La medicina legal es una rama de la medicina que aplica conocimientos médicos y biológicos para resolver problemas legales. Se divide en varias áreas como la patología forense, la psiquiatría forense y la medicina legal clínica. El médico legista auxilia a jueces y tribunales determinando causas de lesiones o muerte mediante exámenes para establecer los hechos y responsabilidades en casos legales.
2. INTRODUCCIÓN
• Medicina legal en constante evolución de acuerdo a
necesidades en cada época.
• Conforme el tiempo pasa la medicina leal adquiere mayor
información y madurez, lo que le da cierta independencia para
irla considerándola como una especialidad.
3. • El médico forense auxilia
a jueces y tribunales en la
administración de justicia,
determinando el origen de
las lesiones sufridas por
un herido o la causa de la
muerte mediante el
examen de un cadáver.
Es la rama de la medicina que aplica
todos los conocimientos médicos y
biológicos necesarios para la
resolución de los problemas que
plantea el derecho.
5. Fines de la Medicina legal y Forense
5
Es compañera inseparable en toda la vida del hombre, desde
antes de su nacimiento y después de al muerte.
Aporta herramientas importantes dentro del derecho, para ejercer
la profesión dentro de un marco de legalidad, que la sociedad
exija.
Auxiliar al Ministerio en la escena del crimen y determinar la
causa de muerte violenta.
Dictaminar sobre las lesiones que puedan tipificar un delito.
6. Así mismo, como a cuestiones sobre al derecho a la vida
del producto fecundado
7
7. Se investiga sobre las probables maniobras criminales en
el aborto provocado
8
8. Se involucra en la investigación de las muertes
neonatales por infanticidio.
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9. Se buscan las evidencias de responsabilidad, en
las causas de muertes súbitas neonatales o
misteriosas y los accidentes de cuna
10
10. Se opina y dictamina en casos de la violencia
intrafamiliar y maltrato infantil
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11. Se evalúa las lesiones físicas y violentas en las
decisiones fatales de los jóvenes
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12. De la misma manera en casos de accidentes laborales en
la edad productiva o no.
14
13. Participa en la investigación de violencia, en los centros
de reclusión judicial
15
15. Se realizan la exhumaciones después de la muerte por
cuestiones de responsabilidad profesional y/o muertes
sospechosas
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16. CLASIFICACIÓN DE LA
MEDICINA LEGAL
Criminalística
Toxicología Obstetricia
Ginecosexologia
Psiquiatriaforense
Tanatologíaforense
17.
18. estudia el fenómeno
de la muerte en los
seres humanos, y
en otros animales
Desde la perspectiva
psicológica está
enfocada a
establecer entre el
enfermo en tránsito
de muerte, su familia
y el personal médico
que lo atiende.
Es la
personificac
ión de la
muerte.
19.
20. Es una rama de la
Psiquiatría que se dedica al
estudio de las relaciones
existentes entre la práctica
clínica de esta especialidad
y el marco legal existente en
cada país.
Areas de actuación
Psiquiatría y Ley en la
Práctica Clínica que se
encarga de analizar las
implicaciones legales que
tiene la práctica clínica, y por
otro lado, tenemos la
Psiquiatría Forense
propiamente dicha, que se
ocupa de la tarea pericial,
esto es, realizar
evaluaciones clínicas con el
fin de orientar a los jueces o
jurados.
21.
22. DEFINICION
• La disciplina que aplica los conocimientos, métodos y
técnicas de investigación de las ciencias naturales en el
examen del material sensible significativo relacionado
con un presunto hecho delictivo, con el fin de determinar
su existencia, o bien reconstruirlo, para señalar y
precisar la intervención de uno o varios sujetos, llegando
así a la verdad histórica del hecho”.
23.
24. DEFINCIÓN
La Toxicología es una ciencia que
identifica, estudia y describe, la dosis, y
generalmente, los mecanismos de los
los
efectos tóxicos que producen
xenobióticos que dañan el organismo
La toxicología también estudia los efectos nocivos
de los agentes químicos, biológicos y de los agentes
físicos en los sistemas biológicos y que establece,
además, la magnitud del daño en función de la
exposición de los organismos vivos a previos
agentes, buscando a su vez identificar, prevenir y
tratar las enfermedades derivadas de dichos efectos
26. DEFINICION
Es el período que transcurre
entre la implantación del
cigoto en el útero, hasta el
momento del parto en cuanto
a los significativos cambios
fisiológicos, metabólicos e
incluso morfológicos que se
producen en la mujer
encaminados a proteger, nutrir
y permitir el desarrollo del
feto, como la interrupción de
los ciclos menstruales.
En la especie humana las gestaciones
suelen ser únicas, aunque pueden
producirse embarazos múltiples. La
aplicación de técnicas de reproducción
asistida está haciendo aumentar la
incidencia de embarazos múltiples en
los países desarrollados
27.
28. DEFINICION
Es la rama de la medicina legal
que estudia los problemas
ligados al sexo, tales como los
aborto, a la reproducción,
vinculados a las parafilias, al
al
matrimonio, a la fecundación, a
la impotencia.
32. ISRAEL
• Descripción de:
– Costumbres y obligaciones de actividades sexuales.
– Causas médicas de nulidad del matrimonio y divorcio.
33. CHINA
• Compilación Si- yuan- lu (S. XIII)
– Libro médico- legal
• Autos: Song Ts’Eu
• Injusticias
34. INDIA
• Valoración de las lesiones
– Castigo del autor
• Amputaciones
• Adulterio
– Amputacion nariz Rinoplastia
35. GRECIA Y ROMA
• Grecia: Enfoque más ético, deontológico de problemas en
ejercicio médico.
• JURAMENTO HIPOCRÁTICO
• Roma:
– Referencias legislativas
• Reparación de lesiones
• Restricción del uso de venenos.
36. RENACIMIENTO
• S. XVI.
• Aportaciones médico- legales.
• Lesiones gravés o violentas: Declaración
médica. Peritaje de lesiones.
• Ambroise Paré
– Francés
– Traumatología
– Sexología
– Embalsamamiento
37. RENACIMIENTO
• Juan Fragoso
– Español
– Específico de Medicina legal: Tratado de las declaraciones
que han de hacer los cirujanos acerca de las diversas enf.
y muchas maneras de muerte que suceden.
• Lesiones y muerte.
38. FUNCIÓN PERICIAL EN EL
DERECHO POSITIVO
• Edad Media
– Cod. Justiniano y el Digesto ( bizantinos, Siglo VI) y las
Capitulares de los reyes francos
• Vitalidad del niño, supervivencia
– 3 matronas para comprobar embarazo.
• Descripción de heridas en cadáver
39. FUNCIÓN PERICIAL EN EL
DERECHO POSITIVO
• Constitutio criminalis Carolina
– 1532
– Comprobacion de cada delito
– Intervención de médicos, cirujanos y comadronas según los
casos:
• Lesiones, homicidio, suicidio, infanticidio, aborto, parto
clandestino, envenenamiento, etc.
– Dio la pauta en Europa
• Ordenanza de Sajonia
• Eclesiásticas de Francia.
40. DESPEGUE CIENTÍFICO
• Orfila, decad de la Facultad de
París.
– Perito
– Mital siglo XIX. Auge de la
ML.
• París, aporta en el campo
psiquiatríco forense y el impulso
de la ML .
• Alemania: Toxicología , sexología
( perversiones sexuales).
• Inglaterra: Principles and practice
of medical jurisprudence (1806-
1880).
• Italia: Sociología y criminología.
• España: Pedro Mata.
41. ETAPA ACTUAL
• Mayor relevancia.
• Consolidación en la enseñanza.
• Crecimiento de especialidades y subespecialidades.
– Patología forense
– Derecho médico
– Derecho sanitario
42. HISTORIA DE LA MEDICINA
LEGAL EN PERU
• Época Preincaica: Trepanaciones, cesáreas
antropofágicas o infanticidas.
• Época Incaica: Hechicero. Adulterio castigado.
Aborto, bestialismo, prostitución.
• Conquista: Exhumación cuerpo de Francisco
Pizarro.
• Colonia: Médicos españoles
• real audiencia delitos rebelión, sacrilegio y
blasfemia.
• República: 1873 Labor realizado por los
médicos de la Policía. Dependiendo del Min.
De Justicia. 1913 otorga Título de Médico
Legista.
• IMLP: Min. Justicia y 1992 Min. Público.
Fiscalía de la Nación.
• Actualmente: PNP – Laboratorios-Regionales
y Min. Público Div. Médico Legales –
Necropsias.
43. FUNCIÓN DEL MÉDICO
LEGISTA EN EL PERÚ
• Reconocimiento Médico Legal
• Dictamen Pericial Médico Legal No Forense
• Examen Clínico Forense. Integridad Sexual
• Determinación de Estado de Salud.
• Determinación de edad.
• Necropsias.
• Insp. Médico Forenses
• Exhumaciones
• Reconstrucciones
• Pronunciamientos
• Diligencias Judiciales
• Calificación: Falta – Delito
• Exámenes Auxiliares
• Informe Oral o Escrito – Sanción
44. •“NO INTENTES QUE LOS
HECHOS ENCAJEN EN TU
TEORÍA DEL CASO, HAZ QUE TU
TEORÍA DEL CASO ENCAJE EN
LOS HECHOS”