UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Autores:
Genesis Méndez
Docente Abg. Jorge Paredes
Sección: SAIA C
Barquisimeto, 28 Noviembre 2016
Cronología del derecho laboral venezolano..GENESIS MENDEZ UFT SAIA
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Autores:
Genesis Méndez
Docente Abg. Jorge Paredes
Sección: SAIA C
Barquisimeto, 27 Noviembre 2016
2. BREVE CRONOLOGÍA DEL DERECHO LABORAL VENEZOLANO
El trabajo, sobre todo en Grecia y Roma, se caracterizaba por la esclavitud que suponía
la consideración del esclavo como un simple bien de su dueño y junto a ella un tipo de
servidumbre. En Grecia eran los ilotas, espartanos que, carentes de libertad, en cuanto
que pertenecían a la comunidad de Esparta, gozaban de derechos económicos
En Roma el trabajo se basaba en el esclavo. El status de esclavo podía derivarse del
nacimiento, de la cautividad en guerra, de la condena penal, de la falta de pagos de
impuestos, que no era considerado persona, carecía de la posibilidad de prestar su
consentimiento contractualmente.
. De igual forma, podemos establecer que una de las primeras normas que estableció un
tipo de regulación Abg. Dailyn Colmenares. laboral, fue la Lex Valerio Horacica de
modo agrorum, que entre otras cosas estableció que los terratenientes debían tener un
numero determinado de mano de obra libre, con el fin de atacar el desempleo en Roma.
-
Durante la edad media surgió el famoso Feudalismo, Se basaba en grandes extensiones
de tierra cuya propiedad pertenecía al estado a la nobleza y que debían por tanto pagar
altos intereses para poder sobrevivir.
3. La revolución industrial nos enseñó que la riqueza no solo se obtiene por nacer en una
familia noble, que en cualquier parte hay oportunidades de crecer, que las necesidades
humanas pueden ser satisfechas y gracias a ello uno puede enriquecerse. N
Las primeras manifestaciones del movimiento obrero se plasmaron en el ludismo
(destrucción de máquinas) a las cuales se las responsabilizaba de la pérdida de la
capacidad adquisitiva del pequeño artesano
: Con la revolución industrial, se crea el capitalismo, que consistió en que grandes
empresarios lograron acumular grandes cantidades de dinero y crean sistemas
consumistas, en los que los menos favorecidos se ven en la necesidad de trabajar, para
así adquirir bienes y servicios
Evolución del derecho del trabajo en Venezuela: Ley de Pobres de Inglaterra derivan de
las normas y prácticas con las que desde la primera mitad del siglo XVI se había
intentado suprimir el vagabundeo.
Las sucesivas leyes de pobres que se fueron promulgando a partir de la Ley de Isabel se
complementaron con las llamadas leyes de asentamiento. Estas leyes impedían que un
recién llegado a una parroquia pudiera establecerse irregularmente en ella y se
convirtiera en una carga económica adicional para los habitantes de la misma.
4. Ley de Talleres y Establecimientos Públicos, el inicio de la actual legislación del trabajo
en el país, por su propósito tuitivo del trabajo humano, el carácter orgánico de sus reglas
y por su aplicación generalizada a todos los trabajadores de la nación. U
La Ley del Trabajo de 1928 prescribía la jornada de trabajo de nueve horas. De hecho,
pudo comprobarse en 1936, que existían jornadas de trabajo de 12 y 16 horas, no por
vía de excepción, sino como sistema normal, en empresas de importancia.
La Ley del Trabajo de 1928, constituye un cuerpo normativo de concepción más técnica
dedicado al trabajo subordinado. Establece la obligación patronal de pagan las
indemnizaciones previstas por vez primera con carácter general en los casos de
accidentes y enfermedades profesionales, ya que hasta la fecha la materia se regía por
las reglas de las leyes de Minas y por las disposiciones del Código Civil acerca de la
responsabilidad del arrendador de servicios.
5. Ley del Trabajo de 1936 su primera reforma. Introducida a las Cámaras Legislativas en
sus sesiones de 1944 por el Ministro doctor Julio Diez, quedó sancionada en aquel
mismo año, pero sólo fue puesta en vigencia por el Ejecutivo un año después, en mayo
de 1945.
La reforma parcial de 1947 La otra reforma parcial que ha sufrido la Ley del 36 fue la
de 1947. Dictada una nueva Constitución, la Asamblea Nacional Constituyente se abocó
en sus últimos días de sesiones a una reforma parcial de la Ley del Trabajo. La reforma
se motivó en la necesidad de adaptar la Ley al nuevo texto fundamental, pero abarcó
algunos puntos no tocados por la reforma constitucional, mientras dejo de tocar algunas
disposiciones que habían quedado afectados por aquella
Reglamento de la Ley del Trabajo de 1973 introdujo modificaciones sensibles a los
conceptos de patrono, intermediario, contratista y empleados de confianza; exigió
formalidad escrita a los contratos para obra determinada o por tiempo determinado y
modificó importantes elementos del régimen de salarios, utilidades, libertad sindical y
conflictos colectivos.
La Ley Orgánica del Trabajo y su reforma de 19/06/97 El 20 de diciembre de 1990 entra
parcialmente en vigor la Ley Orgánica del Trabajo (G.O. No 4240), destinada a sustituir
desde el 1° de mayo de 1991 la que, con ligeras modificaciones, rigiera durante casi 55
años las relaciones de trabajo en el país.
6. La Ley Orgánica del Trabajo, de 20 de diciembre de 1990, plenamente en vigencia
desde el 1-5-91, fue parcialmente reformada el 19 de Junio de 1997. En las
disposiciones modificadas, principalmente concretadas a las indemnizaciones de
antigüedad y preaviso, así como al salario, nos explanaremos más adelante. III. La Ley
Orgánica del Trabajo, aprobada el 20 de diciembre de 1990, que cimenta todavía la
estructura de la normativa vigente, posee visibles vicios de forma y fondo que empañan
la unidad del resultado esperado, después de los cinco años que tardó el dilatado
proceso de su elaboración. Reforma de 19-06-97 Fundamentada en el Acuerdo de la
Comisión Tripartita designada por el Ejecutivo Nacional, publicado el 17-03-97, y en el
Proyecto del Ministerio del Trabajo presentado el 08-05-97 al Congreso de la
República, fue promulgada en fecha 19-06-97
FUENTES DEL DERECHO DEL TRABAJO
a) La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la justicia social como
principio fundacional de la República.
b) Los tratados, pactos y convenciones internacionales suscritos y ratificados por la
República. c) Las leyes laborales y los principios que las inspiran.´
d) La convención colectiva de trabajo o el laudo arbitral, si fuere el caso, siempre y
cuando no sean contrarias a las normas imperativas de carácter constitucional y legal.
e) Los usos y costumbres en cuanto no sean contrarias a las normas imperativas de
carácter constitucional y legal.
f) La jurisprudencia en materia laboral.
g) Aplicación de la norma y la interpretación más favorable.
h) La equidad, la igualdad y el ideario Bolivariano, Zamorano y Robinsoniano
BIBLIOGRAFÍA
Rafael J. Alfonso-Guzmán. Nueva Didáctica del Derecho del trabajo. Decima Cuarta
edición. 2008..