1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS
ESCUELA DE DERECHO
Recurso Contencioso Tributario
Guido Moreno
DERECHO TRIBUTARIO
SAIA SECCIÓN A
ABG. EMILY RAMIREZ
BARQUISIMETO, SEPTIEMBRE DE 2016
2. RecursoContenciosoTributario
Concepto
Recurso de impugnación contra los
actos administrativos en materia
contenciosa
Controlar la legalidad de las
actuaciones de la
Administración Tributaria
Objeto
Fundamento legal
Artículo272 del CódigoOrgánico
Tributario
Actos Impugnables
Actos de efectos
Particulares
Dictados por
AdministraciónTributaria
Nacional, Estadal o
Municipal.
Resolución de
Recurso Jerárquico
Acto impugnable de
conformidad al articulo
numeral 3 del artículo 259
del COT. Se debe agotar la
vía administrativa
Denegacióntácitadel
recursojerárquico
Se debe agotar lavía
administrativa.
Fundamentolegal
articulo259 COT
3. Recurso Contencioso
Tributario
Actos NO
Impugnables
Los actos dictados en un pronunciamiento amistoso
previsto en un tratado para evitar la doble
tributación.
Los actos dictados por autoridades extranjeras que
determinen tributos y sus accesorios, cuya
recaudación sea solicitada a la República
Los establecidos en la ley.
JuezCompetente
Primera Instancia conocerá el Tribunal
Superior de lo Contencioso Tributario.
En segunda Instancia será el Tribunal
Supremo de Justicia en Sala Político
Administrativa
Representación o
asistencia por
abogado
Es necesarioserasistidoporun abogado
Procedimientoparainterponer el
Recurso
Se interpone por escrito en el que se expondrán las
razones de hecho y de derecho, debe guardar o
establecidoenel artículo340 del Códigode Procedimiento
civil,asimismodeberáacompañarse delautoque se desea
impugnar.
Lapso: Veinticinco(25) díashábiles,contadosapartirde
la notificacióndel actoque se impugnaodel
vencimientodel lapsoprevistoparadecidirel recurso
jerárquico
4. Procedimientoparainterponer el
Recurso
Interposición: Ante el Tribunal competente de
PrimeraInstanciaenel domicilio fiscal del recurrente.
La interposicióndel recurso NO SUSPENDE los efectos
del acto administrativo,sinembargoel Tribunal puede
de oficio suspender parcial o totalmente el mismo.
Notificación: Se entenderá como notificado el
recurrente al momento de este interponer el recurso
para lo cual no será notificado salvo que se encuentre
en interposición subsidiaria para lo cual el Tribunal
fijarácartel en domicilio o en el lugar donde ejerce su
industria o comercio.
Perención: se extinguirá por inactividad del
recurrente durante un (01) año.
Causales de Inadmisibilidad:
1. La caducidad del plazo para ejercer el Recurso.
2. La falta de cualidad o interés del recurrente.
3. Ilegitimidad de la persona que se presente como
apoderado o representante del recurrente, por no tener
capacidadnecesaria para comparecer en juicio o por no tener
la representación que se atribuye o porque el poder no esté
otorgado en forma legal o sea insuficiente.
En caso de oposicióna la admisibilidad:Se abriráun lapso
probatoriode cuatro (4) días,el tribunal decidiráenlos
tres(3) días siguientes.
Esta decisiónseráapelableparalocual se tendráun lapso
de 5 días despacho.Se oiráapelaciónenambosefectos.
Lapso Probatorio: diez(10) días de despachosiguientesde
la aperturadel lapsoprobatorio.
Oposición:Tres (3) días. Serán apelablesdentrode los5
días siguientes.
Evacuación de Pruebas: 20 días
5. Presentación de Informes: Al decimoquinto día de
despachosiguiente del vencimiento del lapso probatorio.
Observaciones: Dentro de los ocho (8) días siguientes.
Auto para mejor proveer: Quince días despacho
siguientes.
Sentencia: Dentro de los 60 días siguientes.
Ejecuciónde la Sentencia:seráenun lapso menor de tres
(3) días de despacho ni mayor de (10) diez, para que la
parte vencida efectúe el cumplimiento voluntario, y no
podrá comenzar la ejecución forzosa hasta que haya
transcurrido íntegramente dicho lapso.
Procedimientoparainterponer el
Recurso
Amparo Tributario: Tiene como objeto la de reparar un
derecho lesionado o bien proteger los derechos del
administrado evitando así que se le causen lesiones por la
demora excesiva en la que incurra la Administración
Tributaria
Interposición del amparo tributario: Se hará por
escrito.
Requisitos de procedencia del amparo tributario:
1. Debe serinterpuestoporquien tenga un interés legitimo
2. En loscasos enque la administraciónalahora de resolver
los conflictos presentados entre los administrados y la
Administración se demore, es decir exceda el plazo legal
establecido para que se pronuncie.
3. Que esta demore cause unperjuiciograve e irreparable al
administrado.
4. Se debe hacer por escrito ante el Tribunal competente
5. En el escritose debe especificarlas gestiones realizadas y
de igual manerael perjuicioque estásufriendola persona
por el retardo en el pronunciamiento.
6. La demanda debe acompañarse la copia de los escritos
mediante los cuales se ha urgido el trámite.
Procedimiento en segunda
instancia
6. Procedimiento Ejecutivo
Fiscal en Particular
Supone que esa declaración judicial de la
cual se pide cumplimiento, o ejecución.
Juicio ejecutivo por impago del
contribuyente.
Admitida la demanda se computará 5 días
para que el intimado pague o compruebe
haber pagado, apercibido de ejecución.
Oposición: $ das despacho.
Decisión: al Día despacho siguiente del
vencimiento del lapso anterior.
Embargo: asume carácter preventivo cuando
se decreta en el procedimiento por la vía
ejecutiva