Evolución Histórica del Derecho Laboral en Venezuela
1. Evolución Histórica del
Derecho Laboral en
Venezuela
Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Barquisimeto- Edo. Lara
Br. Jean Castillo
CI: 26.007.579
SAIA A
Abg. Keydis Pérez
2. Evolución Histórica del Derecho Laboral en Venezuela
Origen y Evolución del Derecho Laboral
-En el mundo antiguo:
En cada época se han dado unas
características y
unas formas de llevar el trabajo que
difieren en mucho a cómo se trabajaba
antiguamente y un ejemplo lo tenemos
en el mundo antiguo.
El trabajo, sobre todo en Grecia y Roma,
se caracterizaba por la esclavitud
que suponía la consideración del esclavo
como un simple bien de su dueño y
junto a ella un tipo de servidumbre.
En Grecia eran los ilotas, espartanos
que, carentes de libertad, en cuanto
que pertenecían a la comunidad de
Esparta, gozaban de derechos
económicos
En Roma el trabajo se basaba en el
esclavo. El status de esclavo podía
derivarse del nacimiento, la cautividad
en guerra, condena penal, falta de pagos
de impuestos, contractualmente, no
podía ser titular de relaciones de
propiedad, ni de parentesco, ni podía
contraer obligaciones civiles ni
comparecer en juicio.
La Lex Valerio Horacica de
modo agrorum
Fue una de las primeras
normas que estableció un
tipo de regulación
laboral, entre otras cosas
estableció que los
terratenientes debían tener
un numero determinado de
mano
de obra libre, con el fin de
atacar el desempleo en
Roma.
3. Evolución Histórica del Derecho Laboral en Venezuela
Feudalismo
Se basaba en grandes extensiones de
tierra cuya propiedad pertenecía al
estado a la nobleza y que debían por
tanto pagar altos intereses para poder
sobrevivir. Entre los señores feudales y la
Iglesia católica se repartían todo las
riquezas, entran entonces a la palestra
las figuras de los artesanos y los
aprendices. En esta situación, es de todo
impensable la formación de posibles
sindicatos o de algún tipo de Derecho
laboral. En esta situación, es de todo
impensable la formación de posibles
sindicatos o de algún tipo de
Derecho laboral.
Origen y Evolución del Derecho Laboral
La revolución industrial
Se inició en Inglaterra nace el concepto del
"consumo" y así los artesanos pasaron a ser
empresarios, ya que encontraron nuevas formas
de creación y
pusieron en marcha el aparato productivo,
generándose así la mano de obra.
El proletariado estaba formado por artesanos y
antiguos trabajadores agrícolas que habían
tenido que emigrar a las ciudades, se vera
enfrentada con la clase burguesa dueña del
capital y los beneficios.
En sus inicios, la clase proletaria se encontraba
con grandes problemas: Horarios excesivos,
entre 14 y 18 horas con sólo un breve espacio
para comer. Salario mínimo con el agravante
de que mujeres y niños les pagaban un
tercio menos que a los hombres
4. Evolución Histórica del Derecho Laboral en Venezuela
Capitalismo: Con la revolución
industrial, se crea el capitalismo, que
consistió en que grandes empresarios
lograron acumular grandes cantidades
de dinero y crean sistemas consumistas,
en los que los menos favorecidos se ven
en la necesidad de trabajar, para así
adquirir bienes y servicios con el fin de
satisfacer sus necesidades, originándose
así, un sistema en el cual la mayor
parte de la sociedad, está conformada
por la clase trabajadora.
Las primeras manifestaciones del movimiento
obrero se plasmaron en el
ludismo (destrucción de máquinas) a las cuales
se las responsabilizaba de la
pérdida de la capacidad adquisitiva del
pequeño artesano. Sin embargo, los obreros se
dieron cuenta de que no era la máquina su
enemiga
sino el uso dado, fue entonces cuando dichos
obreros comenzaron a dirigir sus quejas a los
empresarios. Así nació el sindicalismo,
entendido como un movimiento de resistencia
contra el capitalismo. La reacción del gobierno
inglés fue prohibir cualquier tipo de asociación
obrera.
Revolución Industrial
5. Evolución Histórica del Derecho Laboral en Venezuela
Las Leyes de
Indias
El mismo principio intervencionista
que habría de mover después al
Derecho del Trabajo: la protección
del Estado al trabajador indio,
quien prestaba
en forma rudimentaria el trabajo
asalariado cuyo desarrollo tomaría
tanta
importancia en el régimen
capitalista. Constituyen así aquellas
leyes, una fuente
digna de estudio formal.
Constitución de 1830 y Códigos
Civiles
Primer Período 1830-1917:
Gran Parte de las provincias,
estados y municipalidades de la
República sancionaron Códigos,
leyes y ordenanzas de policías
en los cuales se insertaban
reglas de aplicación regional
sobre el trabajo jornalero ya que
poseían un carácter
estrictamente policial atento al
cuidado del orden público y las
buenas costumbres que a la
regulación moderadora del
trabajo y la protección del
trabajador.
Segundo Período 1917 – hasta
nuestros días:
Inicia el 26 de junio de 1917 con la
ley de talleres y establecimientos
públicos, anteriormente las leyes de
minas habían establecido normas
para
regular las relaciones entre el
trabajador y el patrono, conteniendo
disposiciones
muy particulares referentes al
trabajo en especial la ley de 1915
que estableció
el sistema de reparación de
accidentes de trabajo, que sirvió de
base para la Ley
del Trabajo de 1928.
6. Evolución Histórica del Derecho Laboral en Venezuela
1917 Ley de talleres y
establecimientos públicos
Nuestra
moderna legislación laboral comienza
propiamente el 26 de junio de 1917,
con
la Ley de Talleres y Establecimientos
Públicos. Precedentemente, las leyes
de
Minas de 1904, 1909 y 1915, contenían
disposiciones muy particulares
referentes al trabajo subterráneo en las
minas; en especial, la ley de 1915
estableció el sistema de reparación de
accidentes de trabajo, base del
régimen
mas elaborado que la Ley del Trabajo
de 1928 adoptó posteriormente.
Ley del Trabajo de 1928
Esta ley deroga la anterior
constituyendo un cuerpo normativo
de concepción más técnica dedicado
al trabajo subordinado que establece
la obligación patronal por primera vez
de pagar las indemnizaciones en los
casos de accidentes y enfermedades
profesionales ya que hasta la fecha se
regían por las reglas de las Leyes de
Minas y por las disposiciones del
Código Civil. Es de advertir que esta
responsabilidad, de naturaleza
jurídica civil se asentaba en la teoría
contractual según la cual el patrono
responde del riesgo en todo caso,
salvo en la culpa del obrero o
sirviente.
Ley de Trabajo de 1936
La Ley del Trabajo del 16 de julio
representa un esfuerzo técnico
realizado por la cooperación de la
organización internacional del trabajo,
se inspira en la ley federal de
República de México y en el Código
chileno del 13 de mayo del mismo
año. Con las reformas sucesivas de
1945, 1947, 1966, 1974, 1975 y 1983
se mantuvo en vigencia hasta el
primero de mayo de
1991.Acogió los lineamientos de los di
ferentes convenios de la OIT ratificado
con mucha posterioridad por Venezue
la e hizo el primer reconocimiento de
los derechos de asociación y
contratación colectiva y de huelga
acerca de los cuales la ley de 1928
guardaba un absoluto silencio.
7. Evolución Histórica del Derecho Laboral en
Venezuela
Ley Orgánica del Trabajo de 1990
El 20 de diciembre de 1990 entra
parcialmente en vigor la Ley Orgánica del
Trabajo (G.O.Nº 4240), destinada a
sustituir desde el primero de mayo de
1991 la que, con ligera modificaciones,
rigiera durante casi 55 años la relación de
trabajo en el país. El nuevo instrumento
concentro en 665 artículos casi toda la
legislación dispersa sobre la materia
dictada desde 1936, pues constituye un
agregado de disposiciones dela
Constitución Nacional. Presenta la
relación de Trabajo como una figura del
Sistema Legal aunque relacionado con la
del contrato individual del Trabajo para
entender el origen y desarrollo del nexo
entre el patrono y su trabajador.
Ley de reforma de la ley
orgánica del Trabajo de
19/06/97
Se creó en el acuerdo de la
Comisión Tripartita, esta
ley limitó la antigüedad del
Trabajador en el servicio,
redujo la causa del salario
sobre las prestaciones
sociales, insertó los
beneficios de orden laboral
en una ley de seguridad
social integral, contiene
también deficiencias de
fondo y forma, deficiencias
metodológicas, , de técnica
legislativa y semántica