1. Llegar tarde a laborar
8.00
am
5.00
pm
8.15
am
Llegar tarde es no estar a
la hora pactada
2. DS 003-97-TR
• Artículo 25.- Falta grave es la infracción por el trabajador de
los deberes esenciales que emanan del contrato, de tal
índole, que haga irrazonable la subsistencia de la relación.
• Son faltas graves:
• h) El abandono de trabajo por mas de tres días
consecutivos, las ausencias injustificadas por mas de cinco
días en un período de treinta días calendario o mas de
quince días en un período de ciento ochenta días
calendario, hayan sido o no sancionadas disciplinariamente
en cada caso, la impuntualidad reiterada, si ha sido
acusada por el empleador, siempre que se hayan aplicado
sanciones disciplinarias previas de amonestaciones
escritas y suspensiones.
3. La norma es clara llegar tarde puede
constituir falta grave
• Una sola tardanza no es falta grave, sin es un
incumplimiento
• El empleador debe sancionar por escrito esta
falta laboral, para poder demostrar que
existen tardanzas acumuladas.
• El trabajador que llega tarde, se le sanciona y
no cambia su actitud, corre riesgo de caer en
FALTA GRAVE
4. REQUISITO LEGAL
• Haber aplicado sanciones PREVIAS de
amonestación y suspensión.
• Por la redacción se exige mínimo dos
amonestaciones y dos suspensiones.
• Acumuladas esas sanciones la siguiente
tardanza constituye una falta grave que
permite el despido del trabajador de manera
legal
5. ANTIGUEDAD DE LAS SANCIONES
• La norma legal solo exige que existan
sanciones previas de amonestaciones (
mínimo 2) y suspensiones (mínimo 2)
• Si la norma no nos exige una antigüedad
relativa de las sanciones previas, ellas son
validas desde el inicio de la relación laboral.
6. QUE SUCEDE CUANDO LA EMPRESA CONCEDE
TOLERANCIA AL MOMENTO DE INGRESO
• La tolerancia en el ingreso, que se pacta vía
convenio colectivo o que nace de la voluntad
del empleador, no tiene regulación legal
alguna.
• ¿Que debemos entender por TOLERANCIA en
el ingreso?
– Facilidad pactada en un convenio colectivo (
cuando exista) o concedida voluntariamente por el
empleador para permitir que sus trabajadores que
lleguen tarde puedan ingresar a laborar
7. QUE SUCEDE CUANDO LA EMPRESA CONCEDE
TOLERANCIA AL MOMENTO DE INGRESO
• Esta concesión pactada o concedida voluntariamente de ninguna manera
puede ser entendida como un derecho a llegar tarde.
• Es una facilidad eventual, de usarse de manera permanente, constituye un
abuso y permite al empleador sancionar
• El trabajador debe comprender lo dicho para evitar caer en falta y
arriesgar su puesto de trabajo
• Hoy existe estabilidad laboral, lo cual impide que el empleador despida a
un trabajador sin que exista causa justa de despido.
• Pero frente a la existencia de una falta grave como lo es las reiteradas
tardanzas previamente sancionadas, el empleador podrá despedir de
manera justificada
8. QUE SUCEDE CUANDO LA EMPRESA CONCEDE
TOLERANCIA AL MOMENTO DE INGRESO
• Esta concesión pactada o concedida voluntariamente de ninguna manera
puede ser entendida como un derecho a llegar tarde.
• Es una facilidad eventual, de usarse de manera permanente, constituye un abuso y
permite al empleador sancionar
• El trabajador debe comprender lo dicho para evitar caer en falta y arriesgar su
puesto de trabajo
• Hoy existe estabilidad laboral, lo cual impide que el empleador despida a un
trabajador sin que exista causa justa de despido.
• Pero frente a la existencia de una falta grave como lo es las reiteradas tardanzas
previamente sancionadas, el empleador podrá despedir de manera justificada
9. QUE SUCEDE CUANDO LA EMPRESA CONCEDE
TOLERANCIA AL MOMENTO DE INGRESO
• Esta concesión pactada o concedida voluntariamente de ninguna manera
puede ser entendida como un derecho a llegar tarde.
• Es una facilidad eventual, de usarse de manera permanente,
constituye un abuso y permite al empleador sancionar
• El trabajador debe comprender lo dicho para evitar caer en falta y
arriesgar su puesto de trabajo
• Hoy existe estabilidad laboral, lo cual impide que el empleador despida a
un trabajador sin que exista causa justa de despido.
• Pero frente a la existencia de una falta grave como lo es las reiteradas
tardanzas previamente sancionadas, el empleador podrá despedir de
manera justificada
10. QUE SUCEDE CUANDO LA EMPRESA CONCEDE
TOLERANCIA AL MOMENTO DE INGRESO
• Esta concesión pactada o concedida voluntariamente de ninguna manera
puede ser entendida como un derecho a llegar tarde.
• Es una facilidad eventual, de usarse de manera permanente,
constituye un abuso y permite al empleador sancionar
• El trabajador debe comprender lo dicho para evitar caer en falta y
arriesgar su puesto de trabajo
• Hoy existe estabilidad laboral, lo cual impide que el empleador despida a
un trabajador sin que exista causa justa de despido.
• Pero frente a la existencia de una falta grave como lo es las reiteradas
tardanzas previamente sancionadas, el empleador podrá despedir de
manera justificada
14. La renuncia
No puede
El trabajador
• Es un acto
voluntario del
trabajador
•Ser exigida por el
empleador
•Tampoco firmarse al
inicio de la relación
laboral
•Antes de una renuncia
• debe Consultar
•Al ministerio de Trabajo
•A un abogado
•Compartir el tema con la
familia
Una vez firmada la renuncia, hay pocas posibilidades de solicitar se
tenga por no presentada
15. El despido
Solo se puede
despedir
Por ley son
• Es un acto
voluntario del
empleador
trabajador
•Por causas justas
•Derivadas de la
capacidad
•Derivadas de la
conducta
Una vez firmada la renuncia, hay pocas posibilidades de solicitar se
tenga por no presentada