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Modelo de recurso de reconsideración contra resolución de cobranza
de ESSALUD
SUMILLA : INTERPONGO RECURSO DE
RECONSIDERACIÓN
REFERENCIA : RESOLUCIÓN DE COBRANZA
901990020646
SEÑOR JEFE DE LA OFICINA DE FINANZAS DE LA GERENCIA RED
ASISTENCIAL AREQUIPA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA […], con RUC […],
debidamente representada por su Directora […],
con DNI […], señalando domicilio en […], a Ud.,
respetuosamente, digo:
Haciendo uso de mi derecho de contradicción previsto en la Ley 27444:
I.- BASE LEGAL DE PROCEDENCIA DEL RECURSO
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1.- El artículo 24 de la Directiva 004-GCF-OGA-ESSALUD-2010 denominado
“Procedimientos para la determinación y cobranza a entidades empleadoras
morosas” establece que “Contra la Resolución de Cobranza o Resolución de
Multa, la entidad empleadora podrá ejercer su derecho a la contradicción en
vía administrativa, mediante los recursos administrativos siguientes: a)
Recurso de Reconsideración […]”
2.- El artículo 25 de la Directiva 004-GCF-OGA-ESSALUD-2010 establece “El
recurso de Reconsideración se interpondrá ante el mismo funcionario que
emitió la Resolución de Cobranza, en el término improrrogable de quince (15)
días hábiles, computados desde el día hábil siguiente a aquél en que se notificó
la Resolución de Cobranza, impugnación que debe ser fundamentada de
acuerdo a la Ley 27444 que rige el procedimiento administrativo general.”
3.- El Artículo 208 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo
General – establece que “El recurso de reconsideración se interpondrá ante el
mismo órgano que dictó el primer acto que es materia de la impugnación y
deberá sustentarse en nueva prueba. En los casos de actos administrativos
emitidos por órganos que constituyen única instancia no se requiere nueva
prueba. Este recurso es opcional y su no interposición no impide el ejercicio del
recurso de apelación.”
Dentro de este contexto,
II.- EXPRESIÓN CONCRETA DE LO PEDIDO
Interponemos recurso administrativo de reconsideración en contra del acto
administrativo contenido en la Resolución de Cobranza 901990020646 de
29 de setiembre del 2015, notificada el 05 de octubre del 2015 que resuelve
disponer que mi representada cumpla con reembolsar a ESSALUD el costo
de las prestaciones otorgadas por el importe de S/. […].
Nuestro recurso administrativo tiene por objeto se le revoque declarando su
nulidad total de la Resolución de Cobranza 901990020646 por contravenir
el principio de verdad material previsto en el art. IV, numeral 1.11, del Título
Preliminar de la Ley 27444, al existir nueva prueba que no se ha tomado en
cuenta y que se anexa a la presente.
III.- FUNDAMENTOS DE HECHO DE MI RECURSO
1.- Con fecha 05 de octubre del 2015, se nos notifica con la Resolución de
Cobranza 901990020646 que resuelve disponer que mi representada
cumpla con reembolsar a ESSALUD el costo de las prestaciones otorgadas
por el importe de S/. […]
2.- Como Anexo 1 de la Resolución impugnada se indica “Detalle de las
Prestaciones Otorgadas 901990020646”; asimismo, se adjunta el Anexo II
sobre “Evaluación de los Periodos de Pago 901990020646.
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3.- Respecto de la evaluación de los periodos de pago, consideramos que se
incurre en un error que hace necesario revocar la resolución impugnada,
respecto de la diferencia pendiente de pago.
4.- En efecto, sustentados en el principio de presunción de veracidad,
adjuntamos a la presente la siguiente documentación que acredita que si se
realizaron los pagos que supuestamente no se realizaron: […]
5.- Adicionalmente, a la enumeración indicada, se adjunta en copia
documentación que acredita el error que se ha cometido respecto de mi
representada, por cuanto con estos elementos de prueba se debe proceder a
la revocación de la resolución impugnada.
IV.- FUNDAMENTO DE DERECHO DE MI RECURSO
6.- Dos principios sustentan el presente recurso de reconsideración:
6.1.- El principio de presunción de veracidad previsto en el Art. IV,
numeral 1.7 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo
General – que indica “Principio de presunción de veracidad.- En la
tramitación del procedimiento administrativo, se presume que los
documentos y declaraciones formulados por los administrados en la
forma prescrita por esta Ley, responden a la verdad de los hechos que
ellos afirman. Esta presunción admite prueba en contrario.” De esta
manera, se debe de analizar la nueva prueba que se adjunta a la
presente.
6.2.- El principio de verdad material previsto en el Art. IV, numeral
1.11 de la ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General
– “Principio de verdad material.- En el procedimiento, la autoridad
administrativa competente deberá verificar plenamente los hechos que
sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual deberá adoptar todas las
medidas probatorias necesarias autorizadas por la ley, aun cuando no
hayan sido propuestas por los administrados o hayan acordado eximirse
de ellas.” De esta manera, se debe de evaluar la nueva documentación
que se presenta.
V.- NUEVA PRUEBA
La nueva prueba que se presenta, se adjunta y consiste en Constancias de
Presentación (Laboral), Recibos del Banco de la Nación, Formulario SUNAT,
y determinación de la deuda, estos documentos se adjunta para su
evaluación y revisión.
VI.- ANEXOS
Como anexos se adjuntan:
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1-A Copias de Constancias de Presentación (Laboral), Recibos del Banco de
la Nación, Formulario SUNAT, y determinación de la deuda, estos
documentos se adjuntan para su evaluación y revisión.
1-B Copia de Resolución de Cobranza 901990020646 de 29 de setiembre del
2015, notificada el 05 de octubre del 2015, acto administrativo que se
adjunta.
POR LO EXPUESTO:
A UD. pido dar al presente recurso el trámite que le corresponde conforme a
la Ley 27444.
Arequipa, 23 de octubre del 2015.
[Firma del Representante de la Empresa]
[Por ser un recurso administrativo la firma de abogado es necesaria]