Evolucion del Derecho laboral colectivo en venezuela.
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UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Evolución del Derecho Laboral Colectivo en Venezuela.
Facilitadora: Keydis Pérez
Asignatura: Derecho Colectivo del Trabajo
Participante: Lisbella Páez
SAIA G
Lapso - 2016/B
SAN FELIPE, 3 DICIEMBRE 2016
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El Derecho Colectivo del Trabajo es el conjunto de normas jurídicas que
regulan las relaciones entre patronos y trabajadores no de modo individual,
sino en atención a los intereses comunes a todos ellos o a los grupos
profesionales.
Y atendiendo a esta contextualización en Venezuela, su evolución está
muy ligada a la legislación, de manera que su inicio es de reciente data, aquí
trataremos solo de la tercera década del siglo XIX - hasta finales del siglo
XX. También está muy ligado a los procesos históricos del país.
Un periodo que tiene que ver con la Cuarta República entre 1830 - 1917
cuando las provincias división político territorial existente y que desde 1863
pasaron a ser estado y municipalidades de la Republica, se aprobaron
ordenanzas, leyes y códigos, en las cuales insertaban lo que fueron las
primeras reglas de aplicación regional, vinculadas al trabajo.
Otro periodo entre la Cuarta República y la implantación de un periodo
que llaman Quinta República, 1917 -2012 cuando se da inicio formal, al
Derecho laboral como tal, con la aprobación de la Ley de Talleres y
Establecimientos Públicos, precedida por las leyes de minas, muy
especialmente la de 1915, la cual regulaba las relaciones entre patrono y
trabajador, así como la indemnización o reparación de accidentes de trabajo,
antecedente de la Ley del Trabajo de 1928.
Esta Ley del Trabajo de 1928 en cuanto a sus aportes, contenía la
obligación del patrono de indemnización en los casos de accidentes y
enfermedades labores.
La aprobación de La Ley del Trabajo de 1936, acogió los diferentes
convenios impulsados por la Organización Internacional del Trabajo,
reconoce por vez primera el Derecho de Asociación, de Huelga y
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Contratación Colectiva, puntos ignorados por completo en anteriores
legislaciones
Esta ley del Trabajo de 1936 sufrió sucesivas reformas en 1945, 1947, 1966,
1974, 1975 y 1983, logrando mantenerse en vigencia hasta 1991.
Aquí se sustituye la figura de Contrato Colectivo por el de Convención
Colectiva, autoriza a los sindicatos a su accionar en todo el territorio
nacional, aumentando considerablemente la participación de los trabajadores
en las utilidades de las empresas, así como la inclusión de trabajos
especiales como los motorizados, discapacitados, transporte aéreo, fluvial,
marítimo y lacustre, así como los trabajos de la mujer y la familia.
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Fue reformada en Junio de 1997 principalmente con el objeto de
modificar normas sobre el salario y el sistema de prestaciones e
indemnizaciones pagaderas a la terminación del contrato de trabajo. Dispone
de un Reglamento aprobado en el año 1999, el cual sustituyó parcialmente al
de 1973. Este Reglamento de la Ley del Trabajo de 1973 incorpora los textos
dispersos de algunos decretos-leyes, reglamento y resoluciones dictados
desde 1945.
Equipara las condiciones de los trabajadores rurales a los urbanos de
acuerdo a: jornadas, vacaciones, antigüedad, cesantía etc. Suple lagunas de
la antigua ley en cuanto a mejoras de procesos industriales, suspensión de
los contratos de trabajo, trabajo de aprendices, trabajadores domésticos, a
domicilio, conserjes, de los deportistas profesionales y de los trabajadores
rurales. Introdujo algunas modificaciones de los conceptos de patrono,
intermediario, contratista, empleado de confianza, exigió formalidad escrita a
los contratos para obras determinadas por tiempo determinada.
A raíz de la nueva constitución (1999) la necesidad de adecuar las leyes
a ella incluyó la Ley Orgánica del Trabajo Venezuela instrumento normativo
que se aplica a las relaciones de trabajo. La ultima LOT adoptada en nuestro
país es la nueva Ley Orgánica del Trabajo, de Trabajadores y Trabajadoras
(LOTTT),
La nueva legislación consta de 554 artículos y siete disposiciones
transitorias, en las que destacan la reducción de la jornada laboral de 44 a 40
horas semanales diurnas, el pago doble de prestaciones en caso de despido
injustificado, la eliminación del cobro de comisiones bancarias por servicios
de cuenta nómina y el regreso de la retroactividad de las prestaciones para
los trabajadores activos desde 1997.
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Y su Reglamento General (1999), contiene 267 artículos destinado a sustituir
parcialmente al reglamento de 1973 y deroga 8 normativas entre ellas:
Reglamento parcial de la Ley Orgánica del Trabajo para negociar los
convenios colectivos de trabajo de los funcionarios o empleados del servicio
de la administración pública nacional; Reglamento parcial de Ley Orgánica
del Trabajo sobre la participación de los trabajadores en los beneficios de la
empresa; Reglamento Parcial de la Ley Orgánica Del Trabajo sobre cuidado
Integral de los Hijos de Los Trabajadores; reglamento Parcial de la Ley
Orgánica del Trabajo sobre la remuneración, entre otros.
Esta ley comprende varios artículos explícitos sobre el Derecho colectivo
del trabajo que van del 396- 397-401-408-405- 409-411-413 al 420
Un aspecto a destacar es el hecho, que en Venezuela, el Derecho Colectivo
del Trabajo se desarrolla a medida que las organizaciones de trabadores
van toman fuerza, debemos anotar que hasta diciembre de 1935 el país
estuvo dominado por la dictadura del General Juan Vicente Gómez y las
leyes relacionadas con este derecho, se desarrollan desde 1936.
Y es luego de su muerte cuando la legislación comienza agilizarse
aunque fue un periodo de transición hacia la democracia, los gremios
también dinamizaron y empujaron una legislación de beneficio colectivo una
prueba es la Confederación Venezolana de Trabajadores que se constituye es
el 26 de diciembre de 1936.
La evolución de leyes laborales, ha venido aumentando y madurando
con los años, logrando en la actualidad una plataforma legal laboral, que
garantiza, por lo menos en el papel, los derechos mínimos de seguridad
social y el respeto de los derechos fundamentales de los trabajadores en
Venezuela y gran parte del mundo.