1. QUE ES GRAVAMEN <br /> Limitación al derecho de la propiedad<br />COMO SE HACE CONSTAR LA PRENDA<br />En escritura publica o documento privado art 884.<br />CLASES DE PRENDA<br />PRENDA DE COSA AJENA<br />PRENDA DE CREDITO <br />PRENDA DE FACTURAS ARTICULOS 888, 889, 887<br />Q ES LA USUCAPION<br />También se llama prescripsion adquisistiva y esta se refiere a la forma de adquirir la propiedad por el transcurso del tiempo.<br />CARACTERISTICAS DE UN TESTAMENTO<br />Acto persona, de carácter revocable, es un acto mortis causa, produce sus efectos a fallecimiento, y se refiere a la disposición de los derechosy obligaciones de la persona, se hace constar en escritura publica art 938.<br />Q ES HERENCIA es la asignación a titulo universal<br />El testament queda a favor de una sola persona o propiedad a favor de una sola persona<br /> Q ES LEGADO ARTICULO 919 es la asignación a titulo particular , ósea se reparte entre varias personas.<br />Q ES LA MAZA HEREDITARIA<br />Es el conjunto de bienes que quedan después de haberse pagado las deudas del causal osea el fallecido.<br />ALBACEA CONVENCIONAL <br />Es el q se establece en la declaración de ultima voluntad o por declaración de los presuntos herederos<br />ALBACEA JUDICIAL<br />Es el designado por órgano competente<br />