Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
DEFENSA A LA PROPIEDAD INTELECTUAL
1.
2. • En la conferencia realizada por Alfredo
Bullard, manifiesta temas acerca de la
naturaleza jurídica del software, la
propiedad intelectual y el análisis
económico del derecho; Así mismo al
iniciar su exposición, Bullard plantea la
importancia de la piratería, pues refiere
que hoy en día “piratear es robo”, lo cual
es cierto ya que nos encontramos en un
medio en el que aquella creación, o
invención si no la patentas, alguien más
“vivo” lo hará por ti, y quien se ganara los
recursos, es decir la ganancias es ese
otro.
3. • En cuanto a la Naturaleza Jurídica del Software,
así como la protección de la propiedad intelectual
es más difícil de proteger como los libros, ideas,
canciones pero no por eso ya no se va a dejar de
seguir creando propiedad intelectual, sino que la
defensa de la propiedad intelectual, da origen al
Derecho de la propiedad intelectual, lo cual es
aquello que se puede multiplicar, porque es infinito
(Derecho de patrimonio). De este modo cuando se
refiere al tema de responsabilidad civil
extracontractual, consiste en que es la obligación
que recae sobre una persona de reparar el daño
que ha causado a otro, sea en naturaleza
económica o bienes por un equivalente monetario,
habitualmente mediante el pago de una
indemnización por daños y perjuicios.
4. Por otra parte en el caso de la
propiedad Bullard, aduce que ésta
genera incentivos favorables al
desempeño económico porque
internaliza los costos y beneficios del
uso de los recursos, si es que los
incentivos están adecuadamente
construidos. Tal es caso de la propiedad
intelectual (las patentes o los derechos
de autor), la lógica económica,
establece que ésta se desarrolla
cuando hay consumo rival cuando un
bien no es susceptible de dos
consumos simultáneos, y cuando hay
costos de exclusión genera
mecanismos de registros públicos, es
decir mecanismos que permitan
5. Además, al referirse sobre el análisis económico del
derecho señala que es una nueva rama del derecho
que ha levantado muchas expectativas para todos
los estudiantes de derecho y economía, pues el
derecho como estudio a priori, no permitía predecir
los daños o consecuencias, y ahora con el análisis
económico del derecho conocemos el a posteriori, es
por eso, que este tema complejo, visto desde el
punto jurídico no tiene un sentido simple, ya que el
derecho se maneja bajo un concepto
más ideológico y por la propia naturaleza en que
nace; si se busca un análisis del Derecho
Constitucional, no se utilizaría este tipo de análisis,
pues esta rama del derecho resuelve y garantiza
todos los derechos fundamentales
6. De esta manera al tener un
concepto económico a un derecho
fundamental sería algo ambiguo,
porque se estaría poniendo a los
derechos fundamentales un precio
equilibrado, lo que quiere decir es que
no sería lo mismo un derecho a la
propiedad que el derecho a la vida.
7. El Análisis Económico del Derecho no
busca remplazar el razonamiento
jurídico sino complementarlo. Solo
busca que se amplíe las perspectiva
para que al decidir una controversia
jurídica se tome en cuenta no solo los
costos privados que la decisión puede
tener, sino al mismo tiempo los efectos
económicos y sociales.